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Autorregulación y complejidad ética en ámbitos dominados por la especialización técnica y profesional. Códigos éticos han sido aprobados finalmente...

Autorregulación y complejidad ética en ámbitos dominados por la especialización técnica y profesional. Códigos éticos han sido aprobados finalmente en forma de reglamentos de carácter administrativo. A este proceso responden el “Código de ética de la función pública de Argentina”, aprobado por Decreto 41/1999; la “Carta Deontológica del Servicio Público de Portugal”, aprobada por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 18 de febrero de 1993 y las “Normas de ética de la función pública” del Quebec, aprobadas por el Reglamento de 17 de abril de 1985. Los códigos de conducta como instrumento de autorregulación. En el Reino Unido, no cabe ninguna duda que los códigos de conducta de la función pública son considerados un instrumento de autorregulación. Los códigos éticos aprobados en otros países responden, en cambio, a un proceso de publificación y de transformación de la misma. Los derechos y deberes de los funcionarios vienen fijados a través de un proceso ascendente, de absorción de los resultados de la autorregulación de los propios funcionarios. En cualquier caso, y frente al fracaso de los mecanismos imperativos de regulación, no parece desacertado, aun manteniendo el carácter reglamentario de estas normas, incluir en ellas los códigos de conducta, elaborados y aceptados por la profesión. Parecería incluso razonable que las normas disciplinarias tipificasen la infracción de esas conductas y no de otras, que resultan quizás obsoletas a la evolución sufrida en el seno de la función pública. Los códigos de conducta de la función pública tienen por objeto establecer los valores que deben guiar la actividad cotidiana de los funcionarios, poniendo especial atención en los aspectos relativos a las relaciones de los funcionarios públicos con los ciudadanos. Adopción de códigos de conducta formulados en el seno de cada unidad administrativa relevante y la instauración de la figura de un Commissioner como organismo de control.

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732 pag.

Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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