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La-necesidad-de-la-profesionalizacion-de-los-inspectores-de-trabajo

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE MÉXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES
“ARAGÓN”
LA NECESIDAD DE LA PROFESIONALIZACIÓN 
DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO
T E S I S
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE :
LICENCIADO EN DERECHO
P R E S E N T A:
ELVA MARÍA SALDANA CAMARGO
ASESOR: 
LIC. FROYLAN MARTÍNEZ SUAZO
MÉXICO 2008
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Porque el conocimiento, igual 
que las profecías, 
no son cosas acabadas. 
Y, cuando llegue lo perfecto 
 lo imperfecto desaparecerá. 
(San Pablo……1-cor. 13. 9-11) 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A Dios: 
Por el Don de la vida. Gracias al cual se 
Me permite llegar a éste momento tan importante 
para mi vida profesional. 
 
 
 
A la Universidad Nacional Autónoma de México, 
Facultad de Estudios Superiores Aragón. 
Le agradezco infinitamente por abrirme sus 
brazos, dándome la oportunidad de formarme 
profesionalmente. 
 
 
 
A mis padres: 
María de la Luz y José Luís. 
Por el cuidado, dedicación y apoyo que 
me han otorgado en cada instante de mi vida. 
Pero sobre todo gracias por ser mis padres. 
 
 
 
 
A mis Hermanos: 
Jesús, José Luís, Eduardo, Delia y Enrique. 
Les agradezco infinitamente por ser siempre 
un ejemplo para mí vida. Por su gran apoyo y 
cariño. 
 
 
 
 
A mis sobrinos: 
Edwin, Mayam, Carolina, María, Jorge, 
Moncerrat y Teresa: 
Por ser el motivo que me impulsa a ser cada día mejor. 
 
 
 
 
 
A mi asesor el Lic. Froylán Martínez Suazo 
Le agradezco infinitamente por su ayuda y asesoramiento, 
Gracias al cual me ha sido posible la conclusión 
del presente trabajo. 
 
 
 
 
 
 
 
Al H. Sínodo. 
Les agradezco su amabilidad y el tiempo que 
se tomaron para leer éste trabajo. 
 
 
ÍNDICE. 
 
 Pág. 
 
INTRODUCCIÓN 
 
 
I 
CAPITULO I 
 
 
ANTECEDENTES. 
 
 
1.1.-LEYES DE LAS INDIAS 2 
1.2.-LA INDUSTRIALIZACIÓN 9 
1.3.-LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN MÉXICO 13 
1.4.- LA INSPECCIÒN DE TRABAJO DENTRO DE LA O.I.T. 19 
 
 
 
CAPITULO II. 
 
 
CONCEPTOS BÁSICOS 
 
 
2.1.- LA INSPECCIÓN DE TRABAJO 26 
2.2.- AUTORIDAD ADMINISTRATIVA LABORAL 31 
2.3.- EL INSPECTOR DE TRABAJO 34 
2.4.- MISIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO 38 
2.5.- FUNCIONES DE LOS INSPECTORES TRABAJO 40 
2.5.1.- LA FUNCIÓN DE CONTROL Y VIGILANCIA 41 
2.5.2.- LA FUNCIÓN DE EDUCACIÓN 43 
2.5.3.- LA FUNCIÓN DE CONCILIACIÓN 44 
2.5.4.-FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DENTRO DE 
LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO 
45 
2.6.-OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE 48 
TRABAJO 
2.7.- VISITA DE INSPECCIÓN 53 
2.8.-RIESGO, SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO 55 
2.9.- LOS TRABAJADORES Y LA INSPECCIÓN DE TRABAJO 60 
 
CAPITULO III 
 
NORMATIVIDAD APLICABLE 
 
3.1.-INTEGRACIÓN 63 
3.2.-REQUISITOS PARA SER INSPECTOR DE TRABAJO 66 
3.3.-EL INSPECTOR DE TRABAJO COMO TRABAJADOR 70 
3.4.-ASIGNACIÓN DEL INSPECTOR DE TRABAJO 75 
3.5.- REGLAMENTO INTERIOR DE LA S.T.P.S 78 
3.6.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES 82 
 
CAPITULO IV 
 
 
LA NECESIDAD DE LA PROFESIONALIZACIÓN DE LOS 
INSPECTORES DE TRABAJO. 
 
 
4.1.- INEFICIENCIA DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 546 DE 
LA LEY FEDERAL EL TRABAJO EN LA ACTUALIDAD 
89 
4.2.- RELACIÓN DE LA FRACCIONES II Y IV DEL ARTÍCULO 
546 DE LA L.F.T 
93 
4.3.- CONVENIENCIA DE LA PROFESIONALIZACIÓN DE LOS 
INSPECTORES DE TRABAJO 
96 
4.4.- DEROGACIÓN DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 546 
DE LA L.F. .T 
99 
 
 
 
CONCLUSIONES 105 
 
FUENTES CONSULTADAS 109 
INTRODUCCIÓN. 
 
El trabajo nace como una necesidad del ser humano para solventar sus 
necesidades tanto económicas, sociales, culturales, etc. es también una tarea 
noble y fecunda, pues gracias a ésta actividad laboral, el trabajador logra dar 
a su familia una vida digna, sin embargo las condiciones para realizar ésta 
tarea no son siempre las más indicadas. El propio ser humano divide la 
especie en distintas clases sociales, dando la categoría de clase baja a quién 
realiza una actividad laboral, y por consiguiente el trato que el trabajador recibe 
es por demás injusto, llegando incluso a ser en ocasiones, hasta inhumano. El 
desconocimiento de las medidas de seguridad e higiene que deben existir en 
los centros de trabajo para protección del personal que ahí labora, llega a ser 
tan grande que solo la compasión de algunos empleadores logra evitar los 
accidentes; y es aquí donde la función del Inspector de trabajo es fundamental, 
pues es gracias a su constante labor en favor de la clase trabajadora que poco 
a poco y a través de la historia logra que al trabajador se le reconozca como un 
ser humano y ya no como una cosa. 
 
La inspección de trabajo es una institución que ha existido desde tiempos 
remotos, ya en la antigua Grecia se hace mención de distintos reglamentos con 
los cuales, el Estado, regulaba las exportaciones o manufacturas, sin embargo 
para el trabajador la situación laboral era muy precaria, pues al ser considerado 
como una cosa, las condiciones en que realizaba su actividad laboral no eran 
las más favorables, y la inspección de trabajo solo se realizaba por mandato 
del señor o dominus, como era conocido el empleador, y más aún por él 
mismo. 
 
 Durante la segunda mitad del siglo XIX cuando ésta institución empieza a 
tomar forma. Con el nacimiento de la industrialización se hace cada vez más 
necesaria la presencia de los inspectores de trabajo, (personas que por el 
simple hecho de contar con este cargo son conocedores de la problemática de 
esa época). Los constantes cambios que en materia de trabajo producen las 
máquinas, tienen como consecuencia que la mano de obra del trabajador se 
 II 
abarate y por consiguiente los abusos para el trabajador son cada vez más 
constantes. Ésta situación provoca que el Inspector de Trabajo, redoble sus 
esfuerzos, para que el Estado proteja a la clase trabajadora a través de la 
creación de normas laborales, mismas que corresponde al Inspector de Trabajo 
revisar que se cumplan, por supuesto dentro de los centros de trabajo. 
 
El Inspector de Trabajo dentro de la actual sociedad sigue siendo importante 
para la clase trabajadora, pues la misión principal de éste personaje es la de 
velar por el bienestar de los trabajadores (hombres, mujeres y niños), misma 
que a través de la historia a consolidado, pues de la labor que ha realizado éste 
personaje se han logrado beneficios tan importantes para el trabajador como 
son por ejemplo la jornada de trabajo diurna de ocho horas, el descanso que se 
otorga a las mujeres que se encuentran en elperiodo de lactancia, etcétera. 
Gracias a la labor del Inspector de Trabajo a favor de la clase trabajadora, los 
abusos de los empleadores han sido frenados por el Estado a través de la 
creación de normas laborales, mismas que regulan los riesgos que en materia 
de seguridad e higiene, existen en los centros de trabajo y que ponen en riesgo 
la seguridad física y mental de los empleados, mismas normas laborales que 
corresponden al inspector de trabajo cuidar que sean cumplidas conforme a lo 
dispuesto por la normatividad laboral. Es así que para proteger a la clase 
trabajadora, la legislación laboral ha creado un apartado especial donde regula 
las actividades de éste personaje; dándoles facultades, atribuciones y 
obligaciones especiales. 
 
Ahora bien dentro de nuestra legislación laboral (específicamente en la Ley 
Laboral Mexicana), encontramos también los requisitos que debe cubrir un 
aspirante al cargo de inspector de trabajo, sin embargo a pesar de la 
importancia de éste cargo, uno de estos requisitos, que nuestra legislación 
laboral establece para poder aspirar a éste distinguido cargo, es que el 
aspirante a inspector de trabajo, cuente con la educación secundaria, lo cual 
personalmente considero pone en riesgo la integridad física de los 
trabajadores. Toda vez que una persona que solo cuenta con éste grado de 
estudios, es decir, la educación secundaria no garantiza que con los 
conocimientos que ahí se adquieren, se pueda cumplir con una labor tan 
 III 
importante y delicada como la que realiza el Inspector de Trabajo, pues 
recordemos que de la eficiencia de su labor depende la seguridad de una clase 
social tan importante como lo es la clase trabajadora y que es precisamente 
esta clase social el motor de la economía de cualquier país. 
 
Personalmente considero que el Inspector de Trabajo debe de ser una persona 
que además de contar con la debida capacitación, también debe de conocer a 
fondo los riesgos que representa realizar una labor tan delicada como lo es 
velar por el bienestar de los trabajadores, y las consecuencias que puede tener 
el hecho de realizar una visita de inspección, que no sea del todo efectiva, es 
decir, que no cumpla con la correcta vigilancia de la aplicación de las normas 
laborales dentro de ese centro de trabajo en especifico, y que en determinado 
momento podría desencadenar en un accidente, donde se pierda incluso la 
vida de los trabajadores. Motivo por el cual considero que existe una urgente 
necesidad de la profesionalización de los Inspectores de trabajo, pues de ésta 
forma se garantiza que el inspector de trabajo cumpla, dentro de lo posible, su 
misión de velar por el bienestar de los trabajadores, y por tanto, que los centros 
de trabajo cumplan con las disposiciones laborales, creadas, para la protección 
física y mental de la clase trabajadora, evitando que los riesgos que los 
trabajadores tienen por el hechos de cumplir con su actividad laboral, sean los 
menos posibles. 
 
El hecho de que la inspección de trabajo sea ejercida por un abogado garantiza 
que la función de vigilancia que realiza el Inspector de Trabajo, sea conforme a 
lo que la normatividad laboral establece. La profesionalización de los 
Inspectores de Trabajo es también una garantía para la clase trabajadora de 
que cuidado que el Estado, a través de la legislación laboral realiza a favor del 
derecho que tienen los trabajadores ha realizar su actividad laboral, en un lugar 
o centro de trabajo seguro, donde no se encuentre constantemente en riesgo 
su integridad física y mental, logrando de ésta forma que al encontrarse los 
trabajadores desarrollando sus actividades laborales de forma segura, esto 
tenga como resultado una mejor economía tanto para el trabajador como para 
la Nación en general, pues no debemos dejar a un lado el hecho de que la 
economía de todo País depende de la clase trabajadora. 
 
 
 
CAPITULO I 
 
 
 
 
ANTECEDENTES. 
 
 
1.1. LEYES DE LAS INDIAS. 
 
 
1.2. LA INDUSTRIALIZACIÓN. 
 
 
1.3. LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN MÉXICO 
 
 
1.4. LA INSPECCIÒN DE TRABAJO DENTRO DE LA 
O.I.T. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 2 
1.1.- LEYES DE LAS INDIAS. 
 
Éste capitulo ésta dedicado a conocer la importancia que el Inspector de Trabajo 
a lo largo de la historia ha tenido, su labor para con los trabajadores, obreros ó 
jornaleros dependiendo de la forma en que se les llame ha ésta importante clase 
social (la clase trabajadora); y por consiguiente la importancia que éste personaje 
tienen en la sociedad de todas las épocas. 
 
Es importante destacar que el Inspector de trabajo no es una figura nueva en la 
legislación laboral, pues su participación desde la antigüedad ha sido 
fundamental para que el trabajo, de ser considerado como una mercancía y por 
consiguiente el trabajador; se reconozca como algo que dignifique al ser humano. 
 
Dentro de éste capitulo haré una remembranza de éste personaje y su 
importancia en la vida laboral de nuestro País. 
 
Es así que dentro de las Leyes de Las Indias encontraremos, que los constantes 
abusos que durante la época de la colonia; producen en la Reina Isabel la 
Católica una especie de compasión, que al materializarla, dan como resultado un 
conjunto de disposiciones jurídicas, dentro de las cuales encontramos la figura del 
Inspector de Trabajo, quien es el encargado de hacer que dichas disposiciones se 
lleven a cabo, logrando que el trabajador o jornalero sea reconocido en su 
dignidad humana. 
 
Así mismo la participación del Inspector de Trabajo durante la Industrialización no 
podía ser menor, ya que la aparición de las máquinas da como resultado que la 
mano de obra del trabajador se abarate y por consiguiente las condiciones en las 
que éste labora, resultan ser demasiado crueles. Aquí el Inspector de Trabajo es 
quien preocupado por las condiciones en que los trabajadores se encuentran 
laborando hace lo posible porque el Estado intervenga a favor del trabajador. 
 
La figura del inspector de trabajo llega a ser tan importante que la OIT (Organismo 
Internacional del Trabajo) convoca a los países miembros de ésta, para llevar a 
cabo una serie de convenios entre los que se encuentran los referentes a la 
 3 
materia de Inspección de trabajo, y por consiguiente se consiga una legislación 
unilateral en los Estados miembros con la finalidad de que se reconozca la 
importancia del Inspector del Trabajo y se le concedan las facultades y 
obligaciones correspondientes para desempeñar su cargo a favor de la clase 
trabajadora. 
 
La participación del Inspector de Trabajo dentro de cada uno de los aspectos que 
caracterizan al trabajo, es sin lugar a duda, una garantía de que la situación del 
trabajador puede mejorar, pues a lo largo de la historia éste distinguido personaje 
a demostrado que su participación dentro de la administración del Estado, y 
específicamente en materia laboral, son básicos para el reconocimiento de la 
dignidad que el trabajo da al ser humano, además de otorgar al trabajador la 
seguridad de que el lugar donde realizara su labor (al ser inspeccionado por el 
inspector de trabajo), es un lugar donde su integridad física correrá los menores 
riesgos posibles y se le reconocerá su calidad humana. 
 
 El Inspector de trabajo lo podemos encontrar desde la antigua Grecia y más tarde 
en Roma, aún en los pueblos bárbaros, pero con una característica muy especial, 
pues es justamente a voluntad de Señor o dueño que se realizaba una inspección 
de trabajo, y únicamente tenía la función de preservar los intereses económicos 
de éste, y por supuesto el hecho de que la fuerza de trabajo fuera la ideal para la 
realización de esta actividad. Sin que tuviera la menor importancia si se realizaba 
o no una visita de inspección, pues esta visita únicamente tenía la función de 
proteger los intereses del dominus(señor), y era a criterio de éste que se llegaba 
o no a realizar, y por supuesto éste mismo personaje era quién la efectuaba, por 
lo que no tenia la menor importancia las condiciones en que laboraban los 
trabajadores o esclavos, como eran más conocidos, pues en ésta época (los 
trabajadores), eran considerados como cosa sin ningún derecho más que aquel 
que le concediera su dueño, por tanto la inspección de trabajo no tenía otra 
finalidad más que la de proteger los intereses económicos de los dominus. 
 
Con la llegada de los españoles a América, específicamente a México, inicia un 
proceso de esclavitud y abuso para los Indios, obligándoseles ha trabajar en 
condiciones deplorables y por supuesto las jornadas resultaban por demás 
 4 
excesivas; sin embargo quienes tenían la ventaja de percibir un salario, éste era 
solo significativo por calificarlo de alguna manera; pues dicho salario no 
alcanzaba a cubrir las necesidades más elementales del trabajador y más aún si 
éste trabajador tenía una familia que dependiera económicamente de él. 
 
Tomando en consideración que en la antigüedad el trabajo era considerado como 
algo vil que solamente la clase baja podía y debía realizar, (clase formada por 
artesanos y proletariado) era lógico que, la inspección de trabajo no tuviera la 
menor importancia y que el trabajador se encontrara laborando en condiciones 
deplorables; sin embargo con la llegada del Cristianismo, con su doctrina basada 
en la moral, la caridad, fraternidad, la igualdad y sobre todo la idea de justicia, da 
las pautas para que el trabajador inicie una nueva era y es justamente los 
representantes de la Iglesia quiénes al encontrarse con las injusticias cometidas 
con los indios, inician lo que más tarde sería un gran avance para la Inspección 
de Trabajo en nuestro País, pues gracias a la influencia social que en ese 
momento tenían los representantes de la Iglesia, sus propuestas eran aceptadas 
por los empleadores y de ésta forma el trabajador obtenía un trato más humano. 
Pero no es sino hasta el siglo XVI, con la promulgación de las distintas 
disposiciones cuya compilación se conoce con el nombre de leyes de las indias, 
que dan forma a la figura del Inspector de trabajo. 
 
 Las Leyes de las Indias son el resultado de una serie de normas jurídicas 
dictadas por la reina Isabel la Católica, cuya finalidad es la de proteger a los 
Indios de los abusos cometidos por los encomendares; leyes que gracias a su 
contenido humanitario no solo logran dignificar el trabajo de los Indios, sino que 
también dan las bases para lo que más tarde sería nuestro derecho del trabajo y 
por supuesto van dando forma al Inspector de Trabajo; quién es el encargado de 
vigilar que se cumplan las disposiciones dictadas y que el trabajador cumpla con 
su actividad laboral en un lugar seguro y sin abuso de los empleadores. 
Inicialmente éste cometido era para los representantes de la Iglesia, sacerdotes y 
frailes, más tarde se nombran encomendadotes, quienes realizan las primeras 
inspecciones de trabajo de nuestro País, ya como parte de una normatividad 
laboral. 
 
 5 
Las Leyes de las Indias son una serie de normas que tienen como finalidad 
legislar las actividades que durante la vida de los indios del siglo XVI (de las 
colonias de la nueva España), realizaban en favor de la corona española. Ésta 
Recopilación de Leyes de Indias consta de nueve libros, subdivididos en títulos 
los cuales se refieren a asuntos tales como la Iglesia, la milicia, normas sobre 
gobernadores etc. Siendo el Libro IV el relacionado con la materia Laboral, es 
decir, “…El libro IV está dedicado a los problemas que surgen en relación con el 
Indio, las reducciones de los Indios, sus tributos, los protectores de los Indios, 
caciques, repartimientos, encomiendas y Normas Laborales ( entre las que 
encontramos la fijación de ciertos salarios, limitación temporal de la vigencia de 
ciertos contratos de trabajo, normas como la de que la mujer India, no puede 
servir en casa de un colonizador si su marido no trabaja allí, etcétera)... “1 Y para 
asegurarse de que éstas disposiciones se aplicaran, la corona Española 
nombra a Los Inspectores de Trabajo. Sin embargo ésta figura no es como la 
conocemos actualmente, pues en ocasiones se trata de los oidores del Virrey 
quienes se encargan de inspeccionar las condiciones de trabajo en las cuales se 
encuentran laborando el indio y es a criterio de éste, si éstas disposiciones se 
cumplen o no, (pero siempre apoyándose en personas designadas por ellos 
mismos para desempeñar esta labor), encontramos también a los encomenderos, 
quienes eran los encargados de defender a los Indios Tributarios frente a los 
abusos de otros colonizadores, por supuesto bajo su criterio; y posiblemente la 
figura más importante de ésta época “la Iglesia” quien puede ser considerada 
como la inspectora de trabajo más importante de éste tiempo, pero no olvidemos 
que está mantenía dos posiciones, por una parte se caracterizaba por su egoísmo 
frente al Indio y por otra parte su actitud humanista siendo ésta última la adoptada 
por autoridades eclesiásticas y clérigos individuales, quienes resultaron los 
Inspectores de Trabajo más importantes pero sin dejar a un lado a los Virreyes y 
Oidores, quienes dan una gran importancia a la política social a tal grado que se 
va dando forma lo que más tarde se le conocería como El Consejo Supremo de 
las Indias, considerándose ha éste como Consejo de Trabajo, del cual no solo 
existen normas de trabajo sino también las instrucciones a los Inspectores de 
trabajo. Recordemos que, “Leyes de las Indias las dictadas anteriormente en 
materia laboral contenidas en el Fuero Juzgo, Fuero Viejo, Partidas, etc. Hasta la 
 
1
 FLORIS MARGADANT S., Guillermo. Introducción a la Historia del Derecho Mexicano. Ed.18. Esfinge 
S. A. de C. V. México 2003. p 56 
 6 
Novísima Recopilación, no tienen otra garantía de aplicación que las del resto de 
normas contenidas en las mismas, en contraposición con las normas laborales de 
Las Leyes de Indias, que vigilaban bajo su responsabilidad personal los Virreyes y 
oidores.”2 Con la entrada en vigor de éstas disposiciones la clase trabajadora 
inicia una nueva era, cambiando el concepto que del trabajo se tenía, pues de ser 
considerado una cosa vil que solo debía de ser realizado por personas de la clase 
baja, ahora es algo digno y noble que dignifica al ser humano, empieza a 
respétasele su dignidad y condición humana a los trabajadores y el trabajo resulta 
ser menos inhumano gracias ha que con éstas normas que contienen 
disposiciones especificas sobre seguridad e higiene del trabajo en minas, así 
como enfermedades ocasionadas por el trabajo que se desempeña, mismas 
disposiciones que se logran gracias a las constantes visitas de inspección que 
realizan los Inspectores de Trabajo. Así por ejemplo tenemos a “una visita de 
inspección girada por el oidor-visitador Alonso Vázquez de Cisneros en el distrito 
de Mérida, de Maracaibo, en Nueva Granada. Una Real Cédula de 1609 impuso a 
la audiencia neogranadina la obligación de dar a conocer a los naturales de su 
demarcación la naturaleza libre de que les reconocía su Majestad y como no 
estaban legalmente sometidos al servicio personal de sus encomendados…. 
Vázquez de Cisneros llega en abril de 1609 y se encuentra con los territorios en 
estado deplorable: 3.114 indios útiles con 10.750 personas en toral, dispersas por 
los montes, sin reducir a poblados, sometidas al servicio personal de los 
encomendados, ha los que obedecían aterrados, por supuesto sin pagárseles 
debidamente sus trabajos ni cumplir las disposiciones regias en su beneficio 
dictadas….Vázquez de Cisneros reúne una serie de Juntas con los españoles de 
mayor prudencia para su asesoramiento….inicia su labor, funda poblados, 
repartiendotierras en propiedad de los Indios; se reúne con ellos para hacerles 
saber sus derechos y obligaciones, construye casas, puentes, iglesias, etc. a 
costa de los encomendados, y una vez hecho esto se reúne nuevamente con los 
Indios, a los que da cuenta del celo que su Majestad por el bienestar de todos 
ellos y el nuevo régimen de trabajo que imperará en lo sucesivo, en el cual se 
suprime el servicio personal..”3 Sin duda ésta visita de inspección es una de las 
más importantes, no solo en Las Leyes de las Indias, sino en la historia de la 
 
2
 SAN MIGUEL ARRIAS, Luis. La Inspección de trabajo .Instituto de Estudios Políticos. Madrid 1952. p. 
27 
3
 Idem. P 28-30 
 7 
Inspección de Trabajo, pues en ella se plasma claramente la función del Inspector 
de Trabajo, siembre en busca del bienestar de los trabajadores. Pues no solo 
revisa y da cuenta de las condiciones en las cuales se labora en éste poblado, 
sino que además, informa a los Indios (trabajadores) de sus derechos y 
obligaciones ayudándoles a mejorar su nivel de vida y el de sus familias, impone 
sanciones a los encomendadores (empleadores) e informa a la autoridad (Su 
Majestad) de la violación a las normas laborales que éste dispuso, dejando 
además constancia de su labor en los libros de la empresa que visita, lo que le da 
la formalidad e importancia tanto al Inspector de trabajo como a su labor, siempre 
favoreciendo al más desprotegido (por supuesto el trabajador). Dándole la 
importancia que hasta el día de hoy tiene ésta Institución. De ésta forma cumple 
con lo que hoy día es la función de la inspección de trabajo. 
 
“La máxima autoridad era el Rey, representado en éstas tierras por los Virreyes, 
pero también otras autoridades, independientes de éstos y directamente 
responsables ante la corona de España, eran los adelantados, los capitanes 
generales y los presidentes”4 estos personajes tenían la función de preservar el 
poderío del Rey en tierras lejanas, por lo que eran consideradas como 
autoridades administrativas, ante las cuales se realizaban audiencias y sobre todo 
se cuidaba de que se cumpliera con las normas laborales espedidas en las Leyes 
de Las Indias; las audiencias se hacían criticas al virrey acerca de su 
administración pero si éste no solucionaba el problema, la audiencia tenía la 
facultad de acudir al Rey sin necesidad de intermediario alguno, al igual que los 
Oidores, aumentando la eficacia de control que mantenía la corona sobre la 
actividad administrativa virreinal . 
 
“otra limitación impuesta al poder de los virreyes fue la costumbre por parte de la 
corona de mandar Inspectores, y a veces con muy amplios poderes para ayudar 
al virrey…..5” Estos inspectores se encargaban tanto de revisar que se cumpliera 
con lo ordenado por las normas en éste caso laborales; como que se llevara a 
cabo alguna disposición específica indicada o bien ordenada por el Rey. 
 
 
4
 FLORIS MARGADANT. Guillermo. Ob cit. P 66 
5
 Idem 
 8 
Con la visitas de Inspección realizada, por supuesto, por los inspectores que más 
tarde tendrían el honroso titulo de Inspectores de Trabajo, se llegan a dictar 126 
sentencias, 87 autos definitivos y numerosas interlocutorias. Dando las bases 
para lo que más tarde sería la institución de Inspección de Trabajo. Estableciendo 
cuatro principios básicos en materia laboral los cuales son los siguientes: 
a) El respeto a la libertad del indio; 
b) la necesidad de utilizar su trabajo para llevar a cabo la tarea colonial; 
c) la garantía de una Justa retribución por el esfuerzo prestado; y 
d) la creación de un régimen de asistencia social….”6 
Gracias ha estos principios el Indígena queda obligado a trabajar, pero con la 
libertad de escoger a su propio patrón, con en descanso correspondiente y sin 
laboral los domingos y días festivos. Se establecen garantías de poder percibir un 
salario y el correspondiente cobro de éste, y sin duda de ésta forma se inicia una 
nueva era para el trabajador, toda vez que estos principios hacen que se le 
considere como un ser humano. 
 
Algunas de las normas expedidas dentro de las leyes de las indias son las 
siguientes: 
27-12-1512.- Don Fernando en Burgos. Leyes u ordenanzas en Burgos (…que en 
cada lugar o pueblo de españoles hubiera dos visitadores, que dos veces al año 
examinaran si las Leyes eran guardadas y si los indios recibían agravios…) 
19-2-1761.- Don Carlos II en el Pardo. Mandase cerrar el obraje de Don 
Baltasar de Santo en México, por excesos e inhumanidades cometidas con los 
indios y ordenase al virrey que cierre cuantas fábricas viese que cometían en ellas 
tales excesos. 
 
“….En las leyes de las indias, España creó el monumento legislativo más humano 
de los tiempos modernos. Las leyes cuya inspiración se encuentran en el 
pensamiento de la reina Isabel la Católica, estuvieron destinadas a proteger al 
Indio de América, al de los antiguos imperios de México y el Perú y a impedir la 
explotación despiadada que llevaban a cabo los encomendadotes…..”7 Por lo 
tanto en las Leyes de las Indias encontramos algunas disposiciones de gran 
importancia para el Derecho del Trabajo como lo es: “asegurar a los indios la 
 
6
 SAN MIGUEL ARRIAS. Ob. Cit. P 31 
7
 CUEVA DE LA, Mario. Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo. Ed. 4ª. Porrùa. México. 1977. p38 
 9 
percepción efectiva de su salario, jornada de trabajo, salario mínimo, prohibición 
de las tiendas de raya, etc….”8 Y aún que la figura del Inspector de Trabajo 
posiblemente queda un tanto opacada al lado de tales avances en materia de 
trabajo. Sin la participación activa y constante de este personaje no hubiera sido 
posible siquiera imaginar tales avances. 
 
 1.2. LA INDUSTRIALIZACIÓN 
 
Durante la Industrialización, las condiciones de los trabajadores cambiaron en 
gran medida, el trabajo que el ser humano desempeñaba, empieza a sustituirse 
con invención de las máquinas. Con la ayuda de éstas, la labor que realizaba el 
trabajador es mayor en cantidad y tiempo de igual forma resulta más económico 
tanto para los patrones como para el Estado; quien se ve beneficiado con la 
importación de sus productos al extranjero, logrando con éste comercio 
internacional importantes ingresos económicos; y para asegurarse que no será 
alterada ni la producción ni su economía, el Estado, nombra Inspectores de 
Trabajo cuya misión es la de vigilar las condiciones de los lugares en que los 
obreros laboran y que los salarios de estos sean pagados a tiempo, evitando así 
un descontento entre la clase trabajadora; que podría afectar sus interés 
económicos. 
 
La Industrialización es otro de los puntos clave para la Institución de la Inspección 
de Trabajo, y por supuesto de la importancia del Inspector de Trabajo para la 
clase trabajadora, toda vez que las condiciones en las que se encuentran 
laborando llegan a ser además de insalubres, inhumanas. 
La aparición de las máquinas dentro de la industria van transformando el trabajo 
que con anterioridad se hacia manual, en algo rápido y en serie que, poco a poco 
va desplazando el trabajo del ser humano, otro aspecto importante es el hecho de 
que el trabajador del campo emigra hacia las grandes ciudades, con la ilusión de 
un mejor salario y mejores condiciones de vida; algo que por supuesto no 
encuentra. 
 
 
8
 DAVALOS. José. Derecho Individual del Trabajo. ed. 14ª. Porrùa. México. 2005 
 10 
Uno de las antecedentes más importantes de los Inspectores de Trabajo lo 
encontramos en Francia, con los llamados veedores de los Gremios o Inspectores 
de manufacturas.”….autores como BACQUIE, consideran que los agentes 
gubernamentales, guardias, juradores e Inspectores de fábricas cuya actuación yase advierte en el siglo XIII, pueden considerarse como el prefacio histórico del 
servicio de la Inspección actual…. Estos inspectores de trabajo solo se ocupan de 
pago de salarios, la duración de la jornada y la reglamentación de los conflictos, 
(aun que su principal función era de carácter económico)…éstas debían ser en 
ellos tareas accesorias, resultando primordial su preocupación por la 
productividad y asegurar la primacía en el mercado internacional…”9 sin embargo 
aún en éste tiempo la preocupación de los Inspectores de trabajo era únicamente 
económica; los trabajadores (obreros) se vieron favorecidos; debido a la 
importancia del mercado internacional; toda vez que el Estado, nombra 
Inspectores cuya misión es la de vigilar las condiciones en que los trabajadores se 
encuentran laborando, si los lugares son apropiados, todo en cuanto a los riesgos 
de trabajo y la forma de evitar accidentes dentro de los centros de trabajo, sin 
dejar a un lado el hecho de que al obrero se le pagara su salario integro y a 
tiempo, para evitar posibles situaciones que pudieran alterar el tiempo en que la 
producción debía realizarse, como por ejemplo que los obreros pararan la 
producción por el hecho de no haber recibido su salario en el tiempo convenido. 
Aún que la finalidad de estos Inspectores es la de proteger los intereses 
económicos del Estado, y no se tratará de una finalidad humanitaria ni social, 
estos Inspectores de una manera indirecta protegen a los trabajadores de esta 
época pues representan una estabilidad y seguridad para el trabajador. 
 
Dentro del sistema Gremial, aún que la empresa era por lo general de tipo 
artesanal encontramos la figura del Inspector de Trabajo. Así encontramos en 
“…..1204 un fuero de Felipe Augusto en el que nombra cuatro jurados en fábricas 
de hilados con la misión de vigilar, que el trabajo comenzara y terminara a la hora 
reglamentaria….Enrique III y Enrique IV, ampliaron su misión de vigilancia de los 
reglamentos dictados constituyéndose una profesión hereditaria…”.10 Este era ya 
una figura importante para la economía del Estado, considerados como agentes 
de la autoridad .real, encargados de vigilar que dentro de las fábricas se 
 
9
 SANMIGUEL ARRIBAS. Ob cit. P.33 
10
 Ibidem. 
 11 
respetara la reglamentación que imponía el monarca, pero no con una la finalidad 
humanitaria ni social, sino para proteger la economía de éste. Tenían la facultad 
de colocar un sello sobre el trabajo ya manufacturado y rendían informe a los 
Inspectores, quienes podían exigirles responsabilidad dentro de su función. 
Siendo así que en 1669 los fabricantes nombran Inspectores llamados centrales, 
encargados de informar al Estado, la importancia de cada industria y el lugar 
adecuado para su creación; estos inspectores son remplazados en 1736 por 
Inspectores ambulantes, y se nombran también inspectores técnicos y ordinarios. 
En 1740 se nombran Sub-inspectores independientes ya del Estado; su salario 
era retribuido por del derecho de marca, además de que estaban exentos del 
pago de impuestos y podían recibir gratificaciones; actualmente esto ya no es 
posible porque dicha gratificación sería considerada como motivo de soborno. 
Una importante avance en la autoridad representada por el Inspector, es que en 
1731 se les da la facultad de tener acceso a los lugares de trabajo; a cualquier 
hora del día o de la noche e incluso, pedían forzar las puertas cuando éste acceso 
les fuera negado, tenían además la facultad de levantar el acta correspondiente y 
las infracciones pertenecían a la jurisdicción administrativa, en estas situaciones 
les acompañaba un guardia del jurado. A fines del siglo XVIII se pone fin a los 
inspectores de derecho de marca. 
 
Un acontecimiento de suma importancia en la historia es, la Revolución Francesa 
a fines del siglo XVIII y la promulgación de los Derechos Humanos, que cambian 
radicalmente la visión del trabajador de la clase proletariada, ahora cuenta con 
libertad para elegir a quien prestará su fuerza de trabajo; al mismo tiempo inicia lo 
que más tarde conoceríamos como la Revolución Industrial, y con ella, aparece la 
Empresa, quien impondría las condiciones de trabajo para la clase proletariada. 
La empresa necesita grandes cantidades de trabajadores, por lo ofrece atractivos 
salarios, comparados con los que se obtienen en el campo, pero también necesita 
de grandes capitales para su funcionamiento, teniendo como consecuencia el 
nacimiento del capitalismo; por otra parte la industrialización va en aumento y al 
facilitar el trabajo las máquinas; el resultado es que cada vez se necesite menos 
de la mano de obra del trabajador, por lo tanto, como consecuencia se implantan 
nuevas condiciones de trabajo las cuales resultan ser inhumanas. La necesidad 
de la clase trabajadora llega a tal grado que acepta éstas condiciones llegando a 
 12 
jornadas hasta de veinte horas, aceptando que la industria emplee a sus niños y 
que las mujeres realicen trabajos que anteriormente eran considerados 
únicamente para realizarlos los hombres, debido a la fuerza que se necesita para 
llevarlos a cabo. El trabajo nuevamente llego a considerarse como una 
mercancía, la riqueza era solo para unos cuantos y cada vez la clase trabajadora 
se encontraba en condiciones más desfavorables, pues día con día, el trabajador 
era sustituido por maquinaría, desapareciendo los trabajos especializados y las 
oportunidades de mejores empleos. Los abusos son tan grandes y cada vez más 
frecuentes que la Iglesia, representada por el Pontífice León XIII inicia una 
campaña para que el Estado, intervenga para poner solución a tales abusos. 
El Estado ante tales atropellos a la dignidad humana interviene dictando leyes 
para proteger el trabajo de los menores y las mujeres, limitando las jornadas de 
trabajo y dando libertad a los trabajadores para organizarse en asociaciones 
profesionales con la finalidad de defender sus derechos. 
 
Inglaterra inicia la Ley sobre trabajos de los aprendices, iniciando así lo que se 
conocería como la revolución legislativa. “se dictan las ordenanza industriales, 
prusianas y austriacas que son las primeras normas en conjunto, especie de 
pequeño código…constituyen limitaciones a la libertad Industrial por razones de 
seguridad y sanidad más que por razones sociales…iniciando la política de 
previsión laboral...”11 pero estas normas no contaban con la participación del 
Inspector de trabajo, por lo que, al no ser vigilada su aplicación era a voluntad del 
empleador si se aplicaban o no. 
En 1833 en el Reino Unido se crea la Ley Althop, que permite a algunos agentes 
del gobierno vigilar las funciones de la industria , creando de esta forma lo que 
más tarde conoceríamos como la Inspección, pero únicamente vigilaría la jornada 
de trabajo de los menores. A estos Inspectores se les otorga la facultad de visitar 
todo establecimiento industrial, interrogar, condenar e incluso dan las 
instrucciones necesarias a los empresarios para prevenir accidentes. “En 1844 y 
1847 se promulgan nuevas leyes sobre el trabajo nocturno de la mujer obrera 
(prohibido desde las 8,30 de la tarde a las 5,30 de la mañana), se limita la jornada 
semanal a sesenta y nueve horas, y se introduce el sistema de media jornada 
para los niños, compensada con la reducción de la edad mínima de nueve 
 
11
 Idem. P 40 
 13 
años…”12 Ante esta situación los empresarios inician una campaña de 
convencimiento hacia los trabajadores, argumentando que esta ley va en contra 
de sus interese e incitándoles a firmar la petición de la derogación de esta Ley, 
pero gracias a los esfuerzos de los Inspectores de trabajo quienes; a base de 
esfuerzos logran convencer a los trabajadores, de lo contrario, puede aplicarse la 
ésta legislación. En1871 los empresarios terminan por aceptar estas medidas 
poniéndose al servicio de la inspección. En 1874 se logra instituir la Inspección de 
trabajo. En 1888 en Bélgica se establece la inspección de trabajo representada 
por los delegados del Gobierno, cuyas atribuciones eran las de vigilar el trabajo 
de las mujeres y niños, y las disposiciones sobre los establecimientos peligrosos 
entre otras. En 1890 se realiza una conferencia en Berlín, donde la inspección de 
trabajo se establece como una dependencia especial de la administración del 
Estado, siendo su principal característica que los Inspectores de trabajo fueran 
funcionarios nombrados por el Gobierno, tal como se propusiera por ejemplo en 
1897 en el Congreso Internacional para la protección Obrera en Zurch en París 
en 1900; en 1905 sobre el fósforo blanco y el trabajo nocturno de la mujer obrera, 
etc. Posteriormente en 1919 en el tratado de paz en Versalles se crea la 
Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se retoma como uno de los 
asuntos de mayor urgencia e importancia referente a los Inspectores de trabajo, 
tema del que haré mención mas adelante. 
 
 
1.3 LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN MÉXICO 
La Inspección de trabajo en México, es sumamente importante. Las condiciones 
en que los trabajadores se encontraban durante los siglos XIX Y principios del XX 
son por demás humillantes. 
Los trabajadores son considerados como seres inferiores, pero con la 
Industrialización, el trabajo toma una dimensión diferente; pues el campesino es 
convencido para dejar sus tierras y establecerse en las ciudades, bajo la promesa 
de mejores condiciones de vida, esto gracias al salario que los empresarios 
ofrecen y que posteriormente resultaría solo una ilusión. Pues las maquinas 
logran realizar en unas horas, la mano de obra que más de diez empleados tan 
solo en un día realizaban, por tanto el trabajo empieza a escasear, oportunidad 
 
12
 Idem. P42 
 14 
que los empresarios aprovechan para convertir al trabajador en una mera 
mercancía, imponer su propio reglamento y pisotear la dignidad humana del 
trabajador. Es aquí donde el Inspector de trabajo debe realizar una labor por 
demás importante, para la historia del trabajador, siendo hasta 1914 que seria 
regulada y reconocida la figura del Inspector de trabajo. 
 
“En nuestro país, los orígenes de la Inspección de Trabajo se encuentra en la 
Legislación revolucionaria de 1914 a 1916, precursora de la Constitución de 1917, 
en que se consigna la primera Carta de Trabajo en el Mundo.”13 Sin embargo para 
mejor entender estas normas, es necesario hacer una pequeña remembranza de 
las condiciones en las que los trabajadores tanto hombre como mujeres e incluso 
los niños, se encontraban desempeñando sus labores. 
 
La Inspección de trabajo en México, durante la primera mitad del siglo XIX al 
igual que El derecho del Trabajo, no tuvieron mayor trascendencia, todo vez que 
durante este tiempo continua aplicándose el Derecho Español a través de las 
Leyes de las Indias, las siete partidas, la Novísima recopilación y sus normas 
complementarias. Los trabajadores continuaban en las mismas condiciones, sin 
posibilidades de mejoría alguna. 
 
En lo que concierne a la Industria encontramos ya fábricas de textiles (hilados y 
tejidos), pero muy pocas con motores hidráulicos. Sin embargo la actividad 
económica trataría de influir sobre la industria pero sin mayores resultados. “En 
1823 la jornada de trabajo había aumentado a dieciocho horas, dos más que en 
los últimos años del siglo XVIII durante la Colonia, y los salarios habían sido 
rebajados a tres reales y medio, de cuatro reales que eran para el mismo período; 
las mujeres y los niños percibían un real diario en la industria textil…”14 debido a 
la demanda de mano de obra motivada por los constantes cambios políticos y 
económicos de la época, los campesinos preferían trabajar en las industrias que 
en el campo, lo que motivo el aumento de la población en las zonas urbanas; 
provocando un desequilibrio en la actividad textil, pues ahora era tanta la gente 
que quería trabajar que los empresarios aprovecharan la situación para reducir 
 
13
 TRUEBA URBIANA. Alberto. Nuevo Derecho Administrativo del Trabajo. Tomo II. Porrùa. México 
1979. p. 676. 
14
 DAVALOS. Ob. Cit. p 53 
 15 
los salarios de los trabajadores, imponer las tiendas de raya donde los 
trabajadores estaban obligados a consumir los articulos de primera necesidad a 
un costo hasta tres veces mayor de su precio original, sin que existiera una 
autoridad que pusiera sanción alguna a este abuso. 
 
Con la Revolución de Ayutla se logra un gran avance al poner fin a las dictaduras 
de Santa Anna. Dando como resultado, la Constitución de 1857, así como la 
declaración de derechos que realizara el Congreso Constituyente dando paso a el 
reconocimiento de las libertades consignadas en el apartado al que se le 
denominaría Las Declaraciones de los Derechos, y en el que encontramos temas 
como: la libertad de asociación, libertad de profesión, industria y trabajo, aunque 
sin mayor trascendencia toda vez que su reconocimiento se vio opacado por la 
escuela económica liberal, siendo Ignacio Ramírez Constituyente de esa época 
quien, bajo el argumento de que estas cuestiones, deben dejarse a las leyes 
reglamentarias y no dentro de la Constitución, deja a un lado cuestiones tan 
importantes como la dignidad humana del trabajador y la oportunidad para realizar 
un cambio importantísimo para la vida laboral de nuestro país. 
 
El régimen monárquico en México inicia, con la imposición de emperador del 
Archiduque Maximiliano de Habsburgo, sin embargo este personaje contrario a lo 
que de él se esperaba, convence al príncipe austriaco de que la explotación del 
hombre nunca podrá hacer progresar a ninguna nación, y bajo este argumento 
elabora una legislación social en la que busca la protección del campesino y 
trabajador. “El 10 de abril de 1865 suscribió El Estatuto Provisional del Imperio y 
en sus artículos 69 y 70 incluidos en el capitulo de Las Garantías Individuales, 
prohibió los trabajos gratuitos y forzados, previno que nadie podía obligar sus 
servicios sino temporalmente y ordenó que los padres o tutores debían autorizar 
el trabajo de los menores. El primero de noviembre del mismo año expidió lo que 
se ha llamado Ley del Trabajo del Imperio; libertad de los campesinos para 
separarse en cualquier tiempo de la finca a la que prestan sus servicios, jornada 
de trabajo de sol a sol con dos horas de reposo, descanso dominical, pago de 
salarios en efectivo, reglamentación de las deudas de los campesinos, libre 
acceso de los comerciantes a los centros de trabajo, suspensión de las cárceles 
privadas y de los castigos corporales, escuelas en las haciendas donde habitaran 
 16 
veinte o más familias y La Inspección de Trabajo…”15. Cabe señalar que los 
inspectores de trabajo propuestos por este personaje, contaban con atribuciones 
tales como la de poder imponer sanciones pecuniarias por violaciones a las 
normas de trabajo, además que se pretendía que dichos inspectores de trabajo 
fueran funcionarios del imperio. Sin embargo, el Imperio de Maximiliano de 
Habsburgo dura tan poco que estas disposiciones solo pasarían a la historia 
únicamente como buenas intenciones. 
 
La falta de la Institución de Inspección de Trabajo que durante esta época ocurrió 
en México, a provocado tragedias tan grandes, como la de 1906 de Cananea, 
donde los mineros, ante las injusticias que los empresarios cometían con ellos; 
pues no solo se les obligaba a consumir en las llamadas tiendas de raya, sino que 
los salarios que percibían eran por mucho inferiores a los de los empleados 
norteamericanos (quienes gozaban de privilegios superiores). Por tal motivolos 
mineros de Cananea se encuentran ante la necesidad de convocar a huelga, 
siendo los resultados desastrosos para los mineros. 
Otro acontecimiento suscitado por la falta de legislación en cuanto a la Inspección 
de Trabajo, es el ocurrido en Puebla, en este mismo año 1906, donde los 
trabajadores de la rama textil también se encuentran en la necesidad de convocar 
a huelga, debido a que los empresarios imponen un reglamento de trabajo que 
afecta la dignidad y libertad de los trabajadores. Ante esta situación los 
empresarios convocan a un paro general; por consiguiente es al presidente 
Porfirio Díaz a quien corresponde resolver este conflicto, pero solo apoya a los 
empresarios y prohibió el trabajo para los menores de 7 años. A este 
acontecimiento se le unieron otros como el de que Ricardo Flores Magòn ya 
como presidente de nuestro país, publicara un documento a favor de los 
trabajadores; provocando que el partido liberal aceptara la necesidad de crear una 
legislación que dignificara el trabajo; en la que tomara en cuenta aspectos como 
que la mayoría de trabajadores de cualquier empresa fueran Mexicanos, igualdad 
en el salario para nacionales y extranjeros, jornada máxima de ocho horas 
diarias, descanso obligatorio, fijación de salarios mínimos, reglamentación de 
trabajo a destajo, prohibición de descuentos y multas, pago de salarios en 
efectivos, prohibición de las tiendas de raya, anulación de las deudas de los 
 
15
 CUEVA DE LA. Ob. Cit. P 41. 
 17 
campesinos, reglamentación de la actividad de los medieros, el servicio doméstico 
y el trabajo a domicilio, indemnización por accidentes de trabajo, higiene y 
seguridad en las fábricas y talleres; habitaciones higiénicas para los trabajadores. 
Sin embargo a pesar de estos grandes logros en materia del trabajo y sobre todo 
en el reconocimiento de la dignidad humana del trabajador, todavía hace falta 
quién se haga cargo de vigilar que esta nueva reglamentación se aplique 
correctamente, es decir, hace falta la figura protectora del que más tarde sería 
llamado El Inspector de Trabajo; pero no por ello se puede dejar a un lado que 
dentro de todos y cada uno de estos logros se encuentra El Inspector de Trabajo 
aún que sin el reconocimiento tal como actualmente se le tiene. 
A esta ley siguieron otras como por ejemplo: 
El 9 de Noviembre de 1906 se definió el riesgo de trabajo y su diferencia con el 
accidente de trabajo. 
 El 23 de agosto de 1914 en Aguascalientes se decreta la reducción de jornada de 
trabajo, la reducción de salarios y el descanso dominical. 
El 7 de octubre de 1914 se publica un decreto llamado “la primera Ley de l 
Trabajo de la revolución Constitucionalista” superado el 28 de diciembre de 1915. 
El 15 de septiembre de 1915 se fijan los salarios mínimos en San Luis Potosí. 
El 4 de octubre de 1914 en Veracruz es expedida la Ley del Trabajo por Cándido 
Aguilar, esta ley contiene aspectos tan importantes como: el descanso semanal, 
jornada máxima de nueve horas, salario mínimo, la teoría del riesgo profesional, 
escuelas primarias sostenidas por empresarios y un aspecto de suma 
importancia: la inspección de trabajo. 
En 1915 se expiden las leyes conocidas como las cinco hermanas: la agraria, de 
hacienda, del municipio libre y del trabajo, en estas se encuentran algunos 
principios y bases que se incluyeron más tarde el articulo 123 Constitucional. 
Así se llego a la creación de las Juntas de Conciliación y el Tribunal de Arbitraje 
dándoles las facultades y autoridad para resolver en caso de conflictos laborales, 
tanto colectivos como individuales. 
 
El primero de mayo de 1917 entra en vigor dentro de nuestra Constitución 
específicamente en el artículo 123, leyes reglamentarias de los Estados, en las 
que se facultan a los inspectores de trabajo para vigilar y hacer cumplir las leyes 
laborales. De esta forma la institución de la Inspección de trabajo y por 
 18 
consiguiente, el inspector de trabajo es reconocido como una autoridad de la 
materia de trabajo; encargado de vigilar y supervisar las medidas de seguridad 
que debe de tener todo establecimiento de trabajo, para que de esta forma el 
trabajador pueda desempeñar su labor de manera segura. 
 
En 1928 con motivo de la reforma constitucional, el Congreso de la Unión dicta la 
primera Ley Federal del Trabajo, promulgándose por el presidente en turno 
Pascual Ortiz Rubio, el 18 de agosto de 1931 y en la cual se consignan normas 
sobre la organización y el funcionamiento de la Inspección de trabajo. 
En el año de 1931 se crea la Ley Federal del Trabajo, misma que incluye en los 
Artículos 540 al 550 las funciones, deberes y atribuciones de la Inspección del 
Trabajo. …La Intervención del Estado en las relaciones obrero-patronal, requiere 
no solo de órganos jurisdiccionales que diriman los conflictos, sino de organismos 
administrativos, especializados, encargados de vigilar el cumplimiento de las 
leyes laborales, en aquellas relaciones, antes de exigir la reparación respectiva en 
la jurisdicción del trabajo, en consecuencia se creó la Inspección Laboral, a cargo 
de funcionarios dependientes del poder Ejecutivo. A través de la Secretaría del 
Trabajo y de la inspección, el poder Ejecutivo procura, un estado de armonía 
entre trabajadores y patrones al mismo tiempo que pueden eliminarse litigios en 
vía jurisdiccional, porque imponer el cumplimiento de deberes sin contienda entre 
las partes evita los conflictos…”16 ahora bien el Inspector de trabajo actualmente 
es reconocido por los trabajadores como autoridad y al mismo tiempo, como un 
trabajador social, encargado de vigilar que todo empresario cumplan con todo lo 
que la ley establece, a favor de los trabajadores, y que la dignidad humana de 
éstos sea respetada siempre. 
 
En la mayor parte de los Estados de la Republica Mexicana, se le ha dado 
importancia a la Inspección del Trabajo, mucho antes de que existieran los 
tribunales laborales, así por ejemplo en Nuevo León en1936 se publicó en el 
Periódico Oficial, el Reglamento de los Inspectores Locales del Trabajo. En el año 
de 1973, siendo Gobernador del Estado Pedro G. Zorrilla Martínez se crea 
la Dirección de Servicios a los Trabajadores y Productividad (DSTPS) de la 
 
16
 TRUEBA URBINA. Ob. Cit. P 677 
 19 
cual dependía la Inspección del Trabajo. Posteriormente a finales de esta 
administración se eleva al rango de secretaría. 
En la gestión del entonces Gobernador de Nuevo León, Lic. Sócrates Rizzo 
García, se elevó a rango de Secretaría del Trabajo (ST), nombrándose al Lic. 
Héctor S. Maldonado Pérez, titular de la dependencia. En diciembre de 1999 se 
fusionó con la Secretaría de Desarrollo Humano, transformándose en Secretaría 
de Desarrollo Humano y del Trabajo. 
Hoy en día, la Inspección del Trabajo continúa asesorando a los trabajadores y a 
los empleadores, para el cumplimiento de la Normatividad Laboral; así mismo, 
concilia a las partes cuando es necesario. Lleva a cabo una política de prevención 
de riesgos de trabajo, promueve el auto cumplimiento de la Norma Laboral, pero 
sobre todo protege a los trabajadores, hombres y mujeres para que se respeten 
sus derechos laborales, actuando bajo el marco de la legalidad propiciando así un 
ambiente de paz y armonía laboral. 
 
 
1.4 LA INSPECCIÒN DE TRABAJO DENTRO DE LA O.I.T.. 
Los primeros intentos por crear un organismo internacional encargado de 
proponer una legislación para proteger al obrero, se realizan durante los años 
1856 y 1857, donde se celebran “Los Congresos Internacionales de 
Beneficencia”, en los que se proponen medidas internacionales para reglamentar 
el trabajo en la industria. Al mismo tiempo que en países como Alemania y 
Francia, contemplan la posibilidad de tomar medidas protectoras para mujeresy 
niños, pero es Suiza quien en 1889 lanza la primera iniciativa invitando a trece 
países a formar parte de ésta, Alemania por su parte, realiza la misma invitación, 
por tal motivo Suiza se retira y la conferencia propuesta por ambas se realiza en 
Berlín el 14 de marzo de 1890. Por su parte, Inglaterra crea dos clases de 
inspectores de trabajo “…en 1983 crea una clase de asistente, reclutado entre los 
obreros por medio de un examen y con la principal misión de visitar talleres de 
menor número de trabajadores…quienes podían ascender al grado de 
inspectores. En el mismo año se crean inspectoras encargadas de vigilar el 
trabajo femenino, y en 1989 se nombra un inspector médico a las órdenes 
inmediatas del inspector jefe…”17 . Por la gran importancia de Inglaterra dentro de 
 
17
 SAN MIGUEL Ob. Cit p 42. 
 20 
la industria éste acontecimiento pronto seria adoptado por otros países, 
ampliando en número de inspectores, además de solicitar más la participación de 
técnicos especializados, dando forma a lo que actualmente conocemos como la 
institución de la inspección de trabajo. 
 
Con la Conferencia de Berlín en 1890, se lleva a cabo el primer acuerdo sobre 
inspección de trabajo, este acuerdo establece que los gobiernos deben nombrar a 
un número de funcionarios especialistas en vigilar que se cumplan con las 
medidas de seguridad elementales en las industrias. Similares recomendaciones 
se dan en Congreso Internacional para la Protección Obrera celebrada en Zurch, 
en 1897, en París en 1900 entre otras. 
 
“En el año de 1901, fue creada en Bruselas, una Asociación internacional para la 
Protección Legal de los Trabajadores”….esta asociación realizo en Berna varias 
conferencias diplomáticas….en 1906 se celebraron los dos primeros convenios 
internacionales de trabajo, un sobre prohibición del trabajo nocturno de las 
mujeres, y el otro, sobre el empleo del fósforo blanco en fábricas de cerillos…la 
actividad realizada por esta asociación es interrumpida por la guerra de 1914-
1918….”18 Posteriormente el 28 de junio de 1919 en el Tratado de Paz en 
Versalles, se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estableciendo 
en uno de sus nueve principios lo siguiente: "Cada Estado deberá organizar un 
servicio de Inspección del Trabajo, que comprenderá a las mujeres, con objeto de 
asegurar la aplicación de las Leyes y Reglamentos, para la protección de los 
trabajadores” este tratado contenía entre otras disposiciones, las relativas a La 
Liga de las Naciones (parte I del tratado de Versalles), como de la Organización 
Internacional del Trabajo, siendo su objetivo principal: garantizar la paz y la 
seguridad entre las naciones a través de la coordinación . 
La Comisión de Legislación Internacional de Trabajo, instituida por la conferencia 
de Paz, redacto la Constitución de La Organización Internacional del Trabajo, 
integrándose a ésta comisión los representantes de nueve países (Bélgica, Cuba, 
Checoslovaquia, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Polonia Y Reino Unido) 
dando como resultado una integración tripartita, que reúne en sus órganos 
ejecutivos, a los representantes de los gobiernos, los empleadores y los 
 
18
 DAVALOS. Ob. Cit. P 41. 
 21 
trabajadores. La Constitución de la O.I.T. se convirtió en la parte XIII del Tratado 
de Versalles; en el que se destacan las razones fundamentales por las cuales se 
constituyo la O.I.T. las cuales son: 
a) La paz universal basada en la justicia. 
b) Cambiar las condiciones en las que se encontraban laborando los trabajadores 
y que resultaban ser inhumanas. 
c) adoptar un régimen de trabajo realmente humano a fin de no obstaculizar el 
desarrollo de las naciones. 
“ … Los fines iniciales fueron estos: un medio de lograr la justicia en las relaciones 
del capital y trabajo; un instrumento-base para alcanzar la paz universal. A través 
de un programa de acción social y colaboración; se puede alcanzar un mejor nivel 
de vida entre los hombres y llegar a la paz universal…”19 Sin embargo para lograr 
alcanzar estos fines es necesario contar con una adecuada inspección de trabajo 
y por supuesto con una legislación que regulara a todos los países miembros. 
La primera reunión de la conferencia Internacional del Trabajo se celebro en 
Washington en octubre de1919, aprobándose seis convenios internacionales de 
trabajo referentes a las horas de trabajo en la industria, al trabajo nocturno de las 
mujeres, a la edad mínima y al trabajo nocturno de los menores en la industria. A 
esta reunión asistieron también funcionarios de la Inspección de Trabajo de 
diversos países, con la finalidad de examinar el problema de la Inspección de 
Trabajo. Este tipo de reuniones se repitieron en las conferencias de Ginebra en 
1921 y 1922. Por su parte la O.I.T., reconoce las ventajas de contar con una 
Inspección de Trabajo y el interés de diversos países por aplicar una misma 
legislación bajo el argumento de que “…el país que no ratificara el convenio 
estaba en situación de inferioridad sobre el que sí ratificaba, ya que la mayoría de 
los países industrializados poseían una Inspección de Trabajo organizada sobre 
bases parecidas y, por tanto, solo se trataría de sancionar un estado de cosas ya 
existentes, al tiempo que se trabajaba por extenderlas dando a conocer, a los 
países que se preocuparan por mejorar su legislación laboral, la experiencia sobre 
la inspección de los más adelantados….”20 la inspección de trabajo es si duda 
el tema más importante para los países industrializados sobre todo en lo 
referente a la prevención de accidentes y en el abuso que los empleadores 
cometían constantemente en contra de los trabajadores, por lo que la O.I.T. 
 
19
 IDEM. P 42 
20
 SAN MIGUEL, ARRIAS. Ob. Cit. P 47 
 22 
respalda esta posición dándole la importancia debida y apoyándose en el artículo 
427 del tratado de Versalles, pues éste contenía las disposiciones acerca de la 
correcta aplicación de leyes y reglamentos de trabajo. Por lo que el Consejo de la 
O.I.T. realiza una conferencia para tratar este tema la cual se le denomino “la 
determinación de los principios generales para la inspección de trabajo” 
ésta tenía como finalidad tomar una decisión en forma de recomendación sobre 
éste tema. Bajo un considerable estudio que realizó (la O.I.T.) en cuanto a 
cultura, historia, condiciones industriales, etc. de cada uno de los países 
miembros, así como la administración y jurisdicción en torno al tema de la 
inspección de trabajo, ya implantados en cada uno de estos país, ya como 
miembros de la O.I.T., llegaría a determinarse los principios generales comunes 
que podían ser útiles a todos. 
 
Para determinar cuales serían los principios generales para la inspección de 
trabajo la O.I.T., aplicó un cuestionario a cada uno de los países miembros, el 
cual consistía en tres partes: 
La primera parte consistía en determinar la misión de la inspección de trabajo y la 
aplicación de la ley, para llevarla a cabo y sobre todo, la importancia de proteger 
al trabajador como la parte más frágil de la relación laboral. 
La segunda era en cuanto a las atribuciones que deberían confiárseles a los 
inspectores de trabajo, dentro de este punto varios países miembros de la O.I.T. 
coincidieron en proponer que el Inspector de trabajo, debería de ser un 
profesionista, pues en razón de sus conocimientos, sabría aplicar la legislación 
apropiada que protegería a los trabajadores y; 
La tercera parte era en relación a la organización que tal institución debía de 
tener debido a lo delicado de este tema. 
Gracias a este cuestionario se llego a la conclusión de que los inspectores de 
trabajo se les podrían confiar tareas accesorias además de vigilar y verificar así 
comootorgarles la facultad de resolver conflictos laborales sin la necesidad de 
acudir a juzgados laborales. 
 
Si bien los fines de la O.I.T inicialmente son la justicia en las relaciones de trabajo 
para alcanzar la paz, su contenido son esos principios fundamentales que tienen 
 23 
los trabajadores y que es considerado como un derecho universal del trabajador 
que se encuentra consagrado en: 
 La declaración de los derechos sociales del tratado de versalles en la cual 
se declara que el trabajo no debe ser considerado como una mercancía. 
La carta de las naciones unidas en la que se afirma que donde no existe la 
libertad el derecho del trabajo deja de existir. 
La declaración universal de los derechos del hombre donde se le reconoce la 
dignidad humana al trabajador. 
El derecho internacional Americano del trabajo celebrada en 1923 en Santiago 
de Chile, se ratifica que el trabajo no es una mercancía. 
En 1948 se aprueba la carta de la organización de Estados Americanos donde 
México, logra que se incorpore un capitulo de normas sociales mismas que se 
encuentran contenidas en de nuestra ley laboral de 1970. 
 
La Inspección de Trabajo para nuestro país es de suma importancia, por tal 
motivo los convenios que México a celebrado con la O.I.T., siempre ha mantenido 
la finalidad de proteger al trabajador, tal es el caso del convenio número 81 
denominado como “convenio relativo a la inspección del trabajo en la 
industria y el comercio” Este convenio nace en Ginebra el 11 de julio de 1947 
siendo uno de los avances más importantes de la Inspección de trabajo en el 
mundo. Sin embargo a pesar de la importancia que este convenio representa, 
solo se mantiene vigente como tal, en algunos países como lo es el caso de 
España. 
 
Entre los convenios de la O.I.T vigentes en México encontramos el convenio 
número 150 denominado “Administración del trabajo: cometido, funciones y 
organización.” A este convenio es adherido el convenio número 81, por lo tanto 
la inspección de trabajo en nuestro país es siempre un tema importante. 
 
Tomando en consideración que al convenio número 81 de la O.I.T. ha 
considerado como la primera carta de trabajo del mundo; la importancia de esté 
siempre será para la inspección de trabajo un gran avance, y en lo que respecta a 
nuestro país, esté convenio contiene las bases de lo que es ésta institución (la 
inspección de trabajo) en nuestro país. Es importante recordar que de acuerdo al 
 24 
artículo 133 de nuestra Constitución si los convenios que México celebra con 
otros Estados no contravienen a lo dispuesto por nuestra Ley Suprema y son 
ratificados por el Senado de la República, se convierten en ley suprema exigibles 
obligatoriamente. 
 
La inspección de trabajo es tan importante en el mundo que basta con ver lo que 
ha realizado en los últimos años. Datos publicados por la O.I.T dentro de su 
página nos dicen que en Ginebra se han podido evitar más de 9,000 lesiones 
cada año. En Alemania se han reducido al 26% los lesionados. Cabe destacar 
que la labor de los inspectores de trabajo en el mundo también representa una 
lucha contra enfermedades como el VIH; sin dejar a un lado el trabajo infantil y la 
protección que las leyes laborales pueden y deben realizar a favor de los más 
débiles. 
 
Actualmente la O.I.T. esta formada por La Conferencia General de los Delegados 
de los Estados Miembros, El Consejo de Administración y La Oficina Internacional 
del Trabajo. Este organismo y su impulso y apoyo a la inspección de trabajo 
representa para los trabajadores, la seguridad de tener cada día mejores 
condiciones para poder desempeñar sus obligaciones laborales, ya que de esto 
dependerá que los trabajadores en general obtengan mejores condiciones de 
vida., 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 25 
 
 
CAPITULO II. 
CONCEPTOS BÁSICOS 
2.1.- LA INSPECCIÓN DE TRABAJO 
 
2.2.- AUTORIDAD ADMINISTRATIVA LABORAL. 
 
2.3.- EL INSPECTOR DE TRABAJO. 
 
2.4.- MISIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO. 
 
2.5.- FUNCIONES DE LOS INSPECTORES TRABAJO. 
 
2.5.1.- LA FUNCIÓN DE CONTROL Y VIGILANCIA. 
 
2.5.2.- LA FUNCIÓN DE EDUCACIÓN 
 
2.5.3.- LA FUNCIÓN DE CONCILIACIÓN. 
 
2.5.4.-FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DENTRO DE LA LEY 
FEDERAL DEL TRABAJO. 
 
2.6.-OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO. 
 
2.7.- VISITA DE INSPECCIÓN. 
 
2.8.-RIESGO, SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO. 
 
2.9.- LOS TRABAJADORES Y LA INSPECCIÓN DE TRABAJO. 
 
 
 
 26 
2.1.- LA INSPECCIÓN DE TRABAJO. 
 
La elaboración del presente capitulo tiene la finalidad de dar a conocer los 
conceptos básicos que se manejaran a lo largo del presente trabajo de tesis. 
 
La inspección de trabajo como una institución consolidada a través del tiempo 
resulta por demás interesante, toda vez que tanto para el trabajador como para 
el patrón significa una garantía de que el Estado, dentro de su carácter social, se 
encuentra pendiente de que uno y otro gocen de esa seguridad tan importante 
para cualquier ser humano, y que es, el no encontrarse en riesgo la integridad 
física. 
 
Las normas laborales fueron creadas en favor de la seguridad de los 
trabajadores, con la finalidad de que la labor que realizan encuentre su 
desarrollando dentro de la seguridad e higiene requeridas, para evitar un posible 
accidente ó enfermedad que incluso puede causar la perdida de la vida del 
trabajador. 
 
Sin duda la clase trabajadora siendo tan importante para cualquier Nación, por 
ningún motivo puede y debe quedar desprotegida, toda vez que de la labor que 
ésta realiza depende la economía del país. Esta preocupación no ha sido 
indiferente para el legislador, por lo que ha tenido a bien crear normas laborales 
que garanticen la seguridad física de los trabajadores y encomendado a la 
Inspección de Trabajo la vigilancia de éstas. 
 
Siendo el Inspector de Trabajo quién representa a la Institución de Inspección de 
Trabajo, la tarea que realiza no puede por ningún motivo considerarse poco 
importante, porque dependiendo de la eficacia con la que éste realice su labor 
dependerá la seguridad y en muchas de las ocasiones la vida de los trabajadores. 
 
Dentro de este capitulo abordare conceptos importantes para poder entender lo 
que significa, tanto la Institución de la Inspección de trabajo, como el inspector de 
trabajo, su función en el mundo laboral, las obligaciones que adquiere desde el 
 27 
momento en que se le otorga tan distinguido cargo, así como la importancia de 
conocer el significado de la seguridad y la higiene dentro de las industrias. 
 
La misión de la Inspección de Trabajo de velar siempre por el bienestar de los 
trabajadores, se convierte en la función primordial de la inspección de trabajo; por 
lo tanto, ésta función dentro de la sociedad se traduce en proporcionar la 
seguridad de que el trabajo es una actividad que puede realizarse sin poner en 
riesgo la integridad física de quien realiza esa noble labor. 
 
Para garantizar que se esta velando por el bienestar de la clase trabajadora, el 
inspector de trabajo realiza una serie de visitas de inspección en las cuales 
verifica que los centros de trabajos además de ser seguros cumplan con la 
normatividad laboral requerida. 
 
Es por demás importante conocer lo que es el reglamento interior de trabajo, pues 
para el inspector de Trabajo es una herramienta que no puede hacer a un lado 
para desarrollar su actividad (tan importante para el trabajador), como lo es la 
vigilancia, y con ello que se esta cumpliendo con la normatividad laboral; que el 
Estado en su papel protector de la clase trabajadora utiliza para protección de 
está. 
 
El conocer el significado de la seguridad e higiene y saber lo que pude ocasionar 
el descuido de ésta, de la misma manera que el riesgo de trabajo, son para el 
Inspector de Trabajo esenciales para desarrollar su labor,misma que se convierte 
para la clase trabajadora en la seguridad de que su integridad física y mental no 
se encuentra en riesgo al desarrollar sus actividades laborales. 
 
La inspección de trabajo al ser protectora de la clase trabajadora también 
dependerá de ésta, por lo que requiere de la participación tanto de los 
trabajadores como de los empleadores para cumplir con su cometido, y así poder 
vigilar que los centros de trabajo al cumplir con la normatividad laboral, no sean 
lugares de riesgo para los trabajadores. 
 
 28 
La inspección de trabajo es una institución que ha existido desde tiempos 
remotos, ya en la antigua Grecia se hace mención de distintos reglamentos con 
los cuales el Estado regulaba las exportaciones o manufacturas, pero no es sino 
hasta la segunda mitad del siglo XIX cuando esta institución toma su forma. 
Con el nacimiento de la industrialización se hace cada vez más necesaria la 
presencia de los inspectores de trabajo (personas que por el simple hecho de 
contar con este cargo son conocedores de la problemática de esa época). 
 
Al intervenir el Estado dentro de las relaciones obrero- patronal y siendo esta 
intervención de carácter social, se crea la necesidad de un organismo capaz de 
conocer a fondo los conflictos que se pudieran suscitar dentro de esta relación 
obrero patronal; es decir, se requiere la creación de un órgano jurisdiccional con 
capacidad para vigilar y solucionar dichos conflictos, encargado de vigilar el 
cumplimiento de las leyes laborales y que dentro de sus facultades estuviera la de 
poder dar la solución respectiva al caso concreto. De esta forma se crea la 
Inspección de Trabajo, a cargo de funcionarios que dependen del poder 
Ejecutivo y a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social: El Estado 
procura que la relación obrero patronal se realice dentro de la mayor armonía 
evitando conflictos que pudieran suscitar litigios en la vía jurisdiccional. De ésta 
forma la Inspección de Trabajo está encargada de velar porque se cumplan con 
las disposiciones legales, es decir, con las leyes y reglamentos laborales. 
Esta Institución sin duda alguna tanto para el trabajador como para el empleador 
es sumamente importante, pues representa para el primero la seguridad de estar 
realizando su labor en un sitio seguro, y para el segundo la certeza de que sus 
trabajadores se encuentran laborando en las mejores condiciones garantizando 
así su economía. 
 
Por su función de vigilancia en relación a las medidas de seguridad y de higiene 
que son básicas para que el trabajador desempeñe su labor en buenas 
condiciones, y por el hecho que vigila que en los centros de trabajo se cumpla con 
las disposiciones que la Ley Laboral indica (siempre a favor de la clase más 
desprotegida que es la clase trabajadora), ésta institución representa el bienestar 
tanto de los trabajadores como de los empleadores, pues estos últimos al cumplir 
con lo dispuesto por la normatividad laboral garantizan además de una mejor 
 29 
producción, la seguridad de sus empleados, y por consiguiente de la familia de los 
trabajadores de que la labor que realizan no pone en riesgo su seguridad física. 
 
Pero, ¿que es la inspección de trabajo? La Inspección de Trabajo es la institución 
dentro de la cual se realizan una serie de funciones, a través de sus miembros 
conocidos como los inspectores de trabajo; estas funciones son en su gran 
mayoría las que brindan al trabajador la certeza de que el lugar en el cual labora 
es un sitio seguro, y es así que, El Diccionario define a la Inspección de Trabajo 
como...” La Denominación que identifica a la dependencia gubernamental que por 
disposición de la Ley Federal del Trabajo, tiene como funciones las consistentes 
en vigilar el cumplimiento de las normas laborales, proporcionar información 
técnica y asesorìa a los trabajadores y a los patrones, hacer del conocimiento de 
las autoridades respectivas las violaciones y deficiencias que observe en los 
centros de trabajo, realizar estudios y acopio de datos que contribuyan a la 
armonía de las relaciones obrero-patronales, así como todas aquellas que se 
desprenden de ordenamientos colaterales y reglamentos…”1 ésta definición sin 
duda describe perfectamente las funciones y labores que se realizan en la 
inspección de trabajo, sin embargo no debemos olvidar que su importancia es 
aun mayor si tomamos en consideración que de las funciones que aquí se 
realizan y sobre todo la eficiencia de estas dependerá en muchas ocasiones la 
seguridad de los trabajadores e incluso la vida de estos, por lo que el Estado 
dentro de su carácter social y a través de la Inspección de Trabajo garantiza que 
las relaciones entre los trabajadores y sus patrones se realicen en armonía, 
garantizando para ambas partes la seguridad de que las leyes laborales al ser 
cumplidas con rectitud avalaran la seguridad de ambos. 
 
La aplicación de las leyes laborales se encuentra consagrada dentro del Artículo 
123 de nuestra carta Magna, dentro de la cual se da las facultades a la Inspección 
de trabajo y por supuesto a sus miembros para procurar que dichas leyes 
laborales se cumplan, esta Institución a su vez, se encuentra a cargo de la 
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la misma forma que sus 
representantes conocidos como los inspectores de trabajo, y otorgándoles el 
grado de autoridades administrativas laborales, así como la función de vigilancia, 
 
1
 LASTRA Lastra, José. Diccionario de Derecho del Trabajo. Ed. Porrúa. México 2001. P 139 
 30 
misma que debe de ser ejercida dentro de los centros de trabajo, verificando que 
estos centros laborales cumplan con las medidas de seguridad e higiene que la 
Ley Laboral indica para protección de la clase trabajadora. 
 
Otra de las definiciones que de ésta institución encontramos es la siguiente: …” 
La Inspección de Trabajo es la dependencia laboral que tiene por objeto fijar 
puntos o hechos de la demanda o contestación…”2 sin duda esta definición es por 
mucho más concreta y solo toma en consideración la existencia de la institución 
cuando existe de por medio un litigio, dejando a un lado que gracias a la enorme 
labor que dentro de ésta se realiza, se puede llegar a evitar que tanto el 
trabajador como el empleador tengan que llegar a verse involucrados en una 
demanda laboral. Ahora bien, si tomamos en consideración que la inspección de 
Trabajo a través de sus miembros conocidos como los Inspectores de Trabajo, 
además de ejercer una función social, tienen también una función administrativa 
pues su trabajo es equivalente a la justicia de Paz, ésta definición es por de más 
acertada, pues gracias a la amplia labor que realiza esta institución se evita que 
muchos de los conflictos que se suscitan dentro de las relaciones obrero- 
patronales tengan que llegar ante las autoridades Laborales. Por lo que la 
importancia de la Inspección de Trabajo es tal que comprende todos los aspectos 
relacionados con los centros de trabajo. De ahí que, dentro de la organización 
Internacional del Trabajo se le ha descrito a la Inspección de Trabajo como: uno 
de los motores del progreso social, dado que garantiza la aplicación de las 
medidas sociales dedicadas a la seguridad del trabajador a condición, por 
supuesto, de que dispongan de los medios para ello sugiriendo además las 
mejoras que se puedan ser introducidas para garantizar ésta seguridad que 
requiere el trabajador para cumplir con su actividad laboral de la manera más 
eficiente. 
 
La integración de Inspección de Trabajo es de la siguiente forma: con un 
Director General y un determinado número de Inspectores de acuerdo a las 
necesidades específicas de la localidad. Por el hecho de que la Inspección de 
Trabajo es considerada como una dependencia laboral, el nombramiento de cada 
uno de los inspectores de trabajo

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