Logo Studenta

de que se cumplirán los principios de la administración de justicia y se garantizarán los derechos de las partes procesales. La multiplicidad de no...

de que se cumplirán los principios de la administración de justicia y se garantizarán los derechos de las partes procesales. La multiplicidad de normas procesales dificulta la administración de la justicia, a causa de una dispersión interpretativa muchas veces contradictoria que es causa de inseguridad jurídica, en directa afectación de los intereses ciudadanos. Por ello, es necesaria la unificación de los procesos, de manera que las y los juzgadores puedan actuar en diversas materias, empleen normas similares y se viabilice la exigencia de celeridad procesal. Se fomenta la inmediación, la transparencia, la eficacia, la economía procesal, la celeridad, la igualdad ante la ley, la imparcialidad, la simplificación, la uniformidad. Principalmente, precautela los derechos y garantías constitucionales y procesales. IV- ESPECIFICACIONES DE LA PROPUESTA Se procura que exista un procedimiento con estructuras básicas, que sea flexible, adaptable y racional. Los procesos de conocimiento enunciados plantean la necesidad de normar tres tipos: el procedimiento ordinario, aplicable a todas las causas que no tengan una vía de sustanciación previamente en la ley; el procedimiento sumario para ventilar derechos personales y deudas dinerarias de baja cuantía que no sean exigibles por otra vía; y el procedimiento monitorio, a través del cual se pueden cobrar deudas de baja cuantía que no constituyan título ejecutivo. En este proceso, la o el juzgador tendría amplias facultades para valorar la petición y de considerarlo procedente, ordenar el pago dentro de determinado plazo. El procedimiento ordinario bien puede resolverse en dos audiencias: a) En la primera audiencia llamada preliminar, la o el juzgador tendrá la oportunidad de sanear el proceso, admitir la prueba anunciada y presentada, resolver los puntos de debate, resolver sobre la participación de terceros, sobre el litisconsorcio, convalidar o subsanar aspectos formales, entre otros. Lo cual brinda a los órganos de justicia y a las partes procesales la invaluable oportunidad de interactuar, de revisar el proceso en forma íntegra de tal forma que no adolezca de vicios o pueda ser depurado. b) En la “audiencia de juicio" en la cual se alegará al inicio y al final, se introducirá y confrontará la prueba, y se emitirá la resolución. Para los procesos sumario y ejecutivo con audiencia única, se prevén las mismas actividades que han sido enunciadas, es decir, una audiencia pero con dos fases, la primera: el saneamiento del proceso, la introducción de la prueba, los alegatos y la segunda: la resolución. Dentro de los procesos de ejecución se prevé el procedimiento ejecutivo para el cobro de títulos ejecutivos, en el que se admite únicamente excepciones taxativas a través de una audiencia y un trámite expedito que amerita este tipo de controversias. Se determina como procedimientos especiales a los procesos contencioso tributario y contencioso administrativo que, dependiendo de la acción, seguirán la vía ordinaria o sumaria. Estos permiten a los administrados demandar al Estado o a sus instituciones con el objeto de obtener la tutela de sus derechos, garantizar o restablecer la legalidad de los hechos, los actos o los contratos de la administración pública sujetos al derecho tributario o al derecho administrativo y resolver diversos aspectos de la relación jurídico tributaria o jurídico administrativa, incluso la desviación de poder. Se prevé además el procedimiento voluntario que facilita a la o el ciudadano una ágil petición y la resolución inmediata. En cuanto a la prueba, el proyecto pretende simplificar lo más posible los procedimientos, de forma que los medios probatorios sirvan efectivamente para aportar en la decisión de la o del juzgador para resolver el caso. Esto de ninguna manera afecta el derecho a la defensa, por el contrario, se otorga la mayor amplitud al derecho de presentar pruebas a cada una de las partes procesales, pruebas que serán evaluadas dentro de los principios generales de contradicción, oportunidad y pertinencia. La obligación de anunciar la prueba en la demanda y la contestación a la demanda, facilita la determinación temprana del grado de contradicción en los hechos que se alegan. También permite el conocimiento de la prueba aportada por la contraparte, los términos de la confrontación jurídica, para asumir estrategias que eviten controversias judiciales, viabilizar acuerdos y posibilitar allanamientos sin mayores costos y en el menor tiempo. Existen otras formulaciones normativas, como la regulación a los derechos difusos, derechos de cuarta generación, que actualmente carecen de normatividad procesal específica, en detrimento de comunidades, nacionalidades y pueblos que podrían demandar como colectivo. En este sentido se ha incorporado como partes procesales a estos grupos y a la naturaleza. Se ha instrumentado el mandato constitucional que les confiere derechos y su tutela judicial. Los medios alternativos de solución de conflictos consignados en la Constitución de la República y en la ley, tales como la conciliación, la mediación y el arbitraje, se fortalecen y se integran. EL PLENO CONSIDERANDO Que, por mandato constitucional, los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes, a base de derechos de igualdad, no discriminación, acceso gratuito a la justicia, tutela efectiva imparcial y expedita, debido proceso y seguridad jurídica, conforme lo prevén los artículos 11, 75, 76 y 82 de la Carta Fundamental; Que, la Constitución de la República en el artículo 167, consagra que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial y por los demás órganos y funciones previstos en la Constitución; Que, la Constitución de la República en los

Esta pregunta también está en el material:

CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS
51 pag.

Orgânica I Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales