Logo Studenta

Regla general. Se define la clausula abusiva en el art. 1.119 del Código, conforme a un criterio general: es abusiva la cláusula que, no habiendo s...

Regla general. Se define la clausula abusiva en el art. 1.119 del Código, conforme a un criterio general: es abusiva la cláusula que, no habiendo sido negociada individualmente, tiene por objeto o por efecto provocar un desequilibrio significativo entre los derechos y las obligaciones de las partes, en perjuicio del consumidor. Ello se complementa con los listados existentes en las leyes especiales.

Esta pregunta también está en el material:

Derecho Privado III_Lectura2 - sin num
58 pag.

Direito Privado Universidad Empresarial Siglo 21Universidad Empresarial Siglo 21

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales