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Práctica Dirigida 04 - Contabilidad Agropecuaria

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Contabilidad Agropecuaria					 			 2018 - II
PRÁCTICA DIRIGIDA 04
Tema: Aplicación Práctica De Las Normas Laborales En Una Empresa AgroPecuaria 
(Parte II)
01. La empresa agrícola VERDURAS PERUANAS S.A.C. acogida al régimen laboral agrario, cuenta en su planilla de remuneraciones con 02 trabajadores (el Ingeniero Agrónomo y un personal de campo) desde el 1 de noviembre de 2011. Dichos trabajadores se encuentran afiliados a la ONP.
En el mes de setiembre del presente año, el empleador ya no desea contar con los servicios del referido trabajador por lo que decide cesarlo sin causa justificada el día 19 de setiembre de 2018.
Nota:
· Remuneración diaria del ingeniero = S/ 120.00 
· Remuneración diaria del T.C. = S/ 82.00
· El ingeniero no gozó de su descanso físico.
· Ambos trabajadores (Juan Carlos Reyes Obregón y Margarita Cruz Lirio) 
· tienen hijos menores de edad.
· Remuneración diaria del mes de julio agosto y setiembre del 2018: 220.00; 200.00 y 120.00 respectivamente.
Al respecto, el empleador le consulta a Ud. alumno de la UNAB lo siguiente:
· ¿Cuál es el importe a pagar a los trabajadores?
· Elaboración de la liquidación de Beneficios Sociales
· ¿Cuál es el tratamiento contable?
02. La empresa agroindustrial ECONOMÍA AGRÍCOLA S.A.C. acogida al régimen laboral agrario le consulta a Ud. alumno de la UNAB lo siguiente: si su único trabajador no gozó de sus vacaciones durante dos periodos consecutivos, pero le otorgaron al siguiente mes su descanso vacacional del primer periodo ¿la empresa se encuentra exceptuada de pagar la indemnización vacacional a su trabajador? Fundamente normativamente su respuesta.
Nota:
· El trabajador gana la Remuneración Mínima Diaria 
· Los años acumulados los cumplió el 15-07-2018.
Se pide (de corresponder):
· Cálculo de remuneración y/o liquidación beneficio social.
· Tratamiento contable.
03. La empresa avícola EL AVE FENIX S.A.C. acogida al régimen laboral agrario le consulta a Ud. alumno de la UNAB lo siguiente: si su único trabajador ingresó el 01-04-2016 y cesó el 10-05-2018, y solo disfrutó de su descanso vacacional por 10 días del primer periodo ¿le corresponde el pago de alguna indemnización vacacional? Fundamente normativamente su respuesta.
Nota:
· El trabajador gana la Remuneración Mínima Diaria equivalente a S/ 95.00
Se pide (de corresponder):
· Cálculo de remuneración y/o liquidación de beneficio social.
· Tratamiento contable.
04. La empresa agrícola APIO PERUANO S.A. acogida al régimen laboral agrario le consulta a Ud. alumno de la UNAB lo siguiente: ¿el Gerente de Producción de la empresa debe percibir una indemnización vacacional? Asumiendo que, a dicho Gerente, desde su fecha de ingreso (14-07-2013), no hizo uso de su descanso vacacional.
Nota:
· El trabajador gana la Remuneración Mínima Diaria equivalente a S/ 250.00
· Considerar que en el mes de agosto del 2018 trabajo 22 días.
Se pide (de corresponder):
· Cálculo de remuneración y/o liquidación beneficio social.
· Tratamiento contable.
	Docente: Mg. CPCC Joel Alfaro Mendoza

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