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Power Point - Unidad 4 - María Belén Fernández

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UNIDAD 4
TRANSACCIONES CON LOS 
PROPIETARIOS 
Empresa 
• Es una organización en la cual se coordinan el 
capital y el trabajo y que, valiéndose del proceso 
administrativo, produce y comercializa bienes y 
servicios en un marco de riesgo con la finalidad 
de crear, mantener y distribuir riqueza entre sus 
miembros. 
• Una organización con fines de lucro.
• Entes que se dedican a actividades económicas.
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Empresas
Según su forma jurídica pueden ser:
– Personas Humanas: empresas unipersonales 
→ único propietario 
→ tiene actividad económicamente organizada 
→ es titular de un establecimiento comercial, industrial 
agropecuario o de servicios
– Personas jurídicas: empresas societarias 
→ uno o mas propietarios 
→ se organizan de acuerdo a la Ley General de Sociedades 
(LGS).
de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez
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Empresa Unipersonal de PH
• tiene actividad económicamente organizada
• es titular de un establecimiento comercial, industrial 
agropecuario o de servicios
• Contablemente se considera a la empresa como ente 
distinto y separado de su propietario.
• Legalmente conforman una única entidad patrimonial.
Responsabilidad ilimitada
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Empresa Societaria
Habrá sociedad (1)
cuando una o más personas (2)
en forma organizada, conforme a uno de los tipos
previstos por la ley (3), 
se obliguen a realizar aportes (4)
para aplicarlos a la producción o intercambio de 
bienes ó servicios (5)
participando de los beneficios y soportando las
pérdidas (6).
• Art. 1º L.G.S.
TIPOS SOCIETARIOS s/Capitulo II LGS
➢ SOCIEDAD COLECTIVA (Arts. 125 – 133)
➢ SOC. EN COMANDITA SIMPLE(Arts. 134 – 140)
➢ SOC.DE CAPITAL E INDUSTRIA (Arts. 141 –145)
➢ SOC. DE RESP. LIMITADA (Arts. 146 –162)
➢ SOCIEDADES ANÓNIMAS (Arts. 163 – 307)
➢ SOC. ANONIMAS CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA 
(Arts. 308 – 312) 
➢ SOC.EN COMANDITA POR ACC.(Arts. 315 – 324)
Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
Sociedades no incluidas en el/Capitulo II LGS
➢Sociedades que no se constituyan 
conforme a los tipos del Capitulo II.
➢Sociedades que omitan requisitos 
esenciales.
➢Sociedades que no cumplan con las 
formalidades exigidas por la ley.Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
CLASIFICACION
• Según el rol que juega la persona de los socios.
• Según la división del capital
Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
SEGÚN EL ROL QUE JUEGA LA PERSONA DE LOS 
SOCIOS
• SOCIEDADES DE PERSONAS: Se identifica contablemente 
a cada socio
Colectiva; En comandita simple;Capital e Industria
SOCIEDADES INTERMEDIAS ó MIXTAS: Se identifica 
contablemente a cada socio
S.R.L
• SOCIEDADES DE CAPITAL: No se identifica contablemente 
a cada socio.
S.A. ; Soc. en comandita por Acciones; S.A. con 
Participación Estatal Mayoritaria.
Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
SEGÚN LA DIVISIÓN DEL CAPITAL
• SOCIEDADES POR PARTES DE INTERES
Colectiva, 
En comandita simple 
Capital e industria 
• SOCIEDADES POR ACCIONES
Sociedad anónima
Soc. en com. por acciones
S.A. con participación estatal mayoritaria
• SOCIEDADES POR CUOTAS
S.R.L Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
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de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez
Tipos de Responsabilidad de los socios
Ilimitada: los socios responden por las deudas sociales no solo con 
el capital aportado sino también con los bienes particulares.
Solidaria: cada uno de los socios es responsable por la totalidad de 
las obligaciones sociales. Supone el pago completo a los 
acreedores por cualquiera de los socios. 
Subsidiaria: Las obligaciones se cancelan primero con el patrimonio 
de la sociedad y luego con los bienes particulares de los socios. Los 
terceros pueden reclamar a los socios el pago de las obligaciones 
después que hayan ejecutado a la sociedad. 
Mancomunada: cada socio responde por la parte que le corresponde. 
Se produce un fraccionamiento de la deuda entre los varios 
obligados y cada socio tiene la obligación de responder por una 
parte de la deuda.
CONTRATO SOCIAL
(Estatuto o Contrato Constitutivo)
• DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA del 
asiento de constitución de la sociedad.
• Contiene la forma en que se integrarán los 
aportes comprometidos.
• Si existen aportes no dinerarios se integra con 
un Inventario dictaminado por un profesional en 
Ciencias Económicas.
Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE
APORTES DE LOS PROPIETARIOS
Se producen cuando los titulares de una entidad
transfieren al patrimonio de la misma la propiedad
bienes derechos e inclusive obligaciones que
hasta ese momento integraban su patrimonio.
Incrementan el patrimonio del ente proporcionando
los recursos necesarios para desarrollar la
actividad de la empresa.
MOMENTOS
• COMPROMISO DEL APORTE 
Nace un derecho a favor del ente. 
Incrementa su patrimonio (VPM+)
• INTEGRACION DEL APORTE
Se materializa mediante la entrega de los 
aportes previamente comprometidos (VPP)
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de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez
Compromiso de aporte
–Genera una variación modificativa.
– Se forma el capital de la sociedad, permitiendo
el desarrollo de la actividad.
– Surge el derecho de la sociedad que debe
registrarse como un crédito contra sus socios,
por su compromiso de aporte.
– Impacto patrimonial:
• Incremento de activo - Debe
• Incremento de patrimonio neto - Haber
DISTINTOS TIPOS DE APORTES
• APORTES DINERARIOS
• APORTES EN ESPECIES
SEGÚN SU NATURALEZA
✓EN DINERO
✓EN ESPECIE (Tangible e intangibles)
✓DERECHOS (Art 40 y 41 LSC)
✓OBLIGACIONES (Art 43 LSC)
✓FONDOS DE COMERCIO (Art. 44 
LSC)
TERESA BISORDI DE GUTIERREZ
CONTABILIZACION DEL COMPROMISO 
• Genera un derecho a favor del ente que debe 
registrarse de modo que refleje un crédito contra 
los aportantes y el aumento del patrimonio. 
– DEBITO:
• X.X. CUOTAS SOCIALES
• X.X. CUENTA APORTE
• ACCIONISTAS
– CONTRAPARTIDA - CREDITO:
• CAPITAL SOCIAL
INTEGRACIONES
• La integración de los compromisos 
asumidos cancelan o reducen el 
crédito contra los aportantes y motivan 
el ingreso de los activos o reducción 
de los pasivos pertinentes.
• Es la efectivización del aporte 
previamente comprometido.
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de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez
Integración de aportes
– Genera una variación permutativa.
– Se incorporan al patrimonio de la sociedad: 
bienes, derechos y obligaciones
– Los socios transfieren parte de su 
patrimonio a la sociedad.
– Disminuye el derecho de la sociedad 
respecto del socio, que ha cumplido 
materialmente con su compromiso.
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de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez
DEBITO: Cuentas que representan los elementos recibidos 
por la sociedad (efectivo, mercaderías, inmuebles, etc.).
CREDITO: Cuentas que representan 
La disminución del derecho de la sociedad.
Cuenta Socio “xx” cuotas sociales 
Accionistas / Accionista
Las deudas que acompañan los bienes aportados 
(acreedores hipotecarios, etc.)
El importe integrado en exceso, teniendo en cuenta el valor 
de los bienes y deudas. Cuenta Socio xx cuenta particular
Contabilización: Integración
SITUACIONES POSIBLES EN LA 
INTEGRACIÓN EN EFECTIVO
→Integración total (Integra lo comprometido, el 
socio salda su deuda con la sociedad)
→ Integración parcial ó en defecto(No cubre lo 
comprometido. Persiste la obligación con la 
sociedad) 
→En exceso.
CONTABILIZACION DE LA 
INTEGRACIÓN
Caja
Rodados
Socio “XX” cuenta aporte (Activo)
Socio “XX” cuotas de capital (Activo)
Accionistas (Activo)
DOCUMENTACION RESPALDATORIA
• DIRECTA
Contrato Social
Inventario inicial
Títulos representativos de las acciones
• RELACIONADA
Dependerá de los bienes aportados
RETIROS
• Los retiros de los propietarios de los
entes con fines de lucro deben
reconocerse cuando se ha dado los
pasos legales que hacen aparecer una
deuda hacia ellos.
Implica la obligación del ente de entregar
recursos a los propietarios, de prestarle
servicios o (raramente)de asumir una
obligación por su cuenta.
El pasivo aparece cuando la asamblea de
accionistas resuelve la distribución del
dividendo

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