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DERECHO CONSULAR UN NUEVO REPRESENTANTE DIPLOMÁTICO ACTIVIDAD 15 Mi nombre es Natalia Rentería. Soy profesional de la Licenciatura en Derecho Internacional. Mi especialidad es el Derecho Diplomático. Las necesidades de encontrar paz y seguridad entre los individuos que conforman las sociedades existentes al rededor del mundo fueron quienes me trajeron hasta aqui. ¿QUIENES SOMOS LOS AGENTES DIPLÓMATICOS? Primero hay que entender esto... Somos aquellas personas a las que se les inviste de la capacidad para ejercer las funciones diplomáticas actuando en nombre del Estado. Se trata de una institución esencial para las relaciones internacionales que, por ello, ha sido objeto de regulación en el Derecho Internacional. Los agentes diplomáticos suelen clasificarse en jefe de misión (con sus diversas denominaciones), ministros, ministros consejeros, consejeros y secretarios; siendo cada vez más frecuente el empleo de otras categorías –como agregados– vinculadas al ejercicio de funciones sustantivas concretas. ¿CUÁLES SON MIS FUNCIONES COMO AGENTE DIPLOMÁTICO? Representar al Estado acreditante ante el Estado receptor. Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional. Negociar con el gobierno del Estado receptor. Enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al gobierno del Estado acreditante. Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones económicas, culturales y científicas entre el Estado acreditante y el Estado receptor. ¿POR QUÉ SOMOS IMPORTANTES LOS AGENTES DIPLÓMATICOS? Considero que los agentes diplomáticos somos importantes para las naciones ya nosotros somos quienes nos encargamos de llevar una relación cordial con otros países para así poder vivir en paz, lo que es esencial para todos los habitantes del mundo. De igual manera nos encargamos del desarrollo económico entre países gracias a las negociaciones que elaboramos , procurando un "ganar-ganar" entre naciones. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS - Convencion de Viena. (1961, 24 abril). Departamento Asesoría Local. https://www.oas.org/legal/spanish/documentos/convencionviena.htm#:%7E:text=Las%20funciones %20de%20una%20misi%C3%B3n,por%20el%20derecho%20internacional%3B%20c. - dipublico. (2018b, agosto 23). Agente Diplomático. Derecho Internacional Público - www.dipublico.org. https://www.dipublico.org/glossary/agente-diplomatico/ - ARBUET-VIGNALI, H. E. B. E. R. (2000). EL DERECHO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR DESPUÉS DE PROMEDIAR EL SIGLO XX. http://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/publicaciones_digital_XXVII_curso_derecho_internacional_2000_ Heber_Arbuet-Vignali.pdf
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