Logo Studenta

GBE-103

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 1 de 13 
Revisó 
Jefe SSISDS / Coordinación de 
calidad 
Aprobó 
Rector 
Fecha de aprobación 
Octubre 01 de 2018 
Resolución n.° 1326 
 
 
 
1. OBJETIVO 
Establecer los lineamientos necesarios para promover la vinculación al Sistema General de Seguridad Social en 
Salud de los estudiantes carentes de aseguramiento de la Universidad Industrial de Santander, mediante acciones 
informativas y educativas contributivas del bienestar, la garantía del derecho y el acceso a los servicios de salud. 
 
2. ALCANCE 
Aplica a los profesionales de la Sección de Servicios Integrales de Salud y Desarrollo Psicosocial, el área de Trabajo 
Social, los Consejeros de Facultad y las Unidades Académicas o Administrativas que identifiquen y remitan a 
estudiantes UIS carentes de vinculación en salud al “Programa de Promoción del Aseguramiento en salud para los 
estudiantes UIS”. 
 
3. DEFINICIONES / ABREVIATURAS 
 
 ADRES: Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Tiene como 
objetivo administrar los recursos que hacen parte del Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA), los 
recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud (FONSAET), los recursos que financien el 
aseguramiento en salud. El artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 crea la entidad y con el Decreto 1429 de 2016 
del Ministerio de Salud y Protección Social por el cual se modifica la estructura contemplada en la Ley. 
 AMB: Área Metropolitana de Bucaramanga. 
 ASEGURAMIENTO: Es la principal estrategia del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para 
lograr el acceso a la prestación de los servicios de salud incluidos en el Plan Obligatorio de Beneficiosos 
servicios de salud POS, la Ley 1122 de 2007 del Congreso de la República en el artículo 141 define el 
aseguramiento como: la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación de 
los servicios que garantice el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud 
y la representación del afiliado ante el prestador y los demás actores sin perjuicio de la autonomía del usuario2. 
 BDUA: Base de Datos Única de Afiliados, es la herramienta principal para el ejercicio de las funciones de 
dirección y regulación del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS. 
 BENEFICIARIO ADICIONAL: Aquellas personas diferentes al grupo familiar básico que dependan 
económicamente del cotizante y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad 
(abuelos, sobrinos, nietos, hermanos, tíos, tío abuelo, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras, cuñados), 
así como menores de 12 años sin parentesco que dependan económicamente del cotizante. 
 DBU: División de Bienestar Universitario. 
 E.S: Entidad de Salud. 
 EAPB: Entidad Administradora de Planes de Beneficios. 
 
 Antes llamado FOSYGA que significa Fondo de Solidaridad y Garantía. Este fondo fue creado con la Ley 100 de 1993. 
1 COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1122. (09, enero, 2007). Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema 
General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. [En línea]. Consultado el 15 de febrero 2018. P. 6. Disponible en 
Internet: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/ley-1122-de-2007.pdf. 
2 Departamento Nacional de Planeación DNP. Aseguramiento. [En línea]. Actualización: 11 de noviembre de 2016. [Consultado el 15 de 
febrero 2018]. Disponible en Internet: https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-
salud/Paginas/aseguramiento.aspx. 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 2 de 13 
 
 
 
 MOVILIDAD ENTRE EL RÉGIMEN: La movilidad en el SGSSS es el cambio de pertenencia a un régimen 
dentro de la misma EPS cuando se trate de afiliados clasificados en los niveles I y II del SISBEN y pertenecientes 
a poblaciones especiales, sin que se pueda interrumpir la prestación de los servicios de salud. 
El objeto del Decreto 3047 de 20133 es establecer las condiciones y reglas para la movilidad del régimen 
subsidiado hacia el régimen contributivo y viceversa, sin que exista interrupción en la afiliación, ni cambio de 
EPS. 
 PORTABILIDAD: La portabilidad es la garantía que se da a los ciudadanos para acceder a los servicios de 
salud sin trámites excesivos e innecesarios, en cualquier parte del territorio nacional, cuando el afiliado y/o su 
núcleo familiar se van a vivir temporalmente a un municipio diferente a aquel en donde se afiliaron a la EPS o 
donde habitualmente reciben los servicios de salud. Los tipos de portabilidad son: 
- Ocasional (Menos de 1 mes) 
- Temporal (Entre 1 y 12 meses) 
- Permanente (Superior a 12 meses)4 
 POS: Plan Obligatorio de Salud, es el conjunto de servicios para atención en salud que todo afiliado al Sistema 
General de Seguridad Social en Salud tiene derecho5. 
 PAS: Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud. 
 RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: A este régimen, se afilian las personas que tienen capacidad de pago, estas 
son aquellas “personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y 
jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago”6. 
 RÉGIMEN SUBSIDIADO (R.S): A este régimen pertenece la población pobre y vulnerable sin capacidad 
de pago identificada en los niveles 1 y 2 de la encuesta SISBEN, así como las poblaciones especiales que el 
Gobierno ha definido como prioritarias y que no se encuentren afiliadas al régimen contributivo o pertenezcan 
a un régimen especial o de excepción (población en condición de desplazamiento, comunidades indígenas, 
desmovilizada del conflicto, población infantil abandonada a cargo del ICBF, personas mayores en centros de 
protección, y ROM, entre otras)7. 
 RUAF: Registro Único de Afiliados a la Protección Social. 
 SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud, es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas 
y procedimientos destinados a garantizar a toda la población el servicio de salud en todos los niveles de 
atención. El objetivo de este sistema es regular el servicio público esencial en salud y crear las condiciones de 
acceso al mismo8. 
 SIMSIS: Sistema de Información para el Manejo de los Servicios Integrales de Salud. 
 
3 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Decreto 3047. (27, diciembre, 2013). Por el cual se establecen reglas sobre movilidad 
entre regímenes para afiliados focalizados en los niveles I y II del SISBEN. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2013. 
4 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Decreto 1683. (02, agosto, 2013). Por el cual se reglamenta el artículo 22 de la Ley 1438 
de 2011 sobre portabilidad nacional en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2013. no. 48870. 
págs. 1-7. 
5 Ministerio de Salud y Protección Social. Todo lo que usted debe saber sobre el plan de beneficios - POS. [En línea]. Actualización: 11 de 
noviembre de 2014. [Consultado el 20 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/RBC/todo-lo-que-usted-debe-saber-sobre-el-plan-de-
beneficios.pdf. 
6 Departamento Nacional de Planeación DNP. Op. cit., p. 1. 
7 Departamento Nacional de Planeación DNP. Op. cit., p. 1. 
8 Cisneros, Fanny. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA [En línea]. UNIVERSIDAD DEL CAUCA, 2003. P. 2. 
[Consultado el 15 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
http://artemisa.unicauca.edu.co/~pivalencia/archivos/SistemaSeguridadSocialColombia.pd.PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 3 de 13 
 
 
 
 SISBEN: (Sistema de Selección de Beneficiarios) es una encuesta de clasificación socioeconómica, diseñada 
por el Departamento Nacional de Planeación (DNP). El SISBEN permite identificar las necesidades de la 
población más pobre y vulnerable del país. Los hogares encuestados obtienen un puntaje y un nivel que les 
prioriza para la asignación de subsidios. Si la familia pertenece a los niveles 1 o 2 tiene el derecho a afiliarse al 
Régimen Subsidiado. 
 SSISDS: Sección de Servicios Integrales de Salud y Desarrollo Psicosocial. 
 SISTEMA DE AFILIACIÓN TRANSACCIONAL - SAT: Es un portal creado con el propósito de facilitar 
a los ciudadanos la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y a los afiliados el reporte de sus 
novedades. Como afiliado tiene disponible la consulta del estado actual de su afiliación, el historial de 
inscripciones que haya realizado a diferentes EPS, el reporte de traslado para usted y todo su grupo familiar, 
la inclusión y exclusión de beneficiarios, la actualización de datos complementarios y del documento de 
identidad, entre otras. Por su parte los empleadores, entidades e instituciones pueden registrar el rol de 
empleador persona jurídica y el rol de empleador persona natural. 
 TRASLADO DE EPS: El traslado es el cambio de inscripción de EPS dentro de un mismo régimen o el 
cambio de inscripción de EPS con cambio de régimen dentro del SGSSS siempre que se cumplan las 
condiciones previstas para el mismo. 
 TABLA DE VALORES DE UPC: El valor del aporte total a pagar por los Afiliados adicionales será la que 
corresponda al grupo etáreo, más el valor para promoción y prevención y sobre este se suma, un 10% 
adicional para la subcuenta de solidaridad del sistema. Cuando existan dos cotizantes en el grupo familiar se 
podrán incluir a los padres que dependan económicamente de uno de ellos y no tengan calidad de cotizantes. 
Si uno de los cotizantes pierde la capacidad de pago se deberá realizar el pago de la UPC adicional. 
 UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN – UPC: Es el valor anual que se reconoce por cada uno de los 
afiliados al sistema general de seguridad social en salud para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de 
Salud. 
 
4. NORMATIVA 
 
4.1. NACIONAL 
 Constitución política de Colombia, Artículo 48: “La Seguridad Social es un servicio público de carácter 
obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de 
eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley”9. Artículo 49: “(…) Toda persona 
tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad”. 
 Decreto 2685 de 2012. Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Decreto-ley 019 de 10 de enero de 
201210. Artículo 1°: “El presente decreto tiene por objeto establecer la forma en que las Entidades 
Promotoras de Salud verificarán, a partir del 10 de enero de 2013, la acreditación de los beneficiarios de un 
cotizante, mayores de 18 años y menores de 25, que sean estudiantes con dedicación exclusiva, en las bases 
de datos dispuestas para tal efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así mismo, definir los 
períodos y el mecanismo para el reporte de la información que alimente dichas bases, por parte de las 
instituciones educativas”. 
 
9 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, Capítulo II. DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES. 
Disponible en internet: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr001.html#47 
10 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Decreto 2685 de 2012. Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Decreto-ley 
019 de 10 de enero de 2012 sobre verificación por parte de las EAPB de los beneficiarios entre 18-25 años de edad que se encuentran 
estudiando. Disponible en internet: https://docs.supersalud.gov.co/PortalWeb/Juridica/Decretos/D2685012.pdf 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 4 de 13 
 
 
 
 Ley 100 de 199311. Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. 
Articulo. 1º Sistema de seguridad social integral. Artículo 153 numeral 2: “Obligatoriedad. La afiliación al 
Sistema General de Seguridad Social en Salud es obligatoria para todos los habitantes en Colombia. En 
consecuencia, corresponde a todo empleador la afiliación de sus trabajadores a este Sistema y del Estado 
facilitar la afiliación a quienes carezcan de vínculo con algún empleador o de capacidad de pago”. 
 Ley 1438 de 201112. Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se 
dictan otras disposiciones". Artículo 2°. Orientación del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 
 Ley Estatutaria 1751 de 201513. Reconoce la salud como un nuevo derecho fundamental, garantizando la 
dignidad humana y la igualdad de oportunidades de todos los colombianos. 
 
4.2. INSTITUCIONAL 
 Acuerdo n° 060 de 200814. Por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo del Consejo Superior No. 090 de 
1984. Consejo Superior de la Universidad Industrial de Santander. 
 Acuerdo n° 060 de 2008 del Consejo Superior. Artículo 9°. Aseguramiento en Salud para los Estudiantes 
Los estudiantes deberán acreditar su vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud en el 
momento de su matrícula, ya sea en el régimen contributivo, en el subsidiado o en los regímenes especiales. 
Los estudiantes de pregrado, Maestría de investigación y Doctorado que no acrediten su vinculación al Sistema 
General de Seguridad Social en Salud, deberán pagar en su matrícula el valor de los derechos de salud referidos 
en el artículo 7 del presente Acuerdo. Sin embargo, la atención en salud que presta la Universidad Industrial 
de Santander no sustituye los servicios que otorga el Sistema General de Seguridad Social en Salud. 
PARÁGRAFO: La Universidad promoverá la vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud en 
los estudiantes de pregrado y postgrado presencial carentes de aseguramiento. 
 
5. CONTENIDO DE LA GUÍA 
 
5.1. DEBERES Y DERECHOS EN SALUD 
 
5.1.1. Deberes 
• Hacer uso adecuado y racional de los espacios, mobilario y recursos dispuestos para la atención integral en 
salud. 
• Brindar cuidado integral de mí salud y el de la comunidad. 
• Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios integrales de salud. 
• Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente, la información que se requiera para efectos de recibir 
los servicios integrales de salud. 
• Seguir las recomendaciones formuladas por el personal de los servicios integrales de salud y las recibidas en 
los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. 
 
11 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 100. (23, diciembre, 1993). Por la cual se crea el sistema de seguridad social Integral 
y se dictan otras deposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 1993. no. 41148. págs. 1-168. 
12 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1438. (19, enero, 2011). Por medio de la cual se reforma el sistema general de 
seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2011. no. 47957. págs. 1-60. 
13 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley Estatutaria 1751. (16, febrero, 2015). Por medio de la cual se regula el derecho 
fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2011. no. 49427, págs. 1-5. 
14 Universidad Industrial de Santander.Acuerdo 060 de 2008. (22, agosto, 2008). Por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo del 
Consejo Superior No. 090 de 1984. Págs. 1-5. [Consultado el 20 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
http://www.uis.edu.co/webUIS/es/acercaUis/reglamentos/acuerdo0602008.pdf. 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 5 de 13 
 
 
 
• Acudir cumplidamente a las citas, controles, talleres, charlas y diferentes programas de promoción de la salud 
y prevención de la enfermedad. 
• Expresar a través de los buzones de sugerencias, las opiniones que permitan una oportunidad de mejora en 
la prestación de los servicios integrales de salud. 
 
5.1.2. Derechos 
 Recibir los servicios integrales de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a la intimidad. 
 Recibir un trato digno en el acceso a los servicios integrales de salud, que respete sus creencias y costumbres, 
su intimidad, así como las opiniones personales que tenga, sin discriminación alguna. 
 Ser atendido de manera oportuna y recibir información clara de su estado de salud, de los servicios que vaya 
a recibir y los riesgos del tratamiento. 
 Mantener la confidencialidad sobre su información clínica y psicosocial sin perjuicio de la posibilidad de acceso 
a la historia con su autorización o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que la ley 
determine. 
 Aceptar o rechazar cualquier tratamiento o procedimiento por sí mismo o, en caso de inconciencia, 
incapacidad para decidir o minoría de edad por sus familiares o representantes dejando expresa constancia de 
su decisión. 
 Lograr una respuesta oportuna sobre las inquietudes o inconformidades relacionadas con la prestación de los 
servicios de salud. 
 Recibir atención de urgencia requerida con la oportunidad que su condición amerite, según valoración del 
triage. 
 
5.2. INSUMOS REQUERIDOS 
• Ruta de atención del Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud. 
• Credencial de acceso al SIMSIS. 
• Cartilla orientadora del Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud. 
• Formato FBE.53 “Encuesta de satisfacción de los beneficiarios de programas educativo - preventivos”. 
 
5.3. VERIFICACIÓN DE RESULTADOS 
• Registro estudiantil de atención en el Programa de Promoción de Aseguramiento en Salud. 
• Número de remisiones profesionales y académico - administrativas realizadas. 
• Usuarios satisfechos con la atención, disponibilidad y calidad de la información brindada por el programa. 
• Acciones educativas y de promoción del aseguramiento en salud. 
 
5.4. ACTIVIDADES 
 
5.4.1. Para el proceso 
Los profesionales adscritos a la SSISYDPS y practicantes en formación profesional de Trabajo Social, deberán tener 
en cuenta las siguientes funciones para la atención y prevención del riesgo en salud de los estudiantes UIS carentes 
de aseguramiento en salud. 
 
5.4.2. Para los profesionales 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 6 de 13 
 
 
 
• Adelantar atención individualizada a los estudiantes en la dimensión personal, emocional, familiar, social, 
económico y académico, efectuando las remisiones a otros profesionales cuando la naturaleza de la 
problemática así lo requiera. 
• Realizar en el SIMSIS el registro de la atención a los estudiantes que soliciten asesoría e información sobre 
aseguramiento en salud. 
• Indagar sobre el aseguramiento en salud a los estudiantes que acudan a consulta indistintamente de la 
especialidad y remitir al Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud a través del correo institucional: 
aseguramiento.salud@uis.edu.co, especificando nombre, código y teléfono, a aquellos estudiantes que 
carecen de este. 
• Acudir a la Guía de Promoción del Aseguramiento en Salud para los Estudiantes, como documento de 
consulta. 
• Llevar a cabo apoyo terapéutico para las situaciones que exijan de un seguimiento. 
 
5.4.3. Del estudiante de Trabajo Social en práctica de formación profesional I ó II a cargo del 
programa 
• Gestionar con la jefatura de la SSISYDPS, los recursos necesarios para el desarrollo de actividades relacionadas 
con el programa. 
• Elaborar un plan de medios semestral para la divulgación del programa. 
• Coordinar con Planta Física los espacios e insumos necesarios para el desarrollo de actividades comunicativas, 
según el caso. 
• Coordinar las sesiones orientadoras dirigidas a profesionales de la SSISYDPS de la DBU y al nuevo profesional 
en formación de Trabajo Social, sobre el Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud. 
• Realizar los registros de atención del Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud. 
• Ejecutar la ruta de atención del Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud para los estudiantes UIS. 
• Programar de manera semanal la agenda de trabajo según disponibilidad horaria convenida entre la Escuela 
de Trabajo Social y Bienestar Universitario. 
• Consultar con el profesional par idóneo o con los profesionales en Trabajo Social, ante cualquier inquietud 
procedimental de la atención estudiantil. 
• Colocar en contexto a las distintas dependencias administrativas vinculadas en la Promoción del 
Aseguramiento en Salud a estudiantes UIS. 
• Derivar a los diferentes programas educativo preventivo y profesionales de la SSISYDPS, así como al 
Consultorio Jurídico, según el caso. 
• Participar en las actividades convocadas por la SSISYDPS, según requerimiento. 
 
6. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO 
 
6.1. ATENCIÓN A ESTUDIANTES DIRECCIONADOS AL PROGRAMA DE LA PROMOCIÓN DEL 
ASEGURAMIENTO EN SALUD PARA LOS ESTUDIANTES UIS. 
La promoción del aseguramiento en salud para los estudiantes de pregrado y posgrado presencial de la Universidad 
Industrial de Santander, se llevará a cabo a través de una ruta atención, la cual permitirá dar sustento al proceso 
de intervención. La orientación a los Profesionales de la SSISYDPS de la D.B.U. en el PAS, se realizará durante las 
reuniones de mejoramiento cada semestre, previa fecha acordada con la jefatura de SSISYDPS, donde se indicará 
sobre los apartados principales del Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud, la Ruta de atención y 
algunos conceptos básicos generales. 
 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 7 de 13 
 
 
 
6.1.1. Identificación y direccionamiento del estudiante 
Será realizada por los profesionales que forman parte de la SSISYDPS o de otras dependencias administrativas, 
Docentes, Consejeros de facultad que laboren en la Universidad Industrial de Santander, quienes remitirán al 
Programa de Promoción del Aseguramiento en Salud por medio de la plataforma SIMSIS y del correo electrónico: 
aseguramiento.salud@uis.edu.co, según el caso. 
 
6.1.2. Verificación de datos del estudiante 
Éstos serán consultados a través del SIMSIS con el propósito de validarlos, realizar la respectiva notificación al 
estudiante desde el correo institucional: aseguramiento.salud@uis.edu.co e instarle a solicitar la cita de promoción 
del aseguramiento en salud. 
 
6.1.3. Consultar en páginas oficiales (SISBEN, ADRES Y/O RUAF) 
Para indagar por el estado actual del estudiante en lo correspondiente el SGSSS y registrar los hallazgos en el 
SIMSIS. 
6.1.4. Análisis del caso 
Según información consolidada, se orientará sobre las alternativas para la promoción del aseguramiento y 
prevención del riesgo en salud. 
 
6.1.5. Notificación al estudiante 
Se contactará al estudiante sin vinculación al SGSSS, por medio del correo electrónico institucional y llamadatelefónica, para informar sobre la gestión administrativa correspondiente en cuanto al PAS. 
 
6.1.6. Consulta y concertación 
En la consulta con el estudiante se presentarán a modo de sugerencia las diversas opciones para superar la situación 
de carencia de aseguramiento, además del registro de la asesoría en el SIMSIS y la nota aclaratoria: Desde Bienestar 
Universitario se orienta sobre la promoción del aseguramiento en salud, pero él o la - según el caso - titular de los 
derechos y derechos en salud es - él o la -Estudiante. 
 
6.1.7. Fin del proceso 
El seguimiento y el caso se dará por concluido cuando el estudiante por diversas circunstancias ya no esté 
matriculado en la universidad o se evidencie su vinculación al SGSSS, a través de los medios disponibles para tal 
fin (páginas oficiales o certificaciones de las entidades administradoras de planes de beneficios en salud). 
 
6.1.8. Tipificación de casos desde el programa de la promoción del aseguramiento en salud 
Cada estudiante vive en un contexto social, económico y familiar diverso, lo que condiciona la agilidad o dilación 
en el proceso de vinculación a la seguridad social en salud, por ello surge la necesidad de clasificar los casos más 
frecuentes de consulta por los estudiantes UIS, en la siguiente categorización. 
 
Cuadro 1. Estudiantes con E.P.S. activa, pero zonificados en municipio diferente al de residencia actual 
ESTUDIANTES CON E.P.S. ACTIVA PERO ZONIFICADOS EN MUNICIPIO DIFERENTE AL DE 
RESIDENCIA ACTUAL 
Aspecto identificado Factor Causal Asesoría 
Vinculación al régimen 
subsidiado o contributivo 
estado activo, pero no lo 
1. Desinformación por parte 
del estudiante o su núcleo 
1. Se le aconseja al estudiante realizar el 
trámite de portabilidad, el cual, solo lo 
puede solicitar el titular o cotizante con 
mailto:aseguramiento.salud@uis.edu.co
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 8 de 13 
 
 
 
saben o está radicada en 
otro municipio diferente en 
el que residen actualmente. 
familiar para hacer el 
trámite de portabilidad. 
 
sus datos personales por medio de un 
correo electrónico, una carta o una 
llamada telefónica a su EAPB. 
Nota: Los datos requeridos se consultan 
en la página web de la misma EAPB. 
Fuente: Equipo de trabajo psicosocial SSISYDPS. 
 
 
Cuadro 2. Estudiantes sin E.P.S. 
ESTUDIANTES SIN E.P.S. 
Aspectos identificados Factor Causal Asesoría 
Estudiantes sin E.P.S, 
inactivos o retirados del 
régimen contributivo, 
como cotizantes o 
beneficiarios. 
 
-No cuentan con SISBEN 
o tienen un puntaje muy 
alto. 
 
- Tienen SISBEN y este 
es apto para el régimen 
subsidiado, radicado en 
Bucaramanga o su área 
metropolitana. 
 
1. Los estudiantes pueden estar sin 
aseguramiento si alguna vez 
estuvieron inactivos o retirados del 
régimen contributivo en alguna de 
las EAPB que actualmente no se 
encuentran en funcionamiento y 
no realizaron afiliación a otra E.P.S. 
 
2. Los estudiantes pueden estar 
inactivos o retirados del régimen 
contributivo cuando: 
 
-Alguno de sus progenitores cotiza 
al régimen contributivo afiliando al 
estudiante como beneficiario. Sin 
embargo, al perder el empleo o 
por razones económicas se retira 
de la E.P.S. y no hace el trámite de 
movilidad entre régimen o no 
tienen SISBEN requisito sin el cual 
no es posible realizarla. 
 
-Estudiantes que se encontraban 
en el régimen subsidiado y al 
obtener un trabajo temporal sus 
empleadores los afilian al régimen 
contributivo, pero al dejar de 
laborar no reportan la novedad a 
su E.P.S. ya sea por descuido o 
desconocimiento. 
1. Se le aconseja al estudiante que no tenga 
SISBEN o con un puntaje muy alto realizar, la 
solicitud en la oficina del SISBEN de su 
municipio para la respectiva visita y le sea 
asignado el puntaje dentro de los rangos 
establecidos para los niveles 1 y 2, según la 
Tabla de Puntaje SISBÉN III. 
 
NOTA: Se sugiere el acercamiento a la oficina 
de la Secretaría de Salud y Ambiente de 
Bucaramanga, con la finalidad de constatar las 
entidades habilitadas para la afiliación dentro 
del régimen subsidiado. 
 
2. Si ya cuentan con un puntaje de SISBEN y 
este es apto para el régimen subsidiado, deben 
hacer trámite de movilidad entre régimen 
(únicamente cotizante) en caso de estar 
inactivos del contributivo o afiliación a la EAPB 
de su preferencia, en ambos casos el trámite 
debe hacerse personalmente llenando el 
formulario para reportar la novedad en la 
oficina de la EAPB. 
 
El trámite para la afiliación de los estudiantes 
extranjeros es el mismo que se enuncia aquí, 
aunque en su caso deben presentar la cédula 
de extranjería en lugar de la cédula de 
ciudadanía. 
Fuente: Equipo de trabajo psicosocial SSISYDPS. 
 
 
Cuadro 3. Estudiantes sin E.P.S. con puntaje del SISBEN en el municipio de origen 
ESTUDIANTES SIN E.P.S. CON PUNTAJE DEL SISBEN EN EL MUNICIPIO DE ORIGEN 
Aspecto identificado Factor Causal Asesoría 
Estudiantes sin E.P.S. con 
puntaje dentro de los 
Los estudiantes que provienen 
de municipios en la mayoría de 
En este caso el estudiante debe elegir entre las 
siguientes 2 opciones: 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 9 de 13 
 
 
 
rangos establecidos por el 
SISBEN, pero radicado en 
otro Municipio fuera de 
Bucaramanga y su área 
metropolitana. 
 
los casos tienen puntajes de 
SISBEN municipal o rural y 
Bucaramanga se encuentra 
clasificada entre las principales 
ciudades según Tabla de Puntaje 
SISBÉN III. Esta clasificación 
toma en cuenta los aspectos 
socioeconómicos y geográficos 
en que vive la persona. (Para 
conocer la puntuación del 
SISBEN por área geográfica ver 
anexo A) 
 
 
1. Retirarse del SISBEN en su municipio para 
solicitar la encuesta en la ciudad de Bucaramanga, 
claro está, que corre el riesgo de no obtener 
nuevamente un puntaje por debajo del límite 
establecido, según clasificación en la base de datos 
nacional del SISBEN para posteriormente afiliarse 
a una E.P.S. En el régimen subsidiado. 
 
2. Dirigirse al municipio donde se encuentra 
radicado su SISBEN y hacer trámite de movilidad 
entre régimen o afiliación según sea el caso, a una 
E.P.S. en el régimen subsidiado, y después solicitar 
la portabilidad a Bucaramanga. (El tiempo para 
este trámite varía según la disponibilidad de viajar 
del estudiante). 
Fuente: Equipo de trabajo psicosocial SSISYDPS. 
 
Cuadro 4. Estudiantes sin E.P.S. radicados en Bucaramanga 
ESTUDIANTES SIN E.P.S. RADICADOS EN BUCARAMANGA 
Aspecto identificado Factor Causal Asesoría 
Estudiantes que residen 
con su núcleo familiar en 
Bucaramanga o su área 
metropolitana y por 
diversas circunstancias no 
cuentan con puntaje de 
SISBEN o EAPB. 
 
1. El estudiante cuyos padres 
tienen casa propia y están 
afiliados al régimen contributivo 
como beneficiarios de uno de sus 
hermanos mayores, por lo tanto, 
él y sus hermanos menores si 
existen, quedan sin 
aseguramiento y con 
posibilidades de obtener un 
puntaje por encima de los rangos 
establecidos por el SISBEN. 
 
2. Los estudiantes beneficiarios 
del régimen contributivo, los 
cuales, quedan por fuera de la 
cobertura al cumplir los 25 años 
de edad. 
 
1. Se le aconseja al estudiante solicitar el trámite del 
SISBEN y posteriormente afiliarse al régimen 
subsidiado, si el puntaje es inferior al requerido 
según la puntuación del SISBEN por área geográfica 
(ver anexo A), de lo contrario, solicitar nuevamente 
la encuesta hasta obtener la puntuación requerida. 
 
2. Averiguar si en su familia hay un pariente (hasta el 
cuarto grado de consanguinidad o segundo de 
afinidad) que cotice al régimen contributivo y pueda 
afiliarlo como beneficiario adicionalpagando una 
cuota adicional, para ello debe estar dispuesto a 
firmar una carta dirigida a la EAPB donde asegura 
que el estudiante depende económicamente de él y 
se compromete a pagar el monto extra (consultar 
tabla UPC vigente). Lo anterior solo podrá 
efectuarse si el cotizante cumple con los 
requerimientos y la EAPB lo permite. 
 
3. En el caso de los estudiantes mayores a 25 años 
fuera de la cobertura por su edad, sus padres 
pueden volver a afiliarlos como beneficiario 
adicional. 
Fuente: Equipo de trabajo psicosocial SSISYDPS 
 
 
 
 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 10 de 13 
 
 
 
 
7. BIBLIOGRAFÍA 
 
 Cisneros, Fanny. Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia [En línea]. Universidad del Cauca, 2003. 
P. 2. [Consultado el 15 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
http://artemisa.unicauca.edu.co/~pivalencia/archivos/SistemaSeguridadSocialColombia.pd. 
 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Decreto 1683. (02, agosto, 2013). Por el cual se reglamenta 
el artículo 22 de la Ley 1438 de 2011 sobre portabilidad nacional en el Sistema General de Seguridad Social 
en Salud. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2013. no. 48870. págs. 1-7. 
 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Decreto 3047. (27, diciembre, 2013). Por el cual se 
establecen reglas sobre movilidad entre regímenes para afiliados focalizados en los niveles I y II del SISBEN. 
Diario Oficial. Bogotá, D.C., 2013. 
 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 100. (23, diciembre, 1993). Por la cual se crea el sistema 
de seguridad social Integral y se dictan otras deposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 1993. no. 41148. págs. 
1-168. 
 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1438. (19, enero, 2011). Por medio de la cual se reforma 
el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 
2011. no. 47957. págs. 1-60. 
 COLOMBIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley Estatutaria 1751. (16, febrero, 2015). Por medio de la 
cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial. Bogotá, D.C., 
2011. no. 49427, págs. 1-5. 
 COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1122. (09, enero, 2007). Por la cual se hacen algunas 
modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. [En línea]. 
Consultado el 15 de febrero 2018. P. 6. Disponible en Internet: 
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/ley-1122-de-2007.pdf. 
 Departamento Nacional de Planeación DNP. Aseguramiento. [En línea]. Actualización: 11 de noviembre de 
2016. [Consultado el 15 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-salud/Paginas/aseguramiento.aspx. 
 Ministerio de Salud y Protección Social, Puntajes de SISBEN III [En línea]. 
http://guiatramitesyservicios.bogota.gov.co/portel/libreria/pdf/PUNTAJESSISBENTABLANo4.pdf. 
[Consultado el 16 de noviembre 2017] 
 Ministerio de Salud y Protección Social. Todo lo que usted debe saber sobre el plan de beneficios - POS. [En 
línea]. Actualización: 11 de noviembre de 2014. [Consultado el 20 de febrero 2018]. Disponible en Internet: 
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/RBC/todo-lo-que-usted-debe-saber-
sobre-el-plan-de-beneficios.pdf. 
 Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 5596 (24 diciembre 2015). Por la cual se definen los 
criterios técnicos para el Sistema de Selección y Clasificación de pacientes en los servicios de urgencias "Triage" 
 Universidad Industrial de Santander. Acuerdo 060 de 2008. (22, agosto, 2008). Por el cual se módica y adiciona 
el Acuerdo del Consejo Superior No. 090 de 1984. Págs. 1-5. [Consultado el 20 de febrero 2018]. Disponible 
en Internet: http://www.uis.edu.co/webUIS/es/acercaUis/reglamentos/acuerdo0602008.pdf. 
 https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/afiliacion-transaccional-sat.aspx 
 https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/portabilidad-en-atencion-en-salud.aspx 
 https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/promocion-social/Paginas/Calidad-salud-deberes-derechos-
mecanismos.aspx 
https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-salud/Paginas/aseguramiento.aspx
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/RBC/todo-lo-que-usted-debe-saber-sobre-el-plan-de-beneficios.pdf
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/RBC/todo-lo-que-usted-debe-saber-sobre-el-plan-de-beneficios.pdf
http://www.uis.edu.co/webUIS/es/acercaUis/reglamentos/acuerdo0602008.pdf
https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/portabilidad-en-atencion-en-salud.aspx
https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/promocion-social/Paginas/Calidad-salud-deberes-derechos-mecanismos.aspx
https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/promocion-social/Paginas/Calidad-salud-deberes-derechos-mecanismos.aspx
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 11 de 13 
 
 
 
 
 
ANEXOS 
 
A. Puntuación del SISBEN III por área geográfica para la focalización poblacional. 
 
 
 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social15 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15 Ministerio de Salud y Protección Social, Puntajes de SISBEN III [En línea]. 
http://guiatramitesyservicios.bogota.gov.co/portel/libreria/pdf/PUNTAJESSISBENTABLANo4.pdf. [Consultado el 16 de noviembre 2017] 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 12 de 13 
 
 
 
 
 
B. FLUJOGRAMA DEL PAS 
INICIO
Consulta de profesional 
SSISYDPS con el estudiante
NO
¿Cuenta con 
vinculación en salud?
Se remite al PAS
El estudiante solicita la cita 
por la plataforma:
www.uis.edu.co
Asesoría en consulta con 
PAS
¿Su puntaje SISBEN 
permite la Afiliación 
R.S.?
NO
Solicitar encuesta del 
SISBEN en Bucaramanga o 
AMB
¿Su puntaje es 
inferior a 54,86 o AMB 
51,57 ?
SI
El profesional no remite al 
PAS
FIN
SI
¿Esta radicado en 
Bucaramanga?
SI
NO
Solicitar en una Entidad de 
Salud la Afiliación al R.S.
SI
Referir la certificación en 
salud al PAS
Registra en la plataforma 
SIMSIS y matriz de 
seguimiento
FIN
Dirigirse al municipio 
donde esta su SISBEN 
Realizar en una E.S la 
Afiliación R.S. o movilidad 
entre regímenes
Solicitar la portabilidad a 
Bucaramanga
NO
Confirmación o consulta en 
paginas oficiales.
 
 
 
 
 
 
 PROCESO BIENESTAR ESTUDIANTIL 
SUBPROCESO PROGRAMAS EDUCATIVO - 
PREVENTIVOS 
Código: GBE.103 
GUÍA DE ATENCIÓN PROGRAMA DE LA 
PROMOCIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD 
PARA LOS ESTUDIANTES UIS 
Versión: 03 
Página: 13 de 13 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONTROL DE CAMBIOS 
 
VERSIÓN 
FECHA DE 
APROBACIÓN 
DESCRIPCIÓN DE CAMBIOS REALIZADOS 
1 Octubre 01 de 2018 Creación del documento. 
2 Octubre 04 de 2019 
- Inclusión de las abreviaturas SAT, EAPB y UPC 
- Inclusión de normatividad 
- Modificación de los derechos y deberes en salud 
- Modificación de los cuadros 2, 3 y 4 
- Sustitución en el flujograma de la palabra PPAS por PAS 
3 Junio 01 de 2020 
- Inclusión de la definición de Beneficiario adicional y Tabla de 
valores de UPC. 
- Modificación de los numerales 5.1.1, 5.1.2, 6.1.2, 6.1.3, 6.1.4, 
6.1.5 y 6.1.6. 
- Inclusión de bibliografía

Otros materiales

Materiales relacionados