Ed IA de Studenta
La respuesta correcta es: Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, 2 días.
El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) regula los derechos y deberes de los funcionarios públicos. En el artículo 48, el EBEP establece los permisos que tienen derecho los funcionarios públicos. Entre estos permisos se encuentran los permisos por traslado de domicilio, por asuntos particulares, por matrimonio, por fallecimiento de familiar, etc.
En el caso del traslado de domicilio, el EBEP establece que los funcionarios públicos tienen derecho a un permiso de dos días hábiles por traslado de domicilio sin cambio de residencia. El permiso se debe solicitar con una antelación mínima de quince días, y se puede disfrutar en un plazo de un mes desde el día del traslado.
Los otros permisos que se mencionan en las opciones a, b y c no están previstos en el EBEP.
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