E. Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en todos los centros en los que se realicen interrupciones voluntarias de embarazo, ya sean...
E. Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en todos los centros en los que se realicen interrupciones voluntarias de embarazo, ya sean públicos o privados, tanto en lo referido a la legalidad del supuesto y el cumplimiento de los requisitos procedimentales establecidos en la ley, como la necesidad del consentimiento informado por escrito de la joven o de su representante legal, cuando se trate de menores de edad (18 años para aborto y técnicas de reproducción humana asistida) según Artículo 9.4 de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
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