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RESUMEN DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO UNIDAD 1 ¿Qué es el Derecho? Es aquello que no está “torcido” (1ra aproximación). Es un conjunto de normas jurídicas que identifican conductas de Dar, Hacer y No Hacer. · Dar: dar una suma de dinero o pagar impuestos. · Hacer: construir, comprar, etc. · No Hacer: ejemplo no pasar en rojo. Clasificación de Derechos: · Derecho Positivo: es la norma escrita · Derecho Natural: es aquel que tenemos todos por el simple hecho de ser seres humanos · Derecho Privado: regula las relaciones entre particulares. Ejemplo: Código Civil y Comercio · Derecho Público: estudia lo atenuante entre el Estado y los particulares, los particulares entre sí y los Estados entre sí: Nacional; Provincial; Municipal y CABA. ¿Qué es la Nación? Es un concepto sociológico que alude a un grupo de personas vinculadas entre sí por razones culturales, religiosas, históricas, etc. Sin territorio en común ni normativa propia. Ejemplo: Gitanos. ¿Qué es el Estado? Es un concepto jurídico. Es un conjunto de personas, asentados en un mismo territorio, y sujetos a una misma normativa o poder. Elementos: Todo Estado es un Nación, pero no toda Nación es un Estado · Población: Es el elemento humano que compone el Estado · Permanente: argentino · No Permanente: turista, mero transeúnte · Territorio: Es el ámbito geográfico donde el Estado ejerce poder · Poder: Energía estatal para imponer conductas (dar, hacer, no hacer) coactivamente (bajo el imperio de la ley) Personalidad del Estado Es un ente que puede adquirir derechos y contraer obligaciones; puede estar en juicio, tanto como actor demandante que como demandado; SIEMPRE es persona jurídica de derecho público ¿Por qué? Porque fue creado para satisfacer las necesidades de los individuos que lo componen, se regula por normas del derecho público y NO tiene por finalidad obtener lucros o ganancias. El Estado puede actuar · En lo privado: se aplican las normas del derecho privado. · En lo público: se aplican las normas del derecho público. · En lo Internacional: cuando celebran tratados con otros países u organizaciones internacionales. Funciones del Estado · Ejecutiva o administrativa Lleva a cabo los planes del gobierno (Ejecutivo) y ordenanzas y aplica los recursos en forma eficaz y eficiente para su mejor rendimiento (Administrativo). · Legislativa Crea y sanciona leyes. · Judicial · Resuelve conflictos entre individuos, entre individuos y el Estado, y entre Estados a través del dictado de sentencias (que tienen fuerza de ley) Órgano: medio por el cual el Estado da a conocer su declaración de voluntad. Poder Constituyente a) Originario Fuerza/energía/capacidad del pueblo de organizarse jurídicamente bajo una constitución. b) Derivado Facultad popular de reformar la constitución. Constitucionalismo (movimiento social) Implica la adhesión a la existencia y vigencia de una constitución. · Clásico o Liberal (derechos individuales) Pone hincapié en los derechos de las personas en cuanto tales individualmente considerados · Social (derechos sociales y laborales) Derechos laborales individuales, colectivos y sociales · Internacional (tratados internacionales, DDHH) Engloba a todos los tratados (consumidores y usuarios) internacionales, medioambientales, etc. Constitución · Definición · Ley suprema o fundamental · Conjunto de normas que refieren a la organización estatal · Refieren a la forma de gobierno, de Estado, crea “algunos” derechos y obligaciones de sus habitantes (ciudadanos y extranjeros) · Crea los órganos de poder y determina sus Competencias (Atribuciones: lo que el órgano puede o debe realizar. Art 99) · Clases a) Según su estructura formal: 1. Escritas Plasmada en papel, codificada en un texto armónico, positivizada, ordenada (no dispersa) 2. No Escritas Lo opuesto b) Según su posibilidad de reformarse: 1. Rígidas El órgano legislativo declara la necesidad de reforma, establece los puntos a modificarse, PERO otro órgano lleva a cabo la modificación propuesta 2. Flexibles Cuando el mismo órgano legislativo declara la necesidad de la reforma y lo lleva a cabo. Ejemplo: EEUU 3. Pétreas No pueden reformarse · Argentina Estructura: a) Preámbulo b) Parte Dogmática 1. Declaraciones (enunciado solemne sobre una cuestión jurídica política. Ejemplo: forma de gobierno), derechos y garantías 2. Nuevos derechos y garantías (medio de defensa cuando no se me permite ejercer un derecho); Constitucionalismo contemporáneo c) Parte Orgánica Describe lo que pueden y deben hacer los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial; las provincias y CABA. Contenidos Pétreos de la Constitución Argentina · Forma de Gobierno Siempre será Representativo (Art 22), Republicano (Art 1) y Presidencialista (Art 87) · Forma del Estado Siempre será Democrático (Art 38) y Federal (Art 1) · Iglesia Católica Apostólica Romana Supremacía/Jerarquía de la Constitucional Nacional ART 31 CN + DDHH ART 75 INC 22 1)CN 2)LEYES 3)TRATADOS TRATADOS, CONCORDATOS 1)CN + TRATADOS DDHH 2)TRATADOS (ART 75 INC 24) Y CONCORDATOS 3)LEYES LEYES RESTO DE LA NORMATIVA Sistema de Control de Constitucionalidad · Judicial El único que puede declarar la Inconstitucionalidad de un decreto aquí es un Juez · Político Lo lleva a cabo un órgano distinto a los tradicionales (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), creado a tal efecto (dictar la Inconstitucionalidad) · Mixto Es la sumatoria de los 2 anterior. Judicial: cuestiones relevantes o de trascendencia y el Político: órganos especiales para esos “asuntos”. En Argentina poseemos un Sistema de Control de Constitucionalidad que es Judicial “difuso” (lo puede declarar cualquier juez). · 1ra Instancia o baja (unipersonal) · 2da Instancia o cámara de apelación (colegiado: 3 o más personas) · Corte Suprema de Justicia de la Nación (solo cuando está presente la Nación) Tipos de jueces (cualquiera puede declarar la Inconstitucionalidad) Civiles y Comerciales; Penales; Administrativos; Laborales. Pero todo esto solo puede realizarse “A Pedido de Parte”, por medio de un “Demandante” y un “Demandado”, y “Solo para el Caso Concreto”. UNIDAD 2 Concepto de Gobierno Es el conjunto de órganos que ejercen el poder Formas de Estado (¿Cómo manda el que manda?) 1) Confederación Conjunto de estados (provincias) unidos entre sí por pactos o tratados 2) Federalismo ≠ Unitarismo Existencia de un Poder central y varios entes autónomos (dictado de propia normativa; por elección de sus gobernantes sin intromisión del gobierno Nacional) en un mismo territorio 3) Unitarismo ≠ Federalismo Existencia de un Poder central y entes con facultades normativas restringidas en un mismo territorio 4) Democracia Elección de los gobernantes por el voto popular, secretos y obligatorio 5) Autoritarismo Supone un culto a la persona por sobre la normativa 6) Totalitarismo Implica al gobierno por la fuerza de un grupo de personas Soberanía Nacional ≠ Autonomías · Libertad e Independencia · Art 1 CN Le da su propia organización Jurídico – Política SIN depender de potencias extranjeras · Art 126 CN Las provincias NO ejercen el poder de la Nación Autonomías ≠ Soberanía Nacional a) Provinciales Art 121, 122 (autonomías), 123, 124 (regiones y tratados), 125 b) Municipales Art 123 c) CABA a) Constituciones Provinciales · NO deben contrariar a la CN + los Tratados de DDHH; ni de los Tratados Comunes; ni de los Concordatos; ni de la Normativa Nacional · Debe asegurar 3 cosas: Justicia; Régimen Municipal y Educación Primaria c) CABA (Art 129) · Autonomía: dicta su propia normativa (legislatura local) · Organizar su Justicia · Jefe de gobierno elegido directamente por el pueblo a través del voto · Poder constituyente originario (1994): puede dictar su propio Estatuto Organizativo Características Esenciales del Gobierno Argentino (¿Quién manda?) Formas de gobierno que adoptan (Art1) · Representativo (Art 22) · Republicano · Presidencial (Art 87) · República (Re = cosa; Publica = pueblo) Características: Constitución; Libertad = Responsabilidad; Existencia de Partidos Políticos; Publicidad de los actos de gobierno; Periodicidad de las Funciones; Voto popular, secreto y obligatorio; Responsabilidad de los funcionarios Relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica “Apostólica Romana” Art 2: sostiene que es un reconocimiento a lo largo de toda la historia argentina y que esta tiene valor histórico en la formación de la Nación Argentina. · La Iglesia Es persona de Derecho Público, creada y regulada por normas de derecho público y tiene un Fin Público: tender a satisfacer necesidades espirituales, sociales, etc. De los individuos que forman parte de esta. (desde el ´94 se quitó el requisito sobre el que se postule a presidente debe ser Católico Apostólico Romano). Tipos de Relaciones · Sacros Se impone una religión oficial (Arabia Saudita, musulmana) · Estados Seculares Hay “Preminencia” de una religión, y libertad de cultos (Art 14) · Estados Laicos No se “define” por religión alguna (Uruguay) UNIDAD 3 Poder Tributario Del Estado Argentino · Fuerza o energía estatal que tiene por finalidad Crear y Exigir a la población el pago Coactivo (=Coercitivo) de Tributos $ que se destinaran a afrontar los gastos que demandan las satisfacciones de los intereses de los individuos que lo integran. · Obligación normativa de dar una suma de dinero al Estado con Contraprestación por parte de este. Prestación Conductas Tipos de Tributos a) Impuestos: obligación normativa de dar dinero de forma Indirecta ≠ Contraprestación b) Tasas: obligación normativa de dar dinero de forma Directa c) Contribuciones especiales o de mejora… por el mayor valor (plusvalía) que adquiere un bien como consecuencia de la realización de una obra pública o por la prestación de un nuevo servicio público ¿Cómo se cobran? Por medio de la “Norma de Creación” Principios Constitucionales de la Tributación 1) Legalidad Ser creados por el Órgano Legislativo. a) Congreso Nacional b) Legislatura Provincial y de CABA c) Consejos Deliberados (Rosario → ordenanzas → tasas) 2) Igualdad Toda población está obligada según lo establece la normativa a tributar. 3) Equidad (No confiscatoriedad) Un tributo o conjunto de ellos no debe superar el 33% del patrimonio del contribuyente. 4) Finalidad Pagar el Estado por que se haga de fondos para poder satisfacer todas las necesidades que los individuos demandan. Tesoro Nacional (antes llamado Renta General) Formado por: 1. El Producto de Derechos de Importancia y Exportación (retenciones y aranceles) 2. La Venta o Locación de Tierras Nacionales · Bienes del Dominio Público: destinados al uso directo o indirecto de la comunidad. Ej.: calles, plazas, puentes, etc. · Bienes del Dominio Privado (Art 4): no están destinados al uso público. Ej.: herencia vacante, mina, etc. 3. La Renta de Correos 4. De Demás Contribuciones (tributos en general) que Equitativamente y Proporcionalmente Imponga (obliga) el Congreso a la Población (todos) 5. Y Prestamos que Decrete el Congreso SIEMPRE primero se pide permiso al congreso y luego se busca el préstamo. Actividades del Congreso (Art 75 Inc. 2) · Contribuciones Indirectas Facultad concurrente con las provincias (Impuestos Indirectos *) · Contribuciones Directas Son proporcionalmente iguales en el territorio nacional y sirven para defensa, seguridad, bienestar general (exigencias) por un determinado tiempo (Impuestos Directos *) · Coparticipación Centralizar la recaudación para luego distribuirla según porcentajes establecidos en leyes convenio entre Nación, Provincias y CABA ↓ Provincias Acuerdos legales entre la Nación (ente recaudador) CABA · Control Provincial y de CABA… De la remisión automática de los fondos según el porcentaje acordado en cada ley convenio · Impuestos Indirectos Cuando se “traslada” la carga tributaria o fiscal y el contribuyente es indeterminado. Ej.: IVA · Impuestos Directos No hay carga fiscal trasladable porque el contribuyente está determinado de antemano. Ej.: Ganancias Presupuesto (Art 75 Inc. 8) Para Gastos y Recursos (de dónde saca), si no hay ley de presupuesto 2024 se rige con el del 2023 Cuenta de Inversión (Ej.: para el Órgano Legislativo) Después es Rendición de Cuentas, por ejemplo, le dice al congreso cómo gastó el presupuesto del 30 de junio; si lo hace el congreso necesita de la auditoria General de la Nación, una vez con el dictamen Cuenta de Inversión → Órgano Ejecutivo aprueba Auditoria General de la Nación Órgano Legislativo Dictamen rechaza UNIDAD 4 Órgano Legislativo → dicta proyectos de ley Conformado por el Congreso de la Nación, que es Colegiado (participan más de 3 personas) y es un Complejo Bicameral, o sea conformado por 2 cámaras (la de Diputados y la de Senadores). · Cámara de Diputados Art 45: hay 1 por cada 161.000 habitantes o fracción mayor a 80.500, según el censo del 2010 Art 46: representan (Capital si se traslada) a la Nación, Provincias y CABA Art 48: requisitos: · Tener 25 años cuando se asume · Tener 4 años de ciudadano en ejercicio · Ser natural provincial o con 2 años de residencia inmediata a ella Art 50: duración de 4 años, pueden ser reelegidos y se renueva la cámara por mitades cada 2 años · Cámara de Senadores Art 54: hay 3 por cada provincia, 2 por mayoría de votos y 1 por minoría de votos y representan a las provincias y CABA Art 55: requisitos: · Tener 30 años cuando se postula · Tener 6 años de ciudadano nacional · Tener una renta anual de 2 mil pesos fuertes o equivalente ° · Ser natural provincial o 2 años de residencia inmediata en ella ° Medio o modo honesto de vida, que sea público Art 56: duración de 6 años, pueden ser reelegidos indefinidamente y la cámara se renueva por tercios cada 2 años Procedimiento para la formación y sanción de leyes Exclusividad de tratativas: · Cámara de Diputados Tributos; Reclutamiento e Inicio Popular · Cámara de Senadores Juicio político y Ley de Convenio 1ro la Cámara de Origen (puede ser cualquiera de las 2) Escenario 1°: El proyecto de ley se aprueba Escenario 2°: El proyecto de ley se aprueba Escenario 3°: El proyecto de ley NO se aprueba (pierde estado parlamentario: no puede tratarse por 1 año) Escenario 4°: El proyecto de ley se aprueba 2do la Cámara de Revisión (es distinta a la 1ra) Escenario 1°: El proyecto de ley se aprueba Escenario 2°: El proyecto de ley NO se aprueba (pierde estado parlamentario) Escenario 3°: Escenario 4°: El proyecto de ley se aprueba 3ro el presidente Escenario 1°: No veta (reformar): entonces Promulga, pública en el boletín oficial para que la ley se cumpla a partir del 8vo día hábil o en otro plazo si la misma así lo dispone Escenario 2°: Escenario 3°: Escenario 4°: Veta (solo puede hacerlo 1 vez): puede ser Parcial (corrige algún inciso, demanda, sentencia) o Total Ambas cámaras trabajan en conjunto (asambleas) Delegación Legislativa (Art 76) Su principio general son las Prohibiciones, pero tiene algunas Excepciones: las materias administrativas (“gestionar”) o una emergencia pública, tienen plazos de vigencia y condiciones legales Sesiones (debates, defensa de posiciones, expresiones de ideas, votos) · Ordinarias Desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre · Extraordinarias Las convoca el presidente cuando el congreso está en receso, ante urgencias: · Órgano Ejecutivo: NUNCA · Órgano Legislativo: en Receso (luego de las sesiones ordinarias) · Órgano Judicial: por Receso/ “Feria” Estival (enero) o por Receso/ “Feria” Invernal (15 días de julio)· De Prorroga Extender las sesiones ordinarias para continuar el tratamiento de un proyecto de ley · Preparatorias · Art 64: el análisis de las habilidades morales y físicas de los electos (juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros) · Art 66: reglamento (hay 1 por cámara) · Art 67: juramento · Elección de los presidentes de cada cámara 1. Senadores: el vicepresidente es el presidente provisional de senado 2. Diputados: eligen a su presidente Inmunidades, Fueros o “Privilegios” a) Inmunidad de Arresto ≠ Proceso (Art 69) Desde su elección hasta el cese de su mandato no pueden estar presos a excepción de la Flagrancia (“atrapado con las manos en la masa”) b) Inmunidad de Expresión u Opinión (Art 68) No se puede interrogar judicialmente ni molestar a un legislador por sus discursos u opiniones. Es vitalicia (dura para toda la vida) Reglamento Es una Declaración (enunciado solemne) unilateral (solo participa el Estado) emitida por un órgano en ejercicio de su función administrativa que produce efectos jurídicos (crear derechos y obligaciones) generales (a un n° determinado de personas) y obligatorios en forma directa (no necesita otra norma para su cumplimiento) Tipos de reglas · Autónomos/ Internos (Art 100 Inc. 2) Refiere al funcionamiento del órgano · Ejecutivos (Art 99 Inc. 2) Poner en práctica una ley sin contradecirla. Ej.: un carnet a los 90 · Delegados (Art 76) Materias Administrativas Delegación prohibida. Excepciones → Emergencia Pública Ej.: L.R.T. Requisitos (a plazo y con condiciones legales) · De Necesidad y Urgencia Ante circunstancias excepcionales o cuando no se puede seguir el trámite ordinario para la sanción de una ley. NUNCA para tributos, penas, regímenes electorales o partidos políticos Defensor del Pueblo (Art 86) Su función es proteger y defender los derechos de los habitantes ante actos u omisiones estatales que los lesione y su legitimación procesal es que puede representar al habitante en juicio Auditoría General de la Nación (Art 85) Su función es controlar la gestión (patrimonial; económica; financiera; operativa; etc.) de los recursos estatales (lo hace el órgano legislativo); también asiste técnicamente al congreso a través de Dictámenes (pareceres u opiniones formulados por expertos en la materia económica); está presidido por la oposición con mayor n° de votos y este aprueba o rechaza las inversiones para realizar obras públicas Órgano Jurídico Su esencia es resolver conflictos de intereses entre: particulares; particulares, Estado y CABA; Estados entre sí y CABA. A través del dictado de sentencias SIEMPRE en un proceso (serie de pasos para la representar la declaración de voluntad estatal): 1) Demanda/ Acusación/ Imputación 2) Defensa/ Derecho de ser oído o “descargo” 3) Pruebas 4) Alegatos/ Conclusiones 5) Sentencia Su composición en 1° lugar está la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CABA) y en 2° lugar están los Jueces Inferiores (conformados por la 1ra Instancia y la 2da Instancia) Los Jueces son: · Imparciales No tienen interés en el resultado del pleito · Impartiales Es un tercero ajeno a las partes del demandante y el demandado · Independientes Actúa sin presiones ni ordenes de los superiores u órgano alguno · Tienen Intangibilidad de sus Remuneraciones No pueden ser disminuidos sus sueldos · Inamovibles Permanece en su cargo mientras dure su buena conducta; también lo son en lo territorial o material contra su voluntad Elección de los Jueces: Por el Consejo de la Magistratura (Art 114), el cual está compuesto por: a) Políticos elegidos por el voto popular b) Abogados de la matrícula federal c) Jueces Sus funciones son: 1) Seleccionar los Jueces Inferiores (1ra y 2da Instancia) 2) Administrar el Órgano Judicial con los fondos asignados por la ley de presupuesto 3)Facultades disciplinarias Jurado de Enjuiciamiento (Art 115) Su finalidad es remover provisionalmente a los jueces/ magistrados inferiores (1ra y 2da Instancia) por diferentes causales: · Presunto mal desempeño de sus funciones · Presunta comisión de un delito Los remueve ¿Para qué? Para ser juzgado por sus pares Ministerio Público (Art 120) Su finalidad es promover la activación de la justicia, compuesta de: · Ataque: procurador general de la Nación (jefe de fiscales) Investigan y acusan · Defensa: defensores generales de la Nación (abogados públicos) Art 75 Inc. 12 · Código de Fondo (Nacional) Penal; Minería; Civil y Comercial; etc. · Código de Forma; Procesal o Procedimental (Locales, Federales) Aplican en “Temario de Fondo”; Código Procesal Penal; Código Procesal Civil y Comercial; Código Procesal Laboral; etc. Competencia · Principio General Ante un delito como el hurto, asesinato o problema alguno se acude a un Juez Provincial (Art 5 y 121) · Excepción Ante excepciones como un problema en el territorio, con personas que son agentes públicos y cosas específicas marcadas por la ley (como los estupefacientes) se acude a un Juez Federal UNIDAD 5 Declaración: enunciado solemne sobre cuestiones jurídico político nacionales. Ej.: el preámbulo, forma de Estado, de gobierno, etc. Derecho: conjunto de normas jurídicas que identifican conductas Libertad (= Responsabilidad): actuar o NO actuar conforme a nuestro Libre Albedrío (decisión) asumiendo las responsabilidades que correspondiesen Garantía: mecanismos provistos por la constitución para su empleo ante la violación de un derecho: a) Amparo b) Habeas Corpus c) Habeas Data pág. 2
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