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EL AULA DE TRABAJO SOCIAL DESDE LA
EPISTEMOLOGIA FEMINISTA
COMPILADORAS Y EDITORAS:
MARCELA PAÍS ANDRADE, 
CAROLINA DEL VALLE, 
JULIETA NEBRA Y 
ELIZABETH VICENTE
ENTRE LA
POLÍTICA
PÚBLICA Y EL
TERRITORIO
Autoras: 
Agustina A. Rojas; Belén Mallaviabarrena ; Camila Sampayo; Carolina Cuffaro; Celina Vaca; Clarisa 
Marina Prusso; Daiana B. Riquelme Riveros ; Daniela Maresca ; Déborah Jael Balero; Delfina Freidzon ; 
Florencia Alberto ; Florencia García ; Florencia Grimolizzi; Guadalupe Gonçalves da Costa Lima; Jennifer 
Calahorrano ; Maia Ayelén Aguirre Carlevaro; María Eva Fernández; María Mercedes Palumbo; María Sol 
Pupo; Marlene Bracht; Melina Daniela Maffeo; Milagros Martin; Nadia Magalí Arzubi; Nahir Agustina 
Caamaño; Nair Lara Paoletta; Paula R. Gallinoti; Rocío Soledad Villarroel; Sol Morales; Yamila Fantoni.
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Entre la política pública y el territorio. 
El aula de Trabajo Social desde la epistemología 
feminista 
Marcela País Andrade, Carolina Del Valle, Julieta Nebra y Elizabeth Vicente 
(Compiladoras y editoras) 
 
Autoras: Agustina A. Rojas; Belén Mallaviabarrena; Camila Sampayo; Carolina Cuffaro; 
Celina Vaca; Clarisa Marina Prusso; Daiana B. Riquelme Riveros; Daniela Maresca; 
Déborah Jael Balero; Delfina Freidzon; Florencia Alberto; Florencia García; Florencia 
Grimolizzi; Guadalupe Gonçalves da Costa Lima; Jennifer Calahorrano; Maia Ayelén 
Aguirre Carlevaro; María Eva Fernández; María Mercedes Palumbo; María Sol Pupo; 
Marlene Bracht; Melina Daniela Maffeo; Milagros Martin; Nadia Magalí Arzubi; Nahir 
Agustina Caamaño; Nair Lara Paoletta; Paula R. Gallinoti; Rocío Soledad Villarroel; Sol 
Morales; Yamila Fantoni. 
 
 
 
 
 
 
 
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Evaluadorxs de los textos 
 
Alejandra (Alex) Zani 
Camila Suárez 
Julieta Vázquez 
Matías Pampin 
Micaela Josid 
Miranda González Martin 
Y anina Kaplan 
Sergia Tomás Rodríguez 
Victoria Barreda 
 
Idea de tapa 
Lucrecia Ramos Mejía 
 
Entre la política pública y el territorio: el aula de Trabajo Social desde la 
 epistemología feminista / Marcela Alejandra Pais Andrade; Carolina Del valle; Julieta Nebra y Elizabeth Vicente; 
 compilación de Marcela País Andrade ... [et al.]; Coordinación general de 
 Marcela País Andrade. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Marcela 
 Alejandra País Andrade, 2022. 
 Libro digital, PDF 
 
 Archivo Digital: descarga y online 
 ISBN 978-987-88-6330-6 
 
 1. Políticas Públicas. 2. Trabajo Social. 3. Feminismo. 4. Metodologías. I. Pais Andrade, Marcela Alejandra II. 
País Andrade, Marcela, comp. III. País Andrade, Marcela , coord. 
 CDD 320.6 
 
 
 
Esta publicación digital cuenta con el apoyo 
de: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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AGRADECIMIENTOS 
 
 
 
 
 
A la Carrera de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales 
por permitirnos dictar el curso del cual surge este texto. 
A la Universidad de Buenos Aires por financiar el proyecto 
UBACyT 20020190200435BA Discursos y prácticas en/desde las 
Políticas Públicas en la Argentina reciente. Estudios de 
intervención/investigación con perspectiva de género(s) y 
feminismo(s). 
A todas las personas que han trabajado en este proyecto por su 
amorosidad y generosidad. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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INDICE 
 
Prólogo 
Andrea Echevarría………………………………………………………………...…………6 
 
Presentación 
Entre la política pública, el territorio y la epistemología feminista. El aula de Trabajo 
Social desde “otras” metodologías 
Carolina Del Valle, Elizabeth Vicente, Julieta Nebra y Marcela A. País 
Andrade……………………………………………………………………………………...8 
 
1. Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad “Macachas 
y Remedios”: un análisis desde el Trabajo Social 
Nadia Magalí Arzubi, Carolina Cuffaro, Florencia García y Milagros 
Martin……………………………………………………………………………….….15 
 
2. Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de la Ley Micaela 
 Maia Ayelén Aguirre Carlevaro, Jennifer Calahorrano, Yamila Fantoni y Nair 
 Lara Paoletta………………………………………………………………………..…..22 
 
3. ¿Ampliar o crear? Qué pasa con las personas transgénero en la ley 26.485 
Camila Sampayo y Delfina Freidzon………………………………………….....…..…28 
 
4. Las tareas de cuidado en la agenda institucional actual 
Paula R. Gallinoti, Daniela Maresca, Daiana B. Riquelme Riveros y Agustina A. 
Rojas……………………………………………………………………………………35 
 
5. El alcance del Ingreso Familiar de Emergencia: una política pública con vistas a 
cerrar brechas de género 
Florencia Alberto, Nahir Agustina Caamaño y Sol Morales……………………………40 
 
6. Mujeres Emprendedoras 
María Eva Fernández, Clarisa Marina Prusso y Rocío Soledad 
Villarroel…………………………………………………………………………….…48 
 
7. Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, 
Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán - Lohana Berkins”. Estado de 
situación 
Florencia Grimolizzi……………………………………………………………………53 
 
8. De la ley al escenario: alcances y desafíos en la construcción de eventos musicales 
más diversos e igualitarios 
Marlene Bracht, Guadalupe Gonçalves da Costa Lima y Belén Mallaviabarrena………60 
 
9. Madres, cannabis y feminismo 
Déborah Jael Balero y Melina Daniela Maffeo……………………………………..…..66 
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A modo de cierre 
Una reflexión metodológica en torno a los modos de intervenir/investigar en políticas 
públicas con perspectiva de género(s): entre el libro, la materia y el grupo de 
investigación 
María Mercedes Palumbo y Celina Vaca…………………………………………………...74 
 
CONOCIENDO A LAS AUTORAS…………………………..…………………………83 
 
EQUIPO DOCENTE ……………………………………………………………………..90 
 
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………….…93 
 
FUENTES PERIODÍSTICAS……………………………………………………………98 
 
PÁGINAS CONSULTADAS……………………………………………………………101 
 
LEYES, PLANES Y PROGRAMAS CONSULTADOS………………………………102 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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PRÓLOGO 
 
 
 
 Cuando en el año 2017 se realizó la convocatoria a la presentación de materias 
optativas para la Carrera de Trabajo Social de la UBA fueron aprobadas un conjunto de 
asignaturas que trabajaban desde la perspectiva de género, incluyendo la coordinada por 
Marcela País Andrade. Para nuestra disciplina, esta articulación entre intervención social y 
desigualdades sexo genéricas resultaba -y resulta- imprescindible, y aunque su incorporación 
como materias específicas era novedosa, este abordaje transversal reconoce desarrollos 
anteriores fecundos, en los que las y los colegas fueron abriendo camino. 
Ya en los años posteriores a la reapertura democrática se había incorporado en la agenda de 
las políticas públicas líneas de trabajo vinculadas a las demandas de “las mujeres”, como 
salud sexual y reproductiva, participación, violencia doméstica (luego resignificada como 
violencia de género) (Paura y Zibecchi, 2019). El Trabajo Social realizó importantes aportes 
a esas iniciativas. En los ‘90 se fue consolidando la perspectiva de género, impulsada por 
organismos internacionales, pero también por la labor cotidiana y en ocasiones silenciosa de 
colegas que trabajaron por instalar la perspectiva y hacerla carne en sus prácticas. 
Las reflexiones que acompañaron esa tarea también permearon la academia, tanto en el 
ámbito de la producción de conocimiento, como en la formación de grado y posgrado. 
Podemos mencionar como pioneras a nuestras profesoras Estela Grassi, Violeta Correa y 
Elena Zunino, que desde distintos espacios curriculares incorporaron de manera transversal 
la lectura de las desigualdades sexo genéricas. Nos reconocemos como herederas de esos 
aportes, de esas búsquedas, que impregnaron también nuestra propia formación. 
No obstante, la posibilidad de contar con materias específicas, como la dictada por Marcela 
País Andrade y su equipo, permitió profundizar este recorrido. En un momento históricoen 
el que la comunidad educativa de Trabajo Social se halla interpelada por los feminismos y 
los procesos de movilización social en torno a reivindicaciones históricas, la perspectiva de 
género permitió profundizar la definición de nuestro quehacer profesional. El enfoque de 
género, entonces, no suprime los recorridos disciplinares anteriores respecto a la delimitac ión 
de nuestro objeto de intervención en torno a la cuestión social y sus manifestaciones 
históricas (Rozas, 1998), o a su resignificación como cuestión nacional (Carballeda, 2013); 
sino que los complejiza y enriquece al incorporar otro clivaje: el de las desigualdades social 
e históricamente construidas en torno a las identidades sexo genéricas. 
Por otra parte, el proceso pedagógico desarrollado por la cátedra en estos años permitió dar 
un paso más: incorporar como práctica sistemática la formación de personas que investigan, 
desde esta misma mirada. El despliegue de una epistemología feminista, en la que los rasgos 
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androcéntricos (de las políticas estudiadas, pero también de los procesos de producción de 
conocimientos) puedan ser visibilizadas y cuestionadas, constituye un aporte esencial de este 
equipo, que hoy se materializa en este libro. 
Estudiantes que ya no solo “escuchan”, sino que también “dicen”. Afirman, cuestionan, se 
preguntan, debaten. Retomando la perspectiva freireana, ya no se trata de memorizar, sino de 
decir y transformar el mundo desde la palabra. Y en ese proceso, nos transformamos todes. 
Invitamos a lectores y lectoras a entrar en diálogo también con estos aprendizajes y estas 
búsquedas. 
 
 
Andrea Echevarría, 
Directora de la Carrera de Trabajo Social UBA para los períodos 2018-2022. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Referencias bibliográficas 
Carballeda, Alfredo (2013). La intervención en lo social como proceso, Buenos Aires: 
Espacio. 
Paura, Vilma y Zibecchi, Carla (2019). Género y programas sociales: la construcción de una 
nueva agenda de investigación, en Trabajo y Sociedad, Nro. 32, Santiago del Estero. 
Rozas, Margarita (1998). Una perspectiva teórica metodológica de la intervención en 
Trabajo Social, Buenos Aires: Espacio. 
 
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Entre la política pública, el territorio y la epistemología feminista 
El aula de Trabajo Social desde “otras” metodologías 
 
Carolina Del Valle 
Elizabeth Vicente 
Julieta Nebra 
Marcela A. País Andrade 
 
 
 Este libro pone en diálogo diferentes espacios de investigación e intervención con 
enclave feminista, diverso y disidente generados en y desde la Facultad de Ciencias Sociales 
(FSOC) de la Universidad de Buenos Aires (UBA). En sus bases los trabajos que aquí se 
leerán se enmarcan en la materia optativa denominada “La transversalidad de género(s) en 
las políticas públicas” que se dictó en la FSOC durante 4 años (2018-2021). La misma se 
inscribió en la carrera de Trabajo Social y fue una de las primeras materias que han 
conformado el Círculo de Formación Feminista (CIRFFEM) -creado por la Subsecretaría de 
Política de Género de dicha Casa de Estudio- permitiendo a lxs estudiantes de las 5 carreras 
(Sociología, Trabajo Social, Comunicación Social, Relaciones del Trabajo y Ciencias 
Política) autogestionarse una formación feminista en sus diferentes disciplinas. 
Este equipo de docentes lo conformamos 4 trabajadoras sociales y 1 socióloga, todas 
egresadas de la Universidad de Buenos Aires. Somos feministas e invest igadoras con 
perspectiva de géneros. Algunas de nosotras damos clases y coordinamos proyectos de 
investigación desde el año 2013 (Proyectos PIG y UBACYT)1. Nuestras áreas de inserción 
laboral se vinculan con la salud pública, la educación pública, la gestión cultural y las 
juventudes, las cuales nos han permitido llevar al aula discusiones actuales en torno a las 
políticas públicas que ellas engloban. 
En este sentido, la materia se fue configurando, por un lado, en un espacio formativo que 
materializó interrogantes surgidos a lo largo de nuestro recorrido. Por otro lado, profundizó 
y construyó nuevos desafíos para (re)pensar el tema que nos convocó en la materia dictada: 
políticas públicas y géneros2. 
Finalizado el ciclo de la materia, continuamos reflexionando en torno a la potencia de dicha 
experiencia, y en cuanto a la relación entre las aulas, los territorios y las políticas públicas 
desde una epistemología feminista ¿por qué no dar a conocer algunos de los trabajos 
realizados por lxs estudiantes? ¿por qué no traspasar la puerta del aula y poner en diálogo 
 
1 Proyectos desde los cuales hemos realizado diversas jornadas, seminarios, intercambios con otros grupos de 
investigación, hemos publicado algunas de nuestras reflexiones en revistas científicas (nacionales e 
internacionales) y en diversos libros. 
2 Acuñamos el término “géneros” para desbordar y complejizar el binomio femenino -masculino e incorporar 
las identidades Trans/disidencias/diversidades que implican la materialización de diversas formas de ser y 
sentirse “mujeres”, “varones” u “otres no binaries”. En este sentido, visibilizamos y/o recuperamos el sentido 
político del término. 
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nuestras elucidaciones? En este sentido, este libro busca plasmar, a través de los trabajos 
presentados a continuación, algunos de los debates, discusiones y análisis en torno a las 
distintas políticas con las que lxs estudiantes fueron trabajando a lo largo de estos años. 
Además, propone reflexionar en torno a lo que hemos denominado las "metodologías otras” 
puestas en práctica a lo largo de las cursadas. Recuperamos y reforzamos, de esta manera, 
aquellas formas de pensar la planificación y el dar una clase desde perspectivas que valoran 
los saberes de todxs lxs participantes, que estimulan el intercambio de opiniones y pareceres, 
que invitan al debate y que, principalmente, buscan profundizar las discusiones e 
incomodarnos en ellas. 
La propuesta formativa de la materia abordó la transversalidad de género(s) en las políticas 
públicas relacionadas con las diversas problemáticas actuales que son objeto de intervenc ión 
e investigación del Trabajo Social. De esta manera, durante los años que transcurrió la 
cursada logramos identificar, profundizar y generar debates acerca de la planificac ión, 
ejecución y evaluación de las políticas, programas y líneas de acción desde un enfoque de 
géneros. 
Durante este tiempo, dicha propuesta pedagógica además fue modificándose y sumando 
nuevas perspectivas de análisis. Por ejemplo, identificamos que en los comienzos de la 
cursada presentamos una mirada que podría ser leída como “binaria”, y luego, a partir de 
diversas discusiones dadas al interior del equipo de trabajo como también sugerencias y 
aportes de lxs estudiantes, incluimos otras perspectivas como la interseccionalidad, el 
transfeminismo y la teoría queer/cuir. Desde un primer momento, las clases fueron pensadas 
como talleres donde era posible articular los aspectos teóricos con los prácticos. Para esto 
implementamos diversas dinámicas lúdicas y recreativas desde las cuales potenciamos los 
debates. A su vez, identificamos la necesidad de lxs estudiantes de espacios que presenten 
los conceptos e ideas principales que lxs autores trabajados proponen, como también la 
contextualización de las políticas públicas elegidas para abordar en el aula. Invitamos a 
referentes de diversas áreas y temáticas; de organizaciones; como también a militantes y 
activistas a contarnos sus experiencias en los territorios. También compartimos actividad e 
intercambiamos con otras materias pertenecientes al CIRFFEM. Asistimos a charlas sobre la 
ley del aborto en contexto de pleno debate. Y, en época de pandemia y virtualidad adaptamos 
el contenido y las actividades en diversas plataformas, buscando no perder el espíritu de la 
propuesta de taller con el desafíoque eso implica. 
Fue de esta manera que fuimos modificando la planificación de las clases teniendo en cuenta 
los aportes y las evaluaciones de fin de cursada que realizaron lxs estudiantes de las distintas 
carreras. Consideramos que fueron estas modificaciones las que nos han permitido continuar 
reflexionando en torno a las maneras de dar clases, de construir programas, modificar la 
bibliografía y las actividades que acompañen a lxs estudiantes en su proceso de formación. 
A partir de estas acciones, entendemos la importancia de la reflexión permanente en torno a 
las formas de abordar los objetivos y la metodología de dar clases en el aula. 
Al mismo tiempo, los aspectos teóricos que acompañaron el desarrollo de la materia fueron 
observados y problematizados desde una epistemología crítica y feminista. Fue así que se le 
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propuso a lxs estudiantes analizar algunas políticas públicas a través de las herramientas y 
aportes de los feminismos. En esta línea, los trabajos que aquí leerán, y que fueron parte de 
la evaluación final de la materia, se dieron a la tarea de repensar a las políticas públicas y la 
perspectiva de géneros desde la reflexividad (Guber, 2011), la cual nos permite pensarnos 
como agentes que interpelamos pero que también somos interpeladxs por el lugar que 
habitamos como estudiantes, como (futurxs) profesionales y como feministas. En este 
sentido, planteamos la pregunta ¿Qué implicancias conlleva transversalizar la perspectiva de 
género(s) en las políticas públicas? 
En primer lugar, implicó (re)pensar la feminización del trabajo social y el rol de quienes 
ejercen dicha profesión en las políticas públicas como ejecutorxs, pero a la vez como 
resignificadorxs de las mismas. También implicó resignificar a las políticas desde ámbitos 
de reflexión teórica como de reflexividad en la intervención; y aportó a significar 
“poblaciones problema” (Foucault, 1978). En este sentido, resultó fundamental tener una 
mirada crítica y reflexiva sobre las formas de intervenir/investigar desde el Trabajo Social 
con y desde el aporte del resto de las carreras que entretejieron los debates de la materia. 
En segundo lugar, reflexionamos en torno a que la mayoría de las políticas públicas se 
presentan como “neutras” en cuestión de género. Es decir, son políticas destinadas a la 
población en general o a un sector, sin considerar los atravesamientos de género. Por ello, 
siguiendo a Anzorena (2013) clasificamos las políticas públicas de la siguiente manera: 
● Políticas que se plantean “neutras” al género 
● Políticas destinadas a mujeres 
● Políticas con perspectiva de género 
 
Las políticas dirigidas hacia mujeres apuntan a resolver problemáticas específicas que se 
consideran desventajosas para las mujeres, dice Anzorena (2013), y nosotras agregamos: 
también para lesbianas, travestis, trans y no binaries. Sin embargo, entendemos que estas 
políticas no cuestionan, y mucho menos modifican, las estructuras que las generan y están 
dirigidas a paliar las desigualdades producidas por el sistema capitalista, patriarcal y racista. 
Mientras que las políticas con perspectiva de género hacen alusión a las intervenciones que 
realiza el Estado para reducir la desigualdad y discriminación entre los géneros. Estas 
políticas entienden que la protección de los derechos y su garantía es responsabilidad del 
Estado, por lo tanto, apuntan a la promoción de derechos, al ejercicio pleno de ciudadanía y 
a la autonomía de las mujeres, lesbianas, travestis, trans y no binaries (Anzorena, 2013). 
Estos enfoques nos convocan a pensar desde el Trabajo Social las desigualdades, opresiones 
y exclusiones que genera el capitalismo, el patriarcado y el racismo, y sus implicancias en 
los territorios, en las comunidades, en los cuerpos y las vidas, mayormente de las identidades 
diversas y disidentes. A su vez, nos propusimos pensar de manera situada (Haraway, 1995) 
y por ende los trabajos aquí presentados incorporan el desafío de seguir pensando en las 
políticas públicas complejizando los lugares que ocupan y las relaciones que se tejen en 
territorios específicos, por ende, se incluye en el análisis al Estado y sus agentes, a lxs 
destinatarixs, y a la sociedad en general. Se ha reflexionado desde/en la elaboración de las 
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políticas públicas al visibilizar la participación que tienen lxs diferentes actores sociales y 
sujetos (Estado, sociedad política, sociedad civil, mercado, organizaciones no 
gubernamentales, movimiento de mujeres, movimiento LGBTIQ+3, feministas, colectivas, 
entre otras) en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas. Igualmente, estos 
trabajos no desconocen que las políticas públicas producidas y reproducidas en un gobierno 
determinado persiguen los intereses que responden al proyecto político que se busca 
establecer. Sin embargo, esto no deja de ser continuamente tensionado por todxs lxs actores 
involucradxs, incluso a partir de las mismas contradicciones que entre ellxs existen. 
Entendidas así, las políticas públicas también se conforman a partir de las demandas, los 
reclamos, las luchas y las resistencias de la sociedad. Es el movimiento feminista un claro 
ejemplo de esto. 
Este libro, es producto de estos debates en los que se entrecruzan la teoría, los 
posicionamientos políticos y las experiencias singulares. A través de sus páginas podrán leer 
diferentes textos que han sido seleccionados de los trabajos finales de lxs estudiantxs que se 
han presentado en la materia. Esta publicación surge entonces de las motivaciones colectivas 
que siguieron dando vueltas aún al finalizar la experiencia áulica y la necesidad de transmit ir 
lo aprendido. Encontrarán en sus páginas nueve artículos que han sido evaluados por 
integrantes del UBACYT dirigido por la titular de cátedra, sugiriendo aportes, aclaraciones 
y readecuaciones. De esta manera, incorporamos también el aprendizaje de cierto oficio 
científico al ensayar - en un ambiente cuidado y respetuoso- las formas de publicación de un 
trabajo. Agradecemos la generosidad de quienes han evaluado los artículos y de quienes aquí 
escriben por haber brindado sus textos a este trabajo colectivo, por leer y tomar las 
sugerencias que sus evaluadores les han hecho, corregirlos y ahora sí compartirlos. 
En el primer capítulo "Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y 
Diversidad 'Macachas y Remedios': un análisis desde el Trabajo Social", Nadia Magalí 
Arzubi, Carolina Cuffaro, Florencia García, Florencia y Milagros Martin analizan dos 
experiencias de implementación de espacios de formación en género en la Ciudad de Buenos 
Aires y en Chubut. A partir del análisis de documentación y de entrevistas realizadas a 
referentes plantean diferencias a raíz de los contextos territoriales pero también múltip les 
similitudes, entre ellas el amplio margen de autonomía que la política habilitaba a las 
organizaciones sociales encargadas de su implementación. 
En el segundo capítulo "Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de 
la Ley Micaela" Maia Ayelén Aguirre Carlevaro, Jennifer Calahorrano, Yamila Fantoni y 
Nair Lara Paoletta reflexionan sobre la ley Micaela afirmando que la misma se nos presenta 
como una herramienta indispensable para incorporar la perspectiva de género en los 
diferentes ámbitos donde se la aplique. De esta manera dicha normativa se propone combatir 
las violencias y desigualdades de género e incorporar una perspectiva de diversidad sexual e 
interseccional. 
 
3 Estas siglas corresponden a: lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y queer; 
además al final se añade el símbolo + para incluir a todos los colectivos que no están representados en las siglas 
anteriores. 
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En el tercer capítulo "¿Ampliar o crear? Qué pasacon las personas transgénero en la ley 
26.485" Camila Sampayo y Delfina Freidzon se preguntan de qué manera la ley de protección 
integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres regula las 
violencias que se ejercen sobre identidades trans. Las autoras presentan el marco normativo 
nacional e internacional que aborda esta problemática y lo articulan con los relatos de 
trabajadorxs y referentes del tema que intervienen en dispositivos de la Provincia de Buenos 
Aires y de CABA. Finalmente, nos invitan a reflexionar en torno al surgimiento de leyes 
específicas que apunten a personas trans. 
En el cuarto capítulo "Las tareas de cuidado en la agenda institucional actual" Paula Gallinoti, 
Daniela Maresca, Daiana Riquelme Riveros y Agustina Rojas analizan el "Programa Integral 
de Reconocimiento de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado" con la intención de dar 
cuenta del lugar que ocupan las problemáticas de género(s) en la agenda pública en particular 
en relación a las tareas de cuidado. El artículo entrecruza datos del programa con estadísticas 
sobre distribución de tareas, y pone de manifiesto las tensiones que se presentan que les 
permiten interpretarla en tanto política de redistribución como de reconocimiento. 
En el quinto capítulo, "El alcance del Ingreso Familiar de Emergencia: una política pública 
con vistas a cerrar brechas de género", Florencia Alberto, Nahir Agustina Caamaño y Sol 
Morales, por un lado, analizan el alcance del primer pago del “Ingreso Familiar de 
Emergencia” (IFE), contextualizando la situación de desigualdad de género(s) y su 
incremento durante el “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” (ASPO). Así como 
identifican el rol de la Dirección Nacional de Economía, Igualdad y Género en el diseño de 
esta política. Por último, a partir de una encuesta semi-estructurada destinadas a mujeres 
beneficiarias del IFE, buscan conocer la recepción de dicha política con el fin de detectar los 
alcances y limitaciones del IFE como herramienta para paliar las dificultades y/o brechas de 
género(s). 
En el sexto capítulo "Mujeres Emprendedoras", María Eva Fernández, Clarisa Marina Prusso 
y Rocío Soledad Villarroel nos proponen reflexionar en torno a una política económica 
destinada a mujeres del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Las autoras se cuestionan 
acerca de los objetivos que se propone el programa “Mujeres emprendedoras”, problematizan 
sobre los requisitos para poder acceder al mismo, y se animan a “realizar la prueba” para ser 
“beneficiarias” de dicho programa. El análisis de este trabajo lleva a seguir preguntando(nos) 
acerca de los alcances redistributivos de las políticas públicas. 
En el séptimo capítulo, "Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para 
Personas Travestis, Transexuales y Transgénero 'Diana Sacayán - Lohana Berkins'. Estado 
de situación", Florencia Grimolizzi, detalla la situación socio-económica por la que 
actualmente atraviesan las personas travestis-trans, así como analiza la propuesta de 
reparación histórica respecto de la desigualdad estructural que existe en la sociedad que esta 
normativa propone. Para ello, la autora, indaga respecto del cumplimiento efectivo de la Ley 
27.636 en todo el territorio nacional con el fin de conocer la posibilidad de igualdad real de 
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oportunidades laborales que tiene las personas travestis, transexuales y transgénero a partir 
de la sanción de dicha ley. 
En el capítulo ocho "De la ley al escenario: alcances y desafíos en la construcción de evento s 
musicales más diversos e igualitarios" Marlene Bracht, Guadalupe Gonçalves da Costa Lima 
y Belén Mallaviabarren describen y analizan la ley sobre Cupo Femenino y Acceso de 
Artistas Mujeres y Personas de Género Autopercibido a los Escenarios Musicales. Por medio 
de entrevistas a las referentas e impulsoras de la Ley nos permiten reflexionar sobre la 
primera normativa a nivel mundial que establece un cupo femenino para eventos musicales. 
En el noveno capítulo "Madres, cannabis y feminismo" Déborah Jael Balero y Melina 
Daniela Maffeo presentan un análisis en torno a las recientes políticas que enmarcan el 
consumo de marihuana medicinal en Argentina. Las autoras ponen en juego el 
entrecruzamiento de debates acerca de la despenalización del autocultivo y consumo de 
cannabis, y nos muestran como los feminismos acompañan la ampliación de derechos y 
diversifican las miradas. 
Finalmente, a modo de cierre Mercedes Palumbo y Celina Vaca comparten el texto “Una 
reflexión metodológica en torno a los modos de intervenir/investigar en políticas públicas 
con perspectiva de género(s): entre el libro, la materia y el grupo de investigación”. El 
capítulo ofrece una reflexión metodológica sobre los modos de intervenir/investigar en torno 
a políticas públicas con perspectiva de género(s) que recorre los distintos capítulos que 
componen este libro. Así, describen una serie de contribuciones que pueden observarse en el 
entramado entre este libro, la materia de la cual surge, y el grupo de investigación que nutre 
e interviene tanto en el libro como en la materia desde distintos roles. Para finalizar, 
recuperan la materialización de posicionamientos metodológicos y epistemológicos críticos 
en las prácticas de investigación que estas instancias reflejan. 
Entendemos que esta compilación es un entramado que se fue tejiendo desde una 
epistemología feminista que desnaturaliza las desigualdades que se producen al interior del 
campo de las Ciencias Sociales. El sistema binario de representación identitaria que 
transforma la diferencia en desigualdad (Maffia s/f) reviste a la investigación con cualidades 
mayoritariamente masculinas. La racionalidad, la objetividad, las tareas intelectuales han 
sido asociadas a “lo masculino” en el devenir histórico, quedando la actividad investiga t iva 
en manos de los hombres. En términos generales, como mencionamos anteriormente, lo 
femenino ha sido relegado a tareas de cuidado y ha tenido una incorporación “tardía” al 
campo de las ciencias (País Andrade y González Martín y 2014). 
Es por ello que, desde nuestra materia, propusimos fomentar un espacio de construcción 
colectiva del conocimiento en torno a las políticas públicas, desde una perspectiva de géneros 
que dispute los sentidos hegemónicos como así también que tensione los lugares subalternos 
de lxs poblaciones con quienes trabajamos y del trabajo social –y las trabajadoras sociales- 
como disciplina capacitada para pensar, ejecutar, resignificar y problematizar las políticas 
públicas en diálogo permanente con las demás disciplinas del campo social. 
Finalmente sostenemos como posicionamiento político feminista la puesta en valor de las 
producciones estudiantiles producto de reflexiones y debates colectivas que se dieron en el 
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aula, pero también en sus casas, en la calle, en sus trabajos. Este libro nos llena de alegría 
porque es el producto de un largo camino recorrido como equipo, y es a la vez cierre y 
apertura. Esperamos que lo disfruten y que les invite a pensar en torno a la importancia de 
transversalizar la perspectiva de género(s) en las políticas públicas. 
 
 
 
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Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad 
“Macachas y Remedios”: un análisis desde el Trabajo Social 
 
Nadia Magalí Arzubi. Lic. en Trabajo Social 
Carolina Cuffaro. Lic. en Trabajo Social 
Florencia García. Estudiante de la Licenciatura en Trabajo Social 
Milagros Martin. Lic. en Trabajo Social 
 
Introducción 
 El objetivo principal de este trabajo es analizar y reflexionar la perspectiva de género 
presente- o no- en el Programa de Escuelas Populares de Formación en Género, así como 
reponer las modificaciones sufridas a partir del contexto. 
Es pertinente aclarar que,al momento de escritura del trabajo, el mismo correspondía a uno 
de los objetivos del Plan Nacional de Acción para la prevención, asistencia y erradicación 
de la violencia contra las mujeres 2018-2020 del Instituto Nacional de las Mujeres. En la 
actualidad, el Programa amplía su perspectiva y es nombrado, Programa de Escuelas 
Populares de Formación en Género y Diversidad “Macachas y Remedios''. Se encuadra- del 
mismo modo- dentro del Plan Nacional de Acción mencionado del periodo 2020-2022, 
desarrollado por el actual Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. 
Además de fuentes primarias bibliográficas teóricas, recuperamos la palabra de dos 
Licenciadas en Trabajo Social, Yanina Kaplan y Camila Suárez, ambas desde diferentes 
organizaciones, la primera llevándolo a cabo en la Ciudad de Buenos Aires y la segunda en 
la ciudad de Esquel, provincia de Chubut. 
A partir de lo expuesto, se espera poder problematizar cómo la perspectiva de género 
atraviesa a la política pública mencionada, reflexionando de manera crítica sobre su ejecución 
desde el Trabajo Social. 
 
Contexto de surgimiento 
 
 Realizar un recorrido histórico acerca del contexto de surgimiento del Programa 
Escuelas Populares de formación en Género, hoy y de Diversidad: “Macachas y Remedios” 
nos permitió visibilizar las luchas sociales, políticas y feministas por los derechos de las 
mujeres y la reivindicación de las mismas como sujetas políticas. Dichas luchas, son 
acompañadas por colectivas disidentes en el marco del reclamo por el reconocimiento y la 
igualdad de derechos. 
En tanto el contexto de surgimiento, Díaz, Impemba, Irizarry y Steiner (2013) realizan un 
breve recorrido histórico alrededor de Convenciones y Conferencias internacionales y Leyes 
nacionales sobre la violencia contra las mujeres. En la línea de la fundamentación del 
Programa Escuelas Populares de formación en Género, hoy y de Diversidad: “Macachas y 
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Remedios”, las relaciones de equidad entre mujeres cis género, LGBTTQIANB+4 y varones 
cis género es condición necesaria para el desarrollo integral de todas las personas. El 
patriarcado, entendido como sistema cuyo entramado genera el trato desigual entre mujeres 
y varones, elabora las condiciones para que se ejercite la violencia contra la mujer cis género 
y LGBTTQIANB+. La misma ha sido incorporada a las agendas de los Estados a nivel 
internacional, en parte, gracias a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de 
Discriminación contra la Mujer (CEDAW), firmada en 1979 por la Asamblea General de las 
Naciones Unidas. Particularmente Argentina, adhirió a ella en 1980 por medio de la Ley 
N°23.779. 
Siguiendo este recorrido, en el año 1993 se realizó la Conferencia Mundial sobre Derechos 
Humanos en Viena, en la cual se estableció que la violencia contra las mujeres es una 
violación de los derechos humanos. Desde un enfoque estratégico, se realiza en Beijing, en 
el año 1995, la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres: Acción para la Igualdad, el 
Desarrollo y la Paz. A nivel regional, en la ciudad de Belém Do Pará, se acuerdan los 
contenidos de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la 
Violencia Contra la Mujer, en 1996. En ese mismo año fue adoptada por Argentina bajo la 
Ley N°24.632. Este último aborda las obligaciones que los Estados deben garantizar en lo 
que respecta a este convenio: “otorgar protección a las víctimas, castigos a sus agresores y 
educación al público para una efectiva erradicación de la violencia” (Díaz et al., 2013:94). 
A nivel nacional, en el año 2009 fue sancionada la Ley N°26.485 de Protección Integral para 
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que 
desarrollan sus relaciones interpersonales. La misma es sancionada con el objetivo de 
garantizar los derechos establecidos en la Constitución Nacional y los Tratados 
Internacionales anteriormente mencionados. La fundamentación del Programa Escuelas 
Populares de formación en Género, condice con la de la Ley en tanto se sustentan bajo la 
idea de que “la violencia contra la mujer se basa en una relación desigual de poder que 
afecta la vida, libertad, dignidad e integridad de las mujeres que la padecen” (Díaz et al., 
2013:95). 
En 1992 se creó en nuestro país el Consejo Nacional de la Mujer (en adelante, CNM) con el 
propósito fundamental de garantizar la construcción ciudadana de las mujeres, a partir de la 
promoción de “una transformación socio-cultural basada en la plena e igualitaria 
participación de las mujeres en la vida social, política, económica y cultural del país” 
(CNM). El CNM fue reemplazado por el Instituto Nacional de la Mujer (en adelante, INAM) 
durante el gobierno de M. Macri y una de las disposiciones planteadas por la Ley N°26.485 
supone la elaboración, implementación y monitoreo del Plan Nacional de Acción para la 
Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres 2018-2020 (Art. 
9) dentro del cual se enmarca el Programa elegido. El Plan de Acción permitirá- de acuerdo 
a sus lineamientos- no solo continuar construyendo estándares mínimos de actuación a partir 
de una perspectiva de género, sino ir trabajando en los diferentes factores que hacen a la 
 
4 Lesbianas, gays, bisexuales, trans, travestis, queer, intersex, asexuales, no binaries y + 
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accesibilidad de una atención integral. En esta línea, la Ley establece en el Art. 10 el 
desarrollo de espacios educativos para informar, concientizar y prevenir la violencia a partir 
del debate de dicha problemática y así generar estrategias para su erradicación- tal como lo 
plantea el Programa que nos convoca. Asimismo, el Programa Escuelas populares de 
formación en género se alinea a los objetivos de la Ley Micaela N°27.499, que establece la 
obligatoriedad de la capacitación en género para la Administración Pública. 
El 10 de diciembre de 2019 se crea el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la 
Nación. De esta manera, los proyectos y políticas públicas desarrollados por el INAM fueron 
absorbidos por el nuevo Ministerio, con algunas modificaciones. En esta línea y en relación 
al Programa que nos convoca, el mismo fue incorporado en el Plan Nacional de Acción 
contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022, cambiando sus objetivos, 
lineamientos y así su nombre, tal como indicamos anteriormente. 
 
Lineamientos, experiencias y análisis del programa 
 
 El Programa que nos convoca, fue relanzado en el año 2020 en el marco del Plan 
Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022 con el objetivo 
de desarrollar “espacios de formación, capacitación y encuentros territoriales, llevados 
adelante por redes comunitarias de la sociedad, referentxs, organizaciones y grupos sociales 
situados en distintos lugares del país” (Plan Nacional de Acción contra las Violencias por 
Motivos de Género 2020-2022). Este relanzamiento amplió su población destinataria en tanto 
organizaciones sociales, con o sin personería jurídica, cooperativas de trabajo, 
organizaciones sindicales, universidades nacionales e instituciones educativas terciarias. 
 
Lineamientos del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad 
 
El Programa elegido para analizar se construye a través de las premisas de la Educación 
Popular, herencia de Paulo Freire. La educación popular, como práctica emancipadora 
apuesta a un mundo diferente al de la opresión y su cuestión central es: “la del lenguaje como 
camino de invención de la ciudadanía” (Freire, 1992:59). Mediante la concientización de la 
participación popular, una propuesta que redefine a los actores sociales y sus funciones, 
rompiendo con la educación dominante y sus estructuras, deviniendo en una nueva 
distribución del poder (Zailin Brito, 2008). Eneste sentido, se propone propiciar encuentros 
basados en la deconstrucción de la subjetividad patriarcal para el ejercicio de derechos y 
reflexión crítica de las estructuras patriarcales de dominación/subordinación. 
Tal como fuera planteado anteriormente, los Tratados, Convenciones y Leyes tienen como 
fin- entre otros- la generación de políticas destinadas a la educación y formación de género 
como forma de erradicar la violencia. La formación brindada, fomenta la construcción de 
estrategias para la transformación de las desigualdades que se visibilizan en dichos 
encuentros desde una perspectiva de género. La misma es pensada por Lagarde (2001) en 
términos de aquella “que está basada en la teoría de género y se inscribe en el paradigma 
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teórico histórico-crítico y en el paradigma cultural del feminismo” (pp.13). Siguiendo a 
Lamas (2007), esta perspectiva en educación es fundamental porque nos permite reconocer 
“la importancia de comprender que la discriminación de las mujeres se produce de manera 
individual y colectiva, deliberada e inconsciente pues está tejida en las costumbres y la 
tradición” (pp.2). Resulta pertinente mencionar que esta nueva propuesta vino acompañada 
de una ampliación de miradas desde una perspectiva de la diversidad. En este sentido, la 
propuesta previa, si bien consideraba la diversidad como un tema a abordar, no era 
reconocida como población receptora de esa política pública. Las temáticas abordadas por el 
Programa están divididas en tres ejes: violencia por motivos de género, políticas de cuidado 
y diversidad. 
 
Experiencias del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad 
 
En el marco de la presentación del Trabajo Práctico Final de la materia La transversalidad 
de Género(s) en las Políticas Públicas en el año 2019, realizamos entrevistas a dos 
Licenciadas en Trabajo Social, Yanina Kaplan y Camila Suarez, quienes formaban parte del 
Programa de Escuelas de formación en Género y Diversidad desde el año 2018. El contacto 
fue por medio de las docentes de la Cátedra Pais Andrade. 
El formato de las entrevistas fue semi-estructuradas, esta modalidad permitió no perder de 
vista los ejes que se interesaban abordar y también dio lugar a la posibilidad de descubrir 
nuevos temas que no habían sido tenidos en cuenta en la formulación de la entrevista. La 
relevancia de ambas experiencias recayó en dos aspectos. Por un lado, ambas habían 
transitado por varias etapas del proceso de ingreso e implementación del Programa, con lo 
cual, contaban con un bagaje de información sumamente enriquecedor para nuestro trabajo. 
Por otro lado, estas experiencias permitieron analizar esta política pública de manera situada 
y desde dos puntos del país distintos: en CABA con la Lic. Kaplan y en Esquel, Chubut con 
la Lic. Suarez. 
A pesar de las diferencias en la implementación a raíz de los contextos territoriales en los 
que trabajaban, encontramos múltiples similitudes. Por un lado, la Lic. Kaplan, expresa que 
el dinero adjudicado era insuficiente en relación a los objetivos planteados. Del mismo modo, 
agrega que el circuito burocrático para el ingreso al Programa resulta complejo e ineficiente. 
En esta línea, la Lic. Suárez señala que hubo una gran demora en la adjudicación del dinero 
y no hubo una actualización del monto destinado, lo cual dificultó la organización de los 
talleres e inclusive llegó a generar dudas acerca de la implementación del Programa en el 
territorio, señalando la presente como la primera dificultad y falencia del Programa. 
En relación a los talleres, y criterios de trabajo, ambas coinciden que si bien contaron con la 
participación de varones cis-género, la mayoría de los encuentros estuvieron integrados por 
mujeres cis-género y LGBTTQIANB+. La Lic. Kaplan expresa que, al llevarse adelante bajo 
la modalidad de Educación Popular, los talleres estaban abordados de acuerdo a los intereses 
de las personas que asistían a ellos y de esta manera, se hacía más llevadero, y más 
enriquecedor. Para la Lic. Suárez, la modalidad de Educación Popular es muy importante, ya 
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que se pudieron articular los contenidos de una manera más conceptual y teórica e incorporar 
metodologías de la misma de manera fluida, siendo más enriquecedora. 
En lo que respecta para una mejor implementación del mismo, ambas coinciden en que sería 
necesario un mayor financiamiento, más promoción y otras herramientas para poder poner 
en juego en el programa. De acuerdo a las entrevistadas, al contenido estructural del proyecto 
le falta transversalidad, en particular en relación a disidencias y teoría queer, cuyo contenido 
si bien estaba planteado, no se encontraba actualizado en el cuerpo del programa. 
Resulta pertinente aclarar que las entrevistas fueron realizadas en el marco de la ejecución 
del Programa de Escuelas Populares de Formación en Género en el 2019 bajo la 
coordinación del INAM en el marco del gobierno de M. Macri. Actualmente, el Programa se 
lleva adelante bajo el nuevo Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, lo 
cual implica que cuenta con un presupuesto mayor para la ejecución del mismo. 
 
Análisis del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad 
 
Los temas abordados hasta el momento han ganado una gran visibilidad a partir del año 2015 
con la primera marcha del Ni Una Menos. Guzmán (2001), nos recuerda que no solo los 
problemas considerados de interés público ingresan a la agenda, esto depende también de “la 
manera en que son interpretados, del poder, los recursos y las estrategias de los actores que 
los movilizan, así como también de las especificidades del ámbito institucional al que se 
pretende hacer ingresar el tema” (pp. 12). Sin dudas, construir colectivamente desde una 
pluralidad de voces y desde diferentes espacios como estos, es generador de una mayor fuerza 
para ponerlo en el centro de la escena. 
Resulta interesante el acercamiento a la formación en género desde la Educación Popular que 
brinda el Programa. En ese sentido, retomamos el texto de Shore (2010) en el cual plantea 
que las políticas 
 
(...) reflejan maneras de pensar sobre el mundo y cómo actuar en él. Contienen 
modelos implícitos -y algunas veces explícitos- de una sociedad y de visiones 
de cómo los individuos deben relacionarse con la sociedad y los unos con los 
otros. De tal manera que las políticas algunas veces crean nuevos conjuntos 
de relaciones entre individuos, grupos o naciones (pp.31). 
 
De esta manera, los encuentros promueven reflexiones críticas sobre la realidad, con el 
propósito de crear nuevas relaciones sociales más igualitarias entre mujeres y varones a través 
de estrategias transformadoras generadas por les participantes de las reuniones de la Escuela 
Popular en formación en género. 
La modalidad de Educación Popular, bajo la que se desarrollan los talleres, permite que la 
actividad sea participativa, y se valore positivamente las experiencias de les participantes, 
que exista intercambio entre quienes asisten a estos talleres y se puedan identificar puntos de 
encuentro entre elles. Resulta un tanto ambicioso pensar que el Programa Escuelas Populares 
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de formación en género sea la solución total y acabada para la violencia y las desigualdades 
de género. Sin embargo, puede ser el punto de partida donde el encuentro y el diálogo entre 
quienes asisten a los talleres dé lugar a nuevas formas de lucha, a la organización y a la 
construcción de estrategias para la concreción de objetivos que han identificado como 
compartidos. 
Recuperando las conclusiones de las profesionales en relación al Programa y las 
complejidades en tanto el escaso financiamiento y la gran exigencia burocrática, Guzmán 
(2001) expresa “en general ha sido más difícil el diseño de políticas que propician una 
redistribución significativa de oportunidades y poder entre hombresy mujeres y afirman el 
protagonismo político y social de las mujeres independientemente del sector social de 
procedencia” (pp. 27). Además, algo que nos parece de gran importancia tener en cuenta, es 
que las políticas y su implementación, son expresión de una coyuntura en particular. No es 
muy difícil detenernos unos instantes y pensar las grandes desarticulaciones de distintos 
espacios que hemos vivido durante el gobierno de M. Macri. 
Siguiendo esta línea interpretativa, Guzmán plantea que “el margen de acción de la 
institucionalidad variara sustantivamente si este tiene rango de ministerio, subsecretaría o 
Dirección; si está localizado en un ministerio social o político; si cuenta o no con el staff 
profesional y los recursos suficientes” (pp.29). Lejos de ser datos insignificantes, es de gran 
relevancia ver desde qué aparato institucional se están llevando a cabo las políticas, su 
jerarquía y los recursos asignados. Solo así podremos tener un panorama más claro de su 
abordaje, y comprender que estas cuestiones son parte de un entramado mayor donde se 
ponen en juego intereses y luchas de poder, propios de cada momento histórico. Es por ello 
que la creación del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación implica para 
esta y otras políticas públicas un espacio de ampliación no sólo en términos presupuestarios 
sino también de puesta en escena y de perspectiva. 
 
Reflexiones finales 
 
 Entendemos que desde la creación del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad 
de la Nación, la ampliación del presupuesto y de la perspectiva de género y diversidad que 
atraviesa a dicho espacio, impulsó modificaciones importantes y necesarias en el presente 
Programa. De esta forma, es pertinente realizar una articulación con Guzmán (2001) en tanto 
entiende que las políticas públicas son el reflejo de una época y una sociedad en particular 
que las coloca en la agenda pública. En el caso del Programa que nos convoca y a partir de 
la modalidad de enseñanza que plantea, es esa sociedad, la que tiene la capacidad de trabajar 
con esa política con mayor libertad, atendiendo los deseos de la población sobre la cua l 
interviene. 
La modalidad de Educación Popular brinda tanto a las organizadoras de los encuentros como 
a les participantes de los mismos, la potestad para desarrollar los módulos de manera flexib le, 
atendiendo a los intereses y necesidades de la población. De esta manera, y retomando a 
Shore (2010), son los sujetos los que también modifican las políticas públicas, a la vez que 
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son éstas las que pueden cambiar las relaciones sociales entre los individuos que son parte de 
ellas. En este sentido, el Programa supone pensar nuevas formas de vincularnos desde una 
mirada crítica hacia el patriarcado. Asimismo, no podemos pensar que la construcción de 
políticas públicas y las modificaciones tanto de les sujetes que las conforman como de las 
mismas políticas sean inocentes. La integralidad de dichas políticas y programas es 
fundamental para el abordaje de las situaciones de violencia y opresión, y para el goce y 
pleno ejercicio de los derechos. 
De este modo, el desafío frente al que nos encontramos es el de seguir profundizando en 
materia de políticas públicas, y articular con diversos sectores de la población, promoviendo 
una mayor participación en el diseño de las mismas y buscando su integralidad. Es en este 
escenario donde consideramos que el Trabajo social tiene y debe asumir un rol altamente 
participativo, promoviendo la creación de políticas que permitan abordar las problemáticas 
existentes, entendiendo la complejidad que las caracteriza y recuperando la perspectiva de 
les actores. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de la 
Ley Micaela 
 
Maia Ayelén Aguirre Carlevaro. Lic. Trabajo Social 
Jennifer Calahorrano. Lic. Ciencia Política 
Yamila Fantoni. Estudiante Trabajo Social 
Nair Lara Paoletta. Lic. Ciencia Política 
 
 
Resumen 
 
 El 1 de abril de 2017, Micaela García, una joven de 21 años, salió de su casa para no 
volver nunca más. Micaela era entrerriana y militó activamente en el movimiento Evita y en 
el movimiento Ni una Menos. Fue secuestrada, violada y asesinada al salir de un boliche en 
Gualeguay por Sebastián Wagner, quien tenía antecedentes penales por abuso sexual y 
gozaba de libertad condicional. La lucha por parte de familiares y el impacto social que tuvo 
este acontecimiento expusieron la carencia conceptual que los organismos del Estado poseen 
en perspectiva de género para llevar a cabo sus intervenciones. Esto produjo un arduo proceso 
por generar una ley que fortalezca el cumplimiento de los derechos de las mujeres ante la 
violencia de género en todas sus formas. 
 
Introducción: Reseña Ley Nº27.499 
 
 El Estado argentino, a través de su adhesión a la Convención sobre la Eliminación de 
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) -aprobada por la Ley 
Nº23.1795 en 1985 y jerarquizada a rango constitucional con la reforma de la Constituc ión 
Nacional de 1994-, contrajo compromisos vinculados a la educación y capacitación del 
personal abocado a la prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer. 
En el año 2010, el informe particular para la Argentina Nº6 del Comité para la Eliminac ión 
de la Discriminación contra la Mujer; y, en 2012, el Mecanismo de Seguimiento de la 
Convención de Belém do Pará6 apuntaron a la necesidad de desarrollar planes de formación 
continua sobre violencia contra las mujeres, las disidencias y los derechos de las mujeres al 
personal que compone el Estado. Incluso, la Ley N°26.485 - “Ley de Protección Integral para 
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que 
desarrollen sus relaciones interpersonales”7- ya definía acciones vinculadas a la capacitación 
 
5 Ley Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. N°23.179/1985. 
Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/26305/norma.htm 
6 Organización de los Estados Americanos (OEA). Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). Mecanismo de 
Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). https://belemdopara.org/ 
7 Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos 
en que desarrollen sus relaciones interpersonales. N°26.485/2009. Disponible en: 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/152155/norma.htm 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/26305/norma.htm
https://belemdopara.org/
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/152155/norma.htm
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permanente. Dicha ley establece que el Estado nacional deberá promover y fortalecer 
interinstitucionalmente a las distintas jurisdicciones para la creación e implementación de 
servicios integrales de asistencia a las mujeres que atraviesan situaciones de violencia y a las 
personas que la ejercen. A su vez, tiene por objeto promover y garantizar: la eliminación de 
la discriminación por razones de género en todos los órdenes de la vida; el derecho de las 
mujeres a vivir una vida sin violencia; las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir a la 
sociedad; sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en 
cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; el desarrollo de políticas públicas de carácter 
interinstitucional sobre la violencia contra las mujeres; la remoción de patrones 
socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de 
poder; el acceso a la justicia y la asistencia integral -que atraviesan situaciones de violenc ia-en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las 
mujeres y/o en los servicios especializados de violencia. 
En este marco, la Ley Micaela8 decreta que se deben capacitar en temas de género y violenc ia 
por motivos género a todas aquellas personas que desempeñen una función pública dentro de 
los tres poderes del Estado nacional: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Alcanza a todo el 
personal, ya sean funcionarixs o empleadxs, cualquiera sea su nivel, jerarquía o tipo de 
contratación. La norma es obligatoria para el Estado nacional y, hacia mayo de 2020, todas 
las provincias y CABA adhirieron de forma voluntaria junto con aproximadamente 500 
municipios, universidades y otras entidades públicas del sector privado. La autoridad de 
aplicación es el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) 9 
que, a través de su Dirección Nacional de Formación y Capacitación en Género y Diversidad, 
evalúa los planes que propone cada organismo público. 
En la actualidad, la Ley Micaela se nos presenta como una herramienta indispensable para 
incorporar la perspectiva de género en los diferentes ámbitos donde se la aplique. De esta 
manera se propone combatir las violencias y desigualdades de género e incorporar una 
perspectiva de diversidad sexual e interseccional. En los términos que se la plantea, parece 
constituir un instrumento que nos invita a reflexionar críticamente sobre aquellas prácticas y 
hábitos cotidianos que producen y reproducen relaciones de violencia de género que nos 
permita actuar en consecuencia y poder transformarlos. Por ende, en teoría contribuiría a 
derribar aquellas prácticas patriarcales dentro de las instituciones, capacitando a funcionar ixs 
y empleadxs estatales. 
Si bien lo mencionado anteriormente hace referencia a los objetivos que se propone la ley, 
en este trabajo identificaremos las ventajas y puntos a fortalecer en la implementación de 
 
 
8 Ley Micaela de capacitación obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del 
Estado. N°27.499/2018. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-
319999/318666/norma.htm 
9 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. Disponible en: 
https://www.argentina.gob.ar/generos 
 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/318666/norma.htm
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/318666/norma.htm
https://www.argentina.gob.ar/generos
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dicha normativa. Para ello, planteamos como interrogante inicial: ¿Cuáles son los alcances y 
limitaciones principales que enfrenta la ejecución de esta ley en su praxis? 
Analizamos en lo que sigue los contenidos, perspectivas y paradigmas que se incluyen dentro 
de los siguientes cursos de capacitación: el Curso de Inducción que se llevó a cabo en la 
Cámara de Diputados de la Nación en el año 2020; en la Capacitación en Género realizado 
por Iniciativa Spotlight10; en el Cuadernillo “Ley Micaela 2021” también perteneciente a la 
Cámara de Diputados; y, en el libro “Ley Micaela” que lanzó en febrero de este año, la 
Imprenta del Congreso de la Nación dentro de la colección “Leyes explicadas”. Dicho 
material, fue conseguido por una de las integrantes del grupo que participó en las 
capacitaciones. 
Para cerrar este apartado, nos parece interesante tomar las palabras de Micaela como bandera 
e intentar transformarlas en acción: 
 
 Los grandes cambios suceden si hacemos bien (lo mucho o poco) que nos toca 
según nuestras responsabilidades, e influimos en el pequeño grupo de personas con 
las que nos relacionamos. Si muchas y muchos hacemos esto, tendremos una 
sociedad mejor y más inclusiva (Micaela García) 
 
¿Qué es una política? 
 
 Comenzaremos tomando a Shore (2010), quien afirma que la formulación de políticas 
es una actividad sociocultural profundamente inmersa en los procesos sociales cotidianos, en 
los “mundos de sentido” humanistas, en los protocolos lingüísticos y en las prácticas 
culturales que crean dichos mundos. De esta manera, el autor propone un enfoque 
antropológico para analizar las políticas públicas. Ello implica que las mismas pueden ser 
interpretadas en cuanto a sus efectos, las relaciones que crean y los sistemas de pensamiento 
más amplios en medio de los cuales están inmersas. 
Es por ello que podemos pensar a la Ley Micaela como una herramienta para modificar las 
relaciones de poder por diferencia de género -que se vienen reproduciendo desde hace siglos- 
y, al mismo tiempo, interpelar a los sistemas de pensamientos hegemónicos patriarcales. Por 
ejemplo, los temas abordados en el Curso del año 2020 dictado en la Cámara de Diputados 
del Congreso de la Nación fueron: concepto de género, diversidad sexual e identidades de 
género, estereotipos y roles de género, patriarcado, igualdad y equidad, desigualdades de 
género, interseccionalidad y desigualdades de género y dimensiones del análisis de género. 
Dicho curso, no se limitó a una exposición teórica, sino que puso en juego las subjetividades 
y las construcciones de sentidos de cada sujeto al mostrar videos y hacer preguntas que 
invitaban a la reflexión. 
 
10 La Iniciativa Spotlight es una alianza global y plurinacional puesta en marcha por la Unión Europea y las 
Naciones Unidas orientadas a eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Se puede 
consultar aquí: https://www.spotlightinitiative.org/es 
https://www.spotlightinitiative.org/es
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Este espacio, nos hizo reflexionar, retomando los aportes de Cris Shore, como las políticas 
reflejan maneras de pensar sobre el mundo y cómo actuar en él. Es decir, contienen modelos 
de una sociedad y significan cómo lxs individuos deben relacionarse con la misma y entre 
ellxs. En este sentido, podemos afirmar que la Ley Micaela problematiza el modelo de 
sociedad en el que estamos inmersxs -patriarcal, heteronormativo y misógino- e intenta servir 
de instrumento para su transformación, a través de la capacitación obligatoria en la temática 
de género para aquellas personas que se desempeñen en la función pública. Ello refleja lo 
que propone Shore (2010) al afirmar que las políticas son inherentemente instrumentales, en 
tanto constituyen herramientas de intervención y acción social para administrar, regular y 
cambiar la sociedad. 
De igual manera, se puede considerar al Cuadernillo de la Ley Micaela del año 2021 como 
una herramienta de intervención en la praxis, en el cual se profundizan los conceptos y 
amplían otros nuevos -tomando como punto de comparación el curso ya nombrado- , 
problematizando el modelo de sociedad hegemónico al visibilizar cuestiones relacionadas al 
mandato de la masculinidad, historizando los cuerpos sexuados, identificando la estructura 
binaria, observando la diversidad de masculinidades, desnaturalizando los estereotipos de 
género en la infancia, visibilizando las demandas de la comunidad LGBTIQ+, entre otros. 
En definitiva, dicha ley provee un “plan de acción”, siguiendo a Shore (2010) quien compara 
las políticas con el mito, ofreciendo narrativas retóricas que sirven para justificar -o 
condenar- el presente. Esto se observa en la posibilidad de proveer una zona de alianza entre 
lxs familiares de Micaela García y lxs diversxs ciudadanxs conmocionadxs por su femic id io 
junto a la gran cantidad de asesinatos de mujeres a causa de la violencia machista. Es decir, 
posibilitó una forma de unir a la gente en pos de una meta común: derribar el machismo de 
nuestra sociedad concientizando y problematizando las relaciones desiguales de poder por 
cuestiones de géneros. 
Otro punto que retomamos del autor es su sugerencia respecto a un enfoque de la políticapública que provea un método de investigación útil y que permita analizar cómo está 
funcionando el gobierno: ¿qué hace el Estado ante la creciente cantidad de femicid ios 
ocurridos en nuestro país? En este sentido creemos que la ley busca concientizar sobre la 
diversidad y la violencia de género en el ámbito laboral y también en la trascender la vida 
cotidiana de cada empleadx; es decir, en la esfera de su privacidad. Se intenta hackear -desde 
un plano simbólico-, aquellos pilares que se encuentran internalizados y naturalizados en 
cada sujeto. Pone en juego la reflexión y el pensamiento crítico, tanto individual como 
colectivo. Entonces, podemos decir que las políticas públicas son fenómenos políticos pero 
su naturaleza política está oculta detrás del lenguaje objetivo y legal-racional con el cual son 
presentadas. Las políticas funcionan mejor cuando son percibidas como técnicas racionales 
y como soluciones “naturales” para los problemas públicos que enfrentamos. 
 
 
 
 
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Problemas públicos 
 
 Los problemas económicos y sociales que enfrentamos, recuperando a Virginia 
Guzmán (2001), dificultan o favorecen el desarrollo de procesos de equidad económica y 
social aportándonos la visión por la cual las políticas públicas deben ser consideradas como 
parte de un proceso más amplio del cual ellas misma son su expresión posteriormente. Los 
procesos a los cuales hace referencia son la legitimación y la institucionalización de una 
problemática que acontece tanto en el Estado como en la Sociedad. En palabras de Guzmán 
los procesos antes mencionados “abarcan desde la construcción de nuevas concepciones 
sobre las relaciones de género en distintas sociedades, pasando por la incorporación de los 
problemas derivados de las desigualdades a las agendas públicas hasta la institucionalizac ión 
de esta problemática en el Estado (…)” (Guzmán, 2001: 5). Además, atrae la posibilidad -
entre otras- de convertir dichas acciones en leyes, como es el caso de la ley que analizamos 
en este trabajo. Es de gran importancia el mencionar las resistencias que pueden llegar a 
surgir tanto dentro de la sociedad como en el Estado y la necesidad de poder revertirlas. Poner 
dentro del marco legislativo la necesidad de trabajar en cuestiones de género en los tres 
poderes del Estado de forma obligatoria, pone de manifiesto la necesidad de dar respuesta a 
una problemática que cada vez toma mayor relevancia y visibilidad en la sociedad civil. 
Representa una gran apuesta la de romper con cosmovisiones en aquellas personas que 
deciden el rumbo de las mayorías y que integran el Estado, ya que es crucial que el aparato 
gubernamental sea el que comience a quebrar con la reproducción patriarcal. 
Siguiendo la línea de Shore (2010), Guzmán (2001) expone que la construcción de los 
problemas públicos y la elaboración de las agendas son el resultado de procesos 
sociopolíticos complejos del cual son parte las alianzas, las relaciones de poder, la 
construcción de sujetos y la creación de nuevos marcos de interpretación de la realidad social, 
por lo que resulta de gran importancia la presión que pueda generar la sociedad para la 
instalación de una temática en particular en la agenda del gobierno. Como sucedió con esta 
ley, teniendo en cuenta que previo al femicidio de Micaela, la sociedad argentina estaba 
problematizando la gran cantidad de femicidios que tomaron relevancia en los medios de 
comunicación. El nivel de indignación que generó este hecho puso en jaque la competencia 
de los poderes del aparato gubernamental a la hora de accionar en cuestiones de género y de 
justicia social. 
En este sentido, Fraser (2006) sostiene que las reivindicaciones de justicia social se dividen 
en dos tipos: por un lado, las redistributivas que pretenden una distribución más justa de los 
recursos y de la riqueza y, por otro, las políticas de reconocimiento cuyo objetivo es “un 
mundo que acepte la diferencia, en el que la integración de la mayoría o la asimilación de las 
normas culturales dominantes no sea ya el precio de un respeto igual” (Fraser, 2006: 83). 
Mientras que las primeras suelen equipararse a la política de clase, las segundas suelen 
vincularse con la “política de la identidad” que, a su vez, se relaciona con las luchas acerca 
del género, la sexualidad, la nacionalidad, el carácter étnico y la raza. Dentro de estas últimas 
-políticas de reconocimiento- creemos que se enmarca la ley Micaela, en tanto busca 
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transformar prácticas y paradigmas que vulneran a las mujeres y disidencias por motivos de 
género, intentando “reconocer” dichas identidades, promoviendo su inclusión y protección 
integral. 
En este sentido, la autora argumenta que el paradigma del reconocimiento se enfrenta a 
injusticias que interpreta como culturales, que supone enraizadas en patrones sociales de 
representación, interpretación y comunicación y la solución a esta injusticia, es el cambio 
cultural o simbólico. La Ley Nº27.499 propone desnaturalizar la sociedad patriarcal, 
heteronormativa y misógina en la que estamos inmersxs, intentando eliminar la violenc ia 
simbólica, psicológica y física que se ejerce sobre mujeres y disidencias, reconociéndolxs 
como sujetos de derechos. Sin embargo, consideramos que resulta ineficiente como política 
redistributiva: más allá de que se menciona la diferenciación de géneros en cuanto a 
oportunidades, las dificultades de inserción en el mercado laboral, la desigual participación 
en la esfera pública, las complejidades en las tareas de cuidado y las domésticas lo hace en 
un plano simbólico, ya que en su implementación no pone en marcha herramientas o 
instrumentos que modifiquen las lógicas económicas dispares del sistema capitalista. 
 
Reflexiones finales 
 
 La Ley Micaela nace a partir de la lucha incansable de mujeres y del colectivo 
LGBTIQ+ ante las situaciones de violencia de género que éstxs han sufrido históricamente, 
con el fin de deconstruir las relaciones sociales patriarcales que, aún hoy, nos continúan 
interpelando. Es por ello que consideramos fundamental la transversalización de las 
cuestiones de género, diversidad e interseccionalidad desde y en el Estado. Con esto nos 
referimos a adoptar la perspectiva de género para la acción que se planifiq ue, diseñe e 
implemente en todas las políticas públicas necesarias para el cumplimiento de la función 
legislativa, judicial y administrativa del Estado; y en todos sus niveles: nacional, provincia l 
y municipal con perspectiva de género buscando la igualdad y la justicia social. 
Resulta esencial destacar que, una de sus ventajas, es que se trata de una ley en constante 
formación, por lo que sus contenidos son actualizados periódicamente, adecuándose, de esta 
manera, a las realidades cambiantes; aspecto que no suele observarse con muchas de nuestras 
leyes vigentes, ya que tienden a mantenerse estáticas en el tiempo. 
Ahora, si bien la Ley Micaela implica un gran primer paso, su implementación todavía 
presenta algunas limitaciones; una de ellas es que no ha podido realmente impactar en la 
cultura de trabajo que se da dentro de las instituciones estatales respecto a realmente contener 
una perspectiva de género para cualquiera de las funciones que se ejercen y las relaciones 
inter-género que suceden dentro de éstos. Por otro lado, la falta de su implementación en el 
sector privado evita que se llegue a implantar, fehacientemente, en toda la sociedad civil una 
educación con base en la equidad. 
Según los textos analizados, notamos cómo el femicidio de Micaela, como el de muchas otras 
mujeres que han atravesado situaciones de violencia de género, desencadenaron en una lucha 
política que no pararía de cobrar fuerza. El movimiento social que surge promueve los ideales 
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de educar a todxs quienes tienen poder en relación a las normas que rigen nuestra sociedad. 
Sin embargo,como se mencionó anteriormente, para que estos ideales puedan verse 
materializados, será necesaria una reestructuración constante de su metodología para lograr 
adaptarse tanto a los tres poderes como también a otras instituciones del sector privado, ya 
que es la única manera de proliferar a todas las esferas de la sociedad, construyendo una 
perspectiva de género en la toma de decisiones que afectan la búsqueda de equidad. 
Por otro lado, consideramos indispensable fortalecer la formación y concientización en lo 
que respecta a la perspectiva de diversidad e interseccionalidad, promoviendo -de esta 
manera- el cumplimiento de los derechos de otras identidades de género -quienes forman 
parte de la comunidad LGBTIQ+-. Además de brindar información en torno a la violenc ia 
hacia la mujer, resulta fundamental trabajar en la visibilización de la violencia de la que son 
objeto dichas identidades, en miras de lograr una verdadera inclusión y transversalización de 
género en la aplicación de la ley Micaela. En este sentido, cabe destacar la importancia de 
esta ley N°27.63611 la cual establece que el sector público nacional debe reservar, al menos, 
el 1% de sus cargos y vacantes para personas travestis, transexuales y transgénero, siendo un 
gran paso para alcanzar un verdadero reconocimiento de sus derechos. Sería enriquecedor 
analizar, en un futuro, los alcances y limitaciones que tiene dicha ley en su implementación. 
Finalmente, consideramos importante mencionar la necesidad de seguir luchando día a día 
por el cumplimento de la Ley Micaela para lograr la incorporación de la perspectiva de 
género, diversidad e interseccionalidad en toda nuestra sociedad, ya que, siguiendo a Guzmán 
(2001) la institucionalidad de género no garantiza la estabilidad de los logros alcanzados. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11 Ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero Diana 
Sacayán - Lohana Berkins. N°27.636/2021. Disponible en: 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=351815 
 
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=351815
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¿Ampliar o crear? Qué pasa con las personas transgénero en la ley 26.485 
 
Camila Sampayo. Lic. en Trabajo Social 
Delfina Freidzon. Estudiante Lic. en Cs. de la Comunicación 
 
Resumen 
 
El presente artículo problematiza la sujeta destinataria de la Ley 26.485 de Protección 
integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en 
que desarrollen sus relaciones interpersonales, desde la transversalidad de género y con un 
análisis cualitativo de su redacción, historicidad y aplicación. Tras indagar "mujer" como 
símbolo maestro, nos preguntamos qué sucede en terreno con las identidades trans no 
mencionadas en la normativa pero sobre quienes se ejercen los mismos tipos y modalidades 
de violencias que esta regula, ¿qué sucede cuando buscan asistencia o denunciar? ¿Qué ley 
lxs ampara? ¿Se interviene de igual modo a una persona transgénero y a una mujer? ¿Es más 
adecuado ampliar esta ley o crear una nueva específica como el proyecto de Ley Integral 
Trans propone? 
Elegimos esta ley porque, por un lado, como mujeres cis, nos obliga a cuestionar nuestro 
lugar de privilegio respecto a otras identidades y, por otro, nos interpela de manera directa, 
en tanto refiere a situaciones que nos son cotidianas como dan cuenta los datos del 
Observatorio de las Violencias de Género “Ahora Que Sí Nos Ven”. En 2021 registró 256 
femicidios y ocho transfemicidios en Argentina; una muerte cada 34 horas. A su vez, nuestro 
recorrido académico se vincula con su aplicación en áreas como salud o justicia. Realizamos 
observaciones en dispositivos de intervención en casos de violencia por motivos de género y 
tres entrevistas de carácter informal a sus profesionales durante el año 2021. Se analizará 
principalmente al Centro Vivir Sin Violencia (CVSV) de Morón y, más brevemente, al 
Servicio de Abordaje Integral de Violencia de Género del Sanatorio “Méndez” (SAIVG) y 
al Centro de Justicia de la Mujer de CABA (CJM). Además, hicimos una entrevista 
semiestructurada y formal a una abogada con experiencia en la temática.12 Luego, los 
transcribimos para contrastarlos con nuestra experiencia y la teoría seleccionada. 
 
¿Cómo llegamos hasta acá? 
 
Para comprender la ley debemos hacer un breve racconto de los avances legislat ivos 
en relación a los intentos de erradicar la(s) violencia(s) de género(s). En 1994 la Reforma 
Constitucional introdujo la responsabilidad constitucional de realizar acciones positivas para 
grupos vulnerables (vulnerados), incluidas las mujeres; y la de cumplir acuerdos 
internacionales dentro de los cuales destacan la "Convención sobre la Eliminación de Todas 
 
12 Formó parte de la Dirección de Género, Diversidad Sexual y Derechos Humanos de 3 de febrero, asesoró en 
el Instituto de la Vivienda de CABA y es docente de derecho en la UBA, entre otras. 
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las Formas de Discriminación contra la Mujer" en 1981,13 la "Declaración Sobre la 
Eliminación de la Violencia contra la Mujer" en 199314 y la "Convención Internacional para 
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer" en 1994. Este mismo año, se 
promulgó la Ley Nº 24.417 de Protección contra la violencia familiar,15 relegando el tema al 
ámbito privado, en un intento de proteger a “toda persona que sufriese lesiones o maltrato 
físico o psíquico por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar”. No obstante, no 
sólo no se implementaron muchas medidas, sino que es pertinente cuestionar el abordaje de 
la violencia ejercida únicamente en uniones de hecho o conyugales (así se entendió “grupo 
familiar”), dejando por fuera múltiples relaciones de poder donde se ejercen violencias. Años 
después, este debate se verá ampliado y enriquecido gracias a la lucha de los feminismos. 
A pesar de la legislación previa en clave de derechos humanos, que debería ser aplicada a 
cada persona sin importar género, clase o raza, entre otras, la realidad hace imperante el 
surgimiento de leyes específicas que apunten a personas transgéneros, es decir, a aquellxs 
que “desafían las expectativas y suposiciones de otras personas acerca del género (...) 
transexuales, así como a personas que desobedecen la regla binaria del género” (Serano, 
2009:37). 
La Ley Nº 26.485,16 promulgada el 1ro de abril de 2009 a nivel nacional, cuenta con 
modificaciones posteriores. Resaltamos, a los fines del artículo, que la mayoría tuvo lugar 
luego de que en mayo del 2020 se sustituyese al Consejo Nacional de la Mujer como ente 
regulador para tomar su lugar el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, ampliando 
las facultades y limitaciones de la autoridad de aplicación. En adelante, aunque el título de la 
ley no se modificó, las resoluciones incluyen al colectivo LGTBIQ+ -sin alcanzar la 
perspectiva de género porque, por ejemplo, no incluye masculinidades ni acciones destinadas 
a trabajar con varones violentos-. Incrementa la transversalización de las políticas de género 
y diversidad en organismos públicos, pero señalamos que, en tanto ley, sigue vigente la 
original, siendo los demás decretos. 
La ley vigente busca “sacar” a la mujer del lugar meramente doméstico y estereotipado que 
ocupaba en legislaciones previas pero, aun así, se ubica más dentro del paradigma del 
reconocimiento que de la distribución (Fraser, 2006), en tanto no propone -aunque debería- 
ninguna reestructuración de los recursos económicos sino que “(...) se enfrenta a injustic ias 
que interpreta como culturales, que supone enraizadas en patrones sociales de representación, 
interpretación y comunicación” (p.5), dejando a un grupo social en desventaja

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