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A su oponibilidad erga omnes. No hay defectos en la estructura del negocio que en sí mismo es perfecto, pero no produce efectos por alguna razón, y...

A su oponibilidad erga omnes. No hay defectos en la estructura del negocio que en sí mismo es perfecto, pero no produce efectos por alguna razón, ya sea con relación a algunos terceros o a todos. Así ocurre con el fraude. El acto declarado fraudulento es válido entre las partes y todos los terceros, pero para el acreedor que inició y ganó la acción pauliana, es inoponible (art. 338 y ss. CCyC).

a) Inoponibilidad positiva y negativa.
b) Inoponibilidad por incumplimiento de las formas de publicidad del negocio.
c) Supuesto del artículo 397.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

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