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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez” Cátedra: Comercio Internacional Núcleo Caricuao INFORME SOBRE LA NOMENCLATURA ADUANERA Y EL ARANCEL Facilitador: Autor: Caracas, noviembre 2023 1. QUÉ ES LA NOMENCLATURA ARANCELARIA Es la estructura ordenada y consensuada en capítulos, partidas y subpartidas asociadas a un código numérico que permite nombrar y agrupar aquellas mercancías objeto de comercio exterior, permitiéndose la discriminación del pago de gravámenes arancelarios establecidos a las mercancías, el control fiscal, así como la generación adecuada de estadísticas, que luego pueden ser utilizadas como instrumento en las negociaciones comerciales internacionales. 2. PARA QUÉ SE UTILIZA Clasificar sistemáticamente todas las mercaderías susceptibles de comercio internacional. Clasificar de manera uniforme y racional las mercancías en los aranceles de todos los países que adopten esta Nomenclatura. Adoptar un lenguaje común, internacionalmente aceptado. Permitir la recopilación de datos estadísticos sobre el comercio mundial. Facilitar la negociación de Acuerdos Bilaterales o Multilaterales 3. La CUCI (Codificación Uniforme para el Comercio Internacional) Su principal objetivo es Recopilar estadísticas del comercio internacional de todas las mercancías sujetas a intercambio exterior, y promover la comparabilidad internacional de las estadísticas de comercio exterior 4. El NAUCA (Nomenclatura Arancelaria Uniforme Centroamericana) El Régimen es un instrumento básico del proceso de integración económica centroamericana, y persigue los siguientes objetivos: a) Orientar y fortalecer el desarrollo de los sectores productivos; b) Atender necesidades fiscales y de balanza de pagos; c) Estimular la eficiencia productiva y racionalizar el costo de la protección arancelaria, especialmente para el consumidor; ch) Coadyuvar al logro de los objetivos de la política comercial externa de los Estados Contratantes; d) Contribuir a la distribución equitativa de los beneficios y de los costos de la integración económica, y e) Perfeccionar la organización y administración de los servicios aduaneros centroamericanos, con el propósito de consolidar gradual y progresivamente un sistema arancelario y aduanero regional. 5. La (NAB) Nomenclatura Arancelaria de Brúcelas Se elaboró el Convenio de la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (NAB), con el objetivo de unificar las estructuras arancelarias entre las economías europeas, pues cada país aplicaba 42 NOMENCLATURA COMÚN ANDINA criterio nacional de clasificación aduanera, dificultando la descripción de los productos objeto de comercio. La NAB contaba con un criterio de delimitación progresivo en función del grado de elaboración del producto considerado y clasificaba las mercancías según la naturaleza de la materia constitutiva y la función que desempeñaba el producto. Las mercancías se agrupaban en 21 secciones que se dividían en 99 capítulos de dos dígitos y 1.024 partidas a cuatro dígitos 6. El (NABALAC) Arancel de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio El principal objetivo es tener una base común para la presentación de las estadísticas y la realización de las negociaciones establecidas en el Tratado de Montevideo, así como para expresar e interpretar las concesiones otorgadas entre sí por las Partes Contratantes como resultado de tales negociaciones. La NABALALC ha sido adoptada con esos fines por Argentina, Solivia, ¿Brasil, Colombia, Chile, Ecuador? México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela 7. (NABANDINA) Nomenclatura Arancelaria Común del Grupo Subregional Andino Es creada ya que es necesario que la Subregión cuente con una Nomenclatura Arancelaria Común con el objetivo de facilitar el funcionamiento adecuado de los mecanismos establecidos por el Acuerdo y contemple las condiciones de producción y comercio de los Países Miembros, tendrá como objetivos: 1. Proponer a la Comisión, a petición de cualquiera de los Países Miembros o por propia iniciativa, las modificaciones de la NABANDINA 2. Incorporar las reformas que el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas introduzca a la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (NAB); 3. Ajustar los desdoblamientos a los requerimientos de los Programas Sectoriales de Desarrollo Industrial. 4. Atender las necesidades inherentes al desarrollo del comercio exterior y de las producciones de los Países Miembros 5. Lograr una progresiva uniformidad a los desdoblamientos a que se refiere el Artículo 4; y Adecuar la nomenclatura al desarrollo del proceso de integración. 8. ELEMENTOS DEL VALOR Y LA VALORACIÓN ADUANERA La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas. Si se aplica un derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho pagadero por el producto importado. Existiendo seis métodos: Valor de transacción. Valor de transacción de mercancías idénticas. Valor de transacción de mercancías similares. Método deductivo o precio unitario de venta. Método de valor reconstruido. Método de última instancia o último recurso. Elementos para el sistema de valoración Confidencialidad Información del Método usado para valorar Aplicación de Principios de Contabilidad generalmente aceptados Garantías Verificación y Comprobación de la exactitud de lo declarado Conversión de Monedas Valor Aduanero 9. QUÉ ES EL SISTEMA DEL CONTROL DEL VALOR Puede establecer un control de integración de tipo de valor en un sistema externo cuando necesite un control que contenga un único valor. También puede agregar a un control de valor otros valores específicos de planta y de organización. Un canal de publicación puede utilizar este control de valor en las evaluaciones de regla de proceso correspondientes. El valor que asigna al control en el sistema externo determina si se aplica la regla de proceso. En gran medida, la aplicación y el funcionamiento correcto del Acuerdo sobre Valoración de la OMC dependen de la exactitud del valor declarado. Existen varias medidas que la Administración de Aduanas puede adoptar para fomentar la exactitud de las declaraciones del valor. Estas medidas incluyen la emisión de decisiones sobre valoración y la facilitación de asesoramiento que sirvan para interpretar y aplicar las disposiciones del Acuerdo sobre Valoración de la OMC y la legislación de aplicación de los Miembros, a un conjunto específico de elementos de hecho presentados por el importado 10. EL MANIFIESTO DE IMPORTACIÓN Es la declaración que realiza el agente de transporte aduanero de las cargas transportadas por los buques. El manifiesto internacional de carga, es un documento de control aduanero, a través del cual, los transportadores de carga internacional terrestre, deben registrar la carga que llevan con datos como: medio o unidad de transporte, número de bultos, peso e identificación de la mercancía. Este, es de suma importancia, ya que es el que ampara el transporte de mercancías, ante las distintas autoridades, mientras la carga se movilice por las carreteras nacionales en vehículos de servicio público, que pertenecen o han sido contratados por empresas de transporte de carga, legalmente constituidas y que cuentan con licencia de funcionamiento, expedida por el Ministerio de Transporte.
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