Según lo establecido en el artículo 65 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco M personal estatutario de los servicios de salud, ...
Según lo establecido en el artículo 65 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco M personal estatutario de los servicios de salud, el personal estatutario fijo pasará a la situación de servicios bajo otro régimen jurídico:
a) Cuando preste servicios en otra categoría de personal estatutario. b) Cuando acceda a una plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia. c) Cuando pase a prestar servicios en entidades surgid d) Cuando pase a prestar servicios en entidades surgidas de la colaboración entre el sector público y el sector privado.
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