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UNIDAD 4 TRANSACCIONES CON LOS PROPIETARIOS Empresa • Es una organización en la cual se coordinan el capital y el trabajo y que, valiéndose del proceso administrativo, produce y comercializa bienes y servicios en un marco de riesgo con la finalidad de crear, mantener y distribuir riqueza entre sus miembros. • Una organización con fines de lucro. • Entes que se dedican a actividades económicas. 3 Empresas Según su forma jurídica pueden ser: – Personas Humanas: empresas unipersonales → único propietario → tiene actividad económicamente organizada → es titular de un establecimiento comercial, industrial agropecuario o de servicios – Personas jurídicas: empresas societarias → uno o mas propietarios → se organizan de acuerdo a la Ley General de Sociedades (LGS). de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez 4 Empresa Unipersonal de PH • tiene actividad económicamente organizada • es titular de un establecimiento comercial, industrial agropecuario o de servicios • Contablemente se considera a la empresa como ente distinto y separado de su propietario. • Legalmente conforman una única entidad patrimonial. Responsabilidad ilimitada 1 5 Empresa Societaria Habrá sociedad (1) cuando una o más personas (2) en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos por la ley (3), se obliguen a realizar aportes (4) para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes ó servicios (5) participando de los beneficios y soportando las pérdidas (6). • Art. 1º L.G.S. TIPOS SOCIETARIOS s/Capitulo II LGS ➢ SOCIEDAD COLECTIVA (Arts. 125 – 133) ➢ SOC. EN COMANDITA SIMPLE(Arts. 134 – 140) ➢ SOC.DE CAPITAL E INDUSTRIA (Arts. 141 –145) ➢ SOC. DE RESP. LIMITADA (Arts. 146 –162) ➢ SOCIEDADES ANÓNIMAS (Arts. 163 – 307) ➢ SOC. ANONIMAS CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (Arts. 308 – 312) ➢ SOC.EN COMANDITA POR ACC.(Arts. 315 – 324) Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE Sociedades no incluidas en el/Capitulo II LGS ➢Sociedades que no se constituyan conforme a los tipos del Capitulo II. ➢Sociedades que omitan requisitos esenciales. ➢Sociedades que no cumplan con las formalidades exigidas por la ley.Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE CLASIFICACION • Según el rol que juega la persona de los socios. • Según la división del capital Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE SEGÚN EL ROL QUE JUEGA LA PERSONA DE LOS SOCIOS • SOCIEDADES DE PERSONAS: Se identifica contablemente a cada socio Colectiva; En comandita simple;Capital e Industria SOCIEDADES INTERMEDIAS ó MIXTAS: Se identifica contablemente a cada socio S.R.L • SOCIEDADES DE CAPITAL: No se identifica contablemente a cada socio. S.A. ; Soc. en comandita por Acciones; S.A. con Participación Estatal Mayoritaria. Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE SEGÚN LA DIVISIÓN DEL CAPITAL • SOCIEDADES POR PARTES DE INTERES Colectiva, En comandita simple Capital e industria • SOCIEDADES POR ACCIONES Sociedad anónima Soc. en com. por acciones S.A. con participación estatal mayoritaria • SOCIEDADES POR CUOTAS S.R.L Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE 11 de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez Tipos de Responsabilidad de los socios Ilimitada: los socios responden por las deudas sociales no solo con el capital aportado sino también con los bienes particulares. Solidaria: cada uno de los socios es responsable por la totalidad de las obligaciones sociales. Supone el pago completo a los acreedores por cualquiera de los socios. Subsidiaria: Las obligaciones se cancelan primero con el patrimonio de la sociedad y luego con los bienes particulares de los socios. Los terceros pueden reclamar a los socios el pago de las obligaciones después que hayan ejecutado a la sociedad. Mancomunada: cada socio responde por la parte que le corresponde. Se produce un fraccionamiento de la deuda entre los varios obligados y cada socio tiene la obligación de responder por una parte de la deuda. CONTRATO SOCIAL (Estatuto o Contrato Constitutivo) • DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA del asiento de constitución de la sociedad. • Contiene la forma en que se integrarán los aportes comprometidos. • Si existen aportes no dinerarios se integra con un Inventario dictaminado por un profesional en Ciencias Económicas. Profesora. ROSITA CRUZ DE INNOCENTE APORTES DE LOS PROPIETARIOS Se producen cuando los titulares de una entidad transfieren al patrimonio de la misma la propiedad bienes derechos e inclusive obligaciones que hasta ese momento integraban su patrimonio. Incrementan el patrimonio del ente proporcionando los recursos necesarios para desarrollar la actividad de la empresa. MOMENTOS • COMPROMISO DEL APORTE Nace un derecho a favor del ente. Incrementa su patrimonio (VPM+) • INTEGRACION DEL APORTE Se materializa mediante la entrega de los aportes previamente comprometidos (VPP) 16 de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez Compromiso de aporte –Genera una variación modificativa. – Se forma el capital de la sociedad, permitiendo el desarrollo de la actividad. – Surge el derecho de la sociedad que debe registrarse como un crédito contra sus socios, por su compromiso de aporte. – Impacto patrimonial: • Incremento de activo - Debe • Incremento de patrimonio neto - Haber DISTINTOS TIPOS DE APORTES • APORTES DINERARIOS • APORTES EN ESPECIES SEGÚN SU NATURALEZA ✓EN DINERO ✓EN ESPECIE (Tangible e intangibles) ✓DERECHOS (Art 40 y 41 LSC) ✓OBLIGACIONES (Art 43 LSC) ✓FONDOS DE COMERCIO (Art. 44 LSC) TERESA BISORDI DE GUTIERREZ CONTABILIZACION DEL COMPROMISO • Genera un derecho a favor del ente que debe registrarse de modo que refleje un crédito contra los aportantes y el aumento del patrimonio. – DEBITO: • X.X. CUOTAS SOCIALES • X.X. CUENTA APORTE • ACCIONISTAS – CONTRAPARTIDA - CREDITO: • CAPITAL SOCIAL INTEGRACIONES • La integración de los compromisos asumidos cancelan o reducen el crédito contra los aportantes y motivan el ingreso de los activos o reducción de los pasivos pertinentes. • Es la efectivización del aporte previamente comprometido. 21 de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez Integración de aportes – Genera una variación permutativa. – Se incorporan al patrimonio de la sociedad: bienes, derechos y obligaciones – Los socios transfieren parte de su patrimonio a la sociedad. – Disminuye el derecho de la sociedad respecto del socio, que ha cumplido materialmente con su compromiso. 22 de Castro, Michalec, Ferrando, González, Kuc, Lugo, Sotelo, Suarez DEBITO: Cuentas que representan los elementos recibidos por la sociedad (efectivo, mercaderías, inmuebles, etc.). CREDITO: Cuentas que representan La disminución del derecho de la sociedad. Cuenta Socio “xx” cuotas sociales Accionistas / Accionista Las deudas que acompañan los bienes aportados (acreedores hipotecarios, etc.) El importe integrado en exceso, teniendo en cuenta el valor de los bienes y deudas. Cuenta Socio xx cuenta particular Contabilización: Integración SITUACIONES POSIBLES EN LA INTEGRACIÓN EN EFECTIVO →Integración total (Integra lo comprometido, el socio salda su deuda con la sociedad) → Integración parcial ó en defecto(No cubre lo comprometido. Persiste la obligación con la sociedad) →En exceso. CONTABILIZACION DE LA INTEGRACIÓN Caja Rodados Socio “XX” cuenta aporte (Activo) Socio “XX” cuotas de capital (Activo) Accionistas (Activo) DOCUMENTACION RESPALDATORIA • DIRECTA Contrato Social Inventario inicial Títulos representativos de las acciones • RELACIONADA Dependerá de los bienes aportados RETIROS • Los retiros de los propietarios de los entes con fines de lucro deben reconocerse cuando se ha dado los pasos legales que hacen aparecer una deuda hacia ellos. Implica la obligación del ente de entregar recursos a los propietarios, de prestarle servicios o (raramente)de asumir una obligación por su cuenta. El pasivo aparece cuando la asamblea de accionistas resuelve la distribución del dividendo
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