Obligaciones del empleador
FRENTE A GRUPOS ESPECIALES
Obligaciones frente a discapacitados.
Garantizar protección a trabajadores discapacitados es...
Obligaciones del empleador
FRENTE A GRUPOS ESPECIALES Obligaciones frente a discapacitados. Garantizar protección a trabajadores discapacitados especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. Considerarlo en las evaluaciones de los riesgos y adoptar las medidas preventivas y de protección necesarias. Obligaciones frente a la función de procreación, maternidad y lactancia. Considerar en las evaluaciones del plan integral de prevención de riesgos, los factores de riesgo de la función reproductiva, en particular por la exposición a los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales y adoptar las medidas preventivas necesarias. Evitar la exposición a labores peligrosas en el periodo de embarazo y lactancia y adoptar las medidas necesarias. Ver Ley 28048 y D.S. 009-2004-TR) Obligación frente a trabajadores adolescentes No contratarlos para actividades insalubres o peligrosos que puedan afectar su desarrollo normal (físico y su mental) Ver Decreto Supremo N
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