¿Qué requisitos se necesitan para disponer de la propiedad del representado o gravar sus bienes según el Artículo 156 del Código Civil?
Se requiere...
¿Qué requisitos se necesitan para disponer de la propiedad del representado o gravar sus bienes según el Artículo 156 del Código Civil? Se requiere que la facultad de representación conste en forma indubitable y por escritura pública, bajo sanción de nulidad.
Compartir