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Juzgados de Distrito Por: Aviña Rodríguez Jessica Dayana Cabrera Carillo Carlos Eduardo Cervantes Pedraza Marisa Antonia Gómez Aguilar Meily Scarlett JUZGADOS DE DISTRITO Son los órganos jurisdiccionales de primera instancia del Poder Judicial de la Federación. Están a cargo de un Juez de Distrito. Les corresponde resolver: Juicios relacionados con la aplicación de leyes federales en las materias civil, penal y administrativa, o de tratados internacionales Juicios de amparo indirecto en las materias civil, penal, administrativa y laboral. Algunos de estos órganos están especializados en una materia, mientras que otros conocen de dos o más materias FUNDAMENTO Sus actuaciones están fundamentadas en el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Del artículo 48 al 55 bis Atribuciones tipificadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación COMPOSICIÓN 1 Juez y el número de secretarios, actuarios y empleados que determine el presupuesto federal. Para ser electo juez de distrito Artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Para ser secretario de juzgado o actuario Artículo 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Juzgados de Distrito en Uruapan Juzgado Quinto de Distrito Juzgado Sexto de Distrito Juzgado Octavo de Distrito Juzgado Sexto de Distrito del centro auxiliar de la tercera región COMPETENCIAS La competencia de estos juzgados varia según su materia o ubicación JUECES FEDERALES PENALES CONOCERÁN: Delitos del orden federal Procedimientos de extradición Autorizaciones para intervenir en cualquier comunicación privada De los delitos del fuero común respecto de los cuales el Ministerio Público de la Federación hubiere ejercido la facultad de atracción JUECES DE DISTRITO CIVILES CONOCERÁN: Controversias del orden civil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano Juicios que afecten bienes de propiedad nacional Juicios que se susciten entre una entidad federativa y uno o más vecinos de otra Asuntos civiles concernientes a miembros del cuerpo diplomático y consular Diligencias de jurisdicción voluntaria que se promuevan en materia federal Controversias ordinarias en que la federación fuere parte JUECES DE DISTRITO MERCANTILES CONOCERÁN: De las controversias del orden mercantil cuando el actor no haya optado por iniciar la acción ante los jueces y tribunales del orden común De todas las controversias en materia concursal De los juicios mercantiles en los que la Federación sea parte De los juicios mercantiles que se susciten entre una entidad federativa y uno o más vecinos de otra Del reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales comerciales cualquiera que sea el país en que haya sido dictado JUECES DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO CONOCERÁN: De los juicios de amparo que se promuevan contra leyes y demás disposiciones de observancia general en materia de trabajo, en términos de la Ley de Amparo De los juicios de amparo que se promuevan en materia de trabajo, contra actos de autoridad distinta de la judicial De los amparos que se promuevan contra actos de tribunales de trabajo ejecutados en el juicio, fuera de él o después de concluido, o que afecten a personas extrañas al juicio De las denuncias por incumplimiento a las declaratorias generales de inconstitucionalidad emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de normas generales en materia de trabajo REFERENCIAS http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/172_130420.pdf https://www.poderjudicialmichoacan.gob.mx/web/supremo/listaAcuerdosRecientes.aspx?op=juzgados&distrito=uruapan https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5357/10.pdf
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