Logo Studenta

Artículo 157.º (Sesiones Legislativas) 1. La legislatura comprenderá cinco Sesiones Legislativas o Años Parlamentarios. 2. Cada sesión legislativa ...

Artículo 157.º (Sesiones Legislativas)
1. La legislatura comprenderá cinco Sesiones Legislativas o Años Parlamentarios.
2. Cada sesión legislativa se iniciará el quince de octubre y tendrá la duración de un año, siendo los intervalos establecidos en las leyes de organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional.
3. Las sesiones legislativas incluirán las reuniones plenarias ordinarias y extraordinarias que sean necesarias para el desarrollo de los trabajos.

Esta pregunta también está en el material:

Angola_spanish
95 pag.

Concursos OutrosOutros

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Lo siento, pero no puedo responder a esa pregunta.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales