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REQUISITOS DE LA DETENCIÓN El artículo 135 del Código Procesal Penal establece que para dictar la detención deben cumplirse los siguientes requisitos: PRUEBA SUFICIENTE PENA PROBABLE O HABITUALIDAD PELIGRO PROCESAL Deben existir suficientes elementos probatorios que vinculen al imputado como autor o partícipe del delito La sanción a imponerse debe ser mayor de un año o deben existir suficientes elementos probatorios de la habitualidad del agente al delito Deben existir elementos probatorios suficientes para concluir que el inculpado puede eludir la acción de la justicia o perturbar la actividad probatoria. El artículo 136 del Código Procesal Penal establece que la medida debe ser motivada fáctica y jurídicamente, y que debe identificarse debidamente al requerido.