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¿Cuáles son las competencias del Consejo de la Judicatura según el texto proporcionado? 14. Conocer los hechos y actos de violencia y las contrave...

¿Cuáles son las competencias del Consejo de la Judicatura según el texto proporcionado?

14. Conocer los hechos y actos de violencia y las contravenciones de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar.
15. Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley.
16. Al final del numeral 4 del artículo 234, sustitúyase la frase 'adolescentes infractores; y,' por 'adolescentes infractores.' Además, a continuación de este numeral agréguese el siguiente inciso: Conocer y resolver en primera instancia las causas relativas a los adolescentes infractores en los cantones en los que no exista juez o jueza de adolescentes infractores.
17. Sustitúyase el artículo 248, por el siguiente: Art. 248.- Voluntariado social.- Las o los jueces de paz desempeñarán sus funciones como un voluntariado para el servicio de la comunidad. El Consejo de la Judicatura establecerá un sistema de incentivos para las y los jueces de paz tales como, cursos de capacitación, becas para estudios en el país o en el extranjero, reconocimiento público por el buen desempeño, entre otros.
18. Sustitúyase el artículo 249, por el siguiente: Art. 249.- Jurisdicción y competencia.- Habrá juezas y jueces de paz en aquellas parroquias rurales en que lo soliciten los respectivos gobiernos parroquiales. En los barrios, recintos, anejos, comunidades y vecindades rurales, habrá juezas y jueces de paz cuando lo soliciten conforme con las disposiciones dictadas por el Consejo de la Judicatura. Asimismo, el Consejo de la Judicatura determinará la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus funciones las juezas y jueces de paz, así como su organización.
19. Elimínese el artículo 252.
20. Sustitúyase el artículo 253 por el siguiente: Art. 253.- Atribuciones y deberes.- Las juezas y jueces de paz tendrán las siguientes atribuciones y deberes: 1. Conocer y resolver, sobre la base de la conciliación y la equidad, los conflictos individuales, comunitarios, vecinales y obligaciones patrimoniales de hasta cinco salarios básicos unificados del trabajador en general, que se sometan a su conocimiento, de conformidad con lo previsto en la ley de la materia. 2. Serán competentes para conocer las contravenciones que no impliquen privación de la libertad. 3. En casos de violencia contra mujeres, niños, niñas y adolescentes los jueces y juezas de paz remitirán el expediente al juez o autoridad competente de su respectiva jurisdicción. En ningún caso conocerán ni resolverán sobre los mismos. 4. Si en el transcurso del proceso una de las partes pone en conocimiento de la jueza o juez de paz que el caso materia del conflicto se halla ya en conocimiento de las autoridades de una comunidad, pueblo o nacionalidad indígena se procederá de conformidad con lo dispuesto en los artículos 344 y 345 de este Código. La justicia de paz no prevalecerá sobre la justicia indígena.
21. Sustitúyase el literal b) del numeral 8 del artículo 264 por el siguiente: 'b) Establecer o modificar la sede, modelo de gestión y precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes provinciales, tribunales penales, tribunales de lo contencioso administrativo y tributarios juezas y jueces de primer nivel, excepto la competencia en razón del fuero. Una misma sala o juzgador de primer nivel, podrá actuar y ejercer al mismo tiempo varias competencias.'
22. En el segundo inciso del artículo 291, elimínese la frase: 'a pedido de la máxima autoridad y'.
23. En el artículo 335, sustitúyase el numeral 10 por el siguiente: 10. Ausentarse a cualquier audiencia o diligencia judicial, en la que su presencia sea necesaria para el desarrollo del juicio, salvo por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado. 24. En el artículo 335, agréguese el siguiente numeral: '11. Las demás prohibiciones establecidas en este Código.'
25. A continuación del número 5 del artículo 337, agréguese el siguiente número: '6. Cuando no comparezcan a cualquier audiencia o diligencia judicial, en la que su presencia sea necesaria para el desarrollo del juicio, salvo por caso fortuito o fuerza mayor. La suspensión durará dos meses.'
26. Sustitúyase el artículo 175 por el siguiente: 'Art. 175.- Infracción aduanera.- Son infracciones aduaneras las contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el presente Código. Para la sanción de contravenciones y faltas reglamentarias bastará la simple trasgresión a la norma. En el caso de que se ingrese o se intente extraer del territorio aduanero ecuatoriano, mercancía no apta para el consumo humano, el director distrital ordenará su inmediata destrucción a costo del propietario, consignante, tenedor o declarante de ser este identificado y localizable, de otra forma, será pagado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.'
27. En el artículo 188, elimínese la frase 'tipificados en el presente Código.'
28. En el artículo 190, después de literal m), agréguese los siguientes literales: n) Las conductas de receptación y defraudación aduanera tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal, respecto de mercancías cuya cuantía sea igual o inferior a ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador en general. o) Las conductas de contrabando tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal, respecto de mercancías cuya cuantía sea inferior a diez salarios básicos unificados del trabajador en general.
29. En el artículo 191, agréguese el siguiente literal: 'g) En los casos de los literales n y o; con una multa equivalente a tres veces el valor de la mercancía materia de la infracción.'
30. Sustitúyase el artículo 315 por el siguiente: Art. 315.- Clases de infracciones.- Para efectos de su juzgamiento y sanción, las infracciones tributarias se clasifican en contravenciones y faltas reglamentarias. Constituyen

Esta pregunta también está en el material:

Código Penal Integral 2020
353 pag.

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Según el texto proporcionado, las competencias del Consejo de la Judicatura son: - Conocer los hechos y actos de violencia y las contravenciones de violencia contra la mujer o miembro del núcleo familiar. - Ejercer las demás atribuciones que establezca la ley. Esas son las competencias del Consejo de la Judicatura según el texto proporcionado.

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