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CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO POR TEMPORADA - Isis Pérez (3)

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CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO POR TEMPORADA
Que celebran por una parte EL PINO FELIZ S.A. DE C.V., representada en este acto por LUIS MIGUEL CLAUS a quien en este contrato se designará como EL PATRÓN, y por la otra, por su propio derecho, el C. ARMANDO BRONCAS JR., a quien en lo sucesivo del cuerpo de este contrato se designará como EL TRABAJADOR, conjuntamente denominadas como las Partes, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. DEL PATRÓN.
1. Ser una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes XXXXXXXXXX, número de registro patronal 1234567, con domicilio en AVENIDA SAN RODOLFO DE LOS RENOS NÚMERO 2512, COLONIA EL JENGIBRE DE CIUDAD MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, MÉXICO C.P. 21150, dedicada a LA VENTA DE ACCESORIOS NAVIDEÑOS EN ESPECÍFICO ÁRBOLES (PINOS DE NAVIDAD), 
2. Estar representada en este contrato por el señor LUIS MIGUEL CLAUS, en su carácter de DIRECTOR GENERAL de la empresa EL PINO FELIZ S.A. DE C.V.
II. DEL TRABAJADOR.
1. Declara bajo protesta de decir verdad: 
I. Ser de nacionalidad Mexicana, mayor de edad, de sexo masculino;
II. Haber nacido el día 25 de diciembre de 1995;
III. De estado civil: Soltero;
IV. RFC XXXXXXXXX,
V. CURP XXXXXXXXXXXXXXXXXXX,
VI. Con domicilio en VILLA NAVIDEÑA 925 COLONIA AÑO NUEVO DE ESTA CIUDAD;
VII. Que tiene la capacidad legal para obligarse al presente instrumento jurídico.
VIII. Que se encuentra física y mentalmente sano para realizar las tareas que le asigne El Patrón, y que cuenta con los conocimientos suficientes para llevar a cabo, de forma satisfactoria, las actividades para las cuales es contratado.
2. Tiene a bien designar para el pago de salarios y prestaciones devengadas y/o cualquier prestación generada por motivo del presente contrato, dando cumplimiento con lo establecido por el artículo 25 fracción X de la LFT, al (los) siguiente (s) beneficiario (s) y su porcentaje:
I. Nombre completo: ____SANTA ROSALÍA MÁRQUEZ BRONCAS____
Parentesco: ___MADRE _____	Porcentaje: ___100%___
III. Que en virtud de lo declarado y para el logro de las finalidades que las pares proponen se someten a las siguientes cláusulas
CLÁUSULAS
PRIMERA. Este contrato se celebra por tiempo indeterminado por temporada conforme a lo dispuesto por el artículo 39-F de la LFT, esto en virtud de la naturaleza del trabajo, dependiente del producto en cuestión, toda vez que su consumo y distribución está condicionada a la temporada decembrina, resultando infructífero la actividad con fines de especulación comercial (en específico de compra y venta) toda época distinta del año.
Señalando como fecha de inicio el día 31 de octubre de 2022 y suspendiéndose la relación laboral a partir del día 16 de enero de 2023 de forma temporal, siendo posible su variación, notificándose ésta, de ser el caso, en el domicilio laboral o en su defecto en el señalado por el trabajador; retomando labores en fecha que será notificada al trabajador en los mismos términos de la fecha de suspensión. 
Se establece también que de no presentarse el trabajador a laborar en la fecha indicada en el párrafo anterior, se le dará un día más para presentarse a trabajar, de no hacerlo, la relación laboral se entenderá inexistente y este contrato no surtirá efectos.
SEGUNDA. El trabajador se obliga a prestar sus servicios de VENDEDOR bajo la dirección, dependencia y subordinación del patrón, en el domicilio ubicado en AVENIDA SAN RODOLFO DE LOS RENOS NÚMERO 2512, COLONIA EL JENGIBRE DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.
TERCERA. Las funciones a desempeñar de acuerdo a su puesto serán las siguientes: 
I. Capacitarse y atender todas las indicaciones del equipo;
II. Brindar atención al cliente;
III. Ofrecer a éste el servicio de venta, recomendación, información de precios, tamaños y estilos de los distintos artículos disponibles;
IV. Realizar deberes de limpieza general;
V. Dar a conocer promociones y cualquier información relativa;
VI. En cuanto a cobrar, recibir, entregar y custodiar dinero en efectivo, cheques, giros y demás presentaciones y/o documentos de valor, con el fin de logra la recaudación de fondo por concepto de ingreso a la empresa.
CUARTA. El trabajador prestará sus servicios en jornada tipo mixta, la cual comprenderá de las 17:00 horas a las 00:30 del día siguiente, contando con 30 minutos para consumir alimentos.
QUINTA. El trabajador disfrutará de un día de descanso por cada 6 días laborados, el cual será rotativo.
	También disfrutará de los días de descanso obligatorio con pago de salario íntegro conforme a la ley. 
SEXTA. El trabajador gozar con un periodo vacacional establecido por el art.76 de la LFT en proporción al tiempo laborado.
SÉPTIMA. El trabajador percibirá remuneración salarial de $300 m.n. (TRESCIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL) diarios, el cual será cubierto los días domingo de cada semana sin perjuicio de lo estipulado por el art. 71 segundo párrafo de la LFT, en el mismo domicilio laboral.
OCTAVA. El trabajador o podrá laborar tiempo extraordinario sin previa autorización por escrito del patrón, misma que deberá ser solicitada de igual forma, por escrito directamente.
Leído íntegramente el presente de su valor y fuerza legal, el trabajador y el representante del patrón lo ratifican y firman de conformidad, en la ciudad de Mexicali, baja california México, siendo el día 14 de octubre de 2022.
________________________					________________________
 EL PATRÓN						 	EL TRABAJADOR

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