Los elementos que se identificaron como límites de participación en el mercado de la comercialización de energía son los siguientes:
En Colombia, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) estableció un límite de participación del 25% en el mercado de la comercialización de energía, con el objetivo de evitar los efectos negativos que se podrían derivar de una excesiva concentración del mercado.
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