Resulta, que en la audiencia del 25 de febrero de 2013, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia observó el pedimento del requerido en ext...
Resulta, que en la audiencia del 25 de febrero de 2013, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia observó el pedimento del requerido en extradición, en el sentido de que se suspendiera la audiencia a los fines de que se le permitiera hacer un cambio de abogado y falló de la manera siguiente: “Primero: Se suspende el conocimiento de la presente audiencia, a fin de que el procesado Emilio Lora Delance tenga la oportunidad de contratar los servicios de otro abogado; para estos fines tiene de plazo hasta el siete (7) de marzo, y el abogado seleccionado dispone hasta el veintiuno (21) de marzo para el estudio del presente caso; Segundo: Fija la próxima audiencia para el día lunes veinticinco (25) de marzo del año 2013, a las nueve 9:00 A.M.; Tercero: Ordena la comunicación de esta decisión a la Oficina de Defensoría Pública, a los fines de que en las condiciones antes señaladas envíen un defensor público”
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