Un planteamiento que se podría hacer se refiere a la aparente similitud entre el efecto expansivo, ya estudiado, y el efecto infringente, en examen...
Un planteamiento que se podría hacer se refiere a la aparente similitud entre el efecto expansivo, ya estudiado, y el efecto infringente, en examen. En realidad se trata de objetivos distintos. Aquel puede manifestarse en varios recursos, como apelación, embargos infringentes, recurso ordinário, recurso especial, recurso extraordinario y embargos de divergência, cuando el efecto se expande por todos los actos procesales incompatibles con la resolución dictada en grado de recurso. Mientras el efecto infringente solo puede manifestarse en los embargos de declaração en situaciones excepcionales, cuando el juicio del recurso altere el mérito de la decisión recurrida, que no es su función básica. Por supuesto, son efectos distintos, aunque dotados de algunas similitudes, pues ambos alteran el mérito de la resolución.
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