A su oponibilidad erga omnes. No hay defectos en la estructura del negocio que en sí mismo es perfecto, pero no produce efectos por alguna razón, y...
A su oponibilidad erga omnes. No hay defectos en la estructura del negocio que en sí mismo es perfecto, pero no produce efectos por alguna razón, ya sea con relación a algunos terceros o a todos. Así ocurre con el fraude. El acto declarado fraudulento es válido entre las partes y todos los terceros, pero para el acreedor que inició y ganó la acción pauliana, es inoponible (art. 338 y ss. CCyC).
a) Inoponibilidad positiva y negativa. b) Inoponibilidad por incumplimiento de las formas de publicidad del negocio. c) Supuesto del artículo 397.
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