41- ¿Cuál es el orden en que se corren los traslados de la demanda de usucapión establecidos en el art. 788 del C.P.C.C.? 1- Los demandados individ...
41- ¿Cuál es el orden en que se corren los traslados de la demanda de usucapión establecidos en el art. 788 del C.P.C.C.? 1- Los demandados individualizados en la demanda que hubieren comparecido. 2- Los terceros interesados que hayan pedido participación como demandados-.- 3- Los representantes e la Provincia, y en su caso, de la municipalidad. 4- El representante de los citados por edictos. 5- Los rebeldes citados personalmente.
Compartir