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Derecho Consular
y Diplomático
EVIDENCIA FINAL
Natalia Stefanía Rentería Galindo - 2925203
Tecmilenio Campus Cumbres.
Comercio Internacional
Prof. Ramses Horacio Jacinto Arias
Mty, NL
09-05-2022
FUENT� PRIMARIAS
- Law of Refugees, Political Asylum, and Complementary Protection (2011) and its
implementing Regulation (2012):
En esta ley podemos observar los principios y criterios que se tomarán en cuenta,
los cuales son: no devolución, no discriminación, interés superior del niño, unidad
familiar, no sanción por ingreso irregular y confidencialidad. Se establecen las
condiciones del refugiado, las atribuciones en materia de refugiados, protección
complementaria y asilo político, así como también se reconocen los derechos de
dichas personas, su estancia en territorio nacional, y la cesación, revocación y
cancelación de dicho proceso.
- 1951 Convention Relating to the Status of Refugees:
En esta convención se establecen las condiciones para determinar a una persona
como “refugiada”, así como también sus derechos y obligaciones. De igual manera
se mencionan las disposiciones para sus condiciones jurídicas (bienes inmuebles,
propiedades intelectuales, acceso a tribunales), actividades lucrativas (empleo),
bienestar (vivienda, educación, asistencia pública)0, medidas administrativas (ayuda
administrativa, documentos de identidad, libertad de circulación), y las disposiciones
transitorias y de ejecución (cooperación con autoridades).
- Mexican Constitution, Article 11, guarantees the right to seek & receive asylum:
En este artículo se establece lo siguiente:
“Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su
territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte,
salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará
subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de
responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que
toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y
salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el
país.
Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la
condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de
conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y
excepciones”.
- El Derecho al Asilo Político en el Sistema Jurídico Internacional:
En este informe se menciona cómo actúa la jurisprudencia de los Estados en un caso
de asilo político, determina las condiciones que se deben seguir para que el proceso
se pueda llevar a cabo y menciona las facetas en las que se divide la petición.
- Convención sobre asilo político:
En sus artículo 3 se establece que todos los hombres pueden estar bajo su
protección, sea cual fuere su nacionalidad, sin perjuicio de las obligaciones que en
esta materia tenga contraídas el Estado a que pertenezcan; pero los Estados que no
reconozcan el asilo político sino con ciertas limitaciones o modalidades, no podrán
ejercerlo en el extranjero sino en la manera y dentro de los límites con que lo
hubieren reconocido.
- Derechos de las personas migrantes:
Se establecen los derechos de las personas migrantes, los cuales son: derecho a la
nacionalidad, derecho al libertad de tránsito, derecho a la seguridad jurídica y al
debido proceso, derecho a la asistencia consular, derecho a la no discriminación,
derecho a solicitar asilo, derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de
refugiado, derecho a la protección de la unidad familiar, derecho a la dignidad
humana, derecho a no ser criminalizado, derecho a un alojamiento digno, derecho a
no ser incomunicado, derecho a un intérprete o traductor, derecho a no ser detenidos
en las inmediaciones o dentro de albergues.
● Derecho a solicitar el asilo político: En México toda persona extranjera en
caso de persecución por motivos de orden político tiene derecho a solicitar
asilo.
● Derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado: El asilo
político en México:Toda persona extranjera que se encuentre en territorio
nacional y no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país de
origen, debido a fundados temores de persecución por motivos de raza,
religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social y
opiniones políticas, o que haya huido de su país porque su vida, seguridad o
libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión
extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos y
otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público,
tiene derecho a solicitar la protección internacional de México.
FUENT� SECUNDARIAS
- Personas solicitantes de asilo y refugiadas. La figura de México:
Tiene como objetivo contribuir al proceso de empoderamiento de migrantes
internacionales, solicitantes de asilo, refugiados y sus familiares, para que estos
puedan satisfacer sus necesidades y garantizar el respeto de sus derechos,
contribuir a la construcción de una cultura incluyente y sustentada en derechos
humanos, que permita que las migraciones internacionales y el asilo se lleven a
cabo en un ambiente libre de violencia y promover el desarrollo y la aplicación de un
marco normativo, de programas y políticas públicas integrales acordes a los
estándares de derecho internacional.
Se mencionan antecedentes, el procedimiento para el otorgamiento de la condición
de refugiado de acuerdo a la ley general de población, el procedimiento actual para
el otorgamiento de la condición de refugiado de acuerdo a la ley sobre refugiados y
protección complementaria, los obstáculos en la integración local de los refugiados
y las problemáticas en torno a las personas solicitantes de asilo, refugiadas y
beneficiarias de protección complementaria
- El refugio en México. Entre la historia y los desafíos contemporáneos:
Este libro relata casos de solicitud de refugio en México, convirtiendo al país en un
lugar en el que miles de hombres y mujeres hicieron sus vidas después de ser
expulsados de sus países a consecuencia de las crisis sociales, la falta de libertades,
la represión y porque, en muchos casos, estaba en riesgo la propia vida.
CU�TION� JURÍDICAS DEL CASO
El caso estudiado es el de un matrimonio jóven con un hijo, el cual pide ayuda para solicitar
asilo político en México debido a ciertas circunstancias que se viven en su país de origen.
Tenemos que encontrar las bases y fundamentos legislativos para que se pueda procesar
dicha solicitud de manera exitosa.
PREGUNTAS Y R�PU�TAS EN EL CASO
- ¿Cómo comenzaron los hechos?
La condición política de nuestro país abrió paso a las organizaciones delictivas. Al
principio ellos nos pedían cuotas semanales, nos amenazaban con hacernos daño si
no les daban lo que queríamos… accedimos a pagarles ya que teníamos miedo de
que cumplieran sus amenazas.
- ¿Ahí quedó todo o ellos querían más?
No, ya quisiéramos que ahí hubiera quedado el problema. Conforme pasó el tiempo
ellos pedían más y más, llegando al punto en el que ya no pudimos pagarles.
- ¿Qué ocurrió después de que dejaron de darles el dinero que cobraban?
Debido a que era tanto dinero el que pedían quedamos en quiebra, nuestro negocio
ya no dió para más y ya no tuvimos de donde sacar para pagarles. Aparte de usar la
fuerza física, se quisieron llevar a nuestro bebé… de paso, se llevaron todo lo que
teníamos en la casa y nos dejaron sin nada.
- ¿Qué tipo de ayuda es la que quisieran obtener en México?
Primero que nada asilo político ya que la situación económica-política de nuestro
país ha ocasionado que la mayoría de la población huya gracias a la inseguridad, y
falta de servicios básicos. Otro motivo por el cuál queremos su apoyo es que
buscamos un futuro mejor, principalmente para nuestro bebé, lleno de nuevas
oportunidades… un futuro en el cuál podamos progresar sin miedo ni represalias.
ARGUMENTACIÓN A FAVOR DE LA SOLICITUD DE ASILO
En elcaso de Jorge y Mariana tenemos un conflicto económico-político en el que ellos
buscan refugio en nuestro país debido a que en su país de origen no se les está asegurando
su integridad y no cuentan con los servicios básicos e indispensables para llevar una buena
calidad de vida. De igual manera, han sido amenazados por grupos delictivos al no poder
seguir pagándoles la cuota que se les cobraba, a tal grado de que su negocio quedó en
quiebra.
De acuerdo a la Constitución Mexicana Artículo 11, se establece que:
“Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio
y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u
otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades
de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la
autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre
emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros
perniciosos residentes en el país.
Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de
refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados
internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones”. Podemos usar este
artículo a su favor ya que, como se menciona, ellos pueden solicitar el refugio en nuestro
país siempre y cuando la Ley regule los procesos debidos para la solicitud.
Otro argumento a favor es el artículo 3 de la Convención Sobre Asilo Político en el cuál se
establece que Mariana y Jorge pueden estar bajo protección del Estado sea cual sea su
nacionalidad, siempre y cuando ellos cumplan con las obligaciones que el Estado les
establezca.
Sin embargo, así como se les impondrán obligaciones también contarán con sus derechos
los cuales son: derecho a la nacionalidad, derecho al libertad de tránsito, derecho a la
seguridad jurídica y al debido proceso, derecho a la asistencia consular, derecho a la no
discriminación, derecho a solicitar asilo, derecho a solicitar el reconocimiento de la condición
de refugiado, derecho a la protección de la unidad familiar, derecho a la dignidad humana,
derecho a no ser criminalizado, derecho a un alojamiento digno, derecho a no ser
incomunicado, derecho a un intérprete o traductor, derecho a no ser detenidos en las
inmediaciones o dentro de albergues.
Finalmente, considero que otra Ley muy importante para respaldar el caso sería la Ley de
Refugiados, Asilo Político y Protección Complementaria podemos observar los principios y
criterios que se tomarán en cuenta, los cuales son: no devolución, no discriminación, interés
superior del niño, unidad familiar, no sanción por ingreso irregular y confidencialidad. Se
establecen las condiciones del refugiado, las atribuciones en materia de refugiados,
protección complementaria y asilo político, así como también se reconocen los derechos de
dichas personas, su estancia en territorio nacional, y la cesación, revocación y cancelación
de dicho proceso.
Con estas bases legislativas podemos tener un resultado a favor de Mariana y Jorge. Es
muy importante fundamentar el caso ya que así podremos ayudarlos a tener esa calidad de
vida que todos los seres humanos se merecen, de igual manera en nuestro país podrán
tener un buen futuro para ellos y su bebé encontrando una gran cantidad de oportunidades
laborales para que ellos puedan salir adelante. También se asegurará de que se cumplan
con sus derechos y obligaciones como ciudadanos en nuestro país para que sean un gran
ejemplo de vida para las personas que buscan salir de una situación tan injusta como la que
pasaron ellos.
POSIBL� SOLUCION� AL CASO
1. Dar el asilo político: es la solución más factible ya que es un derecho humano. De
igual forma ya se analizó anteriormente que México es un buen lugar para brindarles
el apoyo ya que aquí podrán encontrar un buen futuro para ellos y su familia,
verificando que siempre se cumpla con satisfacer sus necesidades básicas para
tener una buena calidad de vida.
2. Patrocinar a la familia: recaudar dinero para que, tanto ellos como otras personas
en la misma situación, puedan establecerse en un lugar donde se sientan seguros.
3. Reagrupar familias: buscar más familias que huyeron del país para que se les
facilité el proceso de adaptación en dónde ellos se sientan más cómodos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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