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Los ingresos por vía de derecho privado se pueden clasificar, según la rama jurídica que los regule, en civiles, mercantiles y administrativos (no ...

Los ingresos por vía de derecho privado se pueden clasificar, según la rama jurídica que los regule, en civiles, mercantiles y administrativos (no escapa al comentario la aparente contradicción de incluir en este renglón ingresos privados previstos en leyes administrativas: por ejemplo, los originados por marcas y patentes).

Esta pregunta también está en el material:

Derecho administrativo 2o CURSO
521 pag.

Direito Constitucional; Direito Empresarial OutrosOutros

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