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Derecho Consular y Diplomático EVIDENCIA FINAL Natalia Stefanía Rentería Galindo - 2925203 Tecmilenio Campus Cumbres. Comercio Internacional Prof. Ramses Horacio Jacinto Arias Mty, NL 09-05-2022 FUENT� PRIMARIAS - Law of Refugees, Political Asylum, and Complementary Protection (2011) and its implementing Regulation (2012): En esta ley podemos observar los principios y criterios que se tomarán en cuenta, los cuales son: no devolución, no discriminación, interés superior del niño, unidad familiar, no sanción por ingreso irregular y confidencialidad. Se establecen las condiciones del refugiado, las atribuciones en materia de refugiados, protección complementaria y asilo político, así como también se reconocen los derechos de dichas personas, su estancia en territorio nacional, y la cesación, revocación y cancelación de dicho proceso. - 1951 Convention Relating to the Status of Refugees: En esta convención se establecen las condiciones para determinar a una persona como “refugiada”, así como también sus derechos y obligaciones. De igual manera se mencionan las disposiciones para sus condiciones jurídicas (bienes inmuebles, propiedades intelectuales, acceso a tribunales), actividades lucrativas (empleo), bienestar (vivienda, educación, asistencia pública)0, medidas administrativas (ayuda administrativa, documentos de identidad, libertad de circulación), y las disposiciones transitorias y de ejecución (cooperación con autoridades). - Mexican Constitution, Article 11, guarantees the right to seek & receive asylum: En este artículo se establece lo siguiente: “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones”. - El Derecho al Asilo Político en el Sistema Jurídico Internacional: En este informe se menciona cómo actúa la jurisprudencia de los Estados en un caso de asilo político, determina las condiciones que se deben seguir para que el proceso se pueda llevar a cabo y menciona las facetas en las que se divide la petición. - Convención sobre asilo político: En sus artículo 3 se establece que todos los hombres pueden estar bajo su protección, sea cual fuere su nacionalidad, sin perjuicio de las obligaciones que en esta materia tenga contraídas el Estado a que pertenezcan; pero los Estados que no reconozcan el asilo político sino con ciertas limitaciones o modalidades, no podrán ejercerlo en el extranjero sino en la manera y dentro de los límites con que lo hubieren reconocido. - Derechos de las personas migrantes: Se establecen los derechos de las personas migrantes, los cuales son: derecho a la nacionalidad, derecho al libertad de tránsito, derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, derecho a la asistencia consular, derecho a la no discriminación, derecho a solicitar asilo, derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, derecho a la protección de la unidad familiar, derecho a la dignidad humana, derecho a no ser criminalizado, derecho a un alojamiento digno, derecho a no ser incomunicado, derecho a un intérprete o traductor, derecho a no ser detenidos en las inmediaciones o dentro de albergues. ● Derecho a solicitar el asilo político: En México toda persona extranjera en caso de persecución por motivos de orden político tiene derecho a solicitar asilo. ● Derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado: El asilo político en México:Toda persona extranjera que se encuentre en territorio nacional y no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país de origen, debido a fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social y opiniones políticas, o que haya huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos y otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, tiene derecho a solicitar la protección internacional de México. FUENT� SECUNDARIAS - Personas solicitantes de asilo y refugiadas. La figura de México: Tiene como objetivo contribuir al proceso de empoderamiento de migrantes internacionales, solicitantes de asilo, refugiados y sus familiares, para que estos puedan satisfacer sus necesidades y garantizar el respeto de sus derechos, contribuir a la construcción de una cultura incluyente y sustentada en derechos humanos, que permita que las migraciones internacionales y el asilo se lleven a cabo en un ambiente libre de violencia y promover el desarrollo y la aplicación de un marco normativo, de programas y políticas públicas integrales acordes a los estándares de derecho internacional. Se mencionan antecedentes, el procedimiento para el otorgamiento de la condición de refugiado de acuerdo a la ley general de población, el procedimiento actual para el otorgamiento de la condición de refugiado de acuerdo a la ley sobre refugiados y protección complementaria, los obstáculos en la integración local de los refugiados y las problemáticas en torno a las personas solicitantes de asilo, refugiadas y beneficiarias de protección complementaria - El refugio en México. Entre la historia y los desafíos contemporáneos: Este libro relata casos de solicitud de refugio en México, convirtiendo al país en un lugar en el que miles de hombres y mujeres hicieron sus vidas después de ser expulsados de sus países a consecuencia de las crisis sociales, la falta de libertades, la represión y porque, en muchos casos, estaba en riesgo la propia vida. CU�TION� JURÍDICAS DEL CASO El caso estudiado es el de un matrimonio jóven con un hijo, el cual pide ayuda para solicitar asilo político en México debido a ciertas circunstancias que se viven en su país de origen. Tenemos que encontrar las bases y fundamentos legislativos para que se pueda procesar dicha solicitud de manera exitosa. PREGUNTAS Y R�PU�TAS EN EL CASO - ¿Cómo comenzaron los hechos? La condición política de nuestro país abrió paso a las organizaciones delictivas. Al principio ellos nos pedían cuotas semanales, nos amenazaban con hacernos daño si no les daban lo que queríamos… accedimos a pagarles ya que teníamos miedo de que cumplieran sus amenazas. - ¿Ahí quedó todo o ellos querían más? No, ya quisiéramos que ahí hubiera quedado el problema. Conforme pasó el tiempo ellos pedían más y más, llegando al punto en el que ya no pudimos pagarles. - ¿Qué ocurrió después de que dejaron de darles el dinero que cobraban? Debido a que era tanto dinero el que pedían quedamos en quiebra, nuestro negocio ya no dió para más y ya no tuvimos de donde sacar para pagarles. Aparte de usar la fuerza física, se quisieron llevar a nuestro bebé… de paso, se llevaron todo lo que teníamos en la casa y nos dejaron sin nada. - ¿Qué tipo de ayuda es la que quisieran obtener en México? Primero que nada asilo político ya que la situación económica-política de nuestro país ha ocasionado que la mayoría de la población huya gracias a la inseguridad, y falta de servicios básicos. Otro motivo por el cuál queremos su apoyo es que buscamos un futuro mejor, principalmente para nuestro bebé, lleno de nuevas oportunidades… un futuro en el cuál podamos progresar sin miedo ni represalias. ARGUMENTACIÓN A FAVOR DE LA SOLICITUD DE ASILO En elcaso de Jorge y Mariana tenemos un conflicto económico-político en el que ellos buscan refugio en nuestro país debido a que en su país de origen no se les está asegurando su integridad y no cuentan con los servicios básicos e indispensables para llevar una buena calidad de vida. De igual manera, han sido amenazados por grupos delictivos al no poder seguir pagándoles la cuota que se les cobraba, a tal grado de que su negocio quedó en quiebra. De acuerdo a la Constitución Mexicana Artículo 11, se establece que: “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones”. Podemos usar este artículo a su favor ya que, como se menciona, ellos pueden solicitar el refugio en nuestro país siempre y cuando la Ley regule los procesos debidos para la solicitud. Otro argumento a favor es el artículo 3 de la Convención Sobre Asilo Político en el cuál se establece que Mariana y Jorge pueden estar bajo protección del Estado sea cual sea su nacionalidad, siempre y cuando ellos cumplan con las obligaciones que el Estado les establezca. Sin embargo, así como se les impondrán obligaciones también contarán con sus derechos los cuales son: derecho a la nacionalidad, derecho al libertad de tránsito, derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso, derecho a la asistencia consular, derecho a la no discriminación, derecho a solicitar asilo, derecho a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, derecho a la protección de la unidad familiar, derecho a la dignidad humana, derecho a no ser criminalizado, derecho a un alojamiento digno, derecho a no ser incomunicado, derecho a un intérprete o traductor, derecho a no ser detenidos en las inmediaciones o dentro de albergues. Finalmente, considero que otra Ley muy importante para respaldar el caso sería la Ley de Refugiados, Asilo Político y Protección Complementaria podemos observar los principios y criterios que se tomarán en cuenta, los cuales son: no devolución, no discriminación, interés superior del niño, unidad familiar, no sanción por ingreso irregular y confidencialidad. Se establecen las condiciones del refugiado, las atribuciones en materia de refugiados, protección complementaria y asilo político, así como también se reconocen los derechos de dichas personas, su estancia en territorio nacional, y la cesación, revocación y cancelación de dicho proceso. Con estas bases legislativas podemos tener un resultado a favor de Mariana y Jorge. Es muy importante fundamentar el caso ya que así podremos ayudarlos a tener esa calidad de vida que todos los seres humanos se merecen, de igual manera en nuestro país podrán tener un buen futuro para ellos y su bebé encontrando una gran cantidad de oportunidades laborales para que ellos puedan salir adelante. También se asegurará de que se cumplan con sus derechos y obligaciones como ciudadanos en nuestro país para que sean un gran ejemplo de vida para las personas que buscan salir de una situación tan injusta como la que pasaron ellos. POSIBL� SOLUCION� AL CASO 1. Dar el asilo político: es la solución más factible ya que es un derecho humano. De igual forma ya se analizó anteriormente que México es un buen lugar para brindarles el apoyo ya que aquí podrán encontrar un buen futuro para ellos y su familia, verificando que siempre se cumpla con satisfacer sus necesidades básicas para tener una buena calidad de vida. 2. Patrocinar a la familia: recaudar dinero para que, tanto ellos como otras personas en la misma situación, puedan establecerse en un lugar donde se sientan seguros. 3. Reagrupar familias: buscar más familias que huyeron del país para que se les facilité el proceso de adaptación en dónde ellos se sientan más cómodos. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS - Chavez, G., & Voisine, A. (2021, 5 julio). The Implementation of Mexico’s Refugee, Complementary Protection and Political Asylum Law. E-INTERNATIONAL RELATIONS. https://www.e-ir.info/pdf/92388 - Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. (2014, 30 octubre). Orden Jurídico. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo57819.html#:%7E:tex t=Asilo%20Pol%C3%ADtico%3A%20Protecci%C3%B3n%20que%20el,podr%C3% A1%20ser%20solicitado%20por%20v%C3%ADa - THE REFUGEE CONVENTION, 1951. (1951, 28 julio). UNHCR The UN Refugee Agency. https://www.unhcr.org/4ca34be29.pdf - CONVENCIÓN SOBRE EL ESTATUTO DE LOS REFUGIADOS. (1951, 28 julio). ACNUR - La Agencia de la ONU para los Refugiados. https://www.unhcr.org/4ca34be29.pdf - Political Constitution of the United Mexican States. (2011, 10 julio). Political Constitution of the United Mexican States. https://www2.juridicas.unam.mx/constitucion-reordenada-consolidada/en/vigente#:% 7E:text=Article%2011,-Every%20person%20has&text=In%20case%20of%20politica l%20persecution,as%20well%20as%20the%20exceptions. - Unidad General de Asuntos Jurídicos. (2011, 10 junio). Orden Jurídico Nacional. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/11.pdf - Universidad Autónoma de México. (2003). EL DERECHO DE ASILO EN EL SISTEMA JURÍDICO INTERNACIONAL. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/831/27.pdf https://www.e-ir.info/pdf/92388 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo57819.html#:%7E:text=Asilo%20Pol%C3%ADtico%3A%20Protecci%C3%B3n%20que%20el,podr%C3%A1%20ser%20solicitado%20por%20v%C3%ADa http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo57819.html#:%7E:text=Asilo%20Pol%C3%ADtico%3A%20Protecci%C3%B3n%20que%20el,podr%C3%A1%20ser%20solicitado%20por%20v%C3%ADa http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo57819.html#:%7E:text=Asilo%20Pol%C3%ADtico%3A%20Protecci%C3%B3n%20que%20el,podr%C3%A1%20ser%20solicitado%20por%20v%C3%ADa https://www.unhcr.org/4ca34be29.pdf https://www.unhcr.org/4ca34be29.pdf https://www2.juridicas.unam.mx/constitucion-reordenada-consolidada/en/vigente#:%7E:text=Article%2011,-Every%20person%20has&text=In%20case%20of%20political%20persecution,as%20well%20as%20the%20exceptions https://www2.juridicas.unam.mx/constitucion-reordenada-consolidada/en/vigente#:%7E:text=Article%2011,-Every%20person%20has&text=In%20case%20of%20political%20persecution,as%20well%20as%20the%20exceptions https://www2.juridicas.unam.mx/constitucion-reordenada-consolidada/en/vigente#:%7E:text=Article%2011,-Every%20person%20has&text=In%20case%20of%20political%20persecution,as%20well%20as%20the%20exceptions http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/11.pdf https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/831/27.pdf - SEGOB. (1936). Convención Sobre Asilo Político. COMPILACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES. http://codhet.org.mx/WP/wp-content/uploads/2014/11/ASILO.pdf - Derechos de las personas migrantes | Comisión Nacional de los Derechos Humanos - México. (s. f.). Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Recuperado 17 de febrero de 2022, de https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-personas-migrantes - EL ASILO POLÍTICO EN MÉXICO. (s. f.). EL ASILO POLÍTICO EN MÉXICO. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/879/10.pdf - Macías Delgadillo, A. (2012, noviembre). Personas solicitantes de asilo y refugiadas. La figura de México. Sin Fronteras IAP. https://sinfronteras.org.mx/wp-content/uploads/2018/12/Personas-solicitantes-de-asilo -y-refugiadas.-La-figura-en-M%C3%A9xico..pdf- Toussaint, M. (2012, abril). El refugio en México. Entre la historia y los desafíos contemporáneos. SciELO. http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0186-03482012000100 012 http://codhet.org.mx/WP/wp-content/uploads/2014/11/ASILO.pdf https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-personas-migrantes https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/2/879/10.pdf https://sinfronteras.org.mx/wp-content/uploads/2018/12/Personas-solicitantes-de-asilo-y-refugiadas.-La-figura-en-M%C3%A9xico..pdf https://sinfronteras.org.mx/wp-content/uploads/2018/12/Personas-solicitantes-de-asilo-y-refugiadas.-La-figura-en-M%C3%A9xico..pdf http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0186-03482012000100012 http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0186-03482012000100012
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