Existe “sucesión procesal” cuando:
A) El sujeto que ocupa una de las posiciones procesales originarias es reemplazado por otro u otros, a consecue...
Existe “sucesión procesal” cuando:
A) El sujeto que ocupa una de las posiciones procesales originarias es reemplazado por otro u otros, a consecuencia de un acto entre vivos o por causa de muerte que transmite los derechos litigiosos y convierte al reemplazante en el nuevo legitimado para obtener la sentencia.