Criterio 22.2 (R.11) – Los requisitos de mantenimiento de registros se incluyen en la Parte IV de FTRA y en FTRR y son aplicables tanto a las IF co...
Criterio 22.2 (R.11) – Los requisitos de mantenimiento de registros se incluyen en la Parte IV de FTRA y en FTRR y son aplicables tanto a las IF como a los APNFD. Como tal, el análisis de la Recomendación 11 que se refiere a los párrafos 11.1, 11.3 y 11.4 es también pertinente para las APNFD. . Además, el Código ALD/CFT de Bienes Raíces y el Manual de FCSP contienen procedimientos específicos en el párrafo 16. Los Contadores y Abogados también tienen disposiciones en el párrafo 17. Estas disposiciones requieren la retención de archivos de cuentas y correspondencia comercial relacionada con la instalación por un período de cinco años Terminación de la transacción en lugar de cinco años después de la terminación de la cuenta. No hay requisitos con respecto a ningún análisis que no sean los necesarios para cualquier investigación en curso.
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