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EL AULA DE TRABAJO SOCIAL DESDE LA EPISTEMOLOGIA FEMINISTA COMPILADORAS Y EDITORAS: MARCELA PAÍS ANDRADE, CAROLINA DEL VALLE, JULIETA NEBRA Y ELIZABETH VICENTE ENTRE LA POLÍTICA PÚBLICA Y EL TERRITORIO Autoras: Agustina A. Rojas; Belén Mallaviabarrena ; Camila Sampayo; Carolina Cuffaro; Celina Vaca; Clarisa Marina Prusso; Daiana B. Riquelme Riveros ; Daniela Maresca ; Déborah Jael Balero; Delfina Freidzon ; Florencia Alberto ; Florencia García ; Florencia Grimolizzi; Guadalupe Gonçalves da Costa Lima; Jennifer Calahorrano ; Maia Ayelén Aguirre Carlevaro; María Eva Fernández; María Mercedes Palumbo; María Sol Pupo; Marlene Bracht; Melina Daniela Maffeo; Milagros Martin; Nadia Magalí Arzubi; Nahir Agustina Caamaño; Nair Lara Paoletta; Paula R. Gallinoti; Rocío Soledad Villarroel; Sol Morales; Yamila Fantoni. Página | 1 Entre la política pública y el territorio. El aula de Trabajo Social desde la epistemología feminista Marcela País Andrade, Carolina Del Valle, Julieta Nebra y Elizabeth Vicente (Compiladoras y editoras) Autoras: Agustina A. Rojas; Belén Mallaviabarrena; Camila Sampayo; Carolina Cuffaro; Celina Vaca; Clarisa Marina Prusso; Daiana B. Riquelme Riveros; Daniela Maresca; Déborah Jael Balero; Delfina Freidzon; Florencia Alberto; Florencia García; Florencia Grimolizzi; Guadalupe Gonçalves da Costa Lima; Jennifer Calahorrano; Maia Ayelén Aguirre Carlevaro; María Eva Fernández; María Mercedes Palumbo; María Sol Pupo; Marlene Bracht; Melina Daniela Maffeo; Milagros Martin; Nadia Magalí Arzubi; Nahir Agustina Caamaño; Nair Lara Paoletta; Paula R. Gallinoti; Rocío Soledad Villarroel; Sol Morales; Yamila Fantoni. Página | 2 Evaluadorxs de los textos Alejandra (Alex) Zani Camila Suárez Julieta Vázquez Matías Pampin Micaela Josid Miranda González Martin Y anina Kaplan Sergia Tomás Rodríguez Victoria Barreda Idea de tapa Lucrecia Ramos Mejía Entre la política pública y el territorio: el aula de Trabajo Social desde la epistemología feminista / Marcela Alejandra Pais Andrade; Carolina Del valle; Julieta Nebra y Elizabeth Vicente; compilación de Marcela País Andrade ... [et al.]; Coordinación general de Marcela País Andrade. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Marcela Alejandra País Andrade, 2022. Libro digital, PDF Archivo Digital: descarga y online ISBN 978-987-88-6330-6 1. Políticas Públicas. 2. Trabajo Social. 3. Feminismo. 4. Metodologías. I. Pais Andrade, Marcela Alejandra II. País Andrade, Marcela, comp. III. País Andrade, Marcela , coord. CDD 320.6 Esta publicación digital cuenta con el apoyo de: Página | 3 AGRADECIMIENTOS A la Carrera de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales por permitirnos dictar el curso del cual surge este texto. A la Universidad de Buenos Aires por financiar el proyecto UBACyT 20020190200435BA Discursos y prácticas en/desde las Políticas Públicas en la Argentina reciente. Estudios de intervención/investigación con perspectiva de género(s) y feminismo(s). A todas las personas que han trabajado en este proyecto por su amorosidad y generosidad. Página | 4 INDICE Prólogo Andrea Echevarría………………………………………………………………...…………6 Presentación Entre la política pública, el territorio y la epistemología feminista. El aula de Trabajo Social desde “otras” metodologías Carolina Del Valle, Elizabeth Vicente, Julieta Nebra y Marcela A. País Andrade……………………………………………………………………………………...8 1. Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad “Macachas y Remedios”: un análisis desde el Trabajo Social Nadia Magalí Arzubi, Carolina Cuffaro, Florencia García y Milagros Martin……………………………………………………………………………….….15 2. Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de la Ley Micaela Maia Ayelén Aguirre Carlevaro, Jennifer Calahorrano, Yamila Fantoni y Nair Lara Paoletta………………………………………………………………………..…..22 3. ¿Ampliar o crear? Qué pasa con las personas transgénero en la ley 26.485 Camila Sampayo y Delfina Freidzon………………………………………….....…..…28 4. Las tareas de cuidado en la agenda institucional actual Paula R. Gallinoti, Daniela Maresca, Daiana B. Riquelme Riveros y Agustina A. Rojas……………………………………………………………………………………35 5. El alcance del Ingreso Familiar de Emergencia: una política pública con vistas a cerrar brechas de género Florencia Alberto, Nahir Agustina Caamaño y Sol Morales……………………………40 6. Mujeres Emprendedoras María Eva Fernández, Clarisa Marina Prusso y Rocío Soledad Villarroel…………………………………………………………………………….…48 7. Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán - Lohana Berkins”. Estado de situación Florencia Grimolizzi……………………………………………………………………53 8. De la ley al escenario: alcances y desafíos en la construcción de eventos musicales más diversos e igualitarios Marlene Bracht, Guadalupe Gonçalves da Costa Lima y Belén Mallaviabarrena………60 9. Madres, cannabis y feminismo Déborah Jael Balero y Melina Daniela Maffeo……………………………………..…..66 Página | 5 A modo de cierre Una reflexión metodológica en torno a los modos de intervenir/investigar en políticas públicas con perspectiva de género(s): entre el libro, la materia y el grupo de investigación María Mercedes Palumbo y Celina Vaca…………………………………………………...74 CONOCIENDO A LAS AUTORAS…………………………..…………………………83 EQUIPO DOCENTE ……………………………………………………………………..90 BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………….…93 FUENTES PERIODÍSTICAS……………………………………………………………98 PÁGINAS CONSULTADAS……………………………………………………………101 LEYES, PLANES Y PROGRAMAS CONSULTADOS………………………………102 Página | 6 PRÓLOGO Cuando en el año 2017 se realizó la convocatoria a la presentación de materias optativas para la Carrera de Trabajo Social de la UBA fueron aprobadas un conjunto de asignaturas que trabajaban desde la perspectiva de género, incluyendo la coordinada por Marcela País Andrade. Para nuestra disciplina, esta articulación entre intervención social y desigualdades sexo genéricas resultaba -y resulta- imprescindible, y aunque su incorporación como materias específicas era novedosa, este abordaje transversal reconoce desarrollos anteriores fecundos, en los que las y los colegas fueron abriendo camino. Ya en los años posteriores a la reapertura democrática se había incorporado en la agenda de las políticas públicas líneas de trabajo vinculadas a las demandas de “las mujeres”, como salud sexual y reproductiva, participación, violencia doméstica (luego resignificada como violencia de género) (Paura y Zibecchi, 2019). El Trabajo Social realizó importantes aportes a esas iniciativas. En los ‘90 se fue consolidando la perspectiva de género, impulsada por organismos internacionales, pero también por la labor cotidiana y en ocasiones silenciosa de colegas que trabajaron por instalar la perspectiva y hacerla carne en sus prácticas. Las reflexiones que acompañaron esa tarea también permearon la academia, tanto en el ámbito de la producción de conocimiento, como en la formación de grado y posgrado. Podemos mencionar como pioneras a nuestras profesoras Estela Grassi, Violeta Correa y Elena Zunino, que desde distintos espacios curriculares incorporaron de manera transversal la lectura de las desigualdades sexo genéricas. Nos reconocemos como herederas de esos aportes, de esas búsquedas, que impregnaron también nuestra propia formación. No obstante, la posibilidad de contar con materias específicas, como la dictada por Marcela País Andrade y su equipo, permitió profundizar este recorrido. En un momento históricoen el que la comunidad educativa de Trabajo Social se halla interpelada por los feminismos y los procesos de movilización social en torno a reivindicaciones históricas, la perspectiva de género permitió profundizar la definición de nuestro quehacer profesional. El enfoque de género, entonces, no suprime los recorridos disciplinares anteriores respecto a la delimitac ión de nuestro objeto de intervención en torno a la cuestión social y sus manifestaciones históricas (Rozas, 1998), o a su resignificación como cuestión nacional (Carballeda, 2013); sino que los complejiza y enriquece al incorporar otro clivaje: el de las desigualdades social e históricamente construidas en torno a las identidades sexo genéricas. Por otra parte, el proceso pedagógico desarrollado por la cátedra en estos años permitió dar un paso más: incorporar como práctica sistemática la formación de personas que investigan, desde esta misma mirada. El despliegue de una epistemología feminista, en la que los rasgos Página | 7 androcéntricos (de las políticas estudiadas, pero también de los procesos de producción de conocimientos) puedan ser visibilizadas y cuestionadas, constituye un aporte esencial de este equipo, que hoy se materializa en este libro. Estudiantes que ya no solo “escuchan”, sino que también “dicen”. Afirman, cuestionan, se preguntan, debaten. Retomando la perspectiva freireana, ya no se trata de memorizar, sino de decir y transformar el mundo desde la palabra. Y en ese proceso, nos transformamos todes. Invitamos a lectores y lectoras a entrar en diálogo también con estos aprendizajes y estas búsquedas. Andrea Echevarría, Directora de la Carrera de Trabajo Social UBA para los períodos 2018-2022. Referencias bibliográficas Carballeda, Alfredo (2013). La intervención en lo social como proceso, Buenos Aires: Espacio. Paura, Vilma y Zibecchi, Carla (2019). Género y programas sociales: la construcción de una nueva agenda de investigación, en Trabajo y Sociedad, Nro. 32, Santiago del Estero. Rozas, Margarita (1998). Una perspectiva teórica metodológica de la intervención en Trabajo Social, Buenos Aires: Espacio. Página | 8 Entre la política pública, el territorio y la epistemología feminista El aula de Trabajo Social desde “otras” metodologías Carolina Del Valle Elizabeth Vicente Julieta Nebra Marcela A. País Andrade Este libro pone en diálogo diferentes espacios de investigación e intervención con enclave feminista, diverso y disidente generados en y desde la Facultad de Ciencias Sociales (FSOC) de la Universidad de Buenos Aires (UBA). En sus bases los trabajos que aquí se leerán se enmarcan en la materia optativa denominada “La transversalidad de género(s) en las políticas públicas” que se dictó en la FSOC durante 4 años (2018-2021). La misma se inscribió en la carrera de Trabajo Social y fue una de las primeras materias que han conformado el Círculo de Formación Feminista (CIRFFEM) -creado por la Subsecretaría de Política de Género de dicha Casa de Estudio- permitiendo a lxs estudiantes de las 5 carreras (Sociología, Trabajo Social, Comunicación Social, Relaciones del Trabajo y Ciencias Política) autogestionarse una formación feminista en sus diferentes disciplinas. Este equipo de docentes lo conformamos 4 trabajadoras sociales y 1 socióloga, todas egresadas de la Universidad de Buenos Aires. Somos feministas e invest igadoras con perspectiva de géneros. Algunas de nosotras damos clases y coordinamos proyectos de investigación desde el año 2013 (Proyectos PIG y UBACYT)1. Nuestras áreas de inserción laboral se vinculan con la salud pública, la educación pública, la gestión cultural y las juventudes, las cuales nos han permitido llevar al aula discusiones actuales en torno a las políticas públicas que ellas engloban. En este sentido, la materia se fue configurando, por un lado, en un espacio formativo que materializó interrogantes surgidos a lo largo de nuestro recorrido. Por otro lado, profundizó y construyó nuevos desafíos para (re)pensar el tema que nos convocó en la materia dictada: políticas públicas y géneros2. Finalizado el ciclo de la materia, continuamos reflexionando en torno a la potencia de dicha experiencia, y en cuanto a la relación entre las aulas, los territorios y las políticas públicas desde una epistemología feminista ¿por qué no dar a conocer algunos de los trabajos realizados por lxs estudiantes? ¿por qué no traspasar la puerta del aula y poner en diálogo 1 Proyectos desde los cuales hemos realizado diversas jornadas, seminarios, intercambios con otros grupos de investigación, hemos publicado algunas de nuestras reflexiones en revistas científicas (nacionales e internacionales) y en diversos libros. 2 Acuñamos el término “géneros” para desbordar y complejizar el binomio femenino -masculino e incorporar las identidades Trans/disidencias/diversidades que implican la materialización de diversas formas de ser y sentirse “mujeres”, “varones” u “otres no binaries”. En este sentido, visibilizamos y/o recuperamos el sentido político del término. Página | 9 nuestras elucidaciones? En este sentido, este libro busca plasmar, a través de los trabajos presentados a continuación, algunos de los debates, discusiones y análisis en torno a las distintas políticas con las que lxs estudiantes fueron trabajando a lo largo de estos años. Además, propone reflexionar en torno a lo que hemos denominado las "metodologías otras” puestas en práctica a lo largo de las cursadas. Recuperamos y reforzamos, de esta manera, aquellas formas de pensar la planificación y el dar una clase desde perspectivas que valoran los saberes de todxs lxs participantes, que estimulan el intercambio de opiniones y pareceres, que invitan al debate y que, principalmente, buscan profundizar las discusiones e incomodarnos en ellas. La propuesta formativa de la materia abordó la transversalidad de género(s) en las políticas públicas relacionadas con las diversas problemáticas actuales que son objeto de intervenc ión e investigación del Trabajo Social. De esta manera, durante los años que transcurrió la cursada logramos identificar, profundizar y generar debates acerca de la planificac ión, ejecución y evaluación de las políticas, programas y líneas de acción desde un enfoque de géneros. Durante este tiempo, dicha propuesta pedagógica además fue modificándose y sumando nuevas perspectivas de análisis. Por ejemplo, identificamos que en los comienzos de la cursada presentamos una mirada que podría ser leída como “binaria”, y luego, a partir de diversas discusiones dadas al interior del equipo de trabajo como también sugerencias y aportes de lxs estudiantes, incluimos otras perspectivas como la interseccionalidad, el transfeminismo y la teoría queer/cuir. Desde un primer momento, las clases fueron pensadas como talleres donde era posible articular los aspectos teóricos con los prácticos. Para esto implementamos diversas dinámicas lúdicas y recreativas desde las cuales potenciamos los debates. A su vez, identificamos la necesidad de lxs estudiantes de espacios que presenten los conceptos e ideas principales que lxs autores trabajados proponen, como también la contextualización de las políticas públicas elegidas para abordar en el aula. Invitamos a referentes de diversas áreas y temáticas; de organizaciones; como también a militantes y activistas a contarnos sus experiencias en los territorios. También compartimos actividad e intercambiamos con otras materias pertenecientes al CIRFFEM. Asistimos a charlas sobre la ley del aborto en contexto de pleno debate. Y, en época de pandemia y virtualidad adaptamos el contenido y las actividades en diversas plataformas, buscando no perder el espíritu de la propuesta de taller con el desafíoque eso implica. Fue de esta manera que fuimos modificando la planificación de las clases teniendo en cuenta los aportes y las evaluaciones de fin de cursada que realizaron lxs estudiantes de las distintas carreras. Consideramos que fueron estas modificaciones las que nos han permitido continuar reflexionando en torno a las maneras de dar clases, de construir programas, modificar la bibliografía y las actividades que acompañen a lxs estudiantes en su proceso de formación. A partir de estas acciones, entendemos la importancia de la reflexión permanente en torno a las formas de abordar los objetivos y la metodología de dar clases en el aula. Al mismo tiempo, los aspectos teóricos que acompañaron el desarrollo de la materia fueron observados y problematizados desde una epistemología crítica y feminista. Fue así que se le Página | 10 propuso a lxs estudiantes analizar algunas políticas públicas a través de las herramientas y aportes de los feminismos. En esta línea, los trabajos que aquí leerán, y que fueron parte de la evaluación final de la materia, se dieron a la tarea de repensar a las políticas públicas y la perspectiva de géneros desde la reflexividad (Guber, 2011), la cual nos permite pensarnos como agentes que interpelamos pero que también somos interpeladxs por el lugar que habitamos como estudiantes, como (futurxs) profesionales y como feministas. En este sentido, planteamos la pregunta ¿Qué implicancias conlleva transversalizar la perspectiva de género(s) en las políticas públicas? En primer lugar, implicó (re)pensar la feminización del trabajo social y el rol de quienes ejercen dicha profesión en las políticas públicas como ejecutorxs, pero a la vez como resignificadorxs de las mismas. También implicó resignificar a las políticas desde ámbitos de reflexión teórica como de reflexividad en la intervención; y aportó a significar “poblaciones problema” (Foucault, 1978). En este sentido, resultó fundamental tener una mirada crítica y reflexiva sobre las formas de intervenir/investigar desde el Trabajo Social con y desde el aporte del resto de las carreras que entretejieron los debates de la materia. En segundo lugar, reflexionamos en torno a que la mayoría de las políticas públicas se presentan como “neutras” en cuestión de género. Es decir, son políticas destinadas a la población en general o a un sector, sin considerar los atravesamientos de género. Por ello, siguiendo a Anzorena (2013) clasificamos las políticas públicas de la siguiente manera: ● Políticas que se plantean “neutras” al género ● Políticas destinadas a mujeres ● Políticas con perspectiva de género Las políticas dirigidas hacia mujeres apuntan a resolver problemáticas específicas que se consideran desventajosas para las mujeres, dice Anzorena (2013), y nosotras agregamos: también para lesbianas, travestis, trans y no binaries. Sin embargo, entendemos que estas políticas no cuestionan, y mucho menos modifican, las estructuras que las generan y están dirigidas a paliar las desigualdades producidas por el sistema capitalista, patriarcal y racista. Mientras que las políticas con perspectiva de género hacen alusión a las intervenciones que realiza el Estado para reducir la desigualdad y discriminación entre los géneros. Estas políticas entienden que la protección de los derechos y su garantía es responsabilidad del Estado, por lo tanto, apuntan a la promoción de derechos, al ejercicio pleno de ciudadanía y a la autonomía de las mujeres, lesbianas, travestis, trans y no binaries (Anzorena, 2013). Estos enfoques nos convocan a pensar desde el Trabajo Social las desigualdades, opresiones y exclusiones que genera el capitalismo, el patriarcado y el racismo, y sus implicancias en los territorios, en las comunidades, en los cuerpos y las vidas, mayormente de las identidades diversas y disidentes. A su vez, nos propusimos pensar de manera situada (Haraway, 1995) y por ende los trabajos aquí presentados incorporan el desafío de seguir pensando en las políticas públicas complejizando los lugares que ocupan y las relaciones que se tejen en territorios específicos, por ende, se incluye en el análisis al Estado y sus agentes, a lxs destinatarixs, y a la sociedad en general. Se ha reflexionado desde/en la elaboración de las Página | 11 políticas públicas al visibilizar la participación que tienen lxs diferentes actores sociales y sujetos (Estado, sociedad política, sociedad civil, mercado, organizaciones no gubernamentales, movimiento de mujeres, movimiento LGBTIQ+3, feministas, colectivas, entre otras) en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas. Igualmente, estos trabajos no desconocen que las políticas públicas producidas y reproducidas en un gobierno determinado persiguen los intereses que responden al proyecto político que se busca establecer. Sin embargo, esto no deja de ser continuamente tensionado por todxs lxs actores involucradxs, incluso a partir de las mismas contradicciones que entre ellxs existen. Entendidas así, las políticas públicas también se conforman a partir de las demandas, los reclamos, las luchas y las resistencias de la sociedad. Es el movimiento feminista un claro ejemplo de esto. Este libro, es producto de estos debates en los que se entrecruzan la teoría, los posicionamientos políticos y las experiencias singulares. A través de sus páginas podrán leer diferentes textos que han sido seleccionados de los trabajos finales de lxs estudiantxs que se han presentado en la materia. Esta publicación surge entonces de las motivaciones colectivas que siguieron dando vueltas aún al finalizar la experiencia áulica y la necesidad de transmit ir lo aprendido. Encontrarán en sus páginas nueve artículos que han sido evaluados por integrantes del UBACYT dirigido por la titular de cátedra, sugiriendo aportes, aclaraciones y readecuaciones. De esta manera, incorporamos también el aprendizaje de cierto oficio científico al ensayar - en un ambiente cuidado y respetuoso- las formas de publicación de un trabajo. Agradecemos la generosidad de quienes han evaluado los artículos y de quienes aquí escriben por haber brindado sus textos a este trabajo colectivo, por leer y tomar las sugerencias que sus evaluadores les han hecho, corregirlos y ahora sí compartirlos. En el primer capítulo "Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad 'Macachas y Remedios': un análisis desde el Trabajo Social", Nadia Magalí Arzubi, Carolina Cuffaro, Florencia García, Florencia y Milagros Martin analizan dos experiencias de implementación de espacios de formación en género en la Ciudad de Buenos Aires y en Chubut. A partir del análisis de documentación y de entrevistas realizadas a referentes plantean diferencias a raíz de los contextos territoriales pero también múltip les similitudes, entre ellas el amplio margen de autonomía que la política habilitaba a las organizaciones sociales encargadas de su implementación. En el segundo capítulo "Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de la Ley Micaela" Maia Ayelén Aguirre Carlevaro, Jennifer Calahorrano, Yamila Fantoni y Nair Lara Paoletta reflexionan sobre la ley Micaela afirmando que la misma se nos presenta como una herramienta indispensable para incorporar la perspectiva de género en los diferentes ámbitos donde se la aplique. De esta manera dicha normativa se propone combatir las violencias y desigualdades de género e incorporar una perspectiva de diversidad sexual e interseccional. 3 Estas siglas corresponden a: lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y queer; además al final se añade el símbolo + para incluir a todos los colectivos que no están representados en las siglas anteriores. Página | 12 En el tercer capítulo "¿Ampliar o crear? Qué pasacon las personas transgénero en la ley 26.485" Camila Sampayo y Delfina Freidzon se preguntan de qué manera la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres regula las violencias que se ejercen sobre identidades trans. Las autoras presentan el marco normativo nacional e internacional que aborda esta problemática y lo articulan con los relatos de trabajadorxs y referentes del tema que intervienen en dispositivos de la Provincia de Buenos Aires y de CABA. Finalmente, nos invitan a reflexionar en torno al surgimiento de leyes específicas que apunten a personas trans. En el cuarto capítulo "Las tareas de cuidado en la agenda institucional actual" Paula Gallinoti, Daniela Maresca, Daiana Riquelme Riveros y Agustina Rojas analizan el "Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado" con la intención de dar cuenta del lugar que ocupan las problemáticas de género(s) en la agenda pública en particular en relación a las tareas de cuidado. El artículo entrecruza datos del programa con estadísticas sobre distribución de tareas, y pone de manifiesto las tensiones que se presentan que les permiten interpretarla en tanto política de redistribución como de reconocimiento. En el quinto capítulo, "El alcance del Ingreso Familiar de Emergencia: una política pública con vistas a cerrar brechas de género", Florencia Alberto, Nahir Agustina Caamaño y Sol Morales, por un lado, analizan el alcance del primer pago del “Ingreso Familiar de Emergencia” (IFE), contextualizando la situación de desigualdad de género(s) y su incremento durante el “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” (ASPO). Así como identifican el rol de la Dirección Nacional de Economía, Igualdad y Género en el diseño de esta política. Por último, a partir de una encuesta semi-estructurada destinadas a mujeres beneficiarias del IFE, buscan conocer la recepción de dicha política con el fin de detectar los alcances y limitaciones del IFE como herramienta para paliar las dificultades y/o brechas de género(s). En el sexto capítulo "Mujeres Emprendedoras", María Eva Fernández, Clarisa Marina Prusso y Rocío Soledad Villarroel nos proponen reflexionar en torno a una política económica destinada a mujeres del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Las autoras se cuestionan acerca de los objetivos que se propone el programa “Mujeres emprendedoras”, problematizan sobre los requisitos para poder acceder al mismo, y se animan a “realizar la prueba” para ser “beneficiarias” de dicho programa. El análisis de este trabajo lleva a seguir preguntando(nos) acerca de los alcances redistributivos de las políticas públicas. En el séptimo capítulo, "Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero 'Diana Sacayán - Lohana Berkins'. Estado de situación", Florencia Grimolizzi, detalla la situación socio-económica por la que actualmente atraviesan las personas travestis-trans, así como analiza la propuesta de reparación histórica respecto de la desigualdad estructural que existe en la sociedad que esta normativa propone. Para ello, la autora, indaga respecto del cumplimiento efectivo de la Ley 27.636 en todo el territorio nacional con el fin de conocer la posibilidad de igualdad real de Página | 13 oportunidades laborales que tiene las personas travestis, transexuales y transgénero a partir de la sanción de dicha ley. En el capítulo ocho "De la ley al escenario: alcances y desafíos en la construcción de evento s musicales más diversos e igualitarios" Marlene Bracht, Guadalupe Gonçalves da Costa Lima y Belén Mallaviabarren describen y analizan la ley sobre Cupo Femenino y Acceso de Artistas Mujeres y Personas de Género Autopercibido a los Escenarios Musicales. Por medio de entrevistas a las referentas e impulsoras de la Ley nos permiten reflexionar sobre la primera normativa a nivel mundial que establece un cupo femenino para eventos musicales. En el noveno capítulo "Madres, cannabis y feminismo" Déborah Jael Balero y Melina Daniela Maffeo presentan un análisis en torno a las recientes políticas que enmarcan el consumo de marihuana medicinal en Argentina. Las autoras ponen en juego el entrecruzamiento de debates acerca de la despenalización del autocultivo y consumo de cannabis, y nos muestran como los feminismos acompañan la ampliación de derechos y diversifican las miradas. Finalmente, a modo de cierre Mercedes Palumbo y Celina Vaca comparten el texto “Una reflexión metodológica en torno a los modos de intervenir/investigar en políticas públicas con perspectiva de género(s): entre el libro, la materia y el grupo de investigación”. El capítulo ofrece una reflexión metodológica sobre los modos de intervenir/investigar en torno a políticas públicas con perspectiva de género(s) que recorre los distintos capítulos que componen este libro. Así, describen una serie de contribuciones que pueden observarse en el entramado entre este libro, la materia de la cual surge, y el grupo de investigación que nutre e interviene tanto en el libro como en la materia desde distintos roles. Para finalizar, recuperan la materialización de posicionamientos metodológicos y epistemológicos críticos en las prácticas de investigación que estas instancias reflejan. Entendemos que esta compilación es un entramado que se fue tejiendo desde una epistemología feminista que desnaturaliza las desigualdades que se producen al interior del campo de las Ciencias Sociales. El sistema binario de representación identitaria que transforma la diferencia en desigualdad (Maffia s/f) reviste a la investigación con cualidades mayoritariamente masculinas. La racionalidad, la objetividad, las tareas intelectuales han sido asociadas a “lo masculino” en el devenir histórico, quedando la actividad investiga t iva en manos de los hombres. En términos generales, como mencionamos anteriormente, lo femenino ha sido relegado a tareas de cuidado y ha tenido una incorporación “tardía” al campo de las ciencias (País Andrade y González Martín y 2014). Es por ello que, desde nuestra materia, propusimos fomentar un espacio de construcción colectiva del conocimiento en torno a las políticas públicas, desde una perspectiva de géneros que dispute los sentidos hegemónicos como así también que tensione los lugares subalternos de lxs poblaciones con quienes trabajamos y del trabajo social –y las trabajadoras sociales- como disciplina capacitada para pensar, ejecutar, resignificar y problematizar las políticas públicas en diálogo permanente con las demás disciplinas del campo social. Finalmente sostenemos como posicionamiento político feminista la puesta en valor de las producciones estudiantiles producto de reflexiones y debates colectivas que se dieron en el Página | 14 aula, pero también en sus casas, en la calle, en sus trabajos. Este libro nos llena de alegría porque es el producto de un largo camino recorrido como equipo, y es a la vez cierre y apertura. Esperamos que lo disfruten y que les invite a pensar en torno a la importancia de transversalizar la perspectiva de género(s) en las políticas públicas. . Página | 15 Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad “Macachas y Remedios”: un análisis desde el Trabajo Social Nadia Magalí Arzubi. Lic. en Trabajo Social Carolina Cuffaro. Lic. en Trabajo Social Florencia García. Estudiante de la Licenciatura en Trabajo Social Milagros Martin. Lic. en Trabajo Social Introducción El objetivo principal de este trabajo es analizar y reflexionar la perspectiva de género presente- o no- en el Programa de Escuelas Populares de Formación en Género, así como reponer las modificaciones sufridas a partir del contexto. Es pertinente aclarar que,al momento de escritura del trabajo, el mismo correspondía a uno de los objetivos del Plan Nacional de Acción para la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las mujeres 2018-2020 del Instituto Nacional de las Mujeres. En la actualidad, el Programa amplía su perspectiva y es nombrado, Programa de Escuelas Populares de Formación en Género y Diversidad “Macachas y Remedios''. Se encuadra- del mismo modo- dentro del Plan Nacional de Acción mencionado del periodo 2020-2022, desarrollado por el actual Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. Además de fuentes primarias bibliográficas teóricas, recuperamos la palabra de dos Licenciadas en Trabajo Social, Yanina Kaplan y Camila Suárez, ambas desde diferentes organizaciones, la primera llevándolo a cabo en la Ciudad de Buenos Aires y la segunda en la ciudad de Esquel, provincia de Chubut. A partir de lo expuesto, se espera poder problematizar cómo la perspectiva de género atraviesa a la política pública mencionada, reflexionando de manera crítica sobre su ejecución desde el Trabajo Social. Contexto de surgimiento Realizar un recorrido histórico acerca del contexto de surgimiento del Programa Escuelas Populares de formación en Género, hoy y de Diversidad: “Macachas y Remedios” nos permitió visibilizar las luchas sociales, políticas y feministas por los derechos de las mujeres y la reivindicación de las mismas como sujetas políticas. Dichas luchas, son acompañadas por colectivas disidentes en el marco del reclamo por el reconocimiento y la igualdad de derechos. En tanto el contexto de surgimiento, Díaz, Impemba, Irizarry y Steiner (2013) realizan un breve recorrido histórico alrededor de Convenciones y Conferencias internacionales y Leyes nacionales sobre la violencia contra las mujeres. En la línea de la fundamentación del Programa Escuelas Populares de formación en Género, hoy y de Diversidad: “Macachas y Página | 16 Remedios”, las relaciones de equidad entre mujeres cis género, LGBTTQIANB+4 y varones cis género es condición necesaria para el desarrollo integral de todas las personas. El patriarcado, entendido como sistema cuyo entramado genera el trato desigual entre mujeres y varones, elabora las condiciones para que se ejercite la violencia contra la mujer cis género y LGBTTQIANB+. La misma ha sido incorporada a las agendas de los Estados a nivel internacional, en parte, gracias a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), firmada en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Particularmente Argentina, adhirió a ella en 1980 por medio de la Ley N°23.779. Siguiendo este recorrido, en el año 1993 se realizó la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos en Viena, en la cual se estableció que la violencia contra las mujeres es una violación de los derechos humanos. Desde un enfoque estratégico, se realiza en Beijing, en el año 1995, la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres: Acción para la Igualdad, el Desarrollo y la Paz. A nivel regional, en la ciudad de Belém Do Pará, se acuerdan los contenidos de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, en 1996. En ese mismo año fue adoptada por Argentina bajo la Ley N°24.632. Este último aborda las obligaciones que los Estados deben garantizar en lo que respecta a este convenio: “otorgar protección a las víctimas, castigos a sus agresores y educación al público para una efectiva erradicación de la violencia” (Díaz et al., 2013:94). A nivel nacional, en el año 2009 fue sancionada la Ley N°26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que desarrollan sus relaciones interpersonales. La misma es sancionada con el objetivo de garantizar los derechos establecidos en la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales anteriormente mencionados. La fundamentación del Programa Escuelas Populares de formación en Género, condice con la de la Ley en tanto se sustentan bajo la idea de que “la violencia contra la mujer se basa en una relación desigual de poder que afecta la vida, libertad, dignidad e integridad de las mujeres que la padecen” (Díaz et al., 2013:95). En 1992 se creó en nuestro país el Consejo Nacional de la Mujer (en adelante, CNM) con el propósito fundamental de garantizar la construcción ciudadana de las mujeres, a partir de la promoción de “una transformación socio-cultural basada en la plena e igualitaria participación de las mujeres en la vida social, política, económica y cultural del país” (CNM). El CNM fue reemplazado por el Instituto Nacional de la Mujer (en adelante, INAM) durante el gobierno de M. Macri y una de las disposiciones planteadas por la Ley N°26.485 supone la elaboración, implementación y monitoreo del Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres 2018-2020 (Art. 9) dentro del cual se enmarca el Programa elegido. El Plan de Acción permitirá- de acuerdo a sus lineamientos- no solo continuar construyendo estándares mínimos de actuación a partir de una perspectiva de género, sino ir trabajando en los diferentes factores que hacen a la 4 Lesbianas, gays, bisexuales, trans, travestis, queer, intersex, asexuales, no binaries y + Página | 17 accesibilidad de una atención integral. En esta línea, la Ley establece en el Art. 10 el desarrollo de espacios educativos para informar, concientizar y prevenir la violencia a partir del debate de dicha problemática y así generar estrategias para su erradicación- tal como lo plantea el Programa que nos convoca. Asimismo, el Programa Escuelas populares de formación en género se alinea a los objetivos de la Ley Micaela N°27.499, que establece la obligatoriedad de la capacitación en género para la Administración Pública. El 10 de diciembre de 2019 se crea el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. De esta manera, los proyectos y políticas públicas desarrollados por el INAM fueron absorbidos por el nuevo Ministerio, con algunas modificaciones. En esta línea y en relación al Programa que nos convoca, el mismo fue incorporado en el Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022, cambiando sus objetivos, lineamientos y así su nombre, tal como indicamos anteriormente. Lineamientos, experiencias y análisis del programa El Programa que nos convoca, fue relanzado en el año 2020 en el marco del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022 con el objetivo de desarrollar “espacios de formación, capacitación y encuentros territoriales, llevados adelante por redes comunitarias de la sociedad, referentxs, organizaciones y grupos sociales situados en distintos lugares del país” (Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género 2020-2022). Este relanzamiento amplió su población destinataria en tanto organizaciones sociales, con o sin personería jurídica, cooperativas de trabajo, organizaciones sindicales, universidades nacionales e instituciones educativas terciarias. Lineamientos del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad El Programa elegido para analizar se construye a través de las premisas de la Educación Popular, herencia de Paulo Freire. La educación popular, como práctica emancipadora apuesta a un mundo diferente al de la opresión y su cuestión central es: “la del lenguaje como camino de invención de la ciudadanía” (Freire, 1992:59). Mediante la concientización de la participación popular, una propuesta que redefine a los actores sociales y sus funciones, rompiendo con la educación dominante y sus estructuras, deviniendo en una nueva distribución del poder (Zailin Brito, 2008). Eneste sentido, se propone propiciar encuentros basados en la deconstrucción de la subjetividad patriarcal para el ejercicio de derechos y reflexión crítica de las estructuras patriarcales de dominación/subordinación. Tal como fuera planteado anteriormente, los Tratados, Convenciones y Leyes tienen como fin- entre otros- la generación de políticas destinadas a la educación y formación de género como forma de erradicar la violencia. La formación brindada, fomenta la construcción de estrategias para la transformación de las desigualdades que se visibilizan en dichos encuentros desde una perspectiva de género. La misma es pensada por Lagarde (2001) en términos de aquella “que está basada en la teoría de género y se inscribe en el paradigma Página | 18 teórico histórico-crítico y en el paradigma cultural del feminismo” (pp.13). Siguiendo a Lamas (2007), esta perspectiva en educación es fundamental porque nos permite reconocer “la importancia de comprender que la discriminación de las mujeres se produce de manera individual y colectiva, deliberada e inconsciente pues está tejida en las costumbres y la tradición” (pp.2). Resulta pertinente mencionar que esta nueva propuesta vino acompañada de una ampliación de miradas desde una perspectiva de la diversidad. En este sentido, la propuesta previa, si bien consideraba la diversidad como un tema a abordar, no era reconocida como población receptora de esa política pública. Las temáticas abordadas por el Programa están divididas en tres ejes: violencia por motivos de género, políticas de cuidado y diversidad. Experiencias del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad En el marco de la presentación del Trabajo Práctico Final de la materia La transversalidad de Género(s) en las Políticas Públicas en el año 2019, realizamos entrevistas a dos Licenciadas en Trabajo Social, Yanina Kaplan y Camila Suarez, quienes formaban parte del Programa de Escuelas de formación en Género y Diversidad desde el año 2018. El contacto fue por medio de las docentes de la Cátedra Pais Andrade. El formato de las entrevistas fue semi-estructuradas, esta modalidad permitió no perder de vista los ejes que se interesaban abordar y también dio lugar a la posibilidad de descubrir nuevos temas que no habían sido tenidos en cuenta en la formulación de la entrevista. La relevancia de ambas experiencias recayó en dos aspectos. Por un lado, ambas habían transitado por varias etapas del proceso de ingreso e implementación del Programa, con lo cual, contaban con un bagaje de información sumamente enriquecedor para nuestro trabajo. Por otro lado, estas experiencias permitieron analizar esta política pública de manera situada y desde dos puntos del país distintos: en CABA con la Lic. Kaplan y en Esquel, Chubut con la Lic. Suarez. A pesar de las diferencias en la implementación a raíz de los contextos territoriales en los que trabajaban, encontramos múltiples similitudes. Por un lado, la Lic. Kaplan, expresa que el dinero adjudicado era insuficiente en relación a los objetivos planteados. Del mismo modo, agrega que el circuito burocrático para el ingreso al Programa resulta complejo e ineficiente. En esta línea, la Lic. Suárez señala que hubo una gran demora en la adjudicación del dinero y no hubo una actualización del monto destinado, lo cual dificultó la organización de los talleres e inclusive llegó a generar dudas acerca de la implementación del Programa en el territorio, señalando la presente como la primera dificultad y falencia del Programa. En relación a los talleres, y criterios de trabajo, ambas coinciden que si bien contaron con la participación de varones cis-género, la mayoría de los encuentros estuvieron integrados por mujeres cis-género y LGBTTQIANB+. La Lic. Kaplan expresa que, al llevarse adelante bajo la modalidad de Educación Popular, los talleres estaban abordados de acuerdo a los intereses de las personas que asistían a ellos y de esta manera, se hacía más llevadero, y más enriquecedor. Para la Lic. Suárez, la modalidad de Educación Popular es muy importante, ya Página | 19 que se pudieron articular los contenidos de una manera más conceptual y teórica e incorporar metodologías de la misma de manera fluida, siendo más enriquecedora. En lo que respecta para una mejor implementación del mismo, ambas coinciden en que sería necesario un mayor financiamiento, más promoción y otras herramientas para poder poner en juego en el programa. De acuerdo a las entrevistadas, al contenido estructural del proyecto le falta transversalidad, en particular en relación a disidencias y teoría queer, cuyo contenido si bien estaba planteado, no se encontraba actualizado en el cuerpo del programa. Resulta pertinente aclarar que las entrevistas fueron realizadas en el marco de la ejecución del Programa de Escuelas Populares de Formación en Género en el 2019 bajo la coordinación del INAM en el marco del gobierno de M. Macri. Actualmente, el Programa se lleva adelante bajo el nuevo Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, lo cual implica que cuenta con un presupuesto mayor para la ejecución del mismo. Análisis del Programa Escuelas de formación en Género y Diversidad Los temas abordados hasta el momento han ganado una gran visibilidad a partir del año 2015 con la primera marcha del Ni Una Menos. Guzmán (2001), nos recuerda que no solo los problemas considerados de interés público ingresan a la agenda, esto depende también de “la manera en que son interpretados, del poder, los recursos y las estrategias de los actores que los movilizan, así como también de las especificidades del ámbito institucional al que se pretende hacer ingresar el tema” (pp. 12). Sin dudas, construir colectivamente desde una pluralidad de voces y desde diferentes espacios como estos, es generador de una mayor fuerza para ponerlo en el centro de la escena. Resulta interesante el acercamiento a la formación en género desde la Educación Popular que brinda el Programa. En ese sentido, retomamos el texto de Shore (2010) en el cual plantea que las políticas (...) reflejan maneras de pensar sobre el mundo y cómo actuar en él. Contienen modelos implícitos -y algunas veces explícitos- de una sociedad y de visiones de cómo los individuos deben relacionarse con la sociedad y los unos con los otros. De tal manera que las políticas algunas veces crean nuevos conjuntos de relaciones entre individuos, grupos o naciones (pp.31). De esta manera, los encuentros promueven reflexiones críticas sobre la realidad, con el propósito de crear nuevas relaciones sociales más igualitarias entre mujeres y varones a través de estrategias transformadoras generadas por les participantes de las reuniones de la Escuela Popular en formación en género. La modalidad de Educación Popular, bajo la que se desarrollan los talleres, permite que la actividad sea participativa, y se valore positivamente las experiencias de les participantes, que exista intercambio entre quienes asisten a estos talleres y se puedan identificar puntos de encuentro entre elles. Resulta un tanto ambicioso pensar que el Programa Escuelas Populares Página | 20 de formación en género sea la solución total y acabada para la violencia y las desigualdades de género. Sin embargo, puede ser el punto de partida donde el encuentro y el diálogo entre quienes asisten a los talleres dé lugar a nuevas formas de lucha, a la organización y a la construcción de estrategias para la concreción de objetivos que han identificado como compartidos. Recuperando las conclusiones de las profesionales en relación al Programa y las complejidades en tanto el escaso financiamiento y la gran exigencia burocrática, Guzmán (2001) expresa “en general ha sido más difícil el diseño de políticas que propician una redistribución significativa de oportunidades y poder entre hombresy mujeres y afirman el protagonismo político y social de las mujeres independientemente del sector social de procedencia” (pp. 27). Además, algo que nos parece de gran importancia tener en cuenta, es que las políticas y su implementación, son expresión de una coyuntura en particular. No es muy difícil detenernos unos instantes y pensar las grandes desarticulaciones de distintos espacios que hemos vivido durante el gobierno de M. Macri. Siguiendo esta línea interpretativa, Guzmán plantea que “el margen de acción de la institucionalidad variara sustantivamente si este tiene rango de ministerio, subsecretaría o Dirección; si está localizado en un ministerio social o político; si cuenta o no con el staff profesional y los recursos suficientes” (pp.29). Lejos de ser datos insignificantes, es de gran relevancia ver desde qué aparato institucional se están llevando a cabo las políticas, su jerarquía y los recursos asignados. Solo así podremos tener un panorama más claro de su abordaje, y comprender que estas cuestiones son parte de un entramado mayor donde se ponen en juego intereses y luchas de poder, propios de cada momento histórico. Es por ello que la creación del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación implica para esta y otras políticas públicas un espacio de ampliación no sólo en términos presupuestarios sino también de puesta en escena y de perspectiva. Reflexiones finales Entendemos que desde la creación del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, la ampliación del presupuesto y de la perspectiva de género y diversidad que atraviesa a dicho espacio, impulsó modificaciones importantes y necesarias en el presente Programa. De esta forma, es pertinente realizar una articulación con Guzmán (2001) en tanto entiende que las políticas públicas son el reflejo de una época y una sociedad en particular que las coloca en la agenda pública. En el caso del Programa que nos convoca y a partir de la modalidad de enseñanza que plantea, es esa sociedad, la que tiene la capacidad de trabajar con esa política con mayor libertad, atendiendo los deseos de la población sobre la cua l interviene. La modalidad de Educación Popular brinda tanto a las organizadoras de los encuentros como a les participantes de los mismos, la potestad para desarrollar los módulos de manera flexib le, atendiendo a los intereses y necesidades de la población. De esta manera, y retomando a Shore (2010), son los sujetos los que también modifican las políticas públicas, a la vez que Página | 21 son éstas las que pueden cambiar las relaciones sociales entre los individuos que son parte de ellas. En este sentido, el Programa supone pensar nuevas formas de vincularnos desde una mirada crítica hacia el patriarcado. Asimismo, no podemos pensar que la construcción de políticas públicas y las modificaciones tanto de les sujetes que las conforman como de las mismas políticas sean inocentes. La integralidad de dichas políticas y programas es fundamental para el abordaje de las situaciones de violencia y opresión, y para el goce y pleno ejercicio de los derechos. De este modo, el desafío frente al que nos encontramos es el de seguir profundizando en materia de políticas públicas, y articular con diversos sectores de la población, promoviendo una mayor participación en el diseño de las mismas y buscando su integralidad. Es en este escenario donde consideramos que el Trabajo social tiene y debe asumir un rol altamente participativo, promoviendo la creación de políticas que permitan abordar las problemáticas existentes, entendiendo la complejidad que las caracteriza y recuperando la perspectiva de les actores. Página | 22 Perspectiva de género en los tres poderes del Estado. Un análisis de la Ley Micaela Maia Ayelén Aguirre Carlevaro. Lic. Trabajo Social Jennifer Calahorrano. Lic. Ciencia Política Yamila Fantoni. Estudiante Trabajo Social Nair Lara Paoletta. Lic. Ciencia Política Resumen El 1 de abril de 2017, Micaela García, una joven de 21 años, salió de su casa para no volver nunca más. Micaela era entrerriana y militó activamente en el movimiento Evita y en el movimiento Ni una Menos. Fue secuestrada, violada y asesinada al salir de un boliche en Gualeguay por Sebastián Wagner, quien tenía antecedentes penales por abuso sexual y gozaba de libertad condicional. La lucha por parte de familiares y el impacto social que tuvo este acontecimiento expusieron la carencia conceptual que los organismos del Estado poseen en perspectiva de género para llevar a cabo sus intervenciones. Esto produjo un arduo proceso por generar una ley que fortalezca el cumplimiento de los derechos de las mujeres ante la violencia de género en todas sus formas. Introducción: Reseña Ley Nº27.499 El Estado argentino, a través de su adhesión a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) -aprobada por la Ley Nº23.1795 en 1985 y jerarquizada a rango constitucional con la reforma de la Constituc ión Nacional de 1994-, contrajo compromisos vinculados a la educación y capacitación del personal abocado a la prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer. En el año 2010, el informe particular para la Argentina Nº6 del Comité para la Eliminac ión de la Discriminación contra la Mujer; y, en 2012, el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará6 apuntaron a la necesidad de desarrollar planes de formación continua sobre violencia contra las mujeres, las disidencias y los derechos de las mujeres al personal que compone el Estado. Incluso, la Ley N°26.485 - “Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”7- ya definía acciones vinculadas a la capacitación 5 Ley Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. N°23.179/1985. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/26305/norma.htm 6 Organización de los Estados Americanos (OEA). Comisión Interamericana de Mujeres (CIM). Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). https://belemdopara.org/ 7 Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. N°26.485/2009. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/152155/norma.htm http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/26305/norma.htm https://belemdopara.org/ http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/152155/norma.htm Página | 23 permanente. Dicha ley establece que el Estado nacional deberá promover y fortalecer interinstitucionalmente a las distintas jurisdicciones para la creación e implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres que atraviesan situaciones de violencia y a las personas que la ejercen. A su vez, tiene por objeto promover y garantizar: la eliminación de la discriminación por razones de género en todos los órdenes de la vida; el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir a la sociedad; sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; el desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre la violencia contra las mujeres; la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder; el acceso a la justicia y la asistencia integral -que atraviesan situaciones de violenc ia-en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia. En este marco, la Ley Micaela8 decreta que se deben capacitar en temas de género y violenc ia por motivos género a todas aquellas personas que desempeñen una función pública dentro de los tres poderes del Estado nacional: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Alcanza a todo el personal, ya sean funcionarixs o empleadxs, cualquiera sea su nivel, jerarquía o tipo de contratación. La norma es obligatoria para el Estado nacional y, hacia mayo de 2020, todas las provincias y CABA adhirieron de forma voluntaria junto con aproximadamente 500 municipios, universidades y otras entidades públicas del sector privado. La autoridad de aplicación es el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) 9 que, a través de su Dirección Nacional de Formación y Capacitación en Género y Diversidad, evalúa los planes que propone cada organismo público. En la actualidad, la Ley Micaela se nos presenta como una herramienta indispensable para incorporar la perspectiva de género en los diferentes ámbitos donde se la aplique. De esta manera se propone combatir las violencias y desigualdades de género e incorporar una perspectiva de diversidad sexual e interseccional. En los términos que se la plantea, parece constituir un instrumento que nos invita a reflexionar críticamente sobre aquellas prácticas y hábitos cotidianos que producen y reproducen relaciones de violencia de género que nos permita actuar en consecuencia y poder transformarlos. Por ende, en teoría contribuiría a derribar aquellas prácticas patriarcales dentro de las instituciones, capacitando a funcionar ixs y empleadxs estatales. Si bien lo mencionado anteriormente hace referencia a los objetivos que se propone la ley, en este trabajo identificaremos las ventajas y puntos a fortalecer en la implementación de 8 Ley Micaela de capacitación obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. N°27.499/2018. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000- 319999/318666/norma.htm 9 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación. Disponible en: https://www.argentina.gob.ar/generos http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/318666/norma.htm http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/315000-319999/318666/norma.htm https://www.argentina.gob.ar/generos Página | 24 dicha normativa. Para ello, planteamos como interrogante inicial: ¿Cuáles son los alcances y limitaciones principales que enfrenta la ejecución de esta ley en su praxis? Analizamos en lo que sigue los contenidos, perspectivas y paradigmas que se incluyen dentro de los siguientes cursos de capacitación: el Curso de Inducción que se llevó a cabo en la Cámara de Diputados de la Nación en el año 2020; en la Capacitación en Género realizado por Iniciativa Spotlight10; en el Cuadernillo “Ley Micaela 2021” también perteneciente a la Cámara de Diputados; y, en el libro “Ley Micaela” que lanzó en febrero de este año, la Imprenta del Congreso de la Nación dentro de la colección “Leyes explicadas”. Dicho material, fue conseguido por una de las integrantes del grupo que participó en las capacitaciones. Para cerrar este apartado, nos parece interesante tomar las palabras de Micaela como bandera e intentar transformarlas en acción: Los grandes cambios suceden si hacemos bien (lo mucho o poco) que nos toca según nuestras responsabilidades, e influimos en el pequeño grupo de personas con las que nos relacionamos. Si muchas y muchos hacemos esto, tendremos una sociedad mejor y más inclusiva (Micaela García) ¿Qué es una política? Comenzaremos tomando a Shore (2010), quien afirma que la formulación de políticas es una actividad sociocultural profundamente inmersa en los procesos sociales cotidianos, en los “mundos de sentido” humanistas, en los protocolos lingüísticos y en las prácticas culturales que crean dichos mundos. De esta manera, el autor propone un enfoque antropológico para analizar las políticas públicas. Ello implica que las mismas pueden ser interpretadas en cuanto a sus efectos, las relaciones que crean y los sistemas de pensamiento más amplios en medio de los cuales están inmersas. Es por ello que podemos pensar a la Ley Micaela como una herramienta para modificar las relaciones de poder por diferencia de género -que se vienen reproduciendo desde hace siglos- y, al mismo tiempo, interpelar a los sistemas de pensamientos hegemónicos patriarcales. Por ejemplo, los temas abordados en el Curso del año 2020 dictado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación fueron: concepto de género, diversidad sexual e identidades de género, estereotipos y roles de género, patriarcado, igualdad y equidad, desigualdades de género, interseccionalidad y desigualdades de género y dimensiones del análisis de género. Dicho curso, no se limitó a una exposición teórica, sino que puso en juego las subjetividades y las construcciones de sentidos de cada sujeto al mostrar videos y hacer preguntas que invitaban a la reflexión. 10 La Iniciativa Spotlight es una alianza global y plurinacional puesta en marcha por la Unión Europea y las Naciones Unidas orientadas a eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Se puede consultar aquí: https://www.spotlightinitiative.org/es https://www.spotlightinitiative.org/es Página | 25 Este espacio, nos hizo reflexionar, retomando los aportes de Cris Shore, como las políticas reflejan maneras de pensar sobre el mundo y cómo actuar en él. Es decir, contienen modelos de una sociedad y significan cómo lxs individuos deben relacionarse con la misma y entre ellxs. En este sentido, podemos afirmar que la Ley Micaela problematiza el modelo de sociedad en el que estamos inmersxs -patriarcal, heteronormativo y misógino- e intenta servir de instrumento para su transformación, a través de la capacitación obligatoria en la temática de género para aquellas personas que se desempeñen en la función pública. Ello refleja lo que propone Shore (2010) al afirmar que las políticas son inherentemente instrumentales, en tanto constituyen herramientas de intervención y acción social para administrar, regular y cambiar la sociedad. De igual manera, se puede considerar al Cuadernillo de la Ley Micaela del año 2021 como una herramienta de intervención en la praxis, en el cual se profundizan los conceptos y amplían otros nuevos -tomando como punto de comparación el curso ya nombrado- , problematizando el modelo de sociedad hegemónico al visibilizar cuestiones relacionadas al mandato de la masculinidad, historizando los cuerpos sexuados, identificando la estructura binaria, observando la diversidad de masculinidades, desnaturalizando los estereotipos de género en la infancia, visibilizando las demandas de la comunidad LGBTIQ+, entre otros. En definitiva, dicha ley provee un “plan de acción”, siguiendo a Shore (2010) quien compara las políticas con el mito, ofreciendo narrativas retóricas que sirven para justificar -o condenar- el presente. Esto se observa en la posibilidad de proveer una zona de alianza entre lxs familiares de Micaela García y lxs diversxs ciudadanxs conmocionadxs por su femic id io junto a la gran cantidad de asesinatos de mujeres a causa de la violencia machista. Es decir, posibilitó una forma de unir a la gente en pos de una meta común: derribar el machismo de nuestra sociedad concientizando y problematizando las relaciones desiguales de poder por cuestiones de géneros. Otro punto que retomamos del autor es su sugerencia respecto a un enfoque de la políticapública que provea un método de investigación útil y que permita analizar cómo está funcionando el gobierno: ¿qué hace el Estado ante la creciente cantidad de femicid ios ocurridos en nuestro país? En este sentido creemos que la ley busca concientizar sobre la diversidad y la violencia de género en el ámbito laboral y también en la trascender la vida cotidiana de cada empleadx; es decir, en la esfera de su privacidad. Se intenta hackear -desde un plano simbólico-, aquellos pilares que se encuentran internalizados y naturalizados en cada sujeto. Pone en juego la reflexión y el pensamiento crítico, tanto individual como colectivo. Entonces, podemos decir que las políticas públicas son fenómenos políticos pero su naturaleza política está oculta detrás del lenguaje objetivo y legal-racional con el cual son presentadas. Las políticas funcionan mejor cuando son percibidas como técnicas racionales y como soluciones “naturales” para los problemas públicos que enfrentamos. Página | 26 Problemas públicos Los problemas económicos y sociales que enfrentamos, recuperando a Virginia Guzmán (2001), dificultan o favorecen el desarrollo de procesos de equidad económica y social aportándonos la visión por la cual las políticas públicas deben ser consideradas como parte de un proceso más amplio del cual ellas misma son su expresión posteriormente. Los procesos a los cuales hace referencia son la legitimación y la institucionalización de una problemática que acontece tanto en el Estado como en la Sociedad. En palabras de Guzmán los procesos antes mencionados “abarcan desde la construcción de nuevas concepciones sobre las relaciones de género en distintas sociedades, pasando por la incorporación de los problemas derivados de las desigualdades a las agendas públicas hasta la institucionalizac ión de esta problemática en el Estado (…)” (Guzmán, 2001: 5). Además, atrae la posibilidad - entre otras- de convertir dichas acciones en leyes, como es el caso de la ley que analizamos en este trabajo. Es de gran importancia el mencionar las resistencias que pueden llegar a surgir tanto dentro de la sociedad como en el Estado y la necesidad de poder revertirlas. Poner dentro del marco legislativo la necesidad de trabajar en cuestiones de género en los tres poderes del Estado de forma obligatoria, pone de manifiesto la necesidad de dar respuesta a una problemática que cada vez toma mayor relevancia y visibilidad en la sociedad civil. Representa una gran apuesta la de romper con cosmovisiones en aquellas personas que deciden el rumbo de las mayorías y que integran el Estado, ya que es crucial que el aparato gubernamental sea el que comience a quebrar con la reproducción patriarcal. Siguiendo la línea de Shore (2010), Guzmán (2001) expone que la construcción de los problemas públicos y la elaboración de las agendas son el resultado de procesos sociopolíticos complejos del cual son parte las alianzas, las relaciones de poder, la construcción de sujetos y la creación de nuevos marcos de interpretación de la realidad social, por lo que resulta de gran importancia la presión que pueda generar la sociedad para la instalación de una temática en particular en la agenda del gobierno. Como sucedió con esta ley, teniendo en cuenta que previo al femicidio de Micaela, la sociedad argentina estaba problematizando la gran cantidad de femicidios que tomaron relevancia en los medios de comunicación. El nivel de indignación que generó este hecho puso en jaque la competencia de los poderes del aparato gubernamental a la hora de accionar en cuestiones de género y de justicia social. En este sentido, Fraser (2006) sostiene que las reivindicaciones de justicia social se dividen en dos tipos: por un lado, las redistributivas que pretenden una distribución más justa de los recursos y de la riqueza y, por otro, las políticas de reconocimiento cuyo objetivo es “un mundo que acepte la diferencia, en el que la integración de la mayoría o la asimilación de las normas culturales dominantes no sea ya el precio de un respeto igual” (Fraser, 2006: 83). Mientras que las primeras suelen equipararse a la política de clase, las segundas suelen vincularse con la “política de la identidad” que, a su vez, se relaciona con las luchas acerca del género, la sexualidad, la nacionalidad, el carácter étnico y la raza. Dentro de estas últimas -políticas de reconocimiento- creemos que se enmarca la ley Micaela, en tanto busca Página | 27 transformar prácticas y paradigmas que vulneran a las mujeres y disidencias por motivos de género, intentando “reconocer” dichas identidades, promoviendo su inclusión y protección integral. En este sentido, la autora argumenta que el paradigma del reconocimiento se enfrenta a injusticias que interpreta como culturales, que supone enraizadas en patrones sociales de representación, interpretación y comunicación y la solución a esta injusticia, es el cambio cultural o simbólico. La Ley Nº27.499 propone desnaturalizar la sociedad patriarcal, heteronormativa y misógina en la que estamos inmersxs, intentando eliminar la violenc ia simbólica, psicológica y física que se ejerce sobre mujeres y disidencias, reconociéndolxs como sujetos de derechos. Sin embargo, consideramos que resulta ineficiente como política redistributiva: más allá de que se menciona la diferenciación de géneros en cuanto a oportunidades, las dificultades de inserción en el mercado laboral, la desigual participación en la esfera pública, las complejidades en las tareas de cuidado y las domésticas lo hace en un plano simbólico, ya que en su implementación no pone en marcha herramientas o instrumentos que modifiquen las lógicas económicas dispares del sistema capitalista. Reflexiones finales La Ley Micaela nace a partir de la lucha incansable de mujeres y del colectivo LGBTIQ+ ante las situaciones de violencia de género que éstxs han sufrido históricamente, con el fin de deconstruir las relaciones sociales patriarcales que, aún hoy, nos continúan interpelando. Es por ello que consideramos fundamental la transversalización de las cuestiones de género, diversidad e interseccionalidad desde y en el Estado. Con esto nos referimos a adoptar la perspectiva de género para la acción que se planifiq ue, diseñe e implemente en todas las políticas públicas necesarias para el cumplimiento de la función legislativa, judicial y administrativa del Estado; y en todos sus niveles: nacional, provincia l y municipal con perspectiva de género buscando la igualdad y la justicia social. Resulta esencial destacar que, una de sus ventajas, es que se trata de una ley en constante formación, por lo que sus contenidos son actualizados periódicamente, adecuándose, de esta manera, a las realidades cambiantes; aspecto que no suele observarse con muchas de nuestras leyes vigentes, ya que tienden a mantenerse estáticas en el tiempo. Ahora, si bien la Ley Micaela implica un gran primer paso, su implementación todavía presenta algunas limitaciones; una de ellas es que no ha podido realmente impactar en la cultura de trabajo que se da dentro de las instituciones estatales respecto a realmente contener una perspectiva de género para cualquiera de las funciones que se ejercen y las relaciones inter-género que suceden dentro de éstos. Por otro lado, la falta de su implementación en el sector privado evita que se llegue a implantar, fehacientemente, en toda la sociedad civil una educación con base en la equidad. Según los textos analizados, notamos cómo el femicidio de Micaela, como el de muchas otras mujeres que han atravesado situaciones de violencia de género, desencadenaron en una lucha política que no pararía de cobrar fuerza. El movimiento social que surge promueve los ideales Página | 28 de educar a todxs quienes tienen poder en relación a las normas que rigen nuestra sociedad. Sin embargo,como se mencionó anteriormente, para que estos ideales puedan verse materializados, será necesaria una reestructuración constante de su metodología para lograr adaptarse tanto a los tres poderes como también a otras instituciones del sector privado, ya que es la única manera de proliferar a todas las esferas de la sociedad, construyendo una perspectiva de género en la toma de decisiones que afectan la búsqueda de equidad. Por otro lado, consideramos indispensable fortalecer la formación y concientización en lo que respecta a la perspectiva de diversidad e interseccionalidad, promoviendo -de esta manera- el cumplimiento de los derechos de otras identidades de género -quienes forman parte de la comunidad LGBTIQ+-. Además de brindar información en torno a la violenc ia hacia la mujer, resulta fundamental trabajar en la visibilización de la violencia de la que son objeto dichas identidades, en miras de lograr una verdadera inclusión y transversalización de género en la aplicación de la ley Micaela. En este sentido, cabe destacar la importancia de esta ley N°27.63611 la cual establece que el sector público nacional debe reservar, al menos, el 1% de sus cargos y vacantes para personas travestis, transexuales y transgénero, siendo un gran paso para alcanzar un verdadero reconocimiento de sus derechos. Sería enriquecedor analizar, en un futuro, los alcances y limitaciones que tiene dicha ley en su implementación. Finalmente, consideramos importante mencionar la necesidad de seguir luchando día a día por el cumplimento de la Ley Micaela para lograr la incorporación de la perspectiva de género, diversidad e interseccionalidad en toda nuestra sociedad, ya que, siguiendo a Guzmán (2001) la institucionalidad de género no garantiza la estabilidad de los logros alcanzados. 11 Ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero Diana Sacayán - Lohana Berkins. N°27.636/2021. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=351815 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=351815 Página | 29 ¿Ampliar o crear? Qué pasa con las personas transgénero en la ley 26.485 Camila Sampayo. Lic. en Trabajo Social Delfina Freidzon. Estudiante Lic. en Cs. de la Comunicación Resumen El presente artículo problematiza la sujeta destinataria de la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, desde la transversalidad de género y con un análisis cualitativo de su redacción, historicidad y aplicación. Tras indagar "mujer" como símbolo maestro, nos preguntamos qué sucede en terreno con las identidades trans no mencionadas en la normativa pero sobre quienes se ejercen los mismos tipos y modalidades de violencias que esta regula, ¿qué sucede cuando buscan asistencia o denunciar? ¿Qué ley lxs ampara? ¿Se interviene de igual modo a una persona transgénero y a una mujer? ¿Es más adecuado ampliar esta ley o crear una nueva específica como el proyecto de Ley Integral Trans propone? Elegimos esta ley porque, por un lado, como mujeres cis, nos obliga a cuestionar nuestro lugar de privilegio respecto a otras identidades y, por otro, nos interpela de manera directa, en tanto refiere a situaciones que nos son cotidianas como dan cuenta los datos del Observatorio de las Violencias de Género “Ahora Que Sí Nos Ven”. En 2021 registró 256 femicidios y ocho transfemicidios en Argentina; una muerte cada 34 horas. A su vez, nuestro recorrido académico se vincula con su aplicación en áreas como salud o justicia. Realizamos observaciones en dispositivos de intervención en casos de violencia por motivos de género y tres entrevistas de carácter informal a sus profesionales durante el año 2021. Se analizará principalmente al Centro Vivir Sin Violencia (CVSV) de Morón y, más brevemente, al Servicio de Abordaje Integral de Violencia de Género del Sanatorio “Méndez” (SAIVG) y al Centro de Justicia de la Mujer de CABA (CJM). Además, hicimos una entrevista semiestructurada y formal a una abogada con experiencia en la temática.12 Luego, los transcribimos para contrastarlos con nuestra experiencia y la teoría seleccionada. ¿Cómo llegamos hasta acá? Para comprender la ley debemos hacer un breve racconto de los avances legislat ivos en relación a los intentos de erradicar la(s) violencia(s) de género(s). En 1994 la Reforma Constitucional introdujo la responsabilidad constitucional de realizar acciones positivas para grupos vulnerables (vulnerados), incluidas las mujeres; y la de cumplir acuerdos internacionales dentro de los cuales destacan la "Convención sobre la Eliminación de Todas 12 Formó parte de la Dirección de Género, Diversidad Sexual y Derechos Humanos de 3 de febrero, asesoró en el Instituto de la Vivienda de CABA y es docente de derecho en la UBA, entre otras. Página | 30 las Formas de Discriminación contra la Mujer" en 1981,13 la "Declaración Sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer" en 199314 y la "Convención Internacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer" en 1994. Este mismo año, se promulgó la Ley Nº 24.417 de Protección contra la violencia familiar,15 relegando el tema al ámbito privado, en un intento de proteger a “toda persona que sufriese lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar”. No obstante, no sólo no se implementaron muchas medidas, sino que es pertinente cuestionar el abordaje de la violencia ejercida únicamente en uniones de hecho o conyugales (así se entendió “grupo familiar”), dejando por fuera múltiples relaciones de poder donde se ejercen violencias. Años después, este debate se verá ampliado y enriquecido gracias a la lucha de los feminismos. A pesar de la legislación previa en clave de derechos humanos, que debería ser aplicada a cada persona sin importar género, clase o raza, entre otras, la realidad hace imperante el surgimiento de leyes específicas que apunten a personas transgéneros, es decir, a aquellxs que “desafían las expectativas y suposiciones de otras personas acerca del género (...) transexuales, así como a personas que desobedecen la regla binaria del género” (Serano, 2009:37). La Ley Nº 26.485,16 promulgada el 1ro de abril de 2009 a nivel nacional, cuenta con modificaciones posteriores. Resaltamos, a los fines del artículo, que la mayoría tuvo lugar luego de que en mayo del 2020 se sustituyese al Consejo Nacional de la Mujer como ente regulador para tomar su lugar el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, ampliando las facultades y limitaciones de la autoridad de aplicación. En adelante, aunque el título de la ley no se modificó, las resoluciones incluyen al colectivo LGTBIQ+ -sin alcanzar la perspectiva de género porque, por ejemplo, no incluye masculinidades ni acciones destinadas a trabajar con varones violentos-. Incrementa la transversalización de las políticas de género y diversidad en organismos públicos, pero señalamos que, en tanto ley, sigue vigente la original, siendo los demás decretos. La ley vigente busca “sacar” a la mujer del lugar meramente doméstico y estereotipado que ocupaba en legislaciones previas pero, aun así, se ubica más dentro del paradigma del reconocimiento que de la distribución (Fraser, 2006), en tanto no propone -aunque debería- ninguna reestructuración de los recursos económicos sino que “(...) se enfrenta a injustic ias que interpreta como culturales, que supone enraizadas en patrones sociales de representación, interpretación y comunicación” (p.5), dejando a un grupo social en desventaja
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