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ATRIBUTO DOMICILIO Domicilio: Asiento territorial que debe tener toda persona para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones y el ejercicio de sus derechos. Residencia: es el lugar donde se encuentra la persona con determinado grado de estabilidad. Una persona puede tener varias residencias. Habitación: se relaciona con la permanencia de un individuo en un lugar de manera transitoria, accidental de manera breve. Caracteres Es único: La ley brinda una serie de bases para elevar una casa a la calidad de domicilio general de una persona, puede ser real o legal. Es necesario: Nadie puede dejar de tener domicilio. Es inalienable: Ya que nadie puede desprenderse de este atributo de la personalidad mediante su transferencia. Clasificacion- 1-Domicilio general. a-Domicilio real. b-Domicilio legal. 2.domicilio especial -Funciones -Determina la competencia de las autoridades. -Rige lo relativo a la capacidad de las personas. -Rige lo que respecta a los tributos de la persona. -Determina la aplicación de la ley a las cosas muebles sin situación permanente. -En ciertas situaciones determina el lugar de cumplimiento de las obligaciones. -Determina quién es el juez competente. -En los procesos judiciales es necesario a los fines de las notificaciones de la demanda. A- Domicilio real: es aquel lugar donde las personas tienen establecido el principal asiento de su residencia y negocios. Elementos: Corpus: es la residencia efectiva, clara y concreta de la persona, en un lugar determinado. Animus: importa un elemento volitivo, ya que hace alusión a la intención de hacer de un lugar el domicilio. Domicilio legal: lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. SUPUESTOS -Los funcionarios públicos, tiene su domicilio en el lugar que deben cumplir sus funciones. -Los militares en servicio activo tiene su domicilio en el lugar en que lo están prestando. -Las personas del ejército ambulante, como los que no tienen domicilio conocido, lo tienen en lugar de su residencia actual. - Los incapaces tendrán el domicilio de sus representantes. 2- Domicilio especial: Es el que rige para determinadas relaciones jurídicas de las personas que se encuentran específicamente determinadas. SUPUESTOS El domicilio de elección: las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejército de los derechos y obligaciones que de él emanan. Domicilio procesal: es el que las partes designan para determinado proceso judicial. Estado: como atributo de la persona, hace referencia a ese modo de ser de una persona dentro de su grupo familiar. Ejemplos, estado de casado, de hijo, de soltero, de viudo etc
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