Obligaciones del empleador
Controlar y registrar que sólo los trabajadores “adecuada y suficientemente” capacitados y protegidos, accedan a los am...
Obligaciones del empleador
Controlar y registrar que sólo los trabajadores “adecuada y suficientemente” capacitados y protegidos, accedan a los ambientes o zonas de riesgo grave y específico. Prever que la exposición a los distintos agentes en el centro de trabajo no generen daños en la salud de los trabajadores. Informar de forma “adecuada y efectiva” los conocimientos necesarios en relación con los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función específica, las medidas de protección y prevención aplicables. Capacitar y entrenar “oportuna y apropiadamente” sobre seguridad y salud en el centro y puesto de trabajo o función específica dentro o fuera de la jornada según acuerdo entre las partes, a momento de su contratación, durante el desempeño de la labor o cuando se produzcan cambios en la función y/o puesto de trabajo y/o en la tecnología.
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