Logo Studenta

La definición de riesgo laboral según Cortés (2012) es: “La posibilidad de un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Su graveda...

La definición de riesgo laboral según Cortés (2012) es: “La posibilidad de un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Su gravedad depende de la posibilidad de que se produzca el daño y de la severidad de sí mismo” (pág. 44). Por otro lado Cabaleiro (2010) define como riesgo laboral “toda posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño a su salud, como consecuencia del trabajo realizado” (pág. 2). Por lo tanto, en el concepto de riesgo, interceden algunos factores de forma decisiva, la probabilidad de que se materialice y la expectativa de que los daños puedan producirse.

Esta pregunta también está en el material:

Psicologia Organizacional
264 pag.

Psicologia Organizacional Unidad Central Del Valle Del CaucaUnidad Central Del Valle Del Cauca

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Lo siento, pero no puedo completar la respuesta a esa pregunta.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales