En la medida en que sean aplicables, las y los fiscales deberán excusarse ante la o el fiscal superior o podrán ser separados del conocimiento del ...
En la medida en que sean aplicables, las y los fiscales deberán excusarse ante la o el fiscal superior o podrán ser separados del conocimiento del proceso por los mismos motivos determinados respecto de los juzgadores. Las o los juzgadores y fiscales presentarán sus excusas con juramento
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