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Términos para la preparación y elaboración del presupuesto Veremos en el parágrafo siguiente el largo camino para la elaboración del presupuesto: a...

Términos para la preparación y elaboración del presupuesto Veremos en el parágrafo siguiente el largo camino para la elaboración del presupuesto: a) Etapa administrativa. De enero al 8 de septiembre (o 15 de diciembre) del año anterior a su vigencia. b) Etapa legislativa. Del 8 de septiembre (o 15 de diciembre) al 15 de noviembre (o 31 de diciembre) anteriores a su entrada en vigor. Procedimiento para la elaboración y aprobación del presupuesto La elaboración del presupuesto de egresos implica una serie de estudios, cálculos, discusiones y procedimientos complejos. Tradicionalmente se afirma que el estado primero determina cuánto necesita gastar y después de dónde lo obtendrá, y que ésta representa la diferencia esencial con la economía privada, donde primero se fijan los ingresos y después a qué se destinarán. En nuestra opinión, esto no es del todo cierto: el estado también requiere conocer sus posibilidades de captación de ingresos pecuniarios para identificar las demandas colectivas y la medida en que pueden ser satisfechas. La elaboración del presupuesto comprende los pasos siguientes: 1. Al iniciarse cada año, la secretaría de hacienda y crédito público indicará a las dependencias y entidades respectivas los lineamientos para elaborar los programas por incluir en el siguiente presupuesto. En cada dependencia y entidad habrá una unidad encargada de programar. 2. Como siguiente etapa, la propia secretaría señalará las políticas por atender en los anteproyectos de presupuesto. 3. Las entidades y las dependencias enviarán a dicha secretaría los anteproyectos, los cuales serán discutidos y ajustados con este órgano en los meses subsecuentes. 4. Acto seguido, los anteproyectos definitivos serán entregados a la secretaría de hacienda (ahí se habrán ejecutado ya los ajustes requeridos por ésta). 5. El 8 de septiembre, el secretario de hacienda comparece ante la cámara de diputados para presentar la iniciativa de presupuesto de egresos. Ésta corresponde en exclusiva al presidente de la república, de acuerdo con el art. 74, fracc. IV, de la constitución federal, reformada el 6 de diciembre de 1977 (con ello se dio término a la discusión acerca de si otras personas o cuerpos señalados en el art. 71 podían presentar el proyecto de presupuesto). Cuando cambia de titular el poder ejecutivo, la iniciativa se entrega el 15 de diciembre. 6. Una vez presentada, será discutida y aprobada (a más tardar el 15 de noviembre o el 31 de diciembre) en la cámara de diputados, con el procedimiento observado para cualquier proyecto de ley por someter a votación ahí. 7. El último paso serán la promulgación y publicación que, como decreto, se realicen del presupuesto de egresos de la federación por el poder ejecutivo. El decreto promulgatorio llevará el refrendo del secretario de gobernación. En el caso de los presupuestos de las entidades federativas, el órgano encargado de la discusión y aprobación es la legislatura. Para los municipios, la competencia corresponde al ayuntamiento, el cual actuará como órgano colegiado.

Esta pregunta también está en el material:

Derecho administrativo 2o CURSO
521 pag.

Direito Constitucional; Direito Empresarial OutrosOutros

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La alternativa correta é: b) Etapa legislativa. Del 8 de septiembre (o 15 de diciembre) al 15 de noviembre (o 31 de diciembre) anteriores a su entrada en vigor.

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