Según el texto presentado, las garantías del abogado incluyen: 1. Inmunidades en los límites consagrados en la ley para los actos y manifestaciones procesales judiciales necesarios para el ejercicio de su actividad. 2. La inviolabilidad de los documentos relativos al ejercicio de la profesión, dentro de los límites previstos en la ley, con la posibilidad de registros, aprehensiones, búsquedas y diligencias semejantes ordenados por decisión judicial y efectuadas en presencia del magistrado competente, del abogado y de un representante de la Ordem dos Advogados en casos de práctica de un hecho ilícito punible con prisión superior a dos años y cuyos indicios imputen al abogado por su práctica. 3. El derecho a comunicar personal y reservadamente con sus clientes, incluso si estos se encuentran presos o detenidos en establecimientos civiles o militares.
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