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Licenciado en Administración de empresas Legislación Civil y Mercantil MA. Concepción Leyva Barraza Resumen: Órganos Sociales de la S.A Yessika Navarro 2016-1 S a n L u i s R í o C o l o r a d o, S o n o r a 11 de Abril de 2016 Algunos de los órganos que constituyen la Sociedad anónima es la Asamblea que por el cual este tiene el órgano de decisión de esta misma sociedad. Cuyos deben ser cumplidos y ejecutados correctamente por la administración. La asamblea se define mediante el voto de la sociedad. Hay diferentes tipos de asambleas que son los siguientes: Asamblea constitutiva: Se celebra solamente una vez en la vida de la misma sociedad. Asamblea Ordinaria: Se reúnen solamente una vez al año para demostrar el informe financiero que muestre la administración. Asamblea extraordinaria: Son aquellas que se lleven a cabo para tratar asuntos relacionados con la elaboración de nuevos proyectos, modificando de los estatutos, separación y liquidación de la asociación. Para que se lleve a cabo se necesita un citatorio anticipado por lo menos un mes antes de la fecha citada, más del 50% de los fundadores que tienen derecho al voto. Asamblea especial: Participan determinados grupos de accionistas no necesariamente debe de haber Quorum (mayoría de accionistas) por el hecho de ser un evento especial no se tiene que ser programada una reunión. Esta asamblea es en la que se toca un determinado pinto con el objeto de darle seguimiento o una solución al tema comunicado. Asamblea mixta: Se tratan aspectos más reservados para las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias. Asamblea totalitaria: Con esta asamblea se puede realizar una reunión sin previo aviso siendo que las decisiones sean válidas, siempre que se encuentre la totalidad del capital social. El proceso que se debe llevar a cabo para realizar una asamblea es la siguiente: Convocatoria: Se realiza por el administrador único o por el consejo de administración. Publicación: Se debe realizar en el periódico oficial de la entidad o en uno de circulación según lo fijen los estatutos. Orden del día: Debe estar contenida la publicación en el inciso anterior. Celebración de la asamblea: Iniciara con la designación de la persona que presidirá y comprenderá la composición del quorum o mayoría, se tomara lista de asistencia. La administración constituye un órgano que debiendo ser desempeñado de manera personal es revocable y remunerado, corresponde como ejecutivo que es por un lado de llevar la dirección de los negocios sociales; la administración de la propia sociedad donde destaca la necesidad que se lleve y mantenga un sistema de contabilidad adecuado a las necesidades de la empresa; les corresponde tener la representación de la sociedad y que se cumplan los acuerdos de las asambleas tomados con la conformidad de la ley y estatutos sociales.
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