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Interrupcion-legal-del-embarazo--una-vision-psicologica-con-perspectiva-de-genero

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Universidad Nacional Autónoma de México 
 Facultad de Estudios Superiores Iztacala 
 
 
 
 
 
 “Interrupción Legal del Embarazo: Una visión psicológica 
 con perspectiva de género” 
 
 
 
 
 T E S I S 
 QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE 
 
 L I C E N C I A D A E N P S I C O L O G Í A 
 
 P R E S E N T A (N) 
 
 Brenda Admin González Muñoz 
 
 
 
 Directora: Lic. María del Rosario Guzmán Rodríguez 
 
 Dictaminadores: Lic. Juana Olvera Méndez 
 
 Mtra. María de los Ángeles Herrera Romero 
 
 
 
 
 
 Los Reyes Iztacala, Edo de México, 2015 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
“Más vale que no tengas que elegir entre 
el olvido y la memoria, entre la nieve y el sudor, 
será mejor que aprendas a vivir sobre la línea divisoria 
que va del tedio a la pasión, 
no dejes que te impidan galopar, ni los ladridos de los perros, 
ni la quijada de Caín, que no te de insomnio por contar 
las gaviotas del destierro, las amapolas de París. 
Te engañas y me quieres confundir, esta canción 
 desesperada no tiene orgullo ni moral, 
se trata sólo de poder dormir sin discutir con la almohada, 
¿Dónde está el bien? ¿Dónde está el mal? 
Y sal ahí a defender el pan y la alegría, 
y sal ahí para que sepan, que esta boca es mía” 
 
 Joaquín Sabina 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agradecimientos 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A mis padres: Creyeron en mí todo este tiempo, me brindaron más que 
recursos, me dieron una voz propia, una luz, una magia… 
 Papá: Gracias por enseñarme el valor de la responsabilidad, de la 
honestidad, de la humildad. Este trabajo es un reflejo de lo que has 
cosechado, tu retoñito floreció… 
 Mamá: Tu linda hija acabó un proyecto el cual no hubiera sido posible 
gracias a ti, a tus cuidados, a tu comprensión, a tu comida que alimenta el 
alma, a esas pláticas, a tu amor… 
LOS AMO E INFINITAS GRACIAS 
 
A la Universidad Nacional Autónoma de México. A mí querida Facultad de 
Estudios Superiores Iztacala que me abrió sus puertas hace casi 5 años. El sueño 
comenzó aquí, creció, maduró y se convirtió en una realidad. Porque entre tus 
paredes se encuentra más que conocimiento. 
“…Lo más hermoso que existe es verte y disfrutarte a la luz de la luna, cuando 
sólo estás tú y el conocimiento en puerta…” 
A cinco hermosas personas que conocí durante estos 4 años de carrera 
y se convirtieron en más que colegas, en amigas del alma: Alejandra 
Zaragoza, Gina Ríos, Nohemí Ortega, Diana León, Alma Mandujano. Sin 
ustedes no hubiera sido igual está maravillosa experiencia, gracias por 
todas las charlas, los trabajos, las comprensiones… ¡LAS QUIERO! 
A mis profesores: Toñita Dorantes, María de Lourdes Jacobo, Gerardo Chaparro, 
Alfredo López y Amparo Borja, ya que cada uno forjó una mente abierta. GRACIAS. 
 A mis sinodales: Las profesoras Juana Olvera y Ángeles Herrera. Sin su dedicación y 
amor a la psicología esto no hubiera sido tan sencillo. GRACIAS. 
 
A mi familia que siempre me ha brindado amor, alegrías y su sincero 
apoyo, gracias a la familia Muñoz, especialmente a mis tías, tíos, 
primos y abuelita ya que con ustedes crecí y aprendí lo valioso que es 
la familia. Gracias a Stephanie e Iván por ser más que unos primos para 
mí. 
A la familia González a mis abuelos, a mis tías, tíos y primos que con 
sus pláticas, llamadas y risas me han demostrado que el amor hacia la 
familia es incondicional. Los quiero mucho. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A mi maestra de vida María Guzmán, quien me permitió compartir, 
aprender, reír, conocer, observar, sentir y disfrutar a su lado el 
verdadero conocimiento hacia mí misma. Considero que la palabra 
“gracias” se queda corta María, me has enseñado tanto… desde 
trabajar contigo en el PIAV hasta confrontarme con la vida real sin 
máscaras, miedos, ni ataduras. ¡GRACIAS MI MARIPOSA FAVORITA! 
A aquellas personas que conocí durante la carrera y que dejaron huella en mi 
corazón. Dulce, gracias por todas esas charlas, risas, bromas y consejos 
dentro de tu cubo; Sandra Torres, por tu amistad sincera y por ser en algún 
momento mi compañera de regreso a casa, al igual que Cristian Gómez, 
gracias por todo, los quiero. 
Al grupo 51 por sus enseñanzas. A Diana Linares, por tu gran amistad, al igual 
que Víctor Medina y Alberto Santillan. 
Christopher Tamayo, gracias por tu calurosa bienvenida al PIAV y tu amistad 
sincera. 
A Mayra, gracias por tu amistad estos muchos años, gracias porque me has 
enseñado el valor de la verdadera amistad. Aún recuerdo cuando salimos de la 
primaria, de la secundaria, de la preparatoria y recuerdo muy bien el orgullo que 
sentía cuando te vi bailando en tu graduación. Gracias hermana. Porque un simple 
hola representaba mucho en las madrugadas. TE QUIERO. 
A mis amigos de la vida, Cinthya gracias por todo amiga, tu apoyo 
siempre es incondicional así como tu amistad. 
 Miriam y Aleydis porque su amistad perdura en el tiempo, porque 
me han escuchado y apoyado en momentos difíciles, gracias por 
todo. 
 Antonio Toñoño porque en las madrugadas de trabajo, siempre 
hubo una carita, un puñito, un hola o un ya duérmete, gracias por 
mostrarme la perseverancia y la amistad sincera. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A Admin, que por años te has esforzado para realizar tus 
sueños, hubo sacrificios pero todo fue hecho con amor. 
Gracias por permitirte ser, sentir y disfrutar de esta etapa que 
con esto concluye. Gracias por tu esfuerzo y dedicación. Has 
encontrado tu camino y nunca has sentido tanta 
satisfacción… 
 A mi Dios que me nutre y me ama, me siento agradecida por 
estar en conexión contigo. 
 Gracias a ti, por acompañarme en todo mi camino, por 
manifestarte en sueños y por el amor que recibo de ti, al fin te 
comprendí… 
 Gabriel, gracias por tu infinito amor ahora dame la mano y 
vamos a darle la vuelta al mundo… 
 
 
“Y si mañana ya no existo quiero poder decir 
 por lo menos lo conseguí” 
HS 
 
 
 
 
 
 
 
 
ÍNDICE 
 
RESUMEN 1 
INTRODUCCIÓN 2 
1. TEORÍA DE GÉNERO 9 
1.1 Asignación, identidad y rol de género 9 
1.2 Estereotipos de género 11 
1.3 Perspectiva de género 14 
2. DERECHOS HUMANOS 18 
2.1 Derechos de reproducción 24 
2.2 Derecho a la información 31 
2.3 Mujeres y salud en derechos humanos 33 
2.4 Políticas públicas Interrupción Legal del Embarazo 35 
3. INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO 40 
3.1 Estadísticas 44 
3.2 Aspecto legal 46 
3.3 Aspecto médico 49 
3.4 Proceso I. L. E 52 
3.5 Aspecto psicológico 54 
3.5.1 Consecuencias psicológicas 55 
4. INSTITUCIONES QUE OFRECEN EL SERVICIO 58 
4.1 Instituciones gubernamentales 58 
4.2 Instituciones privadas60 
4.3 Instituciones civiles 61 
5. POR EL DERECHO A DECIDIR 62 
5.1 Método 62 
6. ANÁLISIS Y DISCUSIÓN 86 
7. CONCLUSIONES 93 
8. BIBLIOGRAFÍA 96 
 
 
 
 
 
RESUMEN 
 
La Interrupción Legal del Embarazo (I. L. E) es un tema actual de interés 
debido al creciente número en las estadísticas acerca de la utilización de este 
servicio, sin embargo, no sólo debe considerarse como una política pública de 
salud implementada en nuestro país, sino una consecuencia de convenciones 
internacionales que retomaron los derechos básicos de la mujer llevando consigo 
un posible cambio de percepción hacia los roles de género y la concepción de la 
maternidad. 
Es por ello que el objetivo de la presente es conocer las condiciones 
sociales, psicológicas y legales que propician a las mujeres a tomar la decisión de 
interrumpir su embarazo, por medio de la realización de entrevistas donde se 
relata el proceso de I.L.E. 
En los resultados se obtuvo que dicho proceso es el ejercicio del derecho 
reproductivo, ya que se ejerce de manera libre existiendo las condiciones legales y 
medicas para llevarlo a cabo, no obstante para la mujer conlleva una posible 
inestabilidad psicológica esto dependiendo de cómo se viva, que redes de apoyo 
sociales y que recursos psicológicos se tengan, es por ello que el aborto se 
considera como un hito en la trayectoria personal con secuelas sentidas en la vida 
sexual, afectiva, reproductiva y anticonceptiva. 
De esta investigación se concluye que es conveniente que no sólo se hable 
de Interrupción Legal del Embarazo como una lucha de libertades y derechos de la 
mujer, mucho menos que se hable desde un punto de vista moral sino que se abra 
brecha a considerarlo como un proceso en donde existe un estado temporal de 
desorganización, desequilibrio y vulnerabilidad, así concebir el aborto como una 
crisis supone herramientas psicológicas para reestructurarlo e integrarlo a la vida 
de la mujer. 
 
 
 
 
INTRODUCCIÓN 
 
Históricamente se ha generado una situación de discriminación y marginación 
hacia mujeres y hombres en diferentes aspectos sociales y culturales. Así a la 
mujer se le asigna el espacio del hogar por su capacidad para gestar y amamantar 
a los hijos el tiempo que fuese prescindible, por su proximidad espacial, se ocupó 
del resto de las funciones vinculadas al espacio de la casa; mientras que el 
hombre se dedicara a la agricultura, la cacería, la domesticación de animales y la 
guerra (Aguilar, Valdez, González-Arratia y González. 2013). Esta postura 
tradicionalista no fue la acepción en nuestro país, en México la cultura dominante 
estaba cargada de normas, creencias y valores. La mujer mexicana, permeada 
por el conocimiento indígena y colonial, tenía virtudes inherentes desde 
obediente, dócil, tímida e irresoluta hasta sentimiento de abnegación y sacrificio 
que el instinto materno le otorga. Esta concepción de la mujer mexicana fue 
imperativa hasta que el feminismo norteamericano y la revolución sexual dieron 
lugar a la llamada “segunda ola” de los movimientos feministas, quienes se 
sintieron beneficiadas con el cambio de sexo a género. El género responde a 
construcciones socioculturales susceptibles de modificarse dado que han sido 
aprendidas (INMUJERES, 2007). En consecuencia, el sexo es biológico y el 
género se elabora socialmente, de manera que ser biológicamente diferente no 
implica ser socialmente desigual. Así se construyen normas y percepciones de los 
diferentes géneros, las cuales, se categorizan en estereotipos y roles de género, 
primeramente los estereotipos de género indican las características, que según se 
considera, son apropiadas para cada género y los roles de género indican la forma 
en la que se comportan y realizan su vida cotidiana los hombres y las mujeres 
(Magally, 2011 citado en Aguilar y cols. (2013). Por su parte INMUJERES (2007) 
menciona que los roles de género son conductas estereotipadas por la cultura, por 
tanto, pueden modificarse dado que son tareas o actividades que se espera 
realice una persona por el sexo al que pertenece. 
Ejemplo de esto son las actividades que realizan mujeres para garantizar el 
bienestar y la supervivencia de su familia, como lo son la preparación de 
3 
 
 
 
alimentos, el aseo de la vivienda (actividades invisibles, es decir, no remuneradas 
ni reconocidas) la reproducción biológica, la crianza y la educación de los hijos e 
hijas. Con esto ella se categoriza por tener el “instinto maternal”, la mujer quiere, 
puede y debe procurar a sus hijos con o sin ayuda de su pareja. Así, la maternidad 
es vista como un acontecimiento novedoso y de autorrealización. Las mujeres son 
socialmente revaloradas y reivindicadas al ser madres, tal valoración moral de la 
maternidad está introyectada en la subjetividad de la misma (Torres, Salguero y 
Ortega. 1998). Sin embargo, la actitud que tome la mujer hacía estos cambios y la 
relación y expectativas que muestre con respecto a su futuro papel como madre, 
se encuentra influido, por la sociedad en la que vive, por su historia personal, la 
relación con su pareja y con la familia (Urbina y Villaseñor. 2005). En 
consecuencia de una sociedad cambiante con nuevas ideologías políticas, 
económicas y religiosas, la construcción sociocultural de la maternidad se modifica 
hacia una concepción que permite enfrentarla no como un camino obligado o 
como una acción que está ya pautada, sino ahora se han dejado paulatinamente 
los criterios de la primera mitad del S. XX (basados en un modelo disciplinario de 
lo permitido y lo prohibido) y se amplían las visiones, la libertad de elección 
fomentando la realización personal, de esta manera, la autoridad tradicional queda 
en tela de juicio y surgen ya no normas o patrones específicos de crianza sino 
múltiples posibilidades frente a las cuales elegir (Ehrenberg. 2000 citado en 
Molina. 2006). 
Políticamente también se han ido construyendo leyes, iniciativas de ley y mejoras 
en los derechos humanos con miras a una posición más incluyente retomando los 
derechos principales de las mujeres. Esto se ha reflejado en las últimas dos 
décadas, ya que, se han logrado avances en el derecho internacional enfocado a 
los derechos de las mujeres (Derechos humanos de las mujeres: normativa, 
interpretaciones y jurisprudencia internacional. 2006). 
Como un compromiso hacia dichos derechos y tomando en cuenta que México en 
el artículo 4° establece como garantías individuales el derecho de toda persona a 
la protección de la salud y a decidir de manera libre, responsable e informada 
sobre el número y el espaciamiento de sus hijos para lograr el bienestar físico, 
4 
 
 
 
mental y social de la mujer y contribuir así al pleno ejercicio de sus capacidades. 
Decide despenalizar el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación, 
publicándose en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en Abril del 2007. Dicha fue 
resultado de dos reformas legislativas previas, la primera ocurrió en el año 2000, 
al firmarse una iniciativa para legalizar el aborto en casos de malformación 
congénita o cuando el embarazo constituyera un riesgo para la vida de la mujer, y 
la segunda en 2003, cuando la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó 
reformas al Código Penal, permitiendo a las mujeres acceder a servicios de aborto 
legal bajo una gama más amplia de causales de ley y modificó la Ley de Salud 
para el Distrito Federal (Díaz-Olavarrieta; Cravioto; Villalobos; Deeb-Sossa; García 
y García. 2012). 
Estas legislaturas responden a un fenómeno social demandante en nuestros días 
y preocupante por su impacto en la salud, ya que en México, el aborto además de 
ser un grave problema de salud pública, se realiza con frecuencia mediante 
prácticas clandestinas, que constituyen un factor de riesgo que incrementa la 
morbilidad y mortalidad materna. Además existe evidencia científica de que la 
interrupcióndel embarazo en sus primeras semanas de gestación, disminuye la 
morbilidad y mortalidad de las mujeres embarazadas que lo solicitan o requieren, 
sobre todo si se realiza en condiciones adecuadas de higiene, infraestructura y por 
personal médico calificado (Gaceta Oficial del Distrito Federal (2012, junio). 
Con base en estos cambios, la Secretaría de Salud del gobierno del Distrito 
Federal (SSDF) aprobó y publicó los lineamientos para regular la prestación de 
servicios de aborto legal en instituciones públicas y privadas del Distrito Federal. 
Dichos criterios, constituyen condiciones a las que están expuestas las mujeres 
que deciden terminar su embarazo. Someramente, se expondrán los lineamientos 
generales de organización y operación de los servicios de salud para la 
interrupción legal del embarazo en el D. F que se encuentran en la Gaceta Oficial 
del Distrito Federal (2012, junio), primeramente se define Interrupción Legal de 
Embarazo como un procedimiento médico que se realiza hasta la décima segunda 
semana completa de gestación y hasta la vigésima semana completa de gestación 
5 
 
 
 
de acuerdo con las excluyentes de responsabilidad penal. El procedimiento 
consta: 
1. Brindar información al solicitante, así el personal de salud de los sectores 
público, social y privado, proporcionarán información objetiva, suficiente, 
oportuna y comprensible sobre los procedimientos que se utilizan, así como 
los riesgos y consecuencias, con el propósito de que tome de manera libre, 
responsable e informada la decisión de interrumpir su embarazo mediante 
un consentimiento informado, cuyo principio se basa en el derecho que 
tiene la persona a decidir libremente y con pleno respeto a su autonomía. 
2. Los encargados de realizar la Interrupción del Embarazo deberán ser 
profesionales de la salud y proporcionarán un trato digno, respetarán la 
confidencialidad del caso y darán seguridad del procedimiento a realizar, en 
un marco de empatía servidor público-usuaria durante su estancia en la 
unidad de atención médica. De igual forma el médico cirujano, gíneco-
obstetra o cirujano general que sea objetor de conciencia, podrá abstenerse 
de realizar la Interrupción Legal del Embarazo. 
3. La técnica utilizada para realizar la Interrupción hasta la décima segunda 
semana de gestación, será mediante la administración de medicamentos 
preferentemente o quirúrgica, y se hará tomando en consideración las 
semanas de gestación del producto, el estado de salud de la usuaria y el 
criterio del médico cirujano. 
Así mismo, Las autoridades de la unidad médica, agilizarán los trámites 
administrativos necesarios para que el procedimiento se lleve a cabo lo más 
tempranamente posible, resolviendo la solicitud a la mujer embarazada de hasta 
doce semanas completas de gestación, en un máximo de cuarenta y ocho horas. 
Los establecimientos donde se realiza este servicio son las unidades médicas del 
sector público, social o privado. 
A pesar de estás legislaturas y el avance en la materia de derechos, el aborto en 
la esfera social es visto como un fenómeno de controversia y opiniones divididas, 
existen aquellas con argumentos encaminados hacia el derecho de las mujeres en 
la reproducción, a solucionar un problema de salud pública y otros con ideologías 
6 
 
 
 
moralistas y religiosas. No obstante la controversia de si el aborto es bueno o no 
moralmente, si es censurable desde el punto de vista religioso o si se debe o no 
sancionar penalmente, no desdeña que penalizarlo implica violentar derechos 
fundamentales importantes para la mujer, derecho a la libertad, a la privacidad, a 
la autonomía, a la igualdad de oportunidades y despenalizarlo no implica 
justificarlo moralmente y menos fomentarlo (De González. 2008). Se trata de un 
respeto a la decisión de la mujer, sin que se le vulnere, estereotipe y apegada a 
los derechos fundamentales de la misma. Una investigación que revela dicho 
debate realizada por Díaz-Olavarrieta y cols. (2012) en donde el objetivo era 
identificar las percepciones y opiniones del personal proveedor de servicios de 
aborto en la Ciudad de México, a tres años de la implementación de la reforma de 
la ley, denotó que el personal de salud ostenta opiniones divididas y ambivalentes 
respecto al derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo lo cual afecta en la 
calidad del servicio que se presta. 
En el aspecto psicológico, diversas investigaciones mencionan que si el aborto 
espontáneo puede acarrear sentimientos de pérdida y reacciones de duelo, no es 
de extrañar que el aborto inducido, con las implicaciones emocionales añadidas 
(sentimientos de alivio, vergüenza y culpa) sea vivido como un acontecimiento de 
la vida adverso y generador de estrés (Gurpeghi y Jurado. 2009). Por su parte 
Leal (2009) menciona que la culpabilidad en el aborto provocado es intensa, 
destructiva y muy patógena, comparada con el aborto espontaneo, ya que en este 
el sentimiento es más liviano, más tolerable porque no está ligado a ningún acto 
reprobable, sino a la responsabilidad. Este mismo autor hace alusión al síndrome 
Post-Aborto en el cual los síntomas más comunes son, sentimiento de tristeza, 
sensación de “vacío interior”, sentimiento de pérdida, pesadillas con contenido 
onírico sobre el aborto, fantasías y proyecciones sobre la vida del hijo que no 
nació, sin embargo, este síndrome como entidad psicopatológica diferenciada, no 
se contempla en las actuales clasificaciones Internacionales D.S.M. y C.I.E. 
Actualmente estas concepciones dejan de ser vigentes, ahora la experiencia del 
aborto está mediada por su evaluación de la gestación, el aborto mismo y de lo 
que pesan en su vida, por la capacidad que ella percibe tener para enfrentarse a 
7 
 
 
 
estos eventos y por la manera en que afronte los eventos subsecuentes a la 
terminación del embarazo, lo anterior está moldeado por las condiciones del 
ambiente de la mujer: sus recursos materiales, apoyo social, acompañamiento de 
la pareja, situación legal del aborto en el lugar donde vive, por sus características 
personales, actitudes, valores, experiencia previa a eventos estresores, 
antecedentes de trauma o violencia y factores neurobiológicos (Rondón. 2009). 
Inclusive hablar de Síndrome Post-aborto desdeñaría la evidencia científica que 
señala la no existencia de éste y que la presencia de patología psiquiátrica previa 
es el más importante factor de riesgo para presentar trastornos en las emociones 
luego de un aborto o un parto. 
Un estudio realizado por Wells (1991 citado en Rondón. 2009) ejemplifica dicha 
concepción, en su estudio indagó cómo se sienten las mujeres después del 
aborto, encontrando que la ansiedad situacional disminuyó significativamente 
luego del mismo. Por su parte Major et al. (2000 citado en Rondón. 2009) evaluó 
la depresión usando el Inventario Breve de Depresión, inmediatamente después 
del aborto y pasado un mes, concluyendo que los niveles de depresión eran 
menores que antes de la intervención, también éste estudio reporta que un mes 
después los sentimientos positivos eran mucho más frecuentes que los negativos 
(en comparación con la concepción antigua del aborto) la depresión disminuyó y la 
autoestima aumentó después del mismo. De igual forma, encontró que el riesgo 
para reacciones negativas era mayor en las mujeres más jóvenes, con baja 
autoestima y con depresión previa. 
Como se observa, el aborto es un fenómeno muy amplio, el cual puede ser 
abordado por diferentes puntos de análisis, es por ello que se debe tomar un una 
herramienta de observación que nos permita visualizar éste fenómeno 
entendiendo cada circunstancia, causa, mecanismo institucional y cultural para así 
modificar las estructuras sociales, los mecanismos, reglas, prácticas y valores. 
Para esto, la perspectiva de género es conveniente, ya que visualiza las 
condiciones sociales en las que están inmersoshombres y mujeres que pueden 
ser no aptas. 
8 
 
 
 
El principal objetivo de la perspectiva de género es aminorar la brecha de 
desigualdad entre hombres y mujeres, incorporando nuevas formas de 
comportamiento y respeto a las diferencias. Este equilibrio de poder permite 
trasformar el estatus de la mujer, del hombre y los roles de género, en este caso, 
permite la libre decisión de la mujer sobre su cuerpo y sobre la maternidad. Así 
ella puede expandir sus habilidades para tomar decisiones estratégicas para su 
vida, lo que se llama empoderamiento. Cuando una mujer está empoderada 
adquiere tres tipos de poder, social, político y psicológico, el primero implica 
información, conocimientos, acceso a redes sociales y recursos financieros; el 
político habla de un acceso a los procesos democráticos de toma de decisiones, y 
finalmente, el psicológico es la toma de conciencia del poder individual y colectivo 
que tienen las mujeres, esto se alcanza mediante el autoestima personal y la 
recuperación de la dignidad como persona (Hevia y col. 2012). 
Es por ello que el objetivo de la presente fue conocer las condiciones sociales, 
psicológicas y legales que propician a las mujeres a tomar la decisión de 
Interrumpir su embarazo. Resultando de gran relevancia, ya que, en un mundo 
como el actual, el respeto al derecho de los seres humanos se ha visto trasgredido 
por leyes e imposiciones que limitan su desarrollo como personas, lo cual 
minimiza su capacidad de decisión y afecta su salud mental. 
Como profesionales de la psicología es importante generar conocimiento acerca 
de las condiciones biopsicosociales que implica la interrupción de un embarazo, 
debido a que es un fenómeno actual, conlleva secuelas psicológicas, se ve 
afectado el comportamiento, su propia concepción y la percepción social de la 
mujer. Todo esto, con miras a entender y generar opciones de crecimiento tanto 
social como individual a mujeres que interrumpen su embarazo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
1. TEORÍA DE GÉNERO 
 
 “…Te amo –dijo- Te amo y tú me rechazas. 
Te amo, yo, la virgen, que en su alma orgullosa sentía 
soberano desprecio por el hombre. Te amo y me 
entrego a ti. Tómame, te pertenezco. Soy tuya por entero…” 
Los Pardaillan 
 
1.1 Asignación, identidad y rol de género 
 
Las relaciones de género son una construcción sociocultural, ya que son producto 
de dinámicas sociales, económicas, políticas, entre otros. Hombres y mujeres, 
desde el momento de su nacimiento, son reconocidos como tal, en un primero 
momento, por cuestiones biológicas; después a través de la socialización 
comienza la identidad hacia un género, ésta es definida como un juicio a través del 
cual el individuo trata de auto clasificarse como hombre o mujer basándose en los 
aspectos que la historia ha definido como culturalmente propios de las dos 
categorías sexuales (Vergara y Pérez. 1993 citado en Paterna; Yago y Martínez. 
2004). Después que se ha adquirido esto, comienza una asignación de género, en 
la cual se conjuntan aspectos culturales que dan contenido y sentido a la 
feminidad y masculinidad. La asignación de género se produce desde que se 
nace, a través del contacto con la familia, la escuela y las relaciones con los pares, 
y se va reforzando a lo largo de la vida por el condicionamiento de reglas, normas 
institucionales, mensajes y discursos sociales (INMUJERES. 2008). Ésta es 
determinante del rol de género, porque le da a la persona una concepción 
particular de sí misma y la manera en cómo se conducirá ante los demás 
construyendo su entorno. Cuando el sujeto incorpora las consignas que se han 
construido a partir de su sexo y género, construye los elementos y los identifica 
dentro de sus núcleos sociales, entonces perpetúa sus valores y creencias que le 
permiten socializarse en género (Instituto Jalisciense de las Mujeres. 2008). Una 
de las características de esta identidad es que se realiza en función de roles y 
10 
 
 
 
estereotipos sociales, los cuales encasillan las actividades e identidades de 
mujeres y hombres. 
Los roles de género se definen como el conjunto de comportamientos, funciones, 
tareas y responsabilidades aprendidas en grupos, comunidades o sociedades y 
que a la vez generan expectativas y/o exigencias sociales y subjetivas 
reflejándose en la división sexual de trabajo (INMUJERES. 2008). A diferencia de 
los estereotipos que son creencias y atribuciones sobre cómo debe ser y cómo 
debe comportarse cada género, con frecuencia son simplificaciones excesivas que 
reflejan prejuicios (Instituto Jalisciense de las Mujeres. 2008). 
Tradicionalmente los varones han sido asociados con la cultura, lo público, la 
razón, la conciencia, el pensamiento; por lo contrario, las mujeres, con la 
naturaleza, lo privado, el cuerpo, los sentimientos, la pasión (Robles. 2010). El 
ámbito público son espacios y acciones vinculadas con la producción y la política, 
es en este ámbito donde se definen las estructuras socioeconómicas de las 
sociedades, en éste el rol productivo genera ingresos económicos, en dinero o en 
especie y se producen bienes o servicios para la venta y el consumo. El ámbito 
privado son de igual forma espacios y acciones, pero vinculadas a la familia y a lo 
doméstico, en éste, las mujeres tiene un papel protagónico, generalmente, poco 
valorado por la sociedad. En éste predomina el rol reproductivo que se relaciona 
con la reproducción biológica y las actividades que pueden garantizar el bienestar 
y la supervivencia de la familia, es decir, la crianza y la educación de los hijos e 
hijas, la preparación de alimentos, el aseo de la vivienda, entre otras, siendo 
actividades invisibles, no remuneradas ni reconocidas (INMUJERES. 2012). 
Sin embargo, actualmente los cambios ideológicos, económicos, políticos, están 
produciendo una reorganización de lo que se espera de un género o de otro, así 
las mujeres tienen ahora no solo la posibilidad de trabajar, sino de obtener puestos 
gerenciales, estudiar y obtener posgrados, deciden si aceptan o no la maternidad 
y de aceptarla, eligen el momento apropiado y si serán o no las únicas encargadas 
de la crianza de los hijos (Arellano. 2003; Bastida. 2009; Vázquez. 2006 citados en 
Aguilar, Valdez, González-Arratia y González. 2013). De acuerdo con Barrios 
(2008) citado en Aguilar y cols. (2013) la demanda femenina por una mayor 
11 
 
 
 
independencia tendrá inevitablemente el costo de que en el ámbito de las 
relaciones personales puede producirse una mayor polarización entre los sexos, 
no una mejor integración y armonía. Las mujeres deberán renunciar hasta cierto 
punto a la seguridad del compromiso y el apoyo masculino, en cambio, el hombre 
se habrá de resignar a reducir su estatus, compartir la tarea de la manutención y 
expresar más sus afectos. 
Un estudio elaborado por Aguilar y cols. (2013) ejemplifica lo anterior; la 
investigación tuvo como objetivo conocer el significado contemporáneo del rol de 
género que hombres y mujeres consideran tener, se trabajó con 300 jóvenes 
universitarios repartidos equitativamente por sexo. Los resultados concluyeron que 
los hombres se definen con un rol protector, proveedor, comprensivo, 
profesionista, seguro y amoroso, mientras que las mujeres se perciben como 
profesionistas, independientes, esposas o amas de casa, esto permitió afirmar que 
los roles que viven los jóvenes universitarios muestran cambios importantes de los 
roles sexuales tradicionales de la cultura mexicana. 
Los roles de género cambian con el tiempo y el contexto social, construyendo una 
sana identidad, que permite a las personas no apegarse a las elaboraciones 
sociales rígidas que dictan específicamente el comportamiento a seguir, sino al 
contrario, la flexibilidad del desempeño del estereotipo o del rol que permitirá al 
individuo adecuarse a situaciones de equilibrio con su construcción social. 
 
1.2 Estereotiposde género 
 
Históricamente, mujeres y hombres han socializado a partir de la imposición de 
modelos configurados para unas y para otros (Torres, Salguero y Ortega. 2001) de 
ahí que se esperen actitudes de dependencia y sumisión en la mujeres, mientras 
que en los hombres se les considere fuertes y con poca expresión emocional. A 
estas concepciones se les considera estereotipos de género. Un estereotipo es 
una idea preconcebida que define las características de cada sexo, una 
construcción sociocultural. En general, reflejan las creencias populares de las 
actividades, los roles, rasgos y atributos que caracterizan y distinguen a las 
12 
 
 
 
mujeres de los hombres (INMUJERES, Instraw. 2006 citado en INMUJERES. 
2008). Estas ideas se mantienen por las instancias o instituciones socializadoras 
como la familia, la iglesia, la escuela, las instituciones de salud, entre otras. Es por 
ello que se convierten en ejes que dictaminan el comportamiento y delimitan una 
serie de creencias y prescripciones de lo que significa ser hombre o mujer. De 
acuerdo con Rocha-Sánchez y Díaz-Loving (2005) los estereotipos de género 
tienen un carácter prescriptivo en el sentido de que determinan lo que debería ser 
la conducta de mujeres y de hombres, pero a su vez tienen un carácter descriptivo 
en el sentido de asumir que ambos poseen características de personalidad 
diferenciales. Estos parámetros indican lo que se espera de hombres y mujeres 
sobrevalorando una cualidad que se piensa intrínseca al género. Al menos en la 
cultura mexicana se percibe que el hombre está ligado al prototipo del rol 
instrumental, es decir, está inmerso en las actividades productivas, encaminadas a 
la manutención y provisión de la familia, caracterizándose por ser autónomo, 
orientado al logro, fuerte, exitoso y proveedor; en tanto la visión de la mujer se 
vincula a las actividades encaminadas al cuidado de los hijos, del hogar y de la 
pareja y la posesión de características tales como la sumisión, la abnegación y la 
dependencia (Rocha. 2000 citado en Rocha-Sánchez. 2005). Un ejemplo de esto 
se observa en la atención de la salud del hombre y la mujer, ya que se concibe 
que la sintomatología que presenta la mujer al llegar a los servicios médicos es 
menos valorada que la que pueden presentar los hombres, por lo tanto, se espera 
que las mujeres lleguen en llanto, dolor y decaimiento completo para pensar que 
algo “les duele”, es decir, la mujer no enferma o bien no demuestre que lo está 
(Robles, 2010). 
Los estereotipos femeninos sobrevaloran las tareas reproductivas y de 
maternidad. Desde la construcción de su identidad como mujer, se internaliza la 
reproducción como obligación biológica de preservación de la especie y 
dependiendo del momento histórico, trae consigo comportamientos y roles 
esperados (Schwarz. 2008). Así mismo, se ha visualizado como algo natural, 
biológico, universal y propio de las mujeres porque históricamente se ha pensado 
que es lo que otorga un valor como personas (Torres y cols. 2001). En este marco, 
13 
 
 
 
muchas mujeres son socialmente revaloradas y reivindicadas al ser madres, así, 
serlo significaría una concepción de género saliente, es decir, un conjunto de 
mujeres que puede percibirse como un grupo donde sus miembros comparten la 
característica común de gestar hijos, aspecto que diferenciaría a un grupo de 
hombres, que es visto como inferior por no compartir dicha experiencia. Entonces 
la maternidad se convierte en una condición de estatus social, lo cual supone 
vínculos con otras mujeres madres donde se construyen grupos homogéneos a 
partir de dicha vivencia, diferenciándose de otros grupos de mujeres que no son 
madres o cuyo rol maternal es secundario (Paterna y cols. 2004). La identificación 
hacia los roles maternos es consecuencia de una concepción típica de la 
maternidad; así las mujeres más tradicionales en cuanto actitudes hacia el rol de 
género tienden a reproducir los estereotipos más habituales de la maternidad, así 
como una visión idealizada de ésta (Paterna, Martínez y Yago. 2001 citado en 
Paterna y cols. 2004). Es por ello que, tradicionalmente, la entrada a la vida adulta 
de la mujer, comenzaba a partir de la iniciación sexual y por consiguiente la 
reproducción, la cual confinaba al espacio privado y las actividades domésticas; 
actualmente, se abre una brecha entre la iniciación sexual y el comienzo de la vida 
reproductiva y en ésta se explora la sexualidad y el erotismo sin intenciones 
reproductivas (Schwarz. 2008). Bajo este supuesto, cuando la mujer decide no 
tener hijos, tal decisión se considera como algo anormal, como algo que está mal 
o descompuesto, en este sentido, no se acepta que la mujer no quiera tener hijos, 
antes bien, tiene que justificar esa visión en términos económicos, problemas de 
pareja, falta de empleo o alguna otra carencia. Sin embargo, existe otro grupo de 
mujeres que han empezado a replantear una nueva forma de maternidad sin tener 
que necesariamente renunciar a ella ni valorarla negativamente, en ésta se 
conjugan una serie de elementos que postulan un cambio de concepción a favor 
de la apertura a la mujer a todos los niveles de educación formal, a la actividad 
laboral y política y el uso de métodos anticonceptivos que hace posible una 
maternidad elegida. 
Finalmente, en la sociedad mexicana se aceptan los estereotipos que definen a 
hombres y mujeres; por ejemplo, el modelo del hombre como jefe del hogar, 
14 
 
 
 
mientras la mujer es considerada como ama de casa (Robles, 2010), no obstante, 
dado que el estereotipo es una construcción sociocultural, se puede afirmar que 
los seres humanos poseen el poder para su transformación (Mendieta. 1998 citado 
en Stern. 2007). Por consiguiente, en la actualidad, muchas políticas sociales se 
basan implícita o explícitamente en estos supuestos, y se abocan a inducir 
cambios culturales, por ejemplo, la educación para la igualdad de género (Stern. 
2007). 
 
1.3 Perspectiva de género 
 
La perspectiva de género surge en la segunda mitad del siglo XX en el ámbito de 
las ciencias sociales, particularmente de la teoría de género, respondiendo a la 
necesidad de abordar de manera integral, histórica y dialéctica la sexualidad 
humana y sus implicaciones económicas, políticas, psicológicas y culturales en la 
vida social de los géneros y de los particulares, es decir, en la organización 
patriarcal de la sociedad (Consejo Nacional de la Población. 2000). Es concebida 
como un enfoque teórico y metodológico para la ciencia y como una herramienta 
filosófica y política para la vida cotidiana que ha sido destinada a transformar las 
relaciones desiguales y opresivas entre los género y al interior de ellos. Ésta se 
erige como la primera filosofía no-sexista de la sexualidad, de ahí que se 
modifiquen los paradigmas centrales de las ciencias y la política, el hombre deja 
de ser tal paradigma y ya se visualiza también a la mujer. Para develar los 
procesos y las estructuras intrínsecas y más sólidas de la opresión, la perspectiva 
de género se apoya en el materialismo histórico y dialéctico, de ésta retoma 
conceptos y categorías como poder, opresión, explotación, trabajo y condición 
social para interpretar la dinámica de la realidad social, también, centra su 
atención en las relaciones de poder entre hombres y mujeres para explicar el 
origen y el desarrollo histórico del sexismo, de igual forma, contribuye a devenir el 
sistema patriarcal en los diferentes modos de producción. La base epistemológica 
de ésta está en la modernidad científica, ya que contempla a las personas como 
sujetos sociales, históricos y genéricos involucrados de manera protagónica en los 
15 
 
 
 
procesos de construcción del conocimiento, de desarrollo de la cultura y de la 
continuación de la vida social y no como objetos de investigación externos, 
estáticos y medibles. 
La perspectivade género se construye al interior de las teorías feministas, debido 
a que se han desarrollado desde la opresión genérica de las mujeres, sin 
embargo, la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres no es una potestad del 
movimiento feminista, pero es evidente que lo que más se ha divulgado 
corresponda a la actuación de algunas mujeres durante la revolución francesa o a 
las ideas de la ilustración, así como el trabajo por la obtención del voto, el cual 
posibilitó no sólo que las mujeres ya en el siglo XX pudieran aglutinarse en 
colectivos para este fin, sino que también fueron semilla para que crecieran 
reclamos por otros derechos, como lo fueron el acceso a la educación, a la tierra, 
a una vida libre de violencia, al trabajo remunerado fuera de casa, a ser 
nombradas para cargos públicos, entre otros (García. 2013). 
En los años setenta, emerge el concepto de género, con los trabajos de Money en 
1966, Gayle Rubin en 1974 y Robert Stoller, estos autores basaron sus 
investigaciones en niños y niñas con problemas anatómicos en la distinción de sus 
genitales, concluyó que la identidad sexual de las mujeres y los hombres no era 
resultado directo del sexo biológico, sino de las pautas de socialización y 
representación cultural sobre lo que significa ser mujer u hombre en un 
determinado contexto social (Gómariz. 1992 citado en INMUJERES. 2008). El 
sistema sexo/género fue importante al reconocer cómo en razón de la ubicación 
en uno u otro sexo se le adjudican roles, valores, formas de sentir y actuar y esto 
asociado a una adjudicación de espacios: lo privado, también lo doméstico para 
las mujeres y lo público vinculado a la calle, pero también a lo político, para los 
hombres. En función de esto se delimitan tareas para hombre y para mujeres, las 
cuales tienen también una valoración diferente que es fundamento de la 
desigualdad (García. 2013). Para aminorar esto, es necesario una mirada analítica 
que indague cómo las sociedades construyen sus reglas, valores, prácticas, 
procesos y subjetividad, dándole un nuevo sentido a lo que son las mujeres y los 
hombres, y a las relaciones que se producen entre ambos (INMUJERES. 2008). 
16 
 
 
 
Dado este sentido relacional, la perspectiva de género no alude exclusivamente a 
“asuntos de mujeres”, sino a los procesos sociales y culturales que convierten la 
diferencia sexual en la base de la desigualdad de género. Asumirla como un 
asunto de mujeres, equivaldría a invisibilizar la participación masculina en dichos 
procesos ya sea como agentes reproductores de desigualdad o igualdad. 
El uso de esta herramienta busca principalmente, desnaturalizar las explicaciones 
sobre las diferencias entre mujeres y hombres, basadas en la idealización de los 
aspectos biológicos y la negación de la influencia social, también busca 
comprender los procesos a través de los cuales las diferencias biológicas entre los 
sexos se convierten en desigualdades sociales, que limitan el acceso equitativo de 
mujeres y hombres a los recursos económicos, políticos y culturales; de igual 
forma, identifica vías y alternativas para modificar la desigualdad de género, 
promover la igualdad jurídica y la equidad entre mujeres y hombres; y finalmente 
visibiliza la experiencia de los hombres en su condición de género (INMUJERES. 
2008). 
La perspectiva de género supone una nueva visualización de cada hombre y cada 
mujer en su dimensión sociocultural, por lo cual se debe desestructurar, 
reestructurar y transformar las ideas o pensamientos que se tengan acerca del 
género, es por ello que la psicología está inmersa en ésta herramienta de análisis. 
De acuerdo con (Sánchez-Cánovas y Sánchez. 1994 citado en Barberá y Cala. 
2009) la perspectiva psicológica de género trata de explicar las leyes generales 
del comportamiento humano a partir de la diversidad existente en factores 
biológicos, experienciales, sociales y culturales (Barberá y Cala. 2009) así con 
esta perspectiva, se observan las conductas que realizan los hombres y las 
mujeres, la interpretación que se hace de dichas conductas, y sobre todo, se 
analizan las reacciones afectivas que se generan en el transcurso de las 
relaciones interpersonales. No obstante, la psicología científica, aparte de analizar 
los fenómenos comportamentales y formular hipótesis, tiene la clara función de 
intervención a partir del comportamiento adquirido para modificar el 
comportamiento y lograr con ello un gran nivel de bienestar, individual y grupal. 
 
 
 
 
 
2. DERECHOS HUMANOS 
 
“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, 
 responsable e informada sobre el número y 
espaciamiento de sus hijos…” 
Art. 4° constitucional 
 
Los derechos humanos son atributos que forman parte de la dignidad humana 
(INMUJERES. 2008) son el conjunto de prerrogativas a la naturaleza de la 
persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral 
de una sociedad que vive jurídicamente organizada (CNDH. 2010). De acuerdo 
con Cristina Sánchez citado en Maquieira (2006) estos se caracterizan por dos 
cualidades distintivas, son universales, ya que, todas la personas son titulares de 
los mismos, con independencia de su vinculación o no a un Estado y de rasgos 
como sexo, la raza y la religión, de igual forma, son inalienables e irrenunciables, 
se exige una homogeneidad moral con respecto de los mismos. Otras cualidades 
los caracterizan como dinámicos e históricos, porque son el resultado de la 
progresiva toma de conciencia de los seres humanos; e interdependientes e 
integrales, es decir, están articulados, porque la realización de un derecho es 
condición necesaria para la realización de otros (INMUJERES. 2008). 
Los derechos humanos, han pasado por diferentes etapas en su proceso de 
expansión, primeramente de positivación, es decir, la plasmación en textos 
legales; generalización, que supone la extensión de los sujetos titulares de los 
mismos; internacionalización a partir de la Declaración Universal de los Derechos 
Humanos de la ONU en 1948 y finalmente la especificación, la cual reconoce las 
diferencias específicas de grupos en los que se insertan las personas, derecho de 
las minorías o derechos de grupos. 
También se han clasificado de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por 
la materia que refiere en las denominadas Tres Generaciones, las cuales tiene un 
carácter histórico-cronológico de la aparición y reconocimiento en el orden jurídico 
normativo de cada país 
18 
 
 
 
La primera generación se refiere a las llamadas libertades clásicas, es decir, los 
derechos civiles y políticos. Estos surgieron de la exigencia y de movimientos 
revolucionarios en diversas partes del mundo a finales del siglo XVIII, 
específicamente en la Asamblea Nacional durante la Revolución francesa, entre 
los cuales figuran que toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin 
distinción de raza, color, idioma, posición social o económica; los hombres y las 
mujeres poseen iguales derechos, tiene derecho a casarse y a decidir el número 
de hijos que desean, entre otros. 
La segunda generación parte del surgimiento del constitucionalismo social que 
enfrenta la exigencia de que los derechos sociales y económicos, descritos en las 
normas constitucionales, sean realmente accesibles y disfrutables. Esta constituye 
los derechos económicos, sociales y culturales, entre los cuales destacan, toda 
persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los 
derechos económicos, sociales y culturales. 
La tercera generación, incentivo el progreso social, pretendía elevar el nivel de 
vida de todos los pueblos, esto en la década de los setenta, en un marco de 
respeto y colaboración mutua entre distintas naciones de la comunidad 
internacional, se elaboran los siguientes derechos, a una vida digna; derechos de 
los pueblos; a la paz; a un medio ambiente sanoy equilibrado; al desarrollo; a la 
solidaridad; a la felicidad y derechos de las futuras generaciones. 
Algunos autores como Vallespín, Matcher, Luño, Morillo, Bustamante citado en 
INMUJERES (2008) sugieren la existencia de la Cuarta, Quinta y Sexta 
Generación de los derechos humanos, relacionadas con reivindicaciones de 
nuevos actores sociales, el medio ambiente, la bioética y las nuevas tecnologías. 
Así como la sociedad adquiere derechos también obtiene obligaciones, 
asumiéndolas algunas el Estado, en virtud del derecho internacional, así el estado 
tiene la obligación de respetar (debe abstenerse de interferir el disfrute de dichos 
derechos), proteger (exige que los Estados impidan los abusos contra individuos y 
grupos) y realizar los derechos humanos que implica que los mismos deben 
adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos (OACDH. 
2014). Los individuos también tienen compromisos, el principal respetar sus 
19 
 
 
 
propios derechos como de los demás. No obstante, esto no se ha considerado 
históricamente, ya que ha existido una omisión de dichas garantías hacia las 
mujeres. Estas han tenido que luchar por sus derechos reivindicando su 
humanidad, su condición jurídica y la responsabilidad del Estado para garantizar 
así su fiel cumplimiento (INMUJERES. 2008). 
La conquista histórica de los derechos humanos de las mujeres, da sus primeros 
pasos entre los años de 1933-1968, en donde la ONU retoma las demandas por 
los derechos civiles y políticos de las mujeres, en estos años se realizan diversas 
convenciones entre ellas la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer en 
1934; Convención para la Supresión del Tráfico de Personas y la Explotación 
Sexual en 1949 cuyo objetivo es penalizar y controlar la trata de blancas o 
prostitución de mujeres; Convención de la OIT para la Equidad en la 
Remuneración de Hombres y Mujeres trabajadoras en el mismo año; en 1960 La 
Convención Internacional en Contra de la Discriminación Educativa de las 
Mujeres, realizada por la UNESCO, la cual asegura el acceso a la educación en 
todos los niveles y finalmente La Convención sobre el consentimiento al 
matrimonio, la edad mínima y el registro de matrimonios, para evitar matrimonios 
forzados y proteger a la mujeres en eventos de abandono o engaño. De igual 
suerte, se firmaron algunas declaraciones, entre las cuales destacan la 
Eliminación de la Discriminación contra de la Mujer, en 1967, la cual garantiza la 
igualdad de trato, de modo que las mujeres no fueran tratadas jurídicamente por 
debajo de los hombres, ni se denegara el acceso a sus derechos y la Declaración 
de Teherán, en 1968, que reconoce el Derecho a la Planificación Familiar e inicia 
el proceso de reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres. 
Los años de 1975 a 1980 se caracterizan por el reconocimiento al papel de las 
mujeres en el desarrollo y un impulso a sus derechos sociales y económicos. Se 
llevaron a cabo importantes conferencias y convenciones, como la Conferencia 
Mundial de la Mujer en 1975, cuyo país sede fue México, en ésta se definieron con 
precisión el derecho a la planificación familiar y así mismo, se adopta una 
resolución para la promoción de las mujeres al desarrollo, para esto se crea el 
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y el Instituto 
20 
 
 
 
Internacional de Investigación y Capacitación para el Adelanto de las Mujeres 
(INSTRAW). En 1979 se celebra la Convención sobre la Eliminación de todas las 
formas de Discriminación Contra La Mujer y en 1980 en Copenhague se realiza la 
Segunda Conferencia de la Mujer, en donde se cuestionan las visiones 
masculinistas en el desarrollo, que invisibilizan tanto los aportes de la mujer como 
las situaciones en que ésta se encuentra. 
El siguiente periodo es imperativo para la visibilización de la violencia hacia la 
mujer, el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos y la 
incorporación de la perspectiva de género en todos los ámbitos, éste se desarrolla 
entre los años 1985-1994, con la Tercera Conferencia Internacional de la Mujer en 
Nairobi, se rompe el silencio en torno a la violencia hacia la mujer, se identifica la 
feminización de la pobreza, adoptando nuevas estrategias para el avance y se 
reconoce la necesidad del empoderamiento femenino económico de las mujeres. 
En 1993 se proclama la Declaración Universal para la Eliminación de la Violencia 
en contra de las Mujeres y en 1994 con la Convención de Belém do Pará, se 
establece el derecho de todas las mujeres a una vida libre de violencia, tanto en el 
ámbito privado como público. 
Entre los años de 1995 al 2007 se establecieron los derechos de la mujeres como 
derechos humanos, en 1995 se celebra la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer 
en Beijing en donde se establece la Plataforma Mundial de Acción, también se 
instituye la equidad de género como un enfoque de todas las políticas de 
desarrollo y la transversalidad de la perspectiva de género como eje orientador 
para la transformación de las estructuras sexistas. Cinco años después, Beijing 5, 
se lleva a cabo en Nueva York el seguimiento a la Plataforma Mundial, enfatizando 
la necesidad de adoptar medidas contra la violencia doméstica y sexual, de igual 
manera, reconoce el aborto inseguro como grave problema de salud pública, 
afirmando que las mujeres en situaciones de aborto deber recibir tratamiento 
adecuado y humanitario y, sobretodo, recomienda la revisión de las legislaciones 
punitivas. En 2005, Beijing +10, se continúa con la reelaboración de leyes contra 
la discriminación, el abuso y la violencia. Finalmente en 2007 en la Décima 
Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina en Quito, se adoptan 26 
21 
 
 
 
acuerdos en distintos ámbitos del desarrollo de las mujeres: combate a la violencia 
y la discriminación, eliminación de estereotipos sexistas y la promoción de 
relaciones y responsabilidades igualitarias entre mujeres y hombres. 
En años recientes, el fuero internacional en materia de derechos humanos sigue 
evolucionando y ampliándose para tratar cuestiones emergentes como los 
derechos de las personas de edad, derecho a la verdad, aun un medio ambiente 
limpio, el agua, el saneamiento y la alimentación (OACDH. 2014). 
En México los inicios de la lucha por los derechos de las mujeres se remontan a lo 
largo de su historia, desde el movimiento de independencia con la presencia de 
mujeres destacadas como aliadas y colaboradoras de los insurgentes, de 
relevancia Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario, La Güera Rodríguez 
quienes haciendo caso omiso de los prejuicios de la época influyeron en la lucha y 
consumación de la independencia. En el período de la Reforma se consiguió la 
secularización de la enseñanza, aunque de manera restringida la entrada de 
mujeres a la educación formal; el establecimiento de siete causales de divorcio y 
el divorcio eclesiástico (Pérez. 2004 citado en INMUJERES. 2008). En el 
Porfiriato, las mujeres empiezan a aprovechar su reciente acceso a la educación 
para incorporarse al mercado de trabajo, a través de la realización de servicio 
doméstico en las haciendas, como telegrafistas, médicas, dentistas y periodistas. 
De igual forma se inician las agrupaciones feministas por mejorar las condiciones 
laborales de las mujeres, según estudios de Portugal (2003) citado en 
INMUJERES (2008) las primeras peticiones para la obtención del voto se 
remontan a 1821, cuando un grupo de mujeres en Zacatecas pide al gobierno que 
se les considere ciudadanas por su contribución a la causa de la Independencia. 
Pasados algunos años, en el México revolucionario, las mujeres de nueva cuenta 
tomaron partido del movimiento como adelitas siguiendo a sus maridos de norte a 
sur, como fuerza revolucionaria, como enfermeras, espías, incluso asesoras de los 
principales líderes revolucionarios, sin dejarde lado su papel de trabajadoras 
domésticas en el campo de batalla. 
En 1916 se comienza la lucha feminista por los derechos de las mujeres, en 
Yucatán se pugnaba a favor de relaciones más igualitarias y en contra de la 
22 
 
 
 
subordinación, la desigualdad y la discriminación (Tepichin. 2010), se establecía 
que era un error educar a la mujer para una sociedad que no existía, habituándola 
a que, como en la antigüedad, permanezca recluida en el hogar, el cual sólo 
abandona para asistir a los saraos y fiestas religiosas, pues la vida activa de la 
evolución exige su concurso en una mayoría de las actividades humanas (Primer 
Congreso Feminista, 1916 citado en INMUJERES. 2008). Posteriormente, en 
1923, Felipe Carrillo Puerto envía a la Legislatura del Estado una iniciativa que 
concedía el voto a la mujer. En 1932, el Código Civil establece que las mujeres 
pueden trabajar sin permiso del marido y que el divorcio por adulterio es para 
ambas partes. Por su parte, el presidente Lázaro Cárdenas en 1937 presenta una 
iniciativa para que se reconociera la igualdad jurídica de la mujer y la posibilitara 
su participación política, sin embargo, la propuesta se rechazó. Años más tarde, 
en 1946 la Cámara de Diputados reforma en Artículo 115 constitucional y se 
establece que en las elecciones municipales participarían las mujeres en igualdad 
de condiciones con los hombres, con el derecho de votar y ser elegidas. 
Consecutivamente, en el sexenio de Ruíz Cortines, se crea un Programa de 
Bienestar Social Rural en 1953, el cual es un buen ejemplo de las acciones 
gubernamentales a apoyar a mujeres en actividades alrededor de sus roles de 
madres y amas de casa, ya que se ofrecían jardines de niños, desayunadores 
familiares, cursos de corte, costura y confección, lo mismo se presentaba por parte 
del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto Nacional de 
Protección Infantil (INPI), en los cuales se trabajaba por el bienestar de la niñez 
((Tepichin. 2010) desde aquí se observa que la atención en las mujeres era como 
cuidadoras, madres y amas de casa. En el año de 1975 se celebraba la 
mencionada Conferencia Internacional de la Mujer y la lucha de las mujeres rendía 
frutos con la publicación en el Diario Oficial el Artículo 34 constitucional que 
dictaba: son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo 
la calidad de mexicanos, reúnan, además los siguientes requisitos, haber cumplido 
18 años, siendo casado, o 21 sino los son, y tener un modo honesto de vivir. 
Posteriormente, en los años sesenta se incrementa la matrícula de mujeres en las 
universidades, se hace notoria la participación femenina en el movimiento 
23 
 
 
 
estudiantil, el uso de la pastillas anticonceptiva, se defiende el derecho a la 
interrupción del embarazo, a la no violencia contra las mujeres, la protección a 
mujeres violadas, así mismo, en 1976, se reforma en segundo párrafo del Artículo 
4° de la Constitución Mexicana, que eleva a rango constitucional la igualdad entre 
los hombres y las mujeres, así como la libertad de decidir sobre el número y 
espaciamiento de las hijas y los hijos 
En la década de los ochenta, debido a la recesión económica característica de 
México, la acción pública integra a las mujeres al desarrollo aprovechando el 
potencial hasta entonces subutilizado y promueve la participación de las mismas 
en tareas del desarrollo del país mediante el trabajo voluntariado o remunerado, 
así, partiendo del pensamiento feminista liberal del Occidente, se busca la 
igualdad entre hombres y mujeres por medio de un acceso igualitario a la 
educación, al empleo y a beneficios materiales, sobretodo, de la tierra (Tepichin. 
2010). En la década de los noventas en México adquiere presencia, aunque algo 
tardía comparada con la imagen internacional, la problemática de la concepción de 
género, así este término innovó la forma en la que se conceptualizaban las 
relaciones entre hombre y mujeres, sin embargo, muchas veces la acepción se 
alejaba del sentido original acuñado en las conferencias internacionales, y en 
México se percibía como cualquier asunto que tuviera que ver con las mujeres y 
sus derechos, muy alejado de las políticas públicas. Más adelante, en 1995, 
México adopta la estrategia acordada en la Conferencia Internacional de la Mujer, 
en donde se utiliza la estrategia de transversalización, la cual supone incorporar la 
perspectiva de género a las políticas públicas como una manera efectiva de 
extender una transformación del orden social de género hacia la familia, la vida 
cotidiana, el trabajo y el quehacer del Estado. 
Uno de los grandes avances en derechos humanos fue la creación de la Comisión 
Nacional de Derechos Humanos en junio de 1990, con el propósito de la 
protección y promoción de los derechos humanos, la CNDH es un organismo 
público-nacional que se ajusta a los estándares contenidos en los Principio 
relativos al estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de protección 
y promoción de los derechos humanos denominados, Principios de París; entre 
24 
 
 
 
sus funciones se encuentra recibir quejas, conocer e investigar, a petición de parte 
o de oficio, presuntas violaciones a derechos humanos y formular 
recomendaciones y quejas ante las autoridades respectivas (Espinoza; Robledo y 
Negrín. 2011). 
Años más tarde en el sexenio del presidente Fox, se crea el Instituto Nacional de 
las Mujeres (INMUJERES) en enero del 2001, en consonancia con los acuerdos 
internacionales respecto a adoptar la transversalización como estrategia principal 
(Tepichin. 2010), el propósito general de esta Instituto es promover y fomentar las 
condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de 
trato de géneros, así como el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres 
y su participación económica y social del país (Espinoza y cols. 2011). 
Finalmente, todas estas acciones han contribuido a una mejora en la calidad de 
vida y en la percepción de hombres y mujeres con libertades, capacidades y 
potencialidades, esto ha favorecido no sólo a mujeres sino contribuye a la 
inclusión de grupos minoritarios. Sin embargo, actualmente, hay mucho camino 
por recorrer en materia de derechos humanos, ya que surgen constantemente 
nuevas necesidades, cambios sociales, políticos y tecnológicos así como nuevas 
realidades que acompañan la creación de derechos humanos más satisfactorios. 
De igual forma, no se puede perder de vista que garantizar los derechos a los 
ciudadanos en áreas como el derecho al libre ejercicio de la religión, el derecho a 
la libre expresión, entre otros, implica colocarlos en una posición de capacidad 
para funcionar en estas áreas, es decir, tendrán realmente estos derechos 
solamente si existen medidas efectivas para hacer que la gente sea 
verdaderamente capaz de desarrollar el ejercicio político (Nussbaum. 2002) sino 
será como posibilitar con alas atadas. 
 
2.1 Derechos de reproducción 
 
Hablar de derechos reproductivos, supone hablar derechos sexuales los cuales se 
conjuntan con los conceptos de salud sexual y reproductiva, sin embargo, cada 
uno atiende percepciones diferentes. Primeramente los derechos reproductivos 
25 
 
 
 
hacen referencia a las decisiones y libertades que un sujeto debe gozar en orden 
a decidir sobre sus capacidades reproductivas, al abarcar una gama de derechos 
que van desde las decisiones acerca de la cantidad y espaciamiento de los hijos, 
el acceso a servicios adecuados ante situaciones de infertilidad, el acceso a 
anticonceptivos apropiados; hasta el derecho al aborto seguro, legal y accesible 
Ciriza. (2002) citado Bonaccorsi y Reybet. (2008). Estos se basan en el 
reconocimiento de la libertad reproductiva de las parejas y los individuos, también 
incluyen el derecho a gozar de una buena salud sexual y reproductiva (Juárez. 
2009). Losderechos sexuales se basan en la libertad, dignidad e igualdad 
inherentes a todo ser humano, donde cobra particular importancia la dimensión del 
placer sexual, posibilitan las decisiones libre y responsables sobre todo los 
aspectos de la sexualidad, libres de discriminación y violencia. Lo cual conlleva a 
tener salud sexual y reproductiva. Según la Organización Mundial de la Salud 
citado en Checa (2005) define esta última como el estado de bienestar físico, 
mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias en todos los 
aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones. En 
consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida 
sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o 
no, cuándo y con qué frecuencia. Ésta última condición lleva implícito el derecho 
del hombre y la mujer a obtener información de planificación de la familia de su 
elección, así como otros métodos para la regulación de la fecundidad a su libre 
elección y el derecho y acceso a servicios de salud apropiados que permitan a las 
mujeres gravidez y partos seguros y proporcionen a las parejas la mejor chance 
de tener una criatura saludable. Por su parte, la salud sexual tiene como objeto el 
desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no meramente el 
asesoramiento y la atención en materia de reproducción y de enfermedades de 
transmisión sexual (Bases para la Acción de la CIPD, El Cairo. 1994 citado en 
Checa. 2005). 
Es así que los seres humanos gozan de derechos reproductivos, los cuales 
garantizan una salud reproductiva para alcanzar una salud sexual satisfactoria. 
Los derechos que protegen el goce libre, pleno y responsable de la sexualidad, así 
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como todo lo relacionado con la salud sexual y reproductiva, caben dentro de la 
conceptualización de derechos humanos y con las mismas características. Los 
derechos humanos que protegen los derechos reproductivos son, el derecho a la 
salud, a la vida, a la educación e información, a la privacidad, a decidir el número y 
espaciamiento de los hijos, a consentir al matrimonio y a la equidad dentro del 
mismo, a vivir sin discriminación y sin violencia. 
Los derechos reproductivos, surgieron de la nueva y cambiante necesidad social, 
de nuevos parámetros, movilizaciones y acuerdos. Estos convenios comenzaron 
en el año de 1945 con la Declaración Universal de Derechos Humanos, más tarde 
con la creación de la Comisión sobre el Estado de la Mujer (CSW) entre 1949 y 
1959 en la cual se abordó la convención de los derechos políticos, la nacionalidad 
de mujeres casadas y el consentimiento del matrimonio. En 1968 en la Primera 
Conferencia Internacional de Derechos Humanos se reconoció el derecho de los 
padres a la planificación familiar, se convino en que padres y madres tienen el 
derecho humano básico a determinar libre y responsablemente el número y el 
espaciamiento de sus hijos. Esto se reafirmó en 1975 en México en la Primera 
Conferencia Mundial del Año Internacional de la Mujer, donde se reconoce que el 
derecho a la planificación familiar es esencial para alcanzar la igualdad de género. 
De igual manera en México pero en 1984 en la Conferencia Internacional en 
Población, se decide que a fin de que las mujeres participen plenamente en la vida 
de la sociedad, se comparta responsabilidades en la planificación y crianza de los 
hijos; también se convino que nunca debía promoverse el aborto como medio de 
planificación familiar, así se debía ayudar a las mujeres a evitar el aborto mediante 
un mayor acceso a los métodos de planificación familiar y quienes se veían 
obligadas a recurrir al aborto necesitaban un trato humanitario y un asesoramiento 
psicosocial (Vázquez y Caba. 2009) 
Estos acuerdos fueron las bases para la construcción del concepto de derechos 
sexuales, es hasta 1994 y 1995 cuando surgen dos conferencias trascendentales 
en este tema. La primera, La Conferencia Internacional en Población y Desarrollo 
en El Cairo en 199, en donde hay un consenso de lo qué se entiende por salud 
sexual y reproductiva y por los derechos de la misma índole. Redactando el 
27 
 
 
 
siguiente concepto: los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos 
que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos 
internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de 
las Naciones Unidas aprobados por el consenso. Esos derechos se basan en el 
reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre 
y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el 
intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello, y el 
derecho a alcanzar más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye 
su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir 
discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los 
documentos de derechos humanos. De igual forma, se dio una política global 
actual de servicios, llamado “Paquete de salud reproductiva” que contiene 
planificación familiar, educación sexual, salud materna y protección a ITS. 
También se señala que los derechos reproductivos, son derechos que abarcan 
ciertos derechos humanos que están reconocidos tanto en el derecho interno 
como en tratados internacionales referentes a derechos humanos. Ello significa 
que el ejercicio de los derechos reproductivos, está vinculado al ejercicio de otros 
derechos tales como, a la integridad personal, al libre desarrollo y bienestar, a no 
ser discriminado, a la libertad así como al derecho a la salud (Campos. 2011). 
La segunda conferencia relevante fue Beijing 1995, en la cual se reafirmó que 
todas las mujeres tienen control de todos los aspectos de su salud y 
particularmente de su fertilidad, básico para su empoderamiento. Se estipuló que 
los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las 
cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva y 
decidir libremente respeto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la 
discriminación y la violencia. 
Con esto, se observa una preocupación global por los derechos humanos, debido 
a la restructuración social del papel de la mujer, en la cual se refleja la necesidad 
de salir del ámbito privado y hacerse presente en el campo laboral, lo cual 
favorecía al sistema productivo, de igual manera, con estas medidas se pretende 
deshacerse del estereotipo de género, el cual describe a la mujer como la 
28 
 
 
 
encargada de la crianza de los hijos manteniéndola en actividades del hogar. 
Entonces, en estas políticas es indiscutible la conjunción entre la equidad de 
género y los derechos reproductivos y sexuales. 
Como ya se ha descrito, los derechos reproductivos tienen el mismo peso y 
características que los derechos humanos, es por ello, que los países cuyo interés 
es estar al pendiente de estas normas, las deben de considerar en su agenda 
pública, no es excepción México, en donde las principales causas de muerte de 
mujeres entre los 15 y 64 años son enfermedades relacionadas con el aparato 
reproductor agudizándose entre las mujeres de escasos recursos y con menos 
posibilidades de acceso a información y a servicios de salud adecuados 
(INMUJERES. 2008). Así, siguiendo con los protocolos de El Programa de Acción 
de la Conferencia Internacional de la Población y el Desarrollo de 1994, mejor 
conocida como El Cairo y la Plataforma de Acción de la V Conferencia de la Mujer 
o Beijing 5, el gobierno mexicano desde 1994 tiene el compromiso internacional de 
proveer a la población mexicana de la amplia gama de métodos anticonceptivos, 
impulsar medidas específicas de difusión y capacitar al personas para que estos 
derechos sean una realidad. Es por ello, que en el mismo año, existe un cambioparadigmático en la Ley General de Población de 1974, para reacomodar las 
políticas públicas a una visión más integral de salud sexual y reproductiva. El 
gobierno mexicano tiene también el compromiso de cumplir con los Objetivos de 
Desarrollo del Milenio (ODM), particularmente el quinto objetivo de desarrollo, que 
es mejorar la salud materna, cuyo objetivo es lograr para el 2015, el acceso 
universal a la salud reproductiva, teniendo como indicadores, primeramente, la 
tasa de uso de anticonceptivos, tasa de natalidad entre adolescentes, cobertura de 
atención prenatal, necesidades insatisfechas en materia de planificación familiar. 
Algunos esfuerzos para alcanzar esto, se denotaron en 2004, cuando la Secretaría 
de Salud Federal incluyó en la norma de los servicios de planificación familiar, la 
pastilla de anticoncepción de emergencia, la cual se convirtió en objeto de una 
batalla política con los grupos ultraconservadores del país liderados por la 
jerarquía de la iglesia católica, no se debe olvidar que México en uno de los 
principales países católicos en el mundo (Cuevas y Román. 2011). Otro esfuerzo, 
29 
 
 
 
debido a que los mecanismos internacionales y regionales en materia de derechos 
humanos expresaban reiteradamente su preocupación por las consecuencias que 
tienen los abortos ilegales, o realizados en condiciones de riesgo, recomendaron a 
los Estados liberalizar las regulaciones de aborto, así garantizar el acceso al 
aborto en los supuestos establecidos en la Ley. Tanto el Comité para la 
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) y el de 
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos de Naciones Unidas, 
señalaron que la prohibición total del aborto viola los derechos humanos de las 
mujeres, y que éste debería estar permitido y ser accesible al menos en los casos 
de embarazos producto de una violación sexual, de malformaciones y cuando la 
vida de la mujer este en riesgo, estos mecanismos de derechos también han 
expresado la preocupación por la criminalización de las mujeres que son orilladas 
a recurrir a abortos clandestino (GIRE. 2013). Por ello, la despenalización del 
aborto se produce en México pero de manera estatal, es decir, cada estado 
adopta medidas para la realización del mismo, sólo hay uno que acepta su 
despenalización sin que se comprometa con algunas de las características 
anteriores, así el 26 de Abril del 2007 se despenaliza el aborto en el Distrito 
Federal hasta la semana doceava de gestación. Esta reforma sin precedentes en 
el país tuvo un largo camino desde 1931, fecha en la que se aprobó el Código 
Penal Federal para el Distrito Federal; uno de los antecedentes más importantes 
ocurrió en el año 2000 con la aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de 
la iniciativa de la Jefa de Gobierno, Rosario Robles, para aumentar las causales 
legales de aborto y estableces mecanismo claros para acceder al aborto por 
violación y por inseminación artificial no consentida. De estas reformas, es 
fundamental resaltar que no sólo se modificó la ley para despenalizar el aborto 
durante las doce primeras semanas, sino que también se establecieron las bases 
legales para la provisión de los servicios de salud para garantizarlo en condiciones 
seguras y con pleno respeto a los derechos de las mujeres (GIRE. 2013) 
Actualmente, aunque los derechos reproductivos ya son reconocidos como tales, 
no son contemplados integralmente en todas sus dimensiones, pues sufren 
embates desde sectores conservadores y fundamentalistas, e incluso desde 
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esferas gubernamentales, a través de la censura (Juárez. 2009). En nuestro país 
hablamos de un doble discurso en este tema, ya que por un lado se pretenden 
seguir las indicaciones internacionales, se celebran acuerdos y parece estar en 
innovación constante en materia de derechos humanos, pero por otro, en la 
práctica, se han encuentran con limitantes morales, ya que la concepción hacia 
estos derechos genera polémica y discusión por su proximidad a la esfera sexual. 
Por otro lado, este tipo de derechos tienen que ver con la justicia social, la 
democracia y la ciudadanía, considerando que la democracia es multidimensional, 
inicia dentro de los hogares y llega hasta las macro estructuras civiles y 
gubernamentales; la ciudadanía implica el ámbito privado, con el ejercicio de la 
propia autonomía, hasta las esferas públicas del poder, pues tanto la sexualidad 
como la reproducción son temas que corresponden a las esferas de los derechos, 
la ética y el ejercicio de la ciudadanía (Ortiz. 2004 citado en Juárez. 2009). Así en 
un ámbito más individual y personal, las mujeres necesitan aprender que es 
posible separar la sexualidad de la reproducción para un desarrollo pleno, se debe 
de tener conciencia del derecho que se tiene a la información y la educación 
sexual para así ejercer la sexualidad responsable, decidir por propia elección la 
maternidad, elegir libre e informadamente sobre la utilización de anticonceptivos y 
no sufrir violencia sexual (INMUJERES. 2008). Entonces no sólo se trata de 
obtener libertades y conocer derechos, se basa también en una concepción del 
cuerpo mismo, el derecho de tener control sobre el propio cuerpo y empoderarse 
para resistir la imposición de conductas no consentidas, el cuerpo es de cada uno 
no es del “otro” (persona o institución). Para ello, es necesario que otros no tengan 
poder sobre el cuerpo de la mujer y que ésta tenga suficiente consciencia para 
impedir imposiciones sobre él mismo, esto implica el reconocimiento de derechos 
humanos básicos, que puede ser interpretado como derechos a la vida, a la 
libertad, a la prohibición de la esclavitud o de los malos tratos y todas las formas 
de violencia. Los derechos reproductivos son los derechos de las mujeres a 
regular su sexualidad y capacidad reproductora, así como exigir que los hombres 
asuman responsabilidad por las consecuencias del ejercicio de su propia 
sexualidad (Bonaccorsi y col. 2008) y así construir un ámbito de equidad, en 
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donde se reconozcan los compromisos de cada uno en la elección o no de la 
maternidad. 
Sin embargo, por lo general las personas, hombres y mujeres, no saben que 
existen estos derechos reproductivos, ya que no forman parte de la educación 
formal y a veces tampoco la informal, así hay un desconocimiento de cuáles son 
los tratados internacionales y nacionales, es decir, las leyes que los defienden. El 
desconocimiento de éstos provoca vulnerabilidad para que sean transgredidos, e 
impiden exigir su comportamiento y actuar cuando no son respetados o son 
violentados (Mesa y col. 2005 citado García. 2014). 
 
2.2 Derecho a la información 
 
La información responde a la necesidad del ser humano de expresarse y de 
querer saber lo que los demás han expresado; responde un requerimiento que en 
determinado momento se vuelve un derecho fundamental del hombre, pues, como 
hombre de libertad, se tiene el derecho de expresar, de informar y de ser 
informado, y tal prerrogativa natural deberá estar garantizada por el Estado y 
definida por la sociedad, la cual es definitiva en el proceso de generación y 
aprovechamiento de la información, ella es la que asigna a ésta valor y función 
(Quezada. 2001 citado en Soto. 2010). Este derecho incluye el recibir 
informaciones y opiniones y la posibilidad de negarse a recibirlas, así como a 
seleccionar positivamente o negativamente aquella información que le satisfaga 
más o menos plenamente. Independiente de que ésta sea funcional o no, todos 
los hombres tienen derecho a obtenerla completa y exacta procedente de todas 
las fuentes importantes con el fin de que puedan desempañar el papel que les 
corresponde en la sociedad humana (López. 1984). De acuerdo con la Comisión 
Nacional de Derechos Humanos (2004), el derecho a la información tiene las 
siguientes características, es un derecho natural

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