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Perfil Psicológico do Secuestrador Intelectual

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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA 
DE PUEBLA 
FACULTAD DE PSICOLOGÍA 
TESINA 
Revisión especializada y propuesta para el análisis del 
perfil psicológico del secuestrador intelectual 
QUE PARA OBTENER 
EL GRADO DE LICENCIADA EN PSICOLOGÍA 
PRESENTA 
YOALLI ANA MÓNICA GARCÍA CHÁVEZ 
DRA. MA. ALICIA MORENO SALAZAR 
Directora. 
PUEBLA, PUEBLA AGOSTO 2016 
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Mónica García Chávez 
 Revisión especializada y propuesta para el análisis del perfil psicológico del secuestrador intelectual 
 
 
 
AGRADECIMIENTOS Y DEDICATORIA 
 
 La presente tesina la dedico a mi mama Julieta Chávez Orta que desde 
niña quiso y se empeñó en verme convertida en profesionista y me espero todos 
estos años hasta que lo logre. 
A mi directora de proyecto Dra. Ma. Alicia Moreno Salazar que con su paciencia y 
ternura me guio y me espero hasta que aprendí hacer el trabajo que hoy presento, 
sin su mirada tan dulce yo no hubiera llegado hasta aquí. 
Y agradezco a mi esposo Felipe Inda Ch. que me facilito información valiosa para 
completar mi investigación. 
No tengo otra forma para expresar lo que la ayuda de ustedes significo para mí, 
que no sea; Muchas Gracias. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Mónica García Chávez 
 Revisión especializada y propuesta para el análisis del perfil psicológico del secuestrador intelectual 
 
 
ÍNDICE 
 
RESUMEN…………………………………………………………………………… I 
 
INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………… 1 
 
OBJETIVOS……………………………..…………………………………………… 2 
Objetivo general................................................................................................... 2 
Objetivos específicos…………………………………………………………………. 2 
 
JUSTIFICACIÓN……………………………………………………………………. 3 
 
CAPÍTULO I. MARCO HISTÓRICO - CONTEXTUAL: BREVE RESEÑA 
 HISTÓRICA DEL DELITO DE SECUESTRO EL 
 SECUESTRO……………………………………………………… 5 
I.1. Concepto de secuestro ………………………………………..………………. 5 
 I.1.1. Modalidades de secuestros….…..…………………………………….. 8 
I.2. El secuestro en México………………………………………………………… 11 
 I.2.1. El secuestro en la Legislación Mexicana …………………………. 14 
I.3. Tipos de secuestradores………………………………………………………. 19 
 I.3.1. Secuestradores blandos y secuestradores duros…………………… 20 
I.4. La industria del secuestro……………………………………………………… 20 
 
CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO: CRIMINOLOGÍA, CRIMINOGÉNESIS Y 
 CRIMINODINÁMICA DEL SECUESTRO………………………. 24 
II.1. Criminología del secuestro………..…………….……………………………. 24 
II.2. Criminogénesis ………………………………………………………………… 26 
 II.2.1. Factores de la criminogénesis………………………………………. 26 
 II.2.1.1. Causa criminogénica……………………………………….. 27 
 II.2.1.2. Índice criminológico……………………………….………… 28 
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 II.2.1.3. Condiciones criminológicas……………………………….. 29 
 II.2.1.4 Móvil criminogénico………………………………………… 29 
 II.2.1.5. El factor criminogénico……………………….…………..… 30 
 II.2.1.6. Factores endógenos y exógenos………………..………… 30 
II.3. Proceso de la psicología criminal……………………………………………. 31 
 II.3.1. Orientación del estado mental de las víctimas…………………….. 32 
 II.3.2. Criminodinámica delictiva……………………………………………. 32 
 II.3.3. Estudio de modus operandi………………………………………….. 33 
 II.3.4. Estudio de firma……………………………………………………….. 33 
 II.3.5. Estudio de montaje……………………………………………………. 34 
 
CAPÍTULO III. REVISIÓN ESPECIALIZADA SOBRE CONDUCTAS 
 ANTISOCIALES Y PERSONALIDAD ANTISOCIAL ……… 36 
III.1. Criminología de la personalidad y conductas antisociales………………. 36 
III.2. Personalidad antisocial………………………………………………………. 38 
 III.2.1. Los componentes de la personalidad antisocial……...…………… 39 
 III.2.1.1. Egocentrismo…………………………...………………….. 39 
 III.2.1.2. Agresividad……………………………...…………………… 41 
 III.2.1.3. Labilidad……………………………..………………………. 42 
 III.2.1.4. Indiferencia Afectiva………………………...……………… 43 
 III.3. Perfil psicológico del secuestrador intelectual...……...…………………… 44 
 III.3.1. Definición de perfil psicológico ……………......…………………… 44 
 III.3.2. Clasificación de los secuestradores……………..………................. 45 
 III.3.2.1. Renuentes………………………………………………..… 45 
 III.3.2.2. Deliberados……………………………………………..….. 46 
 III.3.3. Características generales del secuestrador………………………. 48 
 
CAPÍTULO IV. EL SECUESTRADOR INTELECTUAL Y SU PERFIL 
 PSICOLÓGICO…………………………………………………… 50 
IV.1. Teorías psicológicas en torno a la figura del secuestrador intelectual…. 50 
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IV.2. Caso del secuestrador intelectual Daniel Arizmendi López alias 
 “El Mochaorejas”………………………………..……………………………. 55 
IV.2.1. Inicio en el secuestro y carrera delictiva……...……..……..……… 55 
IV.2.2. Los testimonios de sus víctimas……………………………….…… 58 
IV.2.3. Cómplices…………………...…………..……………………………. 65
IV.2.4. Primer secuestro declarado por Daniel Arizmendi:
 “El caso de Martin Gómez Robledo”……………………………… 67 
IV.3. Caso del secuestrador intelectual Julián Romero Ramírez…………….. 69 
IV.4. Caso del secuestrador intelectual Gabino Juárez Cruz…………………. 74 
CAPÍTULO V. PROPUESTA PARA EL ANÁLISIS DEL PERFIL 
 PSICOLÓGICO DE UN SECUESTRADOR 
 INTELECTUAL………………………………………………….. 81 
V.1. Estructura de la propuesta ….………………………………………………… 81 
 V.1.1. Análisis de la mente del secuestrador intelectual………………….. 81 
 V.1.2. Selección de sus cómplices…………………………………………... 83 
 V.1.2.1. Vigilantes y custodios de las víctimas……………………… 84 
 V.1.2.2. Amedrentadores de las víctimas………………...…………. 86 
 V.1.2.3. Captores de las víctimas…………………………………….. 87 
 V.1.2.4. Negociadores del secuestro………………………………… 87 
 V.1.3. Formas de negociación del secuestro………………..…….………. 91 
 V.1.4. Sistema metodológico para el análisis del perfil psicológico 
 del secuestrador intelectual ……………..……………...……………. 93 
CONCLUSIONES……………………………………………………………………. 97 
RECOMENDACIONES Y PROPUESTAS………………………………………… 101 
BIBLIOGRAFÍA…………………….………………………………………………… 103 
ANEXO 
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 Revisión especializada y propuesta para el análisis del perfil psicológico del secuestrador intelectual 
 
I 
 
 
RESUMEN 
 
La presente tesina se fundamenta en la necesidad de identificar las 
principales características del perfil psicológico del secuestrador intelectual. Para 
cumplir con este objetivo, en la primera etapa se revisó la literatura existente para 
caracterizar el contexto del delito de secuestro, especialmente en México. 
Posteriormente, en la segunda parte del trabajo se describieron los conceptos 
básicos criminológicos que pueden ser aplicables a los secuestrados. Tras ello, en 
el 3er capítulo se procedió a revisar las conductas antisociales que predisponen a 
una persona a la realización de crímenes de alto impacto como el secuestro. En la 
cuarta sección se analizaron todos los elementos representativos del perfil 
psicológico de un secuestrador intelectual ubicándolos en 3 casos específicos de 
delincuentes acusados de este delito: Daniel Arizmendi, Julián Romero y Gabino 
Cruz. Y finalmente, a partir de estos casos, se formuló una propuesta para mejorar 
la realización del perfil psicológico para este tipo de criminales. 
 
Los principales hallazgos de esta investigación fueron la identificación de 
factores y situaciones prácticas que complican la evaluación psicológica del 
secuestrador intelectual, así como las necesidades para mejorar los 
procedimientos judiciales en México en materia de análisis psicológico para el 
reconocimiento de los secuestradores intelectuales. 
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INTRODUCCIÓN 
 
En México, la industria del secuestro ha crecido exponencialmente en los 
últimos 20 años. Una prueba de ello fue el Análisis Risk Map hecho por la 
asociación Control Risks (2013) tras la ofensiva del gobierno de Felipe Calderón 
en el sexenio pasado (2006-2012). En dicho informe se afirma que los grupos 
delictivos del narcotráfico han incursionado en secuestros y extorsiones, mientras 
que las fuerzas del gobierno se han concentrado en la búsqueda de las dirigencias 
de tales organizaciones. Lo anterior explica las cifras preocupantes que se 
registran en México en las estadísticas de secuestros, las cuales lo sitúan en el 
segundo lugar mundial, sólo por detrás de la muy conflictiva Nigeria. De este 
modo, nuestro país está en una situación más grave en este rubro que naciones 
como Afganistán, Venezuela, Irak, Líbano, Colombia, Kenia o Siria (Control Risks, 
2013). 
 
Por tal motivo, el secuestro es un tema de actualidad en materia de 
seguridad pública, pues se presenta como producto de los problemas de 
desempleo, pobreza, bajo crecimiento económico y hasta incertidumbre política 
que vive la nación mexicana. No obstante, se sabe que éste no es un fenómeno 
que ocurre en una región o país específico, ni en un período de tiempo 
determinado, pues existe desde hace muchos años y ha ido creciendo en el 
mundo entero, sobre todo en Latinoamérica, Asia y Europa, tendencia evidente y 
de gran magnitud al revisar los diarios internacionales (Bruccet, 2001). 
 
Visto desde la perspectiva psicológica, el secuestro exhibe conductas y 
motivaciones particulares de los sujetos considerados como “planificadores” 
(conocidos en el ámbito criminológico como “autores intelectuales”). En 
consecuencia, la realización de un perfil psicológico adecuado permite a las 
autoridades policiacas obtener información primordial acerca de todos aquellos 
factores que coadyuvan a estructurar la personalidad de quien planifica un 
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secuestro, delito que requiere de una serie de aspectos tales como: habilidades 
intelectuales, características de la personalidad, cualidades para elegir a la 
víctima, ejecución del secuestro, reclutamiento del personal operativo, 
organización del modus operandi y forma de negociación con respecto a cada 
víctima (Hikal, 2012). 
 
Por todo lo anterior, en este estudio se aborda la criminogénesis, es decir, 
el origen de la conducta criminal, estableciendo los factores y las causas que dan 
por resultado la conducta socio-patológica del secuestrador; asimismo, se estudia 
la criminodinámica, concepto que refiere a los procesos seguidos para llegar a la 
realización del acto antisocial del secuestro; y finalmente, se plantea una 
propuesta metodológica para llevar a cabo un acertado perfil psicológico para 
caracterizar y comprender las acciones del secuestrador intelectual. 
 
OBJETIVOS 
 
Objetivo general: 
 
Conocer los aspectos que permiten efectuar un correcto perfil psicológico 
del secuestrador intelectual, tanto como agente de planeación como de 
consumación del delito de secuestro. 
 
Objetivos específicos: 
 
 Caracterizar al delito de secuestro a través de las perspectivas jurídica y 
psicológica. 
 
 Analizar el fenómeno del secuestro en el contexto mexicano, identificando 
psicológicamente a los sujetos activos que participan en su consumación. 
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 Describir los elementos que configuran la personalidad antisocial del agente 
perpetrador del delito de secuestro. 
 
 Determinar los factores psico-sociales que ocasionan la conducta delictiva 
tipificada como “delincuencia organizada”, así como los nexos psicológicos 
que vinculan a los participantes activos del secuestro. 
 
 Establecer los principales elementos que permiten realizar un adecuado 
perfil psicológico de un secuestrador intelectual. 
 
JUSTIFICACIÓN 
 
 En los últimos 30 años, el delito de secuestro ha evolucionado, debido 
sobre todo a que la delincuencia organizada ha explotado las oportunidades 
surgidas a partir de la globalización. Un ejemplo de ello es que los criminales han 
aprovechado al máximo el relajamiento de los controles en las fronteras, así como 
las facilidades otorgadas para viajar entre países o regiones, situación que ha 
contribuido a cambiar las modalidades del secuestro. 
 
 En este contexto, la Organización de las Naciones Unidas (ONU, 2006) ha 
confirmado el hecho de que cada vez son más las víctimas extranjeras que sufren 
un secuestro, ya que este delito ahora también se ha enfocado en familias, 
empresas, organizaciones y gobiernos de numerosos países; asimismo, los 
delincuentes involucrados en el secuestro (también considerados “terroristas”) 
pertenecen a grupos internacionales, con enlaces en uno o más países. 
 
 Ante la complejidad del fenómeno delsecuestro, se ha vuelto indispensable 
contar con conocimientos útiles para prevenirlo y combatirlo. En este sentido, las 
actividades que deben hacerse para detener este delito son (Congreso de la 
Unión, 2010): 
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1.- Establecer políticas claras que definan las prioridades de las medidas que se 
aplicarán cuando ocurran estos incidentes; 2.- Prestar apoyo judicial y psico-
social; 3.- Promover la coordinación y la cooperación internacionales, en particular 
respecto de las cuestiones policiales y judiciales; 4.- Aplicar los instrumentos 
jurídicos regionales e internacionales pertinentes; y, sobre todo, 5.- Atender las 
causas de la conducta antisocial que ha generado la sociedad actual y que han 
provocado que estos crímenes se lleven a cabo cada vez con mayor frecuencia. 
 
 Es pertinente subrayar que esta conducta socio-patológica está afectando 
sobre todo a jóvenes. Ruiz (2002) comenta al respecto: 
 
“Se puede observar la existencia de una excesiva tensión en los jóvenes, 
misma que agrava directamente sus procesos de integración social y 
fomentan el aumento de violencia hacia sí mismos y a la sociedad. Esta 
conducta antisocial resulta un eficiente mecanismo de resolución de conflictos 
y de obtención de recursos” (Ruiz, 2002; p. 35). 
 
 La problemática descrita por este autor es muy grave, porque se trata de un 
fenómeno generado por la falta de oportunidades y la carencia de ciertas 
necesidades básicas (educación, trabajo, ocio y cultura). Es por eso que, al 
estudiar detalladamente la manera en que una persona llega a la conducta 
antisocial de un sujeto que comete un crimen, podrán desarrollar modelos 
preventivos eficaces basados en la psicología criminal. 
 
 Los aspectos relatados anteriormente han motivado a la presente autora a 
desarrollar este trabajo, en el cuál se refieren los principales conocimientos 
criminogénicos y criminodinámicos sobre los factores que dan como resultado 
una conducta socialmente dañina, para posteriormente identificar los rasgos más 
comunes del perfil psicológico del secuestrador intelectual. 
 
 
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CAPÍTULO I 
MARCO HISTÓRICO - CONTEXTUAL: BREVE RESEÑA HISTÓRICA DEL 
DELITO DE SECUESTRO. 
 
En este capítulo se describen los conceptos legales básicos en torno al 
secuestro, así como sus antecedentes nacionales y la importancia que tiene hoy 
en día el delito de secuestro en el México contemporáneo. 
 
I.1. Concepto de secuestro. 
 
Para hablar del secuestro, se debe remitir a los antecedentes. Los términos 
de secuestro y plagio han sido empleados como sinónimos, pero puede indicarse 
que no son lo mismo; de hecho, esta equivalencia se usó por primera vez en el 
Código Penal de 1931 (Fernández, 2011). Sin embargo, antiguamente su 
significado era muy diferente. Esto se debe a que, en el período histórico en el que 
la esclavitud fue admitida en diversas naciones, era frecuente el robo de hombres 
libres para venderlos como esclavos, pero a esta situación no se le consideraba 
un secuestro; en cambio, la palabra plagio se usó en su origen para referirse al 
acto de esconder o suprimir a un esclavo en perjuicio de su dueño (Jiménez, 
2002). Por lo tanto, el concepto actual de secuestro surgió en los últimos dos 
siglos, cuando la esclavitud fue abolida y se consideró a la libertad como un 
derecho humano inalienable. 
 
Ahora se revisan las raíces etimológicas de la palabra “secuestro”, la cual 
proviene de sequestrare, vocablo latino que significa “apoderarse de una persona 
para exigir rescate o encerrar ilegalmente a una persona” (Cámara de Diputados, 
2010). Como se había mencionado anteriormente, en la antigüedad también se le 
conocía con la denominación de “plagio”. 
 
 
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Acepciones, denominaciones, palabras y significados atribuidos al término 
SECUESTRO 
 
El concepto de “secuestro” también es aplicable cuando se toma por las armas cualquier 
tipo de vehículo (aviones, barcos, etc.) con violencia, en contra de la tripulación y los 
pasajeros, a fin de exigir como rescate una suma de dinero (Gamiño y Toledo, 2011). 
 
También se usa este concepto para referirse a la retención de personas para la 
concesión de ciertas reivindicaciones políticas (Gamiño y Toledo, 2011). 
 
Desde su aparición como fenómeno criminológico y jurídico, el secuestro ha recibido 
múltiples denominaciones: detención arbitraria, plagio, privación ilegal de la libertad, 
detención ilegal, cárcel privada, secuestro extorsivo, robo de personas y otras 
acepciones (Congreso de la Unión, 2013). 
 
El término plagio para algunos autores jurídicos, como Carranca y Trujillo (2001), 
consiste en “el apoderamiento arbitrario de una persona para obtener rescate a cambio 
de su libertad”. De este modo, el concepto de secuestro es afín al de plagio, pero se 
diferencia de éste porque específicamente se refiere a los ladrones que se apoderan de 
una persona acomodada y exigen dinero por su rescate. En consecuencia, la aplicación 
equivalente de ambos conceptos no es clara y sólo conduce a una confusión. 
 
En el caso de México, esta imprecisión conceptual llega a la propia Constitución Política 
vigente, en la cual el Artículo 22 usa la palabra “plagiario” cuando en realidad a lo que 
quiso referirse el legislador fue a un secuestrador (CDLU, 2005). 
 
 Aclarando todas estas ambigüedades, el jurista Guillermo Cabanellas 
(1997), define al secuestro del siguiente modo: 
 
“Es el delito mixto contra la libertad individual y la integridad de las personas 
y, por lo común, contra la propiedad, ya que su objetivo primordial consiste 
en obtener una suma de dinero, a costa del rescate de una persona del 
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afecto de aquel a quien se le exige la cantidad; su negativa conduce, de 
acuerdo con las amenazas, a la muerte, tortura, ultraje u otro desmán del 
que será víctima el privado de libertad y situado en lugar secreto” 
(Cabanellas, 1997; p. 289). 
 
 De esta forma, es importante señalar que entoncesel secuestro puede 
definirse como toda acción para retener de forma indebida a una persona, 
exigiendo una suma de dinero a cambio de su rescate o de alguna otra condición 
para su puesta en libertad (Cámara de Diputados, 2010). 
 
 Complementando lo anterior, es importante señalarse que el secuestro, al 
igual que cualquier otro delito, no es un acontecimiento esporádico ni reciente, ya 
que ha sido parte de los cambios en el comportamiento humano a lo largo de la 
historia. 
 
 En este contexto, algunos pensadores han considerado al hombre como 
“bueno esencialmente y dotado de oportunidades”, mientras otros lo catalogan 
como “malo y que debe ser controlado” para que pueda existir una sociedad 
ordenada y justa (Campos, Cienfuegos, Rodríguez y Zaragoza, 2011). Como 
resultado de esta contraposición de opiniones, la concepción de la libertad puede 
parecer contradictoria, pero no lo es, puesto que este principio es básico para el 
desarrollo integral del individuo; no obstante, la libertad no puede ser desmedida, 
ya que este exceso provoca que se manifiesten debilidades humanas, como el 
egoísmo y la ambición (Campos et al., 2011). 
 
 En cuanto a las sanciones para corregir el delito de secuestro, en líneas 
generales puede remarcarse que, entre mayor tiempo transcurra sin que el autor 
del mismo revele el paradero del secuestrado, el secuestrador será castigado con 
mayor severidad. Además, la consideración de este delito se agrava si el autor 
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intelectual es una autoridad o agente público, o bien si la víctima es menor de 
edad (Congreso de la Unión, 2013). 
 
 En medio de esta consideración, debe mencionarse que el secuestro, como 
hecho delictivo, es castigado con base en Código Penal Federal (Congreso de la 
Unión, 2009), dentro del libro segundo, en el título XXI “Privación ilegal de la 
libertad y de otras garantías”, de acuerdo a los diferentes propósitos que se una 
persona tenga al ejecutar dicha acción. Entre las sanciones se encuentra, por 
anotar un ejemplo, una condena de quince a cuarenta años de prisión y una multa 
de quinientos a dos mil días, si el secuestro se efectúa para obtener rescate, si se 
amenaza con privar de la vida o con causarle daño al individuo retenido, o si en 
efecto se lastima a la gente detenida. Otros aspectos contemplados en la ley son 
el modus operandi (forma de operación de los criminales) y el tráfico de personas 
con fines de lucro, entre otros (Congreso de la Unión, 2009). 
 
 La amplitud y dureza de las sanciones contra el secuestro se explica porque 
éste es uno de los delitos con mayor afectación social, puesto que la conducta de 
los secuestradores repercute en un fuerte impacto psíquico y moral hacia las 
víctimas, con manifestaciones que desbordan crueldad y tortura. Es común que 
durante la ejecución de este delito ocurran insultos, golpes, sometimiento, 
hostigamiento sexual y violencia extrema, características que representan una 
seria amenaza a la estabilidad de la población. Lamentablemente, el secuestro de 
personas conlleva la obtención de grandes recursos económicos, por lo que la 
proliferación de organizaciones delictivas dedicadas a esta actividad ilícita ha ido 
en aumento, convirtiéndose en una verdadera industria delictiva (PGR, 2013). 
 
I.1.1. Modalidades de secuestros 
 
 Aunque normalmente el secuestro tiene por objeto la obtención de recursos 
económicos a cambio de la libertad de la persona secuestrada, en muchas 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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ocasiones las personas son detenidas por otras situaciones, siendo el secuestro la 
pauta para la consumación de otros delitos graves, como sería la venta de 
menores, el tráfico de órganos, la explotación sexual, etc. Precisamente por ello, 
puede señalársele como uno de los crímenes más dañinos, pues no sólo afecta la 
libertad de las personas, sino que también provoca daño patrimonial, abuso de 
menores, explotación de personas y homicidios (PGR, 2013). 
 
 Es relevante indicar que el secuestro, dejando de lado su propósito 
fundamental, se ha transformado en diferentes modalidades cuyo origen varía a 
partir de causas sociales, psicológicas, económicas, culturales y religiosas. A 
continuación se explican las modalidades del secuestro reportadas por los juristas 
Ponce y Reyes (2012): 
 
 Secuestro Virtual. Este tipo de secuestro nunca se lleva a cabo en la 
realidad. Es de carácter extorsivo, caracterizándose porque los 
secuestradores mienten sobre la captura de la supuesta víctima, pidiendo 
un rescate a sus familiares en un corto lapso de tiempo para que ésta sea 
liberada. De tal manera, los delincuentes se valen de que los familiares no 
tienen contacto ni comunicación con la “víctima”, valiéndose de la 
intimidación como arma para efectuar su crimen. En esta variante, para los 
secuestradores es importantísimo que su pago se produzca lo más rápido 
posible, para disminuir el menor riesgo de ser descubiertos, aunque sólo 
obtengan cantidades pequeñas de dinero. 
 
 Secuestro Exprés. Esta modalidad es realizada en el menor tiempo 
posible, antes de que acabe el día o al principio del otro. Durante este 
lapso, la víctima es torturada psicológicamente con amenazas de muerte y 
se le obliga a retirar dinero de sus cuentas bancarias o de tarjetas en 
cajeros automáticos, con la finalidad de ser finalmente liberada. 
 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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 Secuestro Genérico. Esta variante se utiliza para duplicar el daño 
psicológico, pues durante el confinamiento de la persona secuestrada 
también se hace víctima a la familia, puesto que la aplicación de tortura 
física y psicológica está presente en todo momento sobre el rehén, lo que a 
su vez afecta a aquellas personas que están a la espera de su liberación. 
En el marco de esta situación, los delincuentes utilizan tácticas de alta 
presión al mostrar imágenes espantosas, enviar audios con voces 
aterrorizadas de las víctimas, efectuar agresiones verbales y amenazar 
con el asesinato, para así lograr que los familiares accedan por el pánico y 
la angustia de perder a su familiar. 
 
 Rapto. Es la sustracción o la retención de una persona por medio de 
violencia o engaño con propósitos deshonestos o matrimoniales. En este 
caso, la captura frecuentemente es de una persona del sexo femenino, con 
fines de violación o matrimoniales, en contra de su voluntad. 
 
 Auto-Secuestro. Es el acto planeado por la víctima, donde ésta simula 
haber sido secuestrada con el propósitode obtener un beneficio 
económico, social o de otro tipo. Usualmente los adolescentes son los que 
más realizan este delito, para chantajear o llamar la atención de sus 
padres. 
 
 Secuestro Político. Refiere a un acto ilícito que tiene lugar solamente en 
el ámbito de la política, debido al impacto social que genera. Las 
organizaciones que se dedican a esta modalidad de secuestro lo hacen 
para obtener fondos destinados a fortalecer una causa política o atacar a 
grupos contrarios. 
 
 Narco-secuestro. Este tipo de crimen está ligado a las organizaciones 
dedicadas al tráfico de drogas, debido al esfuerzo que las autoridades 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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judiciales ejercen por erradicar y perseguir este delito. Dichas 
organizaciones recurren al secuestro, ya sea para raptar mujeres para 
prostituirlas o para explotar menores de edad para financiar sus 
operaciones criminales. 
 
 Secuestro Económico. El objetivo de esta modalidad es conseguir una 
gran suma de dinero para una organización criminal, la cual priva de la 
libertad a una persona que ha sido minuciosamente seleccionada y 
estudiada por el estatus económico que la distingue. Es pertinente indicar 
que la diferencia entre secuestro genérico y económico está marcada solo 
por la selección de las víctimas, pues el primero de ellos no toma en 
cuenta su nivel socio-económico, en tanto que el segundo sí elige y estudia 
a sus víctimas en base a su estatus económico. 
 
 Cabe apuntar que, de acuerdo a los criminalistas Llorens y Moreno (2008), 
el secuestro ha adquirido un nuevo modus operandi. Un ejemplo de ello es el 
“levantón” o secuestro por ajuste de cuentas entre traficantes de drogas, en el cual 
se utiliza una “cuota de suelo de piso” o “vacuna extorsiva”, concepto que refiere a 
un pago variable que deben otorgar los comerciantes a la delincuencia organizada 
como pago de seguridad, para así salvaguardar su vida y su libertad a cambio de 
un costo económico. 
 
I.2. El secuestro en México 
 
 Como se ha venido señalando, históricamente el secuestro en México 
comenzó en el siglo XIX, lapso donde se presentó una grave incidencia de este 
delito. En respuesta a esta situación, el Código Penal de 1871, en su artículo 626, 
enunciaba que “el delito de plagio se comete, apoderándose de otro por medio de 
violencia, amagos, de amenazas, de la seducción y el engaño”, razones por la 
cual sus sanciones llegaban hasta la pena capital (Góngora, 2004). 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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Más tarde, en el siglo XX, como se ha venido señalando en secciones 
anteriores, el secuestro generalmente se ejecutó con la finalidad de obtener un 
rescate monetario; sin embargo, en México también se efectúo con propósitos 
políticos. De hecho, en la década de los setenta, el secuestro se convirtió en la 
táctica más común de los grupos revolucionarios y otro tipo de bandas 
organizadas que secuestraban a diplomáticos, hombres de negocios y oficiales 
públicos, para así obtener altas sumas de dinero y favores políticos para sus 
causas (Garduño, 1998). 
 
 Entre los grupos guerrilleros que surgieron en los setentas, está “El Frente 
Urbano Zapatista Comando 2”, o “La Liga Comunista 23 de Septiembre” (de 
Guadalajara), quienes secuestraron con fines políticos a varias personalidades, 
entre las que destaca el cónsul estadounidense en Jalisco (Gamiño y Toledo, 
2011). 
 
 Siguiendo con esta revisión de antecedentes, la década de los ochenta tuvo 
gran importancia en la historia nacional del secuestro, debido a que en esa época 
se formaron los principales autores y representantes de este delito. De este modo, 
los recluidos en las cárceles por delitos menores formaron grandes grupos 
delictivos, como afirmó en sus investigaciones el periodista Julio Scherer en 2009: 
 
 “Los que serían los padres del plagio nacional se formaron en prisiones 
locales. Ahí, en las llamadas universidades del crimen, es donde se titularon 
como maestros de la delincuencia” (Scherer, 2009, p.25). 
 
 Profundizando en los acontecimientos de esta década en torno a la 
consolidación de la industria del secuestro, no se puede dejar de mencionar a la 
banda que dirigía Andrés Caletri, quien hasta 1981 era un simple aprendiz 
dedicado al asalto de establecimientos, joyerías, fábricas y hoteles; 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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posteriormente, en 1982 entró al Reclusorio Sur del DF y comenzó su educación 
altamente delictiva (Scherer, 2009). 
 
 En esta revisión histórica, cabe mencionar que en los años noventa el 
secuestro tomó un nuevo giro a raíz de las prácticas de la banda que dirigía Daniel 
Arismendi: la implementación de la tortura. De esta forma, aunque se pagara el 
rescate, los familiares de las víctimas no tenían ninguna garantía de que las éstas 
regresaran vivas y sin daño alguno (Abed, 1998). La banda criminal de Arismendi 
fue reconocida por una de las torturas más impactantes: cortarle las orejas a sus 
víctimas (La Jornada, 1998). 
 
 En esta misma década, específicamente en 1999, el Banco Interamericano 
de Desarrollo calificó a Latinoamérica como la región más violenta del mundo 
después de África, considerando a México y Colombia como los países más 
afectados por este problema (Bruccet, 2001). A pesar de ello, en lugar de 
disminuir su incidencia en los años siguientes, se recrudeció, en buena medida por 
la expansión del narcotráfico por toda la República. 
 
 Un dato que reforzó esta tendencia creciente fue que, a principios del siglo 
XXI, el registro de secuestros en México alcanzó cifras que lo colocaron en el 
segundo lugar a nivel mundial, con 8 mil al año, a los cuales deben sumarse los 
llamados “Express”, que no suelen ser denunciados. Este incremento se debió en 
gran parte a que las prisiones mexicanas se convirtieron en escuelas del 
secuestro, pues en lugar de rehabilitar a los delincuentes, los “capacitaron” para 
realizar otros crímenes. Además, el aumento en el desempleo y el sub-empleo 
contribuyeron a la proliferación de este delito a lo largo del país (Diario de México, 
2001). 
 
 En consonancia con estos datos, según manifiesta el Instituto Nacional de 
Estadística y Geografía (INEGI), en México, durante el año 2012, se cometieron 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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más de 105 mil secuestros, con promedio de 288 personas secuestradas al día en 
todo el país, cifras reveladas a partir de la Encuesta Nacional de Victimización y 
Percepción sobre Seguridad Pública 2013 (Excélsior, 2013). 
 
 La antes mencionada Encuesta incluyó un estudio inédito para conocer las 
cifras estimadas de secuestro y de desaparición forzada en el país. En dicho 
estudio se demostró que, en el año 2012, del total de 105,682 secuestros, sólo 
317 casos fueron registrados por el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de 
Seguridad Pública. Esto quiere decir que, según las estimaciones del INEGI 
únicamente se denunciaron 1.24 % de los casos, una tasa sumamente baja, ya 
que la mayoría de las personas no confía en las autoridades (Excélsior, 2013). 
 
 Actualmente, en la segunda década del siglo XXI, México ocupa el primer 
lugar en secuestros entre los países latinoamericanos, seguido por Venezuela y 
Colombia. Esta lamentable posición ha sido alcanzada debido a que los 
delincuentes consideran a este delito poco riesgoso ante el clima de impunidad 
que reina a escala nacional, además de que los familiares de las víctimas acceden 
fácilmente a las peticiones. Estas condiciones han ocasionado que esta clase de 
crimen, lejos de ser erradicado, haya aumentado significativamente, pues permite 
a la delincuencia organizada apoderarse de grandes sumas de dinero (Congreso 
de la Unión, 2013). 
 
I.2.1. El secuestro en la Legislación Mexicana 
 
 Primeramente, es indispensable señalar que para el Estado Mexicano (el 
cual ha ganado fama a nivel mundial por los altos índices de delincuencia), el 
secuestro es un mal que siempre ha implicado un importante reto a vencer, pero 
que ha quedado pendiente en cada sexenio (Hikal, 2012). Esto demuestra que la 
estrategia para luchar contra la delincuencia organizada, así como los delitos 
como el que nos ocupa, no puede centrarse únicamente en los operativos 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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policíacos, sino que debe ser encarada a través de varios frentes, siendo el 
ámbito legislativo especialmente relevante en este contexto. En este orden de 
ideas, el jurisconsulto Jiménez Ornelas (2002) comenta lo siguiente: 
 
“El secuestro reduce al mundo a sus exclusivas demandas y puede cambiar el 
horizonte psico-social de una sociedad, por lo que es necesario estudiarlo 
como una problemática que al igual que otros hechos de tipo criminal afectan 
notoriamente la tranquilidad, seguridad y la paz de los ciudadanos, en especial 
en la vida actual de los mexicanos” (Jiménez, 2002; p. 15). 
 
 Como consecuencia de esta preocupación, la Ley General para Prevenir y 
Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro (la cual funge como reglamentaria 
de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados 
Unidos Mexicanos), dentro su apartado referente a los Delitos en Materia de 
Secuestro, define los tipos y punibilidades en materia de secuestro en los 
numerales que se enlistan a continuación (CDCU, 2014): 
 
“Artículo 9. Al que prive de la libertad a otro se le aplicarán: 
 
I. De cuarenta a ochenta años de prisión y de mil a cuatro mil 
días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el 
propósito de: 
 
a) Obtener, para sí o para un tercero, rescate o cualquier 
beneficio; 
 
b) Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con 
privarla de la vida o con causarle daño, para obligar a sus 
familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un 
acto cualquiera; 
 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a 
terceros; 
 
d) Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su 
realización, entendiéndose por éste, el que, para ejecutar los 
delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro. Lo 
anterior, con independencia de las demás sanciones que 
conforme a esta Ley le correspondan por otros delitos que de 
su conducta resulten. 
 
Artículo 10. Las penas a que se refiere el artículo 9 de la presente Ley, se 
agravarán: 
 
I. De cincuenta a noventa años de prisión y de cuatro mil a ocho 
mil días multa, si en la privación de la libertad concurre alguna 
o algunas de las circunstancias siguientes: 
a) Que se realice en camino público o en lugar desprotegido o 
solitario; 
 
b) Que quienes la lleven a cabo obren en grupo de dos o más 
personas; 
 
c) Que se realice con violencia; 
 
d) Que para privar a una persona de su libertad se allane el 
inmueble en el que ésta se encuentra; 
 
e) Que la víctima sea menor de dieciocho años o mayor de 
sesenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia 
no tenga capacidad para comprender el significado del hecho 
o capacidad para resistirlo; 
 
f) Que la víctima sea una mujer en estado de gravidez; 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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II. De cincuenta a cien años de prisión y de ocho mil a dieciséis 
mil días multa, si en la privación de la libertad concurren 
cualquiera de las circunstancias siguientes: 
 
a) Que el o los autores sean o hayan sido integrantes de alguna 
institución de seguridad pública, de procuración o 
administración de justicia, o de las Fuerzas Armadas 
Mexicanas, o se ostenten como tales sin serlo; 
 
b) Que el o los autores tengan vínculos de parentesco, amistad, 
gratitud, confianza o relación laboral con la víctima o persona 
relacionada con ésta; 
 
c) Que durante su cautiverio se cause a la víctima alguna lesión 
de las previstas en los artículos 291 a 293 del Código Penal 
Federal; 
 
d) Que en contra de la víctima se hayan ejercido actos de tortura 
o violencia sexual; 
 
e) Que durante o después de su cautiverio, la víctima muera 
debido a cualquier alteración de su salud que sea 
consecuencia de la privación de la libertad, o por enfermedad 
previa que no hubiere sido atendida en forma adecuada por 
los autores o partícipes del delito” (CDLU, 2014; p. 3-4). 
 
 Es relevante señalar que las sanciones señaladas en el presente artículo se 
imponen, sin perjuicio o con independencia, de las que correspondan por otros 
delitos, por lo cual tiene un carácter federal de mayor jerarquía. 
 
 Por su parte, para conseguir estos objetivos en los confines del estado 
poblano, se publicó el 14 de mayo de 2014 el Código Penal del Estado Libre y 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392Mónica García Chávez 
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Soberano de Puebla, dentro del periódico oficial del Estado. Dicho código 
establece en sus numerales 302, 302 Bis y 302 Ter, la media filiación y penas 
relativas al caso del secuestro. Los artículos incluidos describen los siguientes 
puntos (Congreso del Estado de Puebla, 2015): 
 
“Artículo 302.- Se impondrán de dieciocho a cincuenta años de prisión y multa 
de cien a mil días de salario, cuando la detención arbitraria tenga el carácter de 
plagio o secuestro, en alguna de las formas siguientes: 
 
I.- Cuando se trate de obtener beneficio económico o en especie, bajo 
amenaza de causar daños y perjuicios al plagiado o a otras personas 
relacionadas con éste; 
II.- Cuando, al perpetrarse el plagio o secuestro o mientras dura la privación 
arbitraria de la libertad, se haga uso de amenazas graves, de maltrato y de 
tormento; 
III.- Cuando la detención se haga en camino público o en paraje solitario; 
IV.- Cuando los plagiarios obren en grupo o banda; y 
V.- Cuando se cometa robo de infante. 
 
Artículo 302 Bis.- Se impondrá de treinta años de prisión a prisión vitalicia y 
multa de cuatro mil a ocho mil días de salario, si en la privación de la libertad a 
que se hace referencia el artículo 302 concurre alguna o algunas de las 
circunstancias siguientes: 
 
a) Que el autor sea o haya sido integrante de alguna institución de seguridad 
pública, o se ostente como tal sin serlo; 
b) Que la víctima sea menor de dieciocho años de edad, mayor de sesenta 
años de edad, mujer o que por cualquier otra circunstancia se encuentre en 
inferioridad física o mental respecto de quien ejecuta la privación de la 
libertad; 
c) Que a la víctima del secuestro se le cause alguna lesión de las previstas 
en los artículos 307 y 308 fracciones III, IV y V de este Código; o 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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d) Que la víctima padezca una enfermedad crónica o grave o tenga una 
discapacidad que requiera de cuidados especiales; o que padezca una 
enfermedad que requiera del suministro de medicamentos, radiaciones o la 
evaluación mediante exámenes de laboratorio químico en su persona y que de 
ser suspendido alteren su salud o pongan en peligro su vida. 
 
Artículo 302 Ter.- Si el secuestrado fallece en el tiempo en que se encuentra 
privado de la libertad, por causas directamente relacionadas con el ilícito que 
se comete en su contra, o es privado de la vida por su o sus secuestradores, 
se impondrán de cuarenta años de prisión a prisión vitalicia y multa de seis mil 
a doce mil días de salario” (CEP, 2015; p. 89-90). 
 
 Vale la pena resaltar que, a pesar del endurecimiento descrito por estos 
reglamentos, no ha habido una disminución significativa en la tasa de secuestros, 
ya que la mayoría de los casos no son investigados ni sancionados. 
 
I.3. Tipos de secuestradores 
 
 Generalmente, en un secuestrador prima el interés por el dinero del rescate, 
o su equivalente, sobre cualquier otra consideración. Por lo tanto, las tensiones y 
los riesgos propios de la operación del secuestro, así como las del cautiverio, 
están asumidas bajo el interés y la motivación de obtener el pago del rescate. Esta 
condicionante le sirve al criminal para resistir y no ceder ni dejarse llevar por las 
súplicas y padecimientos del secuestrado, lo cual a su vez le facilita el poder 
sacrificarlo a sangre fría, en caso de ser necesario. En este contexto, aunque el 
rescate suele ser negociable, la modalidad de éste y su cantidad son susceptibles 
de modificarse siempre y cuando las opciones alternativas ofrecidas sean 
equivalentes para los secuestrados. (Meluk, 1998). 
 
 Desprendiéndose de esta situación, queda claro que el oficio de secuestrar 
requiere una personalidad particular. Esto se explica por la naturaleza de este 
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crimen, pues el secuestro no es un delito como el atraco, la violación o el 
asesinato, en los que el victimario entra momentáneamente en relación con la 
víctima y luego se aleja de ella. En cambio, el secuestro supone convivir por 
semanas y meses con los plagiados, observar su deterioro físico y psicológico y 
tratar de no dejarse influenciar por ellos; supone, al mismo tiempo, tener que 
ejercer presión física y psicológica permanente con “crueldad refinada”, sin agotar 
a la víctima y sin permitirle sentir que se puede escapar o que puede salir con vida 
del secuestro sin haber pagado el rescate. 
 
 Es más, aunque un delincuente puede aprender cuándo y de qué manera 
ejercer presión, se requiere de una buena dosis de intuición psicológica y algo 
inherente a la constitución perversa del plagiario, para saber hasta dónde llevar la 
intimidación dependiendo del secuestro y del momento del rapto, además de la 
capacidad de tolerar un período prolongado al lado de la víctima y de presionarla 
sin destruirla. 
 
I.3.1. Secuestradores blandos y secuestradores duros. 
 
 Los secuestradores suelen dividirse en dos subgrupos. Unos, que podrían 
denominarse como los duros, los malos, los que amenazan y amedrentan a la 
víctima sin reparos éticos ni morales aparentes; y otros, que podrían clasificarse 
como los blandos, relativamente buenos, quienes a través de una identificación 
parcial con las dificultades físicas y psicológicas del secuestrado, tratan de mejorar 
sus condiciones de cautiverio y lo apoyan en determinadas situaciones críticas 
(Marchiori, 2005). 
 
I.4. La industria del secuestro 
 
Hoy en día (2015), prácticamente cualquier persona puede ser víctima de 
un secuestro, pues en los últimos años se ha observado que infinidad de personas 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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de distintos estratos sociales han protagonizado la experiencia traumática de un 
secuestro, aunque sea Express. De este modo, las víctimas pueden ser desde 
funcionarios, políticos y artistas, hasta niños, mujeres y hombres comunes. 
 
Normalmente los lugares más frecuentes para llevar a cabo un secuestro 
son: un cajero automático, un taxi y las estaciones del transporte público (así 
como el metro en la ciudad de México). En cuanto a los montos, los 
secuestradores no escatiman sumas, por lo sus operaciones van desde unos 
cuantos miles de pesos hasta millones de dólares, por lo que nadie se escapa de 
la posibilidad de ser secuestrado (Hikal, 2012). 
 
Esta expansióndel secuestro no puede explicarse sin entender cómo se ha 
fortalecido en México el crimen organizado. Este concepto refiere a las 
agrupaciones de de tres o más personas que actúan metódicamente para cometer 
actos ilícitos. Tales grupos se han ido sofisticando para realizar más de una 
actividad, diversificándose en distintas áreas de trabajo. Por ejemplo, el robo de 
automóviles puede estar relacionado con el secuestro y al robo de instituciones 
bancarias (Ibarra, 2013). En este sentido, las enormes ganancias del crimen 
organizado lo han convertido en toda una industria, como describe Wael Hikal 
(2012): 
 
“Puede haber todo tipo de labores y de profesionales, puede haber los 
administradores económicos, abogados para su defensa, los que consiguen el 
armamento, vigilantes para mantener la seguridad y protección del área de 
trabajo, golpeadores que podrían ser los mismos vigilantes u otros dedicados 
a vengar las traiciones hechas al grupo organizado, los espías dentro de 
alguna institución u otro grupo que obtengan información y/o faciliten el trabajo 
del grupo, los encargados de empaquetar la mercancía, los que organizan el 
traslado de la mercancía y otros más que logran impunidad, como lo son los 
que sobornan a los servidores públicos para que les permitan trabajar 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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fácilmente, y pueden ser desde policías, hasta los altos funcionarios” (Hikal, 
2012; p.8). 
 
 Como puede verse a través de esta definición, el grado de planeación y 
organización bajo los cuales se conducen los secuestradores es alarmante, 
dependiendo en gran medida del personaje que planea y organiza, el cual recibe 
el título de secuestrador intelectual (Knutson, 1980). 
 
 Lo más grave de esta situación es la pasividad y la probable complicidad de 
muchas de las autoridades locales y federales, que han convertido al secuestro en 
un problema de seguridad nacional de escala similar a la del narcotráfico. Esta 
expansión se debe en buena medida a que estas organizaciones han descubierto 
que el secuestro es un negocio jugoso, el cual representa relativamente poco 
riesgo, demostrando ser mucho más rentable y con menos probabilidades de 
castigo que los asaltos a los bancos u otro tipo de delitos (PNUD, 2013). 
 
 Otra circunstancia que ha provocado la proliferación del secuestro es la 
existencia de grupos organizados, antes dedicados al narcotráfico, piratería o a 
otras actividades ilícitas, que por motivos de expansión y diversificación de giros 
ilícitos, han encontrado en el secuestro, una actividad sumamente redituable. De 
igual manera, las pequeñas bandas que se ocupaban entre otras actividades 
ilícitas al abigeato, han cambiado de actividad para dedicarse al secuestro de 
personas (Llorens y Moreno, 2008). 
 
 Concerniente a esta tendencia, el criminólogo Bruccet Anaya (2001) 
comenta que existen tres fines específicos no determinados en la delincuencia 
organizada, a saber: 
 
“1.- Para obtener cuantiosos recursos económicos, ello se observa del tráfico 
de drogas, del secuestro, y de las operaciones con recursos de procedencia 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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ilícita, entre las que nosotros mencionaríamos el robo y la comercialización de 
vehículos y sus autopartes. 
 
2.- Para hacer valer móviles sociales e ideológicos, tal y como se aprecia del 
tráfico de menores y el terrorismo. 
 
3.- Para hacer prevalecer preferencias políticas como pudiera ser el terrorismo 
o el tráfico de armas” (Anaya, 2001; p. 9). 
 
 Ante este panorama, el secuestro realizado por el crimen organizado, o 
efectuado por la delincuencia común, se puede atacar tomando en cuenta el 
comportamiento y las motivaciones de los sujetos considerados como 
planificadores (bien conocidos desde el ámbito criminológico como autores 
intelectuales). 
 
 Dicho concepto de secuestrador intelectual integra a una serie de factores 
psicológicos, sociales y biológicos que pueden dar pauta para establecer las 
características de personalidad de un planificador de secuestros, con la finalidad 
de explicar la conducta de este sujeto (López y López, 2003). 
 
 Este concepto ha cobrado gran trascendencia dentro de una colectividad 
convulsa como la mexicana, donde se ha vuelto imperativo conocer algunas de las 
características predominantes que envuelven al comportamiento de los 
secuestradores intelectuales, con la finalidad de entender como distintos factores 
permiten al infractor común ascender en la escala delincuencial, para convertirse 
en autores de estos delitos (Llorens y Moreno, 2008). Por esta razón, en el 
siguiente capítulo se abordan los aspectos más comunes que dan origen y 
estructura al delito del secuestro, y a partir de los cuales surge y se consolida la 
figura del secuestrador intelectual. 
 
 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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CAPITULO II 
MARCO TEÓRICO: 
CRIMINOLOGÍA, CRIMINOGÉNESIS Y CRIMINODINÁMICA DEL SECUESTRO 
 
 
 En el presente capítulo se pretende abordar la filiación del delito de 
secuestro partiendo de aquellos elementos que lo constituyen, pudiendo conocer 
así los entresijos que encierra la conducta socio-patológica y el perpetrador de la 
misma. 
 
 Los elementos que se describen a continuación conforman la naturaleza del 
ilícito, por lo que es importante realizar una descripción pormenorizada de ellos, 
para desentrañar aspectos relevantes de la conducta típica, antijurídica, culpable y 
punible a la que se le llama secuestro. 
 
II.1. Criminología del secuestro 
 
 Una de las contribuciones más importantes que la psicología le dio a la 
criminología es el concepto de psicopatía (también llamado sociopatía), el cual se 
refiere a la personalidad criminal o al trastorno antisocial de la personalidad. De 
esta manera, el objeto de estudio de la Criminología, las conductas antisociales y 
los sujetos que las cometen, pueden ser abordadas de manera más puntual y 
analítica (Leija, 1989). 
 
 Profundizando en este concepto, algunas teorías en criminología reconocen 
que la delincuencia es una función de la socialización de los individuos, es decir, 
las maneras en cómo los individuos se ven influenciados por las relaciones 
familiares, maestros, religión y figuras de autoridad, entre otros factores sociales 
(Hikal, 2005). 
 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392Mónica García Chávez 
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 Bajo esta perspectiva, los criminólogos consideran que el secuestro se 
debe a la falta de inhibidores sociales en los individuos que realizan estas 
conductas criminales (López y López, 2003); además, este delito también surge de 
una falta de oportunidades reales de desarrollo social, la ausencia de educación 
en los individuos, así como la carencia de convivencia familiar, a partir de la cual 
por los padres y familiares inculcan valores primordiales, como el respeto a sus 
semejantes y se traza la ruta del buen comportamiento social en el infante (PNUD, 
2013). 
 
 Dentro de este contexto, la Criminología ha puesto mucha atención sobre el 
Trastorno Antisocial de la Personalidad (TAP), padecimiento asociado al 
comportamiento criminal. Ésta es una condición en la cual los individuos no 
sienten empatía, son altamente impulsivos, buscan gratificación inmediata y, en 
ocasiones, dañan o se relacionan con los demás de formas criminales (Marchiori, 
2005). Hay que señalar que el TAP considera tres conductas en la etapa infantil 
que son claves para detectar de manera temprana a un posible criminal, que son: 
 
1.- Orinarse en la cama 
2.- Fascinación por el fuego y 
3.- Crueldad con los animales 
 
 Sin embargo, dichas conductas tempranas no pueden considerarse como 
definitivas, ya que no todos los TAP son sociópatas, pero sí debe valorarse que 
todos los sociópatas son generalmente TAP. Al respecto, el investigador Torres 
Vicent (2010), manifiesta que el psicólogo criminalista, en relación con el 
secuestro debe ocuparse de los siguientes aspectos: 
 
 “Orientación del estado mental de las víctimas, sospechosos y testigos. 
 Interpretación del sitio del suceso y crimino-dinámica delictiva. 
 Estudio de modus operandi, firma y montajes –alteraciones. 
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 Evaluaciones psicológicas reconstructivas: perfilación de delincuentes, 
análisis de muerte equívoca y autopsia psicológica. 
 Análisis de vinculación de casos (análisis operativo de casos) en el rol de 
perfilador (Torres, 2010, p. 30). 
 
Lo expuesto arriba es estudiado por la Criminogénesis, la cual incluye a 
todos los procesos seguidos para llegar a la conducta criminal, fundamentales 
para resolver el problema de la Crimino-dinámica (Ostrosky, 2007). A continuación 
se explicarán los conceptos operacionales básicos de tal estudio. 
 
II.2. Criminogénesis 
 
La criminogénesis es el estudio del origen o principio de la conducta 
criminal. Por extensión, puede considerarse a la criminogénesis como el conjunto 
de factores y causas que dan por resultado a la conducta antisocial (Hikal, 2005). 
 
II.2.1. Factores de la criminogénesis 
 
En las ciencias matemáticas, el concepto factor se refiere a cada una de las 
cantidades que se multiplican para formar un producto. En Criminología puede 
aprovecharse el símil, pues los factores criminógenos si se unen, se combinan y 
se multiplican conducirán a una persona hacia el crimen. A continuación, en la 
Figura 1, se encuentran varios factores que se considera que pueden explicar la 
conducta criminal de acuerdo con Casados Méndez (2011): 
 
 
 
 
 
Factores endógenos y exógenos 
Criminogénesis 
Causa criminogénica 
Índice criminológico 
Condiciones criminologicas 
Móvil criminogénico 
Factor Criminogénico 
Fig. 1. Factores de la criminogénesis 
Fuente: Elaboración propia 
 
http://www.google.com.mx/url?sa=i&rct=j&q=&esrc=s&source=images&cd=&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwjx-9jVopTKAhVLSyYKHaxLACIQjRwIBw&url=http://poblano.mx/2014/08/la-buap-renueva-su-escudo-y-toda-su-identidad-grafica/&psig=AFQjCNHoKXJUzhQOnLfmXObJZa9glaH-0A&ust=1452138162574392
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Ampliando la discusión sobre la criminogénesis, los puntos señalados en la 
figura anterior se explicitan en los siguientes apartados. 
 
II.2.1.1. Causa criminogénica 
 
 Es pertinente iniciar aclarando que el concepto de causa criminogénica 
implica la existencia de una relación entre el objeto y el efecto. Es decir, dicha 
causa tiene forzosamente un efecto: la conducta antisocial. Esto significa que una 
determinada conducta criminal es provocada directa y específicamente por una 
causa particular (Manzanera, 1981). Un ejemplo de esto se produce si un sujeto 
secuestra a otro y lo mata estando drogado. Aquí cabe preguntar: ¿El consumo de 
drogas es la causa de que lo haya matado? Sí, siempre y cuando se pruebe que, 
de no haber estado drogado, no lo hubiera matado. Para lograrlo, es necesario 
buscar las cadenas causales, porque la causa de este criminal podría no sólo ser 
el haber estado drogado, sino que puede provenir de otras causas, más remotas y 
más importantes. Por tanto, si sólo se atacan las causas inmediatas, el crimen 
volverá a suceder, por lo que deben atacarse las más profundas, para evitar así 
que vuelva a suceder en el futuro (Rodríguez, 2003). 
 
 A partir de este ejemplo se puede evidenciar que el crimen es el resultado 
de varias causas relacionadas entre sí, como se puede observar en la Figura 2, la 
cual se presenta debajo: 
Fig. 2 Causa Criminogénica 
Fuente: Elaboración propia a partir del libro Criminología de 
Manzanera (1981; p. 462). 
 
CAUSA
CAUSA
CAUSA EFECTO
(CONDUCTA 
CRIMINAL)
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II.2.1.2. Índice criminológico 
 
 El índice criminológico es el indicador de ciertos aspectos diferenciales, que 
sirven como signos o síntomas para poder efectuar un diagnóstico criminológico. 
Tiene gran importancia clínica, pero no necesariamente cuenta con valor etiológico 
(el cual ayuda a estudiar las causas). Su importancia es clínica, pues ayuda a 
realizar un diagnóstico del delincuente. 
 
 De este modo, la conducta antisocial es, considerada un índice, un 
indicador de la personalidad del sujeto estudiado, pero no representa la 
personalidad en sí, por lo que el crimen no es necesariamente demostrativo de la 
peligrosidad criminal de un individuo (Rodríguez, 2003). 
 
 El índice criminológico también es una estadística que ayuda a determinar 
los niveles de gravedad del delito. De hecho, puede decirse que se establece bajo 
la máxima “Nadie conoce mejor el problema delictivo que el mismo delincuente”, 
por lo cual el criminólogo debe investigar y teorizar sobre su acciones. 
 
 Existen muchos ejemplos de este parámetro, pero pueden dividirse en 3 
tipos (García Álvarez, 2015): 
 
 SOCIALES. Engloban a aquellos signos y síntomas relacionados con las 
interacciones sociales en general, sin importar el individuo. Entre ellos se 
encuentra que una persona cometavarios delitos a la vez (secuestro-tortura-
homicidio), cumplir con el indicativo drogas-alcohol, la relación con malas 
compañías y la búsqueda de dinero fácil. 
 
 PSICOLÓGICOS. Abarcan los signos y síntomas provocados por vivencias 
específicas de cada individuo. En ellos se puede señalar al miedo a experiencias 
traumáticas, los problemas familiares y la desesperación por diversas causas. 
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 FÍSICOS. Refieren a todos los signos y síntomas vinculados a aspectos 
biológicos, como una adolescencia demasiado rápida, daño mental generado por 
el alcohol, afectaciones por riñas o alguna enfermedad incidental. 
 
II.2.1.3 Condiciones criminológicas 
 
 Las condiciones criminológicas son aquellas que se producen a partir de las 
ocasiones o estímulos suplementarios. En pocas palabras, son las que permiten 
que salga a la luz un elemento de oportunidad con importancia en la Etiológica 
Criminal. No obstante, debe señalarse que las condiciones no deben confundirse 
con las causas o factores (de hecho, algunos psicólogos manejan factores como 
causas), pues ni toda condición (ocasión o estímulo) es factor criminógeno, ni todo 
factor es una condición (Torres, 2010). 
 
II.2.1.4 Móvil criminogénico 
 
 El móvil es aquel aspecto de naturaleza interna que ha llevado a un sujeto a 
cometer una conducta antisocial. Es lo que mueve moralmente al delincuente. Un 
ejemplo de ello podría encontrarse en un secuestro cuyo móvil fue la falta de 
empleo o la carencia de educación (Hikal, 2009). 
 
 Al hablar de “móvil”, los investigadores se están remitiendo a la motivación 
que es la causa del comportamiento de un organismo o la razón por la que un 
organismo lleva a cabo una actividad determinada. Dicha motivación engloba tanto 
impulsos conscientes como inconscientes. 
 
 Entre los ejemplos de móviles se puede citar la necesidad de dinero debido 
a que el ambiente en el que se vive es pobre y la situación personal ha impedido 
conseguir empleo (falta de educación, deficiencia); también puede deberse a que 
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un individuo sea cleptómano (que roba por impulso), con lo cual, la conducta 
obsesivo-compulsiva es la razón y la presión interior que mueve al crimen. 
 
 Aunado a ello, el móvil puede está relacionado con la impulsividad del 
sujeto. Una muestra de ello sería un homicidio pasional cuyo móvil fueron los 
celos de un hombre por una mujer, o en un robo de acciones bursátiles cuyo móvil 
fue la ambición por poseer ganancias ilícitas (Rodríguez, 2003). 
 
 Un punto importante a tomar en cuenta es que el móvil criminogénico ha 
evolucionado al ritmo de la tecnología. Un paradigma de ello es el “Grooming”, que 
alude al ámbito de la pedofilia, donde suele asociarse a toda acción que tenga por 
objetivo minar o socavar moral o psicológicamente a un niño, niña y adolescentes 
con el fin de conseguir su control a nivel emocional para un posterior abuso 
sexual, por lo que se trata de una forma de acoso sexual infantil, que consiste en 
la interacción comunicacional de un adulto con un menor por motivos sexuales y 
abusivos (Peña Labrin, 2014). 
 
II.2.1.5. El factor criminogénico 
 
 Por factor criminogénico debe tomarse todo aquello que favorece a la 
comisión de conductas antisociales. Aquí pueden encontrarse diversas opiniones 
respecto a los factores, pero la mayoría coinciden en que son elementos que 
contribuyen a que cierto resultado criminal ocurra (Hikal, 2009). 
 
II.2.1.6 Factores endógenos y exógenos 
 
 Los factores endógenos son los que cada individuo lleva dentro de sí, por lo 
cual en ellos se incluye a la herencia genética, las enfermedades, los períodos 
menstruales en la mujer, etc. 
 
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 En contraste, los factores exógenos son los que refieren al ambiente natural 
(clima, lluvia, calor, frío, humedad, etc.) y los ambientes artificiales formados por el 
ser humano (el barrio, la vivienda, los medios de comunicación, etc.). Aquí cabe 
mencionar que el ambiente natural y el artificial constituyen estímulos constantes 
con los que el criminal interactúa continuamente (DiCaprio, 1996). 
 
 Al unificar los factores endógenos y exógenos, DiCaprio (1996) comenta 
que un ser humano puede ser orientado a dedicarse a patrones de 
comportamiento contrarios a las tendencias innatas del buen desarrollo. Esto 
quiere decir que los seres humanos viven en un medio al cual se adaptan. Si el 
medio se modifica, el ser humano debe adaptarse a la nueva situación; si no se 
presenta esta adaptación, surge un conflicto sin resolver entre el individuo y su 
medio, generándose una inadaptación psíquica. 
 
 Ahondando en ello, el ambiente es el campo en el que actúa la 
personalidad; si se pierde, es probable que aparezcan trastornos en ésta. Un 
ejemplo de esta situación es el siguiente: el desempleo y la falta de dinero en un 
comienzo produce sentimientos de inseguridad, al desvalorizarse la persona, y 
después origina ansiedad y frustración. Luego viene el deseo de obtener los 
bienes por cualquier medio, o el suicidio en casos trágicos. Si a esto se le agregan 
las presiones familiares de tener hijos y familia, aparecerá una presión muy fuerte 
hacia el crimen para el sujeto que padezca el desempleo (Hikal, 2005). 
 
II.3. Proceso de la psicología criminal 
 
 Este proceso tiene varios aspectos que se citan a continuación. 
 
 
 
 
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II.3.1. Orientación del estado mental de las víctimas 
 
 El criminalista Torres Vicent (2010) manifiesta que las actividades de 
orientación psicológica se enfocan en acompañar a los investigadores para 
entrevistar a víctimas, sospechosos o testigos, con el propósito de evaluar de 
forma preliminar la incidencia de factores psicopatológicos en los testimonios o en 
la capacidad para declarar o testificar. Asimismo, tales acciones ayudan a 
desarrollar estrategias de orientación, afrontamiento y derivación de personas con 
dificultades comunicativas debidas a factores emocionales o procesos mórbidos

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