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Normatividad y fundamentos espaciales - JOSHUA RAFAEL PATRON AGUILETA

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NORMATIVIDAD Y
FUNDAMENTOS
ESPACIALES
Tarea 2.
Lizbeth Caamal
Sandra Correa
Maximiliano Nieto
Rafael Patrón
Georgina Xiu
Equipo 2.Universidad Mesoamericana de San Agustín
Taller Integral de Arquitectura II. Proyectos
4to semestre de arquitectura.
Grupo. 4010
28 de marzo de 2022
ÍNDICE
REFERENTES NORMATIVOS
1. REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DE LA CIUDAD DE MÉRIDA
2. PMDU (PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO)
3. DECLARATORIA ZONAS DE PATRIMONIO CULTURAL (2007)
4. PRESERVACIÓN DE ZONAS CULTURALES (2017)
5. MONUMENTOS HISTÓRICOS DE LA CIUDAD DE MÉRIDA (1982)
1. REGLAMENTO DE
COSTRUCCIONES LA
CIUDAD DE MÉRIDA
Según el artículo 271 en fachadas recubiertas con
placas de material pétreos naturales o artificiales se
deberá cuidar la colocación de estas estructuras. 
Fachadas y recubrimientos 
Según el Artículo 67 El destino de cada espacio
depende de su uso y dimensiones, por lo tanto, será
necesario indicar en los planos el destino de cada
espacio, este deberá ser congruente con su ubicación,
funcionamiento y dimensión.
En el Artículo 68 indica que sólo se autorizará la
construcción de viviendas que tengan como mínimo un
espacio destinado a una habitación con closet, aparte
de contar con sus servicios completos de cocina y
baño. 
Dimensionamiento y Características
de las viviendas
La altura máxima de entrepiso en las edificaciones será
de 3.60 m de altura y como mínimo de 2.60 m
Pág. 79
Pág. 36
3.4.2.1 el cual indica que el área de una ventana para
iluminar no será inferior al 20% del área local y por
debajo del 10% en complementarios.
Se establece que el 12.5% es el porcentaje mínimo de
ventilación del área local y se requerirá 2 ventanas
opuestas como mínimo para una óptima circulación
de aire.
 En los sanitarios se puede usar domos y tragaluces en
vez de ventanas. 
Dimensionamiento de ventanas
V. Para el uso de estacionamientos en edificios
habitacionales verticales, toda maniobra para el
estacionamiento de un vehículo deberá llevarse a
cabo dentro del predio sin invadir la vía pública o a los
vecinos.
Normas para el diseño de áreas
de estacionamiento Pág. 49
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4.1.1 Puertas: En caso de los accesos principales, deben
de tener una altura mínima de 2.10 m y de ancho
mínimo 0.90 y en los Locales Habitacionales, así como,
en cocinas y baños lo mínimo que deberían tener de
ancho es de 0.80 m.
4.1.2 Pasillos: En una vivienda con circulación horizontal,
debe tener como mínimo de ancho 0.90 m y deben
estar libres de cualquier obstáculo.
4.1.3 Escaleras: El ancho mínimo de una escalera para
una vivienda privada o interior con un muro en un solo
costado es de 0.90 m. Las dimensiones para el diseño
de una escalera son las siguientes: Para el peralte, la
altura máxima es de 0.18 m y la mínima es de 0.10 m;
la huella debe constar con una profundidad mínima de
0.25 m; Los descansos deben estar máximo cada 2.70
m de alto y su anchura debe ser igual o mayor al
ancho libre mínimo de la escalera. A demás todas las
escaleras deben de contar con pasamanos y/o
barandales en ambos lados.
Dimensionamiento de Accesos Pág. 22
3.4.1 los locales habitables llámese a estos recamaras,
salas, comedores, sala de televisión, etc. Y locales
complementarios a los baños, sanitarios, cocinas,
circulaciones, bodegas, etc. Deben de tener
iluminación diurna natural a través de ventanas que
den directamente a la vía pública y azoteas.
En el Artículo 145 se establece que la iluminación
artificial instalada en interiores y exteriores de edificios
y circulaciones debe ser la suficiente para no
comprometer la integridad física de los ocupantes, así
como afectar negativamente visión de los usuarios,
para lo cual debe considerarse el tipo de actividad y la
edad de las personas que utilizan el inmueble. 
La iluminación y la ventilación.
Se indica que en una casa habitación de interés
medio sus circulaciones horizontales deben de tener
un nivel de luxes de 50.
Por último, la ventilación natural en el área local
habitacional, vestíbulos, baños domésticos
Iluminación artificial 
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Pág. 11
PROGRAMA MUNICIPAL
DE DESARROLLO
URBANO DE MÉRIDA 
 
2
ASENTAMIENTOSASENTAMIENTOS
HUMANOS Y CENTROSHUMANOS Y CENTROS
DE POBLACIÓNDE POBLACIÓN
ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO
URBANO SOSTENIBLE. BIENESTAR EN EL
DESARROLLO URBANO. NUEVO PARADIGMA
PARA LA VIVIENDA. EQUIDAD EN
INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y
SERVICIOS. IDENTIDAD Y PATRIMONIO.
SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL, RESILIENCIA
URBANA Y CAPACIDAD DE RESPUESTA.
CERTEZA JURÍDICA PARA EL DESARROLLO
URBANO.
PMDUPMDU INSTRUMENTO ESTRATEGICO Y NORMATIVO
PLANEACIÓN URBANA
REGULAR MEJORAR ORDENARCONSERVAR
VISIÓN
PRINCIPALES PROBLEMAS URBANOSPRINCIPALES PROBLEMAS URBANOS
PROBLEMAS VINCULADOS AL 
ORDENAMIENTO TERRITORIAL 
SUSTENTABLE
PROBLEMAS VINCULADOS A
LA BIENESTAR EN EL
DESARROLLO URBANO 
PROBLEMAS VINCULADOS A
LA CONSERVACIÓN
EXPANSIÓN URBANA Y DIFUSIÓN DE LÍMITES
ENCAPSULAMIENTO DE COMISARÍAS Y
SUBCOMISARÍAS
BAJA DENSIDAD POBLACIONAL Y
HABITACIONAL
NIVELES DE ACCESO DIFERENCIADO A
SERVICIOS
CONFORMACIÓN DE ZONA
CONCENTRADORAS DE CONFLICTOS
SOCIOESPACIALES
DISMINUCIÓN DE LA COBERTURA VEGETAL
AFECTACIÓN PATRIMONIAL
CONTAMINACIÓN HÍDRICA
NIVELES DE ACCESO A SERVICIOSNIVELES DE ACCESO A SERVICIOS
CONTAMINACIÓN HIDRICACONTAMINACIÓN HIDRICA
ESTRUCTURA DEL MODELOESTRUCTURA DEL MODELO
ZONIFICACIÓN PRIMARIAZONIFICACIÓN PRIMARIA
CONECTIVIDAD Y MOVILIDADCONECTIVIDAD Y MOVILIDAD 
3. DECLARATORIA
ZONAS DE PATRIMONIO
CULTURAL (2007)
DECLARATAORIA DE ZONAS DEL PATRIMONIO
CULTURAL DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA.
Mérida cuenta con más de un centenar de asentamientos
mayas prehispánicos que deben protegerse de los
irregulares cambios de uso del suelo. 
Protección e integración de los vestigios arquitectónicos
mayas prehispánicos en los espacios públicos y áreas de
donación, con su obligada consideración en la elaboración
de los proyectos de urbanización.
Son monumentos históricos los bienes vinculados
con la historia de la nación, a partir del
establecimiento de la cultura hispánica en el país,
en los términos de la declaratoria respectiva o por
determinación de la ley
Consideraciones
Centro Histórico de Mérida, en el que las medidas de
reutilización y planeación empiezan a ser atractivos para
inversionistas y promotoras de vivienda, comercio y servicios
turísticos
.
Acuerdos:
El Centro Histórico.
Cuatro áreas que colindan con el Centro Histórico
El perímetro conformado por la Colonia Itzimná,
Avenida Pérez Ponce y un sector de la Colonia
México
El perímetro conformado por la Colonia Jesús
Carranza y su contexto inmediato.
Área de la Colonia México colindante con la
Prolongación del Paseo de Montejo.
PRIMERO: Zonas de Patrimonio Cultural
poseen características que las hacen
diferentes a otros sectores de la ciudad.
Áreas que definen el Patrimonio Cultural del
Municipio. Con valor desde el punto de vista
de la aportación a la cultura e identidad de
los habitantes, Toma forma a partir del
reconocimiento de diversas características
urbanas, arquitectónicas y naturales que en
su conjunto conforman el ambiente.
 SEGUNDO: Zonas de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida
TERCERO: Elementos urbano- arquitectónicos en cada una
de las zonas del Patrimonio Cultural: construcciones de las
diversas épocas y considerando lo desarrollado durante el
siglo XX, en todos los géneros arquitectónicos que pudieran
ser identificados (viviendas, edificaciones religiosas, casas
de máquinas, talleres y bodegas) y todos ellos objetos que
ayudan conformar la cultura y la memoria de una
comunidad, y que por lo tanto se protegen. 
Perímetros en el Centro Histórico
Área 1: Colinda al oriente y sur con el Centro Histórico
Área 2: Colinda al norte y oriente con el Centro Histórico
Área 3: Colinda al norte y poniente con el perímetro B
Área 4: Colinda al poniente con perímetro B
CUARTO: Elementos naturales todos aquellos recursos
forestales de diversas especies, así como los cenotes,
grutas y las aguadas que se encuentren dentro decada
uno de los perímetros que se señalan, que ayudan a la
conservación ecológica y a conformar la cultura y la
memoria de una comunidad, y que por lo tanto se
protegen para las generaciones futuras. 
SEXTO: Es facultad del Ayuntamiento de Mérida a través de
la Dirección de Desarrollo Urbano dar asesoría y promover
los proyectos y las acciones dirigidas a la recuperación y
conservación de predios y elementos con características
arquitectónicas y naturales que se ubiquen dentro del
perímetro de la zona que se protege.
SÉPTIMO: Todo tipo de obras de cimentación, excavación,
demolición o construcción de elementos adosados al
conjunto original, o nuevos, sean públicos o privados
deberán contar con el permiso correspondiente y
adecuarse a los términos señalados en los Planes y
Programa de Desarrollo Urbano y el Reglamento de
Construcciones del Municipio de Mérida.
DECIMO SEGUNDO: La prohibición de trabajos de demolición
total en cualquier predio que se ubique dentro de las Zonas
de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida, con la
finalidad de evitar la conformación de lotes baldíos y
huecos urbanos, Esta demolición deberá de estar
sustentada con el desarrollo de un proyecto que permita
mejorar la imagen y calidad de vida del contexto, y a la vez
no podrá afectar algún predio con valor histórico. 
CONCLUSIÓN: La Zona de la Plancha
no es considerada una Zona de
Patrimonio Cultural 
Pág. 9
Pág. 9
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Pág. 10
4. PRESERVACION DE
ZONAS CULTURALES (2017)
Artículo 7.- Los elementos de
instalaciones tales como cables,
poliductos y bajantes no podrán estar
adosados a muros, columnas o marcos
de piedra, por lo que deberán estar
ocultos a la vista. Pág. 6
Artículo 8.- Son parte de la imagen
urbana los árboles en plazas, banquetas
y calles, por lo que su
manejo es responsabilidad de las
instancias municipales, por lo cual queda
prohibida cualquier acción
que implique daño o deterioro de sus
características. Pág. 7
DISPOSICIONESDISPOSICIONES
GENERALESGENERALES 
Artículo 11.- No se autorizarán los trabajos
de demolición total en cualquier predio
que se ubique dentro de las Zonas de
Patrimonio Cultural. pag. 9
Artículo 12.- Las intervenciones deberán
ajustarse a los siguientes lineamientos:
LINEAMIENTOSLINEAMIENTOS
PARA LASPARA LAS
INTERVENCIONESINTERVENCIONES 
A. DE LA TRAZA:
I. No se permitirá la apertura, ampliación o disminución de las
dimensiones de avenidas, calles, callejones o similares.
III. No se permitirá la ampliación o disminución de las
dimensiones de las banquetas y arroyos.
B. DE LA LOTIFICACIÓN:
I. Deberá conservarse la fisonomía de la lotificación histórica
de la zona.
III. En ningún caso se autorizará la unión de dos o más
manzanas o la fragmentación de algunas de ellas.
C. DEL PERFIL URBANO:
I. VOLÚMENES: Se autorizará la eliminación de los
volúmenes o agregados de construcción reciente y sin
valor histórico.
D. CUBIERTAS:
I. Las cubiertas y azoteas a paramento deberán ser planas.
III. No se autorizarán construcciones en azoteas que sean
visibles desde la calle, tales como jardineras, terrazas,
balcones, instalaciones para tanques de gas, eléctricas o
de otro tipo, antenas, jaulas para tendederos, cuartos de
servicio, bodegas.
E. DE LAS ÁREAS LIBRES Y JARDINADAS:
I. PRIVADAS: En las construcciones que conforman el
Entorno y los Tejidos Urbanos de las Zonas de Patrimonio
Cultural, así como en los predios baldíos en los que se vaya
a edificar, deberá conservarse un mínimo de veinte por
ciento de área verde descubierta y arbolada. Artículo 12
III. MOBILIARIO PARTICULAR: Elementos tales como cajones y ductos
de aire acondicionado, marquesinas, buzones, vidrieras, tomas
domiciliarias o casetas deberán restringirse a los límites de
propiedad de los predios, sin invadir de ninguna manera la vía
pública
I. DE LAS FACHADAS:
La liberación de vanos cegados.
No ce autorizan La superposición de portales, volados, marquesinas,
toldos fijos u otros elementos arquitectónicos que desvirtúen la
composición o las características de los edificios; Agregar
recubrimientos cerámicos, pétreos o de otros tipos a los paramentos
completos de los inmuebles.
J. COLORES Y PINTURA:
En las fachadas se permitirá el empleo de dos colores únicamente,
uno de los cuales se utilizará en paños lisos y otro en las cornisas o
elementos de en marcamiento de vanos, quedando prohibido el uso
del color negro para recubrir fachadas. Queda prohibido aplicar
pintura en color blanco para recubrir la totalidad de la fachada de
cualquier predio.
Artículo 12
Artículo 40.- El uso del suelo en los
predios de las Zonas de Patrimonio
Cultural del Municipio debe de
estar apegado a lo señalado dentro del
Programa de Desarrollo Urbano del
Municipio de Mérida y el
Programa Parcial de Desarrollo Urbano
del Centro Histórico de la ciudad de
Mérida.
USO DEL SUELOUSO DEL SUELO
5. MONUMENTOS
HISTÓRICOS DE LA
CIUDAD DE MERIDA
DECRETO POR EL QUE SE DECLARA UNA
ZONA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS
EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUC.
ARTICULO lo.-Se declara una zona de monumentos históricos en la
ciudad de Mérida, estado de Yucatán, con el perímetro,
características y condiciones a que se refiere este Decreto.
La zona de monumentos históricos, materia de este Decreto,
comprende una área de 8.795 kilómetros cuadrados.
ARTICULO 1o.
ARTICULO 2o.
Pág. 1
ARTICULO 3o.
Se determina que las características específicas de la zona de monumentos históricos,
materia de esta Declaratoria, son las siguientes:
a).-Está formada, por 659 manzanas que comprenden 3,906 edificios con valor histórico construidos entre los
siglos XVI al XIX, y de los cuales 21, fueron destinados, en alguna época, al culto religioso, por mencionar algunos:
Nuestra Señora del
Carmen "La Mejorada"
 Las Monjas
Templo de
Santa Lucía
Templo de San
Cristóbal.
Templo de
San Sebastián
b).-Esta zona se caracteriza, asimismo por 16 plazas
y jardines, entre los que se pueden señalar:
Las plazas de Santa Lucía, Santa
Ana, La Mejorada, Cepeda Peraza,
San Sebastián, San Cristóbal, San
Juan y el Parque del Centenario.
Plaza de Itzimná Paseo de Montejo
Nuestra Señora del
Buen Viaje
Pág. 2
ARTICULO 3o.
d).-El perfil urbano de la zona se caracteriza por las alturas de la
Catedral, el "Mirador de las Monjas", las numerosas torres y
campanarios, los grandes volúmenes de sus edificios neoclásicos
como el Teatro Peón Contreras y el Palacio Cantón que destacan
vivamente en la topografía plana, en la que se desarrolla la ciudad
con sus barrios característicos.
Las construcciones que se hagan en la zona de monumentos
históricos de la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, se sujetarán a
las condiciones establecidas en las disposiciones legales aplicables,
y en todo caso cualquier obra de construcción, restauración o
conservación en la zona de monumentos históricos, deberá realizarse
previa solicitud del participante el Instituto de Antropología e historia.
ARTICULO 5o.
ARTICULO 6o.
Corresponde al Instituto Nacional de Antropología e Historia vigilar el cumplimiento de lo ordenado por este
Decreto en los términos de las disposiciones aplicables.
Algunos barrios característicos de Mérida, Yucatán.
Imagen recuperado de Internet en
https://foodfuntravel.com/merida-mexico-yucatan-guide/
Pág. 3
Pág. 24
Pág. 24
CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN
La Zona de la Plancha ubicado en el Centro de Mérida, Yucatán, específicamente
el predio N° 412, no se en encuentra en el listado Zonas de Monumentos Históricos
ni es considerado una Zona de Patrimonio Cultural del Municipio de Mérida.
BIBLIOGRAFÍA 
Ayuntamiento de Mérida, Yucatán. (05 de enero, 2018). REGLAMENTO
DE CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA. Recuperado de
https://isla.merida.gob.mx/serviciosinternet/normatividad/files/Regl
amentos/CONSTRUCCIONES_2018.pdf
Decreto por el que se declara una Zona de Monumentos Históricos
en la Ciudad de Mérida, Yuc (1982). 
Ayuntamiento de Mérida, Yucatán. DECLARATORIA DE ZONAS DEL
PATRIMONIO CULTURAL DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA. 
Ayuntamiento de Mérida. (26 octubre, 2017) Programa Municipalde
Desarrollo Urbano de Mérida. 
Ayuntamiento de Mérida (4 de julio, 2008). Reglamento para la
preservación de las zonas de Patrimonio Cultural del Municipio de
Mérida. 
https://docs.google.com/spreadsheets/d/1DUF2isFWsqVSYhbaACYtbgcLi_YjDqpE3GLQIVgkKQg/edit#gid=69851113
https://docs.google.com/spreadsheets/d/1DUF2isFWsqVSYhbaACYtbgcLi_YjDqpE3GLQIVgkKQg/edit#gid=69851113
https://docs.google.com/spreadsheets/d/1DUF2isFWsqVSYhbaACYtbgcLi_YjDqpE3GLQIVgkKQg/edit#gid=69851113
https://docs.google.com/spreadsheets/d/1DUF2isFWsqVSYhbaACYtbgcLi_YjDqpE3GLQIVgkKQg/edit#gid=69851113

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