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Facultad de Ciencias Humanas y Sociales
La reeducación del menor infractor sobre su contexto social. Programa de medidas alternativas al internamiento.
Autora: Miriam Pardo Rodríguez.
Directora: Alied Ovalles Rincón.
Carrera: Psicología y Criminología.
					
Madrid, 2020. 
La reeducación del menor infractor sobre su contexto social. Programa de medidas alternativas al internamiento.
Resumen
Este trabajo intenta reivindicar la importancia del papel de criminólogo como experto que estudia el delito con la función de prevenirlo. La intención es señalar la importancia de trabajar activamente con menores infractores para evitar su consolidación en carreras delictivas. Señalamos el papel de la socialización derivada del contexto social en el marco del aprendizaje de la conducta delictiva, además de señalar otros factores intrínsecos. Proponemos que, para obtener éxito en materia de reincidencia, los programas de intervención dirigidos a la resocialización de los menores infractores deben ser individualizados y atendiendo a su entorno social, así como otros factores criminógenos. Nuestro programa parte de la idea de que es alternativo a las medidas de internamiento y, centrado en la reeducación y la reinserción del menor, su objetivo es modificar aquellas conductas ilegales que se mantienen, justifican y refuerzan como razón de su contexto social. Se toma como base el Programa Central de Tratamiento Educativo y Terapéutico para Menores Infractores (PCTET) reconocido en la Comunidad de Madrid, y los resultados expuestos en el meta-análisis de Lipsey y Wilson sobre la efectividad de diferentes programas para menores institucionalizados. Por último, concluimos que trabajar con menores puede ser provechoso debido a que los resultados de estos en los programas de educación son mejores que en adultos.
Palabra claves: menor, infractor, reinserción, reeducación, reincidencia, contexto social. 
The reeducation of the minor ofender on their social context. Program of alternative measures to internment.
Abstract
This work tries to indicate the importance of the role of criminologist as experts who study crime with the function of preventing it. The intention is to point out the importance of actively working with minor offenders to avoid consolidation in criminal careers. We point out the role of socialization derived from the social context in the learning of criminal behavior, in addition to pointing out other intrinsic factors. We propose that to be successful in recidivism, intervention programs aimed at the re-socialization of juvenile offenders must be individualized and based on their social environment, as well as other criminogenic factors. Our program starts from the idea that it is an alternative to internment measures and focused on the reeducation and reintegration of the minor, its objective is to modify those illegal behaviors that are maintained, justified and reinforced as a reason for their social context. Based on the Central Program of Educational and Therapeutic Treatment for Juvenile Offenders (PCTET) recognized in the Community of Madrid, and the results presented in the meta-analysis by Lipsey and Wilson on the effectiveness of different programs for institutionalized minors. Finally, we conclude that working with minors can be beneficial because the results of these in education programs are better than in adults.
Key words: minor, offender, reintegration, reeducation, recidivism, social context.
ÍNDICE.
Resumen ………………………………………………………………………….	…….2
Abstract ………………………………………………………………………………….3
Índice ……………………………………………………………………………………4
1. Introducción………………………………………………………………………... 6
2. Metodología………………………………………………………………………… 8
2.1 Justificación ………………………………………………………………………...8
2.2. Objetivos …………………………………………………………………………...9
2.3. Tipo de investigación ………………………………………………………………9
2.4 Método …………………………………………………………………………… 10
2.5 Procedimiento de recolección de la información ………………………………… 10
2.6 Análisis de la información ……………………………………………………….. 11
3. Fundamentación teórica …………………………………………………………. 12
3.1 Menor………………………………………………………………………………12
3.1.1. La responsabilidad penal del menor………………………………………......... 12
3.2 Contexto social……………………………………………………………………. 13
3.2.1 Contexto social y factores de riesgo ……………………………………………. 14
3.3 La reeducación y la reinserción ………………………………………………….. 14
3.4 La reincidencia …………………………………………………………………… 15
3.5 La criminología y su relación con la reeducación del menor infractor 
sobre su contexto social ………………………………………………………….. 16
4.1 Teorías individuales ……………………………………………………………… 16
4.2 Teorías sociológicas ……………………………………………………………… 17 
4.3 Teorías ecológicas ………………………………………………………………... 19
4.4 Criminología y política criminal …………………………………………………. 20
4. Programa de medidas alternativas al internamiento. 
Reeducación del menor en su contexto social. ……………………………… .. 20
5. Discusión ………………………………………………………………………….. 24
6. Referencia bibliográfíca ………………………………………………………… 29
Índice de cuadros. 
Cuadro N°1. Motivación triple riesgo delictivo ……………………………………… 16 
Cuadro N° 2. Áreas de riesgo según la Escala IGI-J………………………………… 22 
Introducción.
La sociedad ha de centrar sus esfuerzos y recursos en construir un futuro mejor desde el presente, por ello debemos apostar por la reeducación de los jóvenes y en especial de los infractores. Así lo establece la Ley Orgánica Reguladora de Responsabilidad Penal de los Menores 5/2000 de 12 de enero, cuando dice que “el sistema sancionador educativo atribuye a la medida una función de prevención especial positiva educadora, tendente a que los menores lleguen a ser competentes socialmente y con una finalidad educativa de reeducación y reinserción social”. (Montferrer y Cuervo, 2015, p. 11). Finalidad que se diferencia del sistema penal de los adultos.
En este trabajo, resaltaremos la importancia de la criminología como ciencia que estudia el delito, puesto que da a conocer aquellos factores desencadenantes de la delincuencia juvenil y así combatirlos y prevenirlos. En el caso de los menores infractores, esta ciencia se centra primordialmente, en velar por su protección, y el detener o evitar a tiempo sus conductas infractoras, de manera de poder asegurarles un futuro alejado del sistema sancionador penal.
También, damos a conocer la relevancia que tiene el contexto social y su relación con la conducta delictiva juvenil. Siendo el contexto social uno de los elementos socializadores que rodean al sujeto, como son la localidad en la que vive, los sujetos con los que interacciona y los grupos de apoyo. En este sentido, Hirschi (2011, citado por Barrios, 2018), afirma que, el delincuente es aquel cuyos lazos con la sociedad están rotos y que son las relaciones sociales y el miedo al rechazo de amigos y familiares lo que impide en gran medida delinquir. Cuando ese miedo no existe, se desinhibe el control por las normas sociales. De aquí nuestro interés por señalar la influencia que ejerce el lugar de residencia y el vecindario en la reeducación de un menor infractor.
Sugerimos esta temática de trabajo, porque creemos que el aislamiento parcial del joven infractor, no es una medida de intervención útil, pues lo más probable que ocurra es que, una vez cumplida la sanción regresará a su barrio, se rodeará de la misma gente, y repetirá las circunstancias que le llevaron a delinquir en el pasado. Así lo confirman las estadísticas que señalan que, entre el 25% y 30% de los menores reinciden. (Fernández-Molina, Bartolomé, Rechea y Megias 2009; Fernández Molina, 2008, y Capdevilla y Ferrer, 2009; citado por Menárguez, 2016). Entonces, es posible que, en el contexto social, se encuentren los elementos causales que le llevaron a cometer su conducta delictiva, y les incite a reincidir.
Como objetivo principal, intentaremos señalar la necesidad de una revisión o puesta en marcha de un programa alternativo o complementario a la medida impuesta, que permita el retorno positivo a su contexto social, sea familia, lugar de residencia, lugar de origen,amistades, etc. 
El marco teórico que compone el trabajo hace mención de aquellas teorías criminológicas que señalan la importancia de conocer las características del entorno del individuo, su funcionamiento y la relación entre ambos sería clave para poder explicar la motivación que inicia o mantiene la conducta infractora del menor. Algunas de las teorías son el enfoque multifactorial, que explica la relación entre las “variables físicas y sociales en relación con factores endógenos y exógenos del comportamiento individual de este” (Blanquer, 2014, p. 4). Las teorías ecológicas, que reconocen la relación del ambiente en la participación del sujeto en un acto delictivo. (Birkbeck y LaFree, 1991, citado por Serrano, 2009); así como la aportación de los puntos calientes o zonas en las que predomina la violencia en una ciudad (Sherman, 1995, citado por Serrano, 2009). Y la teoría del aprendizaje social (Akers, 2000, citado por Serrano, 2009), que explica la importancia de los grupos primarios, así como las definiciones que se hacen del delito y cómo se puede aprender no sólo por imitación sino también a través de refuerzos y castigos. 
Describiremos el Programa Central de Tratamiento Educativo y Terapéutico para Menores Infractores (PCTET) como base de nuestra propuesta. Señalaremos las variables asociadas a la conducta del menor al regresar a su contexto, como podrían ser: las circunstancias, motivaciones, ideas, necesidades, contexto de apoyo y por supuesto, su lugar de residencia. Hablaremos también, del modelo de triple riesgo delictivo, que afirma que lo que lleva a una persona a delinquir son “las disposiciones y características personales, el apoyo prosocial y los riesgos relativos a las oportunidades delictivas”. (Redondo, 2008, citado por Herrero, 2015, p. 5). En este sentido, los programas de reinserción de menores en España, apuestan fuertemente por las disposiciones y las características personales como elementos centrales para lograr su objetivo.
Por último, presentamos las discusiones finales del trabajo, sobre las cuales veremos la efectividad o no de los programas de reintegración del menor con su lugar de residencia o barrio, señalaremos sus fortalezas o debilidades, para finalmente y de creerlo conveniente, aportar sugerencias de cambio o modificaciones en los programas que favorezcan la reintegración del menor. 
Metodología.
Justificación.
La selección de este tema acerca de la reeducación del menor infractor sobre su contexto social, parte de la base del artículo 2.3d de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor de 15 de enero, que expresa: 
La necesidad de estabilidad de las soluciones que se adopten para promover la efectiva integración y desarrollo del menor en la sociedad, así como de minimizar los riesgos que cualquier cambio de situación material o emocional pueda ocasionar en su personalidad y desarrollo futuro. 
Este es el deber que tiene el estado español de ayudar a todo aquel menor que se vea desviado de un camino lícito por su mero bienestar y la prevención de lo que le pueda ocurrir cuando cumpla la mayoría de edad. Además, como criminólogos debemos analizar los casos de forma individual, señalar aquellos factores de riesgo que puedan estar presentes en su contexto social, para reeducarlos y evitar o prevenir la realización de conducta ilegales (sancionables) y la reincidencia.
 
La importancia de trabajar con menores, responde a la tarea que principalmente se ha asociado a los criminólogos la cual es de prevenir que el menor comience una carrera delictiva, y/o que pueda llevar a la comisión reiterada de delitos. Se trata de ayudarlos de forma personal e individualmente, de valorar los riesgos situacionales, estables y dinámicos en un determinado ambiente. Por otro lado, creemos en el beneficio de los resultados en la aplicación de estos programas y recursos con menores, pues, un menor que reciba ayuda y orientación hacia un estilo de vida dentro de los márgenes legales de la sociedad tendrá mucho más tiempo para aprovecharse del cambio de lo que lo pueda asimilar un adulto.
 
La idea de proponer un programa basado en la intervención directa del contexto del joven infractor, se debe a que observamos la inexistencia o ausencia de este tipo de programas en la actualidad. Sin embargo, somos conscientes que, realizar un programa completo que englobe y se intervengan en todas las causas, requiere de tiempo, equipos profesionales multidisciplinares, la participación del propio contexto social como familiares, vecinos, amigos, pero primordialmente se requieren recursos económicos. Por tanto, nos limitaremos a sugerir algunos cambios hacia los programas existentes e introducir en el campo de la intervención al monitor-tutor, preferiblemente titulado en psicología y criminología, quienes acompañen y evalúen al menor en todo su proceso de reeducación y reingreso a su contexto social. 
Objetivos.
El objetivo principal de este trabajo consiste en reeducar al menor infractor sobre su contexto social, a través de un programa de medidas alternativas al internamiento. 
Como objetivos específicos nos planteamos:
- Describir los factores de riesgo del contexto social del menor infractor.
- Señalar la relación entre el contexto social y la reincidencia del menor infractor.
- Comparar programas alternativos de atención al menor infractor y su efectividad en la reeducación. 
Tipo de investigación.
El trabajo forma parte de la investigación cualitativa, es decir, aquella que usa como método la recopilación de información documental, en nuestro caso para la comprensión de las características y los factores del contexto social que inciden en los menores con tendencias delictivas. 
Método.
El método a utilizar es deductivo, basándonos en la información que ofrece el Programa Central de Tratamiento Educativo y Terapéutico para Menores Infractores (PCTET), aplicado en España. Compararemos las medidas de intervención que ahí se proponen, y de ser necesario, sugeriremos otras medidas alternativas al internamiento en la reeducación del menor infractor dentro de su contexto social. Nuestra idea sería cubrir un perfil psicológico y criminológico individualizado de ese menor, pues creemos que conocer aspectos individuales de comportamientos, rasgos de personalidad o necesidades biológicas y sociales nos orienten hacia los cambios de sus conductas. 
Procedimiento de recolección de la información.
Para obtener la información hemos consultado principalmente buscadores académicos online como: Dialnet, PsycInfo, Pubmed y Google Academics, así como también, las bibliotecas online de la Universidad Pontificia Comillas y de la California State University. Se han seleccionado artículos en español o inglés que se aproximasen a las teorías explicativas de la delincuencia juvenil, la importancia del contexto en el comportamiento y la reeducación y reinserción en el sistema. También, han sido consultadas las páginas Web oficiales del Gobierno Español y de la Comunidad de Madrid para la recolección de datos estadísticos y la comprensión de la incidencia de este fenómeno en la sociedad española. Y han sido de gran utilidad, el Boletín Oficial del Estado (BOE) para revisar la Ley del Menor y lo relacionado con el Interés Superior del mismo, y la Convención de los Derechos del Niño (CDN), para poder enmarcar la edad y las características de la población que nos corresponde. 
Los artículos seleccionados fueron aquellos que explican las teorías más relevantes relacionadas con el tema a tratar y los que refieren sobre la intervención y métodos de actuación (programas), para posteriormente seleccionar los que mejor funcionan y cuáles no en la reeducación. Por último, se han descartado los artículos que no estaban escritos en idioma español o inglés, o no aportasen información acorde con los objetivos del trabajo. 
En todos los buscadores se rastrearon las mismas palabras clave: menor infractor, reeducación, contexto social, factores de riesgo, y programas de reeducación. 
Análisis.
Parael análisis o discusión de nuestra propuesta, tomamos como referencia, la información suministrada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en 2011 sobre los factores de éxito asociados a los programas de intervención con menores infractores en España. Ahí se explican los criterios y técnicas de programas beneficiosos para ayudar a aquellos menores cuya vida está ligada a la delincuencia, donde cada programa cuenta con diferentes variables, y son de gran utilidad los datos que avalan los resultados de cada uno de ellos.
En el mismo orden de ideas, son parte de nuestra referencia, los resultados obtenidos de los meta-análisis realizados para medir el éxito o no de esos programas, ya que estos son el resultado de una revisión sistemática y la combinación estadística sobre un mismo tema. Esta técnica evalúa si realmente se da un cambio conductual para mejor en los menores que entran en programas reeducativos. Esto es precisamente lo que nos interesa conocer para proponer nuestro programa de intervención sobre el contexto, evaluar si realmente ocurre un cambio. 
Los resultados de algunos meta-análisis sobre programas de intervención en menores, nos aportan datos para tener en consideración como: 
· Que la terapia conductual es eficaz. 
· Son menos eficaces los programas que sólo imparten disciplina institucional. 
· Que la reincidencia de los jóvenes es menor cuando participan en terapias familiares. 
· Que la efectividad del tratamiento depende de características muy específicas, como el principio de riesgo, el principio de necesidad relativo a la criminalidad del sujeto y el principio de responsividad, que engloba los aprendizajes del menor. Según Andrews, Zinger & Hoge (1990, citados por Redondo, Martínez y Andrés, 2011), cuanto más se den estos principios en un caso, mejores resultados se obtendrán.
Fundamentación teórica.
Menor.
El Artículo 1 de la Convención de los Derechos del niño (CDN, 1989, p.10) entiende que “niño es todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”. En nuestro país, es menor de edad toda aquella persona que no haya cumplido aún los dieciocho años de edad. 
La responsabilidad penal del menor, es aquella que deben asumir los mayores de catorce años y menores de dieciocho (edad en las cuales se declaran como penalmente responsables, pero se les aplica un régimen diferente al de los adultos) sobre hechos o acciones que están tipificadas como delitos o faltas en el Código Penal y en las demás leyes penales especiales. La normativa que regula esta responsabilidad se encuentra presente en la Ley Orgánica Reguladora de Responsabilidad Penal de los Menores 5/2000 de 12 de enero, aquí se indica cuales son las conductas ilícitas y su castigo. La naturaleza de la sanción es formalmente penal, pero materialmente sancionadora-educativa, respetando los derechos constitucionales y las especiales exigencias del Interés Superior del Menor, estipulada en la Convención de los Derechos del Niño.
El sistema de responsabilidad penal del menor se diferencia del indicado para los adultos, en cuanto a: juzgados, la responsabilidad penal (que varía función de la edad); la ejecución de la medida, el juez que es más flexible al dictar la sentencia, y hay mayor énfasis en la reparación del daño causado y la conciliación. En definitiva, se trata, por tanto, de la consolidación de una ley sancionadora del menor que se basa en la importancia de analizar las circunstancias individuales, contextuales y personales del individuo, y proponer la utilización del período sancionador para reeducarlo pudiendo integrarse en la sociedad al término de este. 
Contexto social. 
El contexto social, es el entorno físico o simbólico en donde el individuo se relaciona con otras personas y donde se establece cualquier tipo de interacción, ya sea directa o indirecta con el individuo a tratar. Son parte del contexto social de un individuo, el lugar de residencia, ya que de él se deriva una determinada cultura. La familia, que con la suma de las características individuales genera unas características grupales. El colegio o instituto. Y todos los sistemas de apoyo complementarios, como el grupo de pares y amigos. Algunos autores, como Serrano y Fernández, (1978, citados por Serrano, 2009) llaman a esos factores como los concurrentes o factores criminógenos, siendo estos los agentes que junto con las propias cualidades del menor dan lugar a la comisión de delitos.
El ser humano aprende de los demás durante toda su vida. Aprende no sólo lo que le enseña, si no también lo que ve. En este sentido, afirma Bateson y Alcalde (1998, p. 61), que “la conducta de cualquier individuo en cualquier contexto es, en cierto sentido, cognitivamente coherente con la conducta de todos los otros individuos en todos los otros contextos”. Con esto entendemos que, es importante conocer la información sobre el entorno de una persona, para poder llegar a entender los sistemas que mantienen sus conductas.
Esto quiere decir que, dentro del contexto social, es relevante considerar el lugar de residencia, pues, son 
Los entornos residenciales en los que el individuo y las familias se encuentran inmersos, también, pueden constituir un factor de riesgo que amenaza el ajuste del adolescente y que, por tanto, hay que incorporar este nivel de análisis en las estrategias de intervención y prevención del riesgo psicosocial. (Gracia, Fuentes y García, 2010, p. 274)
Uno de los mayores problemas que se enfrentan quienes intentan implementar Programas de ayuda a menores, es que no siempre pueden trabajar en procesos de cambio sobre el entorno. Así que nuestro propósito, se centra en que sea el menor quien aprenda a rechazar aquellos comportamientos de su entorno que le perjudiquen. 
Contexto social y factores de riesgo. Las dos características fundamentales señaladas en las estadísticas formales o en la literatura sobre el tema, son la edad (17 años) y el género (masculino), como aquellas relacionadas con el menor infractor. (Redondo, et al., 2011). Montferrer y Cuervo (2015), y Redondo (2008, citado por Herrero, 2015), señalan que, hay disposiciones y características personales que conllevan a la conducta infractora del menor, como son: 
· Factores individuales de riesgo, están la baja autoestima, la inestabilidad emocional, la baja tolerancia a la frustración lo que unido a una personalidad impulsiva desencadena actos violentos frecuentes, las distorsiones cognitivas, la carencia de sentimientos de culpa y la tenencia de creencias erróneas sobre la violencia.
· En la familia, son factores de riesgo un sistema familiar desestructurado, baja vinculación afectiva entre los miembros de la familia, estilos parentales de crianza inadecuados, bajo control parental, el empleo de la violencia para la resolución de conflictos, o padres con bajo o ningún nivel educativo. 
· En el entorno social, influye la marginalidad y los umbrales de pobreza, puesto que favorecen la desorganización social, así como crean un lugar propicio para el desarrollo de actividades ilegales. 
· Y en la escuela, son considerados como elementos predisponentes los alumnos repetidores de año, el abandono escolar, una baja o nula relación entre alumnos- familias y profesores, malos expedientes académicos y comportamientos disruptivos. 
La reeducación y la reinserción. 
Son la reeducación y la reinserción los fines fundamentales de las penas sancionadoras impuestas a todo menor juzgado por cualquier tipo de delito. La primera, se le define como el “conjunto de actividades de trabajo social, psicológico, educativo, cultural y de formación profesional que se pueden programar, realizar y evaluar en todos o en la mayoría de los establecimientos penitenciarios”. (Garrido y Montoro, 1992, citado por Jiménez y Ruiz-Olivares, 2014, p. 328). Reeducar significa “que las personas cambien su carácter, reconozcan y hagan suyos recursos y habilidades que propicien el bien de los demás…” (Martín, 2009,p. 151). También es, mostrar el respeto que merece el orden social y el daño que causa la ruptura de las leyes morales en los demás. 
La reeducación es el elemento principal de cualquier programa de intervención con menores infractores, pues se considera que si han tomado el camino delictivo es porque carecen de algunas lecciones básicas necesarias para vivir en sociedad. Y el éxito de estos programas se mide cuando se ha comprendido lo dañino de su conducta, no sólo para los demás sino también para sí mismo, de forma que se aleje de situaciones que le provoquen volver a delinquir. 
Y la reinserción, es la reintegración del sujeto nuevamente a la sociedad, tras el cumplimiento de una sanción o condena. Esta se da a través de un proceso sistemático de acciones, orientado a favorecer su integración nuevamente a la sociedad y promover en la persona el cambio hacia conductas prosociales. 
Reincidencia.
La reincidencia hace alusión a la acción y al efecto de reincidir, es decir, es la repetición de un error o falta. En el ámbito penal es considerada como un agravante, pues se entiende que la persona que reincide ya fue juzgada por tanto genera mayor alarma social, al considerársele con mayor capacidad criminal y por tanto mayor probabilidad de delinquir en el futuro. Podríamos decir como complemento, que la reincidencia es el fracaso de los programas de reinserción. 
Autores como Redondo, Funes y Luque, (1994, citado por Serrano, 2009) han señalado que cuanto más joven se empieza a cumplir una pena en prisión y cuanto más dura sea la pena, más larga será su carrera delictiva y como consecuencia será mayor la probabilidad de reincidencia. En este sentido, la Memoria de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (citada por Lloreda, Millán y Álvarez, 2018), señaló que para 2018, hubo un 11% de reincidencia juvenil, cifra que creemos está muy alejada de la realidad. Por aquello de la cifra negra, como los casos en que un menor que haya reincidido y no haya sido detenido, o no haya sido denunciado, no figurará en la estadística.
La criminología y su relación con la reeducación del menor infractor sobre su contexto social. 
De manera muy puntual, señalamos aquellas teorías criminológicas, individuales, sociológicas y ecológicas, que más se aproximen a nuestra explicación del contexto social como factor fundamental en la delincuencia juvenil. Si pretendemos que este trabajo defienda la importancia que tiene el entorno en los comportamientos de los individuos, se ha de comprender la dificultad de clasificar el comportamiento humano y dar con las claves explicativas adecuadas de toda actividad desviada. Quetelet (citado por Serrano, 2009) descubrió que hay dos variables que se correlacionan con el delito, como son los factores biológicos personales: la edad y el sexo, siendo concretamente los hombres jóvenes quienes delinquen con más frecuencia. Y, el factor oportunidad, atribuyó este comportamiento a la influencia de las fuerzas sociales. 
Teorías individuales.
Es importante mencionar que el contexto social no influye de igual manera en todos los individuos. Son las características personales las que marcan la diferencia y hace que el mismo entorno tenga más o menos peso sobre la vida de una persona. La explicación de estas teorías se puede enmarcar dentro de:
El modelo del triple riesgo delictivo, propuesto por Redondo (2008), describe la interrelación entre el medio y la motivación intrínseca de delinquir. Considera el autor, que los riesgos pueden ser clasificados en tres factores: los personales, incluyen características de la personalidad asociadas a una mayor probabilidad de delinquir. La falta de apoyo prosocial, engloba las aportaciones que recibe el individuo de las relaciones más cercanas e instituciones claves en su desarrollo, como son la familia y el colegio, de lo que se derivan también las relaciones vecinales o el grupo de pares. Y la motivación antisocial, o la oportunidad delictiva, que unida al factor A y B, tendría como desenlace el cometido de un delito. 
En el siguiente cuadro podemos ver de forma resumida como puede darse el comportamiento delictivo visto desde la perspectiva de las motivaciones:
Cuadro Nº 1: Motivación triple riesgo delictivo.
	Personales
	Apoyo prosocial
	Oportunidades delictivas
	· Carencia de sentimientos de culpa
· Egocentrismo 
· Mentiroso
· Hostil
· Extraversión
· Inestabilidad emocional
· Impulsividad
· Locus de control externo
· Baja autoestima
· Baja tolerancia a la frustración
· Trastornos: estrés post traumático, esquizofrenia, hiperactividad
	· Incompetencia parental 
· Crianza negativa
· Maltrato
· Exposición a la violencia
· Padres con carreras delictivas
· Trastornos mentales en los progenitores o consumo de sustancias tóxicas
· Grupo de pares delincuentes
· Absentismo escolar
	· Falta de vigilancia
· Escasa iluminación
· Personas aisladas y personas desprotegidas
· Provocación
· Falta de seguridad
· Zonas marginales
· Alta densidad de población
 Fuentes: (Montferrer y Cuervo, 2015; Redondo, 2008).
Para hablar de la utilidad en la intervención y prevención, es importante identificar aquellas condiciones del entorno que estén correlacionadas con el delito y las características individuales del infractor, sin embargo, son estas últimas las que se trabaja durante los programas de internamiento. Cualquier programa que pretenda paliar, reducir, o prevenir la conducta antisocial y los actos delictivos, debe comparar todas aquellas características individuales que las hacen posible, como son las distorsiones cognitivas, la autoestima, la estabilidad emocional (depresión, ansiedad), la tolerancia a la frustración o la rabia. En criminología es muy importante trabajar con las cogniciones y motivaciones para entender y corregir conductas. 
Teorías sociológicas. 
El abordaje de nuestra temática desde la perspectiva sociológica se acopla a:
La teoría del aprendizaje social, Akers, (2000, citado por Serrano, 2009), indica que la delincuencia es un comportamiento que se aprende de los demás, ya sea de forma instrumental, siendo este un aprendizaje basado en castigos y recompensas. O a través del aprendizaje vicario, es decir, cuando una persona está expuesta a un determinado comportamiento lo acaba integrando y repitiendo a causa de la observación reiterada. (Khron, 1999). El ser humano está en constante aprendizaje hasta el fin de su vida, sin embargo, adopta y adapta su comportamiento en aras de mejorar su situación individual, de manera que cualquier actividad que entienda como logro o éxito será seguida e incorporada a su rutina, y para alcanzarlo deberá cambiar continuamente las situaciones y las personas que le rodean.
La teoría de la asociación diferencial, propuesta por Sutherland (1939), señala que los motivos para delinquir así como las motivaciones que mantienen la conducta ilegal e incluso las racionalizaciones que defienden esos actos son transmitidas y enseñadas entre personas, ya sea de forma consciente o no. Así “cualquier tipo de asociación tiene una carga de valores que son trasmitidos entre sus miembros. Por supuesto el aprendizaje criminal es parte de este proceso”. (Hikal, 2017, p.6). Autores como War han hecho referencia a la importancia de controlar el entorno social de la persona ya que “para la prevención de una persona debe apartársele de malas influencias…” (War, 2001, citado por Serrano, 2009, p. 134).
La teoría del arraigo social, por su parte, Hirschi (1996) señala, que la vinculación con la sociedad es un elemento clave para seguir las normativas sociales y morales, es decir, la ley. Lo que hace que no se quebrante el orden social es el miedo a las repercusiones que pueda ocasionar en el círculo más cercano del joven. Para evitar que esto pase, se habría de trabajar en el apego fuerte no sólo con su familia, sino también con aquellas relaciones de amistad, su contexto y con la ley. Hay que inculcar valores convencionales como forma de obtener un fuerte compromisohacia la sociedad, y entender el lado negativo y cómo repercuten las acciones delictivas en otros. Hay que incrementar la participación en actividades con las personas del barrio, ya que puede hacer que el joven se involucre más en la sociedad y de esta forma vaya también integrando las creencias populares que apoyan el cumplimiento de la ley. (Fariña, Vázquez y Arce, 2011). 
Teoría de la vergüenza reintegrativa, propuesta por Braithwaite (1989), apela a la necesidad de desaprobar aquellos actos que se desvían de la ley sin estigmatizar a la persona, puesto que, una vez que la persona ya está estigmatizada, asume el rol que se le impone. Entonces, creemos que denigrar a un menor de edad significa quitarle la oportunidad de cambiar. Según esta teoría a los menores hay que enseñarles a evitar cometer ciertos comportamientos, hay que motivarles a ser buenas personas, “la motivación de un niño está bajo los efectos y depende en cierto grado del contexto social que le proporcionan sus padres”. (Jang, Reeve y Deci 2010, p. 14). Si bien es cierto, introducir esta teoría de cambio de percepciones es complicado, y más cuando en la familia de los jóvenes reincidentes hay una valoración positiva hacia el delito. 
Teorías ecológicas.
Desde la perspectiva de la ecología humana, que tiene como referente la Escuela de Chicago se comienza a considerar los factores sociológicos para entender el delito. Esta teoría toma en cuenta la importancia “ecológica o el hábitat” del ser humano en la comprensión de la delincuencia. (Ayos, 2014). Básicamente, lo que pretende decir es que, el ser humano depende del lugar en el que vive y como al cambiar este el individuo se ha de adaptar al medio. Para esta adaptación juega un papel fundamental el interaccionismo simbólico, pues el comportamiento de una persona se verá afectado según su comunicación con todos aquellos grupos con los que entra en contacto, debido a su cercanía en el entorno, pues son las ideas de estos, sus pensamientos y la verbalización de sus experiencias lo que va moldeando su manera de pensar y actuar. (Serrano, 2009). 
Teoría de la desorganización social, Shaw y McKay (1982, citado por Sozzo, 2008), afirman que en las áreas o zonas en las que convergen diferentes tipos de individuos con dificultades para adaptarse a la sociedad por el desconocimiento del idioma, la inadaptación a la cultura o el mantenimiento de tradiciones diferentes a las llevadas a cabo por el resto de la comunidad, produce desorganización social. Contrario al orden que debería reinar en la sociedad, los anteriores motivos pueden hacer muy difícil la integración, por lo que estos individuos se agrupan formando sus propios barrios. Los autores confirman que las zonas de transición que surgen entre la ciudad y estos barrios son ambientes propicios para el desarrollo de la delincuencia por no seguir sus habitantes el mismo “orden social” que el impuesto tradicionalmente en la ciudad. 
Criminología y política criminal.
Quizá sea preciso tras este recorrido por las teorías que avalan la importancia de tratar la relación del contexto social con la reincidencia del delincuente juvenil, preguntarnos ¿Por qué las políticas criminales no generan estrategias sociales que afronten estos problemas en vez del derecho penal? (Torres, 2017). Consideramos que, a través de políticas públicas se evitarían procesos como la estigmatización o el etiquetamiento y primordialmente, la reincidencia. Lo interesante sería implementar propuestas alternativas a las penas privativas de libertad que sean beneficiosas para la comunidad y consten de una finalidad reparadora. (Grupo de estudios de política criminal, 2003). 
Programa alternativo de medidas alternativas al internamiento. Reeducación del menor en su contexto social.
Una vez revisadas las teorías que avalan la importancia que tiene el contexto en el comportamiento humano, nos disponemos a proponer un programa terapéutico en el cual, en vez de aislar a los menores de los elementos que les han conducido a delinquir, se enfrenten a ellos desde el principio. Entendemos que no se puede reincidir si se asume y se acepta desde el principio el cambio. No es fácil, es costoso y probablemente sea un proceso lento, pero se espera que los resultados sean mucho más duraderos. En definitiva, que sea un cambio certero y sin recaídas. 
Tomaremos como referencia el meta-análisis realizado por Lipsey y Wilson (1998 citado por Redondo, et al., 2011), quienes estudiaron la diferencia entre 200 programas de menores institucionalizados y no institucionalizados, comprobando que los mejores resultados eran los obtenidos por los menores en libertad condicional. Entre los tratamientos más eficaces, señalaron la educación de habilidades interpersonales, la enseñanza en el hogar y el asesoramiento individual y familiar. 
Como base para nuestra propuesta, hemos tomado el Programa Central de Tratamiento Educativo y Terapéutico para Menores Infractores (PCTET)[footnoteRef:1], que pone en práctica la Agencia para la Reeducación y la Reinserción del Menor Infractor de la Comunidad de Madrid (Graña, Andreu, y González, 2017, citado por Pérez, Mampaso, Corbí, Escalona y Martín-Moreno). Este programa según Pérez, et al., (2013, p.190), pretende “facilitar al menor un acceso a estrategias de afrontamiento relacionadas con los mecanismos de defensa y las distorsiones cognitivas que justifican la conducta antisocial”. Y pone el foco de la reeducación en el autocontrol y la autoestima para lograr el cese de las conductas violentas. En el conocimiento y manejo de las emociones negativas. El desarrollo de la empatía y aprender a hacerse responsable de sus actos. La creación de hábitos nuevos. Y la modificación de aquellas creencias de los jóvenes que justifican la delincuencia. [1: Para mayor información: https://www.observatoriodelainfanciadeasturias.es/documentos/f07022012130358.pdf
] 
El Programa propone que la intervención sea de hora y media semanal con un total de 33 sesiones, divididas en siete módulos, como son:
- Módulo I, evalúa la caracterización y motivaciones del comportamiento delictivo.
- Módulo II, referidos al manejo de las emociones.
- Módulo III, la temática aborda el control de las emociones negativas. 
- Módulo IV, creencias que sustentan el comportamiento delictivo.
- Módulo V, propuestas de modificación de hábitos agresivos.
- Módulo VI, personalidad y su influencia en la desviación social
- Módulo VII, lo concerniente a la prevención de recaídas y fortalecimiento del cambio.
 
Es el modelo Riesgo-Necesidad-Responsividad, que sienta las bases de este programa, pues son considerados como los tres componentes a evaluar cuando se pretende rehabilitar a un menor infractor. El riesgo supone “la importancia de predecir con fiabilidad el comportamiento criminal” asociado a la “intensidad de la intervención” dependiendo del riesgo del menor. (Bonta y Andrews, 2006). Para evaluar de forma precisa el riesgo, se ha creado el Inventario de Gestión e Intervención para Jóvenes (IGI-J), este instrumento hace una heteroevaluación en el riesgo de reincidencia de los jóvenes. 
Este Inventario clasifica a los menores en tres grupos dependiendo del riesgo de reincidencia, y según ocho factores de riesgo, como son: 
1. Delitos y medidas judiciales pasadas y actuales.
2. Pautas educativas.
3. Educación formal/empleo.
4. Relación con el grupo de iguales.
5. Consumo de sustancias.
6. Ocio/diversión.
7. Personalidad/conducta
8. Actitudes, valores y creencias. (Pérez, et al., 2013). 
Estos factores de riesgo definen el concepto de necesidad, pues dan lugar al comportamiento criminal. El tratamiento de estos factores que inclinan al menor hacia el comportamiento procriminal es lo que marca la diferencia con un programa rehabilitador útil o un tratamiento que incrementa la reincidencia. (Bonta y Andrews, 2006). 
En el cuadro número dos, presentamos las variables o ítems que intervienen en el programa según cada factor.
Cuadro 2: Áreas de riesgo que trabaja la escala IGI-J
	ÁREA
	ÍTEMSDelitos y medidas 
judiciales pasadas y 
actuales
	· Tres o más medidas judiciales anteriores.
· Dos o más incumplimientos o quebrantamientos
 de medidas.
· Medidas en medio abierto.
· Internamiento en centro de reforma.
· Actualmente tres o más medidas judiciales.
	Pautas educativas
	· Supervisión inadecuada.
· Dificultad en controlar el comportamiento.
· Disciplina inadecuada.
· Educación inconsistente por parte de los padres.
· Malas relaciones con el padre.
· Malas relaciones con la madre.
	Educación formal y 
empleo
	· Comportamiento disruptivo en clase.
· Daños a la propiedad escolar.
· Bajo rendimiento.
· Problemas con el grupo de iguales.
· Problemas con los profesores.
· Novillos.
· Desempleo / No busca empleo.
	Relación con el grupo 
de iguales
	· Algunos de sus conocidos son delincuentes.
· Algún amigo es delincuente.
· Pocos conocidos son modelos positivos.
· Ninguno / pocos amigos son modelos positivos.
	Consumo de sustancias
	· Consumo ocasional de drogas.
· Consumo crónico de drogas.
· Consumo crónico de alcohol.
· El abuso de sustancias interfiere con su vida.
· Delitos relacionados con el consumo de sustancias.
	Ocio / Diversión
	· Actividades organizadas limitadas.
· Podría emplear mejor el tiempo.
· Carece de intereses personales.
	Personalidad / Conducta
	· Autoestima inflada.
· Agresividad física.
· Ataques de cólera.
· Incapacidad para mantener la atención.
· Baja tolerancia a la frustración.
· Sentimientos de culpa inadecuados.
· Insolente / agresivo verbalmente.
	Actitudes, valores, 
creencias
	· Actitudes procriminales / antisociales.
· No busca ayuda.
· Rechaza activamente la ayuda que se le ofrece.
· Desafía a la autoridad.
· Insensible y poco preocupado por los otros.
	Fuente: Graña, Garrido y González, 2008, (citado por Pérez, et al., 2013, p.192).
Y la Responsividad, se basa en la idea de que “las intervenciones cognitivas de aprendizaje social son la forma más efectiva de enseñar nuevos comportamientos” (Bonta y Andrews, 2006, p. 8), de lo cual podría beneficiarse el equipo de tratamiento, si conoce los factores personales e individuales relacionados con el estilo de aprendizaje de cada menor. Se destaca la importancia de la psicoeducación, pues “el cambio de actitudes a través del tratamiento desde lo procriminal hacia lo prosocial dará lugar a un comportamiento menos criminal y más prosocial. (Bonta y Andrews, 2006, p. 6). Así como la implementación de la terapia multisistémica, centrada en el uso de técnicas cognitivo-conductuales, siendo las más eficaces, la reestructuración cognitiva, el modelado y las técnicas del control emocional. Por último, Redondo, et al., (2011) han comprobado que los programas más beneficiosos y con más alto índice de probabilidad de conservar los cambios y generalizar los comportamientos aprendidos son, además, aquellos tratamientos que se imparten en la comunidad.
Discusión.
Intentaremos argumentar nuestro análisis basado en los objetivos propuestos y en especial, en proponer algunas medidas que puedan ser consideradas para mejorar la reeducación de un menor en el entorno de su contexto social, a través de los programas alternativos a las medidas de internamiento como el PCTET.
· Observamos que una de las debilidades que presenta el Programa (PCTET), refiere a que no toma en cuenta lo suficiente el contexto del menor. Esto genera a nuestro juicio un efecto criminógeno. Concordamos con (Littell, 2005; Swenson, Henggeler, & Schoenwald, 2001, citado por Redondo, et al., 2011), que los programas deberían darse en el entorno del menor y su familia, incluyendo a su vez a personas relevantes para ellos, de forma que la intervención se moldease conforme a los valores culturales que predominen en el sistema. Una vez más, insistimos que deberían ser estudiadas las necesidades latentes en el núcleo familiar y sus factores de riesgo, puesto que pueden ser reforzadores de las conductas ilícitas.
· Otra desventaja del Programa PCTET a nuestro parecer, es que no toma en cuenta la voluntariedad del menor para llevar a cabo el radical cambio de vida que se espera tras la finalización del programa. Por ello, planteamos, que sería interesante aplicar como base del programa el Modelo Transteórico del Cambio, propuesto por Prochaska y Di-Clemente, en este modelo el cambio evoluciona desde una primera fase de precontemplación, en la que no se aprecia un problema, hasta la fase de mantenimiento, en el que la persona trabaja diariamente por mantener los logros conseguidos. Según este modelo son necesarias tres fases para realizar un cambio como son: la consciencia del problema (contemplación), querer cambiar la conducta (preparación), y trabajar con esfuerzo para conseguir el cambio (acción). Bajo este modelo no sólo es necesario saber en cuál estadio está el menor, hay que valorar también el estado en el que está la familia. 
Distinguir si la familia puede ayudar en el cambio debería ser primordial. De no ser posible, es probable entonces que no sea el mejor programa. La terapia multisistémica, las charlas psicoeducativas, y las entrevistas individuales, son de ayuda a la familia en la reeducación de los menores infractores.
· Dado que el objetivo principal que persigue el Programa es que ocurra en el menor un cambio motivacional suficiente como para que adopte un estilo de vida saludable, y alejado de conflictos con la justicia y con baja probabilidad de reincidencia. Creemos insuficiente las 33 sesiones de implementación semanal señaladas en el PCTET. Pues, aunque esté programado por realizarse en aproximadamente seis meses y bajo la guía de terapeutas, psicólogos y criminólogos expertos, durante los fines de semanas, consideramos que durante ese tiempo es improbable, que el menor abandone las rutinas indeseables y establezca hábitos constructivos. Que la relación con la familia sea como mínimo sostenible. Y que haya un progreso de labrarse un futuro libre de ilegalidades. 
A nuestro juicio deberían de establecerse metas a corto plazo, definidas entre el menor, la familia y el psicólogo o criminólogo y un objetivo a largo plazo. Uno de los requisitos fundamentales para el cambio sería el alejamiento de los grupos de pares negativos, así como el no consumo de cualquier sustancia tóxica y esforzarse en mantener una relación familiar positiva. Sería esencial, que sea el propio joven quién realizase su árbol problema, donde indique la problemática principal, los problemas causales y derivados de este, así como las motivaciones que mantienen estas conductas. La identificación de los reforzadores es fundamental por su constante exposición hacia ellos y encontrar aquellos que son positivos para su conducta.
· Un punto fundamental de nuestra propuesta, consiste en realzar la importancia de los monitores-tutores, pues son quienes pueden evaluar el éxito del cambio en el joven. Pues se pretende con ellos que les ayuden a manejar situaciones de desbordamiento emocional, así como les orienten en el respeto de la ley y las normas. Que les acompañe en su rutina diaria y aporte las claves del cambio. La idea principal sería que esta figura haga un acompañamiento durante seis días a la semana al menor durante el primer mes. Conforme se vayan viendo cambios y resultados, se irá reduciendo la cantidad de días de acompañamiento, ya que se puede crear dependencia y lo que queremos es promover la proactividad e independencia, así como también deseamos la participación de la familia o miembros de su comunidad, pues al final a su salida son ellos y no el monitor con quienes socializará el menor infractor. Se apuesta en todo momento por un tratamiento individualizado, adaptado a los tiempos de apoyo y retirada al ritmo de evolución que se aprecie en ellos. 
La idea de la supervisión continúa es que en situaciones de la convivencia diaria se puedan resolver in situ, y cambiar el significado que estas puedan tener para poder abordar el cambio de las creencias. Además, ayuda en la detección de conductas, sentimientos o pensamientos que actúan como reforzadores negativos,e intentar modificarlos será una de las tareas a conseguir. El monitor deberá orientar al menor en la selección de aquellas conductas favorables.
La función de este monitor será fundamental no sólo para lograr el cambio del menor, si no para mediar entre el joven y la familia. Si defendemos los beneficios que tiene para la reeducación el apoyo familiar, será indispensable que la familia cuente con las herramientas suficientes para poder desempeñar este papel de acompañamiento. Una de las posibles cualidades que nos planteamos es que la familia inicie previamente el programa, de forma que cuando lo comience el menor, ya tengan unas bases que les ayuden a sobrellevar su proceso de readaptación y reinserción.
· La relevancia de que sean psicólogos quienes desempeñen la función de monitores-tutores se debe a que sus conocimientos pueden aportar sobre el comportamiento humano y todas las técnicas destinadas a la modificación de conductas. Pero, no será suficiente con esta figura, para lograr éxito en el programa. Necesitaremos también, al profesional de la criminología para que evalúe y oriente en temas relacionados con los factores de riesgo a los que se expone el menor constantemente. Analice el contexto ecológico, las oportunidades delictivas en su reducción y prevención, así como la importancia de los comportamientos delictivos. Siendo la profesión del criminólogo apenas emergente en España, con nuestro programa pretendemos ilustrar la relevancia que tiene esta figura en la prevención de la delincuencia de una forma activa, no sólo a través de la investigación. 
· Al ser un programa de intervención alternativo al internamiento del joven infractor, la supervisión del monitor-tutor sobre el menor ha de estar muy presente. Tampoco se pretende que sea recluido en su hogar, por el contrario, fomentar medidas de seguridad como puede ser el acompañamiento de miembros de su familia o evitar relacionarse con amigos involucrados en actividades ilegales, para que el menor explore su contexto, y redefinida los pro y contras que le suponen. Se pretende modificar todo lo posible, la visión que tiene el menor sobre el contexto en el que vive. No podremos cambiar la ubicación de la vivienda, por ejemplo, ni la situación familiar o económica, pero sí es nuestra labor dar pautas para que los factores de riesgo estables pierdan influencia sobre la conducta del menor. 
· Para lograr la integración del menor en la sociedad, podría ser de gran utilidad contar con vecinos voluntarios que realicen cursos y talleres referidos a la resocialización, y sean los encargados de asignar labores sociales sencillas a estos menores, como son hacer la compra a personas que no puedan salir de casa, paseo de perros, o ayudar a personas mayores o enfermas que necesiten apoyo en el hogar. Colaborar en la conservación del vecindario ayudando en el mantenimiento de jardines, limpieza o mediante compromiso con la parroquia. Este tipo de actividades pueden ser muy gratificantes para el menor, al sentirse útil en su propio entorno. Recuperar la motivación de hacer cosas positivas sería un gran avance de resocialización. Consideramos que esta forma de participación lo reintegraría progresivamente en el entorno y desarrollaría a su vez valores sociales como la empatía, la resiliencia y las habilidades sociales. Y, a la par, esta labor eliminaría los prejuicios de las personas del vecindario y de su entorno sobre el menor delincuente. Sería una buena forma de evitar el etiquetamiento, algo muy necesario ya que siendo aceptado por los demás, el propio menor introyectará la idea de su propia valía para la sociedad.
Sugerimos a continuación algunos temas y sesiones que podrían complementar las intervenciones que se proponen en el PCTET.
* Para la persona guía monitor-tutor en casa, su apoyo se complementaría en temas relacionados con:
- Resolución de conflictos. Intervención en crisis. Sustitución de hábitos perjudiciales por otros beneficiosos y constructivos. Modificar los sistemas de creencias. Potenciar lazos familiares. Reforzar lo aprendido en las sesiones de terapia grupal o en talleres del control de la ira, habilidades interpersonales, manejo de las emociones y relajación. Búsqueda de hobbies. Diseño de un plan de futuro. Establecer tareas y labores en casa. Realizar terapia cognitivo-conductual. Trabajar la autoestima y el autoconcepto.
* Y en los centros de asistencia se deben fomentar la participación en reuniones grupales con otros menores que cumplen el programa, así como con los familiares de esos menores. Se debería de hacer talleres de drogodependencia, sobre el conocimiento y el manejo de las emociones, control de los impulsos y de habilidades sociales.
· Queremos destacar el beneficio del deporte sobre estos jóvenes, y en especial el deporte en equipos, ya que fomenta valores relacionados con el compañerismo, respeto y disciplina. A través del deporte los menores adquieren habilidades interpersonales y un locus de control interno en el que deciden cooperar y ayudar a los demás. (Wilson y Lipsey, 2000). Es posible que, gracias al deporte generalicen conductas de apoyo y creen lazos, así como valoren el sacrificio por lograr un objetivo y la satisfacción de conseguirlo. 
· Finalmente, consideramos que, para el éxito del Programa, es mejor el trabajo sobre los menores de 15 años, pues en esas edades pareciera que da mayores resultados la reeducación. Así lo confirman Sánchez-Meca, Marín-Martín y Redondo (2002, citados por Redondo, et al., 2011) a través de su meta-análisis quienes señalan que a la par que aumenta la edad la eficacia de los programas es menor.
Como conclusión podemos decir, que sí es posible proponer un programa de medidas alternativas al internamiento, pues observamos que el PCTET, presenta algunos vacíos que son mejorables e incluso creemos necesario que se puedan incluir en él alguna de nuestras propuestas. También hemos identificado los factores de riesgos individuales, familiares, del entorno social y la escuela, que favorecen la conducta delictiva en los menores. 
Además, hemos señalado la relación entre el contexto social y la reincidencia del menor infractor. Tras haber sido comprobada la influencia del contexto en el comportamiento delictivo, creemos necesario, trabajar con el menor infractor sobre el contexto desde el momento inicial, cambiando sobre todo las creencias que justifican la ilegalidad, reducirá la reincidencia. Y alentar a los jueces de menores a sentenciar principalmente según el delito cometido, medidas alternativas como servicios a la comunidad o la libertad condicional para evitar el efecto criminógeno que produce el internamiento. 
Podemos decir que los programas alternativos de atención al menor infractor y los meta-análisis, nos indican que aquellos programas basados en las enseñanzas en el ámbito del hogar, el asesoramiento familiar y los programas conductuales, son los más útiles para lograr la resocialización. La incorporación de las mejoras descritas en este trabajo al programa PCTET, sería una buena forma de contribuir a la reducción de la delincuencia juvenil de forma precisa y por tanto, garantizar la prevención de futuras carreras delictivas.
Por último, este tipo de programas tiene como limitación la dificultad de su implementación, debido a la necesidad de recursos tanto económicos como personales superiores a los que actualmente se invierten. Sin embargo, creemos que abre la puerta a un nuevo método de trabajo con los menores infractores de forma individualizada y eficaz.
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