Logo Studenta

PRINCIPIOS DE PPL - antonella sanchez

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

PRINCIPIOS 
EXCEPCIONALIDAD 
TAXATIVIDAD 
JUDICIALIDAD 
MOTIVACIÓN 
PROPORCIONALIDAD 
REFORMABILIDAD 
No tienen carácter definitivo, o duración determinada, éstas pueden extinguirse o modificarse según 
el avance del proceso. 
Sólo serán aplicables las medidas coercitivas establecidas expresamente en la ley, en la forma y por 
el tiempo señalado en ella. 
Sólo pueden dictarse por orden judicial impartida en resolución debidamente motivada. 
Es exigencia constitucional motivar las resoluciones judiciales, más aún las MC porque se está 
restringiendo un derecho fundamental: la libertad individual. 
Se deben dictar en proporción a los fines del proceso penal y atendiendo a las necesidades 
asegurativas respecto del procesado. 
Se encuentran sometidas a la cláusula ¨rebuc sic stantibus¨, por lo que pueden ser modificadas en el 
curso del proceso dependiendo de la disminución de los requisitos y la desobediencia a los 
mandatos judiciales. 
PROVISIONALIDAD 
INSTRUMENTALIDAD 
No tienen un fin en sí mismas, sino que se encuentran vinculadas a la sentencia que pueda dictarse 
en el proceso. 
Se aplican excepcionalmente, es decir, cuando fueran absolutamente indispensables para los fines 
del proceso.

Más contenidos de este tema