portar sus valores personales en la configuración de la pena: una ejecución de la pena que desatienda las opiniones del penado e intente, como úni...
portar sus valores personales en la configuración de la pena: una ejecución de la pena que desatienda las opiniones del penado e intente, como única vía, sustituir su mundo de valores por el dominante en la sociedad, no responde todavía al derecho penal que postula CALLIESS. Y esto es lo que sucede en el derecho español. El art. 50, b, del decreto de 25 de enero de 1968 declara principio general de ejecución de las penas privativas de libertad de "Utilización de procedimientos tendientes a la modificación del sistema de actitudes del interno y de su escala de valores".
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