Logo Studenta

T Estado clase 6

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

TEORÍA DEL ESTADO
Facultad de Derecho - UBA
(2do.cuatr.2021/ Comisión 6263: MA y VI 11,30 a 13,00/ Profesora: Silvina G. Florio)
Clase 6
Unidad 6 del programa: PODER
INTRODUCCIÓN:
En sentido amplio "poder" es sinónimo de energía, fuerza, impulso.
Hay poder de la Naturaleza (Ej.: energía eólica, hidráulica, solar), poder Humano y poder Transhumano (Ej.: cuando el preámbulo de la CN se refiere a Dios como "fuente de toda razón y justicia" o el artículo 19 "...reservadas a Dios...". Ver CN)
Dentro del poder humano encontramos al poder social. Dentro de una sociedad podemos distinguir el poder económico, sindical, religioso, intelectual, político.
El poder político es la energía o fuerza que impulsa la actividad para organizar una sociedad. Lleva implícita la idea de una relación de mando-obediencia, pero también la de liderazgo, influencia, control, negociación. También se lo puede concebir como la capacidad de las personas que forman parte del gobierno para influir en el comportamiento de una sociedad.
Los otros poderes (económico, sindical, religioso, intelectual) en algunos momentos son poderes sociales con fuerza política. Es innegable la influencia política que pueden tener quienes poseen alguno de estos poderes. Ejemplos: los grandes empresarios, los dirigentes sindicales, un lider religioso, un prestigioso intelectual. Una opinión o un pedido de estos sectores puede tener consecuencias políticas, pueden influir en la política.
Hay quienes propusieron una disciplina autónoma cuyo objeto de estudio sea el poder, llamada Cratología (del griego kratos, poder y logos, conocimiento)
PODER DEL ESTADO:
El poder del Estado es uno de los elementos básicos del Estado (los otros son territorio y población)
El poder del Estado es una especie dentro del género poder político. Consiste en la energía o impulso que le permite a una sociedad organizarse dándose sus leyes (PL), poniéndolas en práctica (PE) e interpretándolas para resolver casos concreto (PJ), es decir los tres poderes.
El poder del Estado tiene cinco "características" y una cualidad:
Es institucionalizado, significa que está despersonalizado, no está encarnado en individuos, está en las instituciones
Es un poder de dominación, porque tiene los medios para hacer cumplir los mandatos
Es de coacción, porque posee el uso legítimo de la fuerza a través de la fuerzas armadas y las fuerzas de seguridad
Es de imperio, porque se impone, está por encima de otros poderes que hay en una sociedad
Es autónomo, porque se da sus propias normas y se rige por ellas
La "cualidad" es la soberanía (tema que veremos pronto)
LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD:
Estos conceptos se aplican en relación al acceso y al ejercicio del poder político. 
La legalidad tiene que ver con el respeto a lo establecido por las leyes para "acceder" al poder (legalidad de origen) o para "ejercer" el poder (legalidad de ejercicio). Tiene relación con el Derecho positivo.
Ejemplo: un gobernante que accede al cargo de acuerdo con el procedimiento que establece la Constitución (legalidad de origen) o un gobernante que ejerce su cargo respetando la Constitución (legalidad de ejercicio). Por supuesto, que lo ideal es que se observen ambas legalidades, pero puede ocurrir que un gobernante tiene legalidad de "origen" y luego que accedió al cargo lo ejerce apartándose de lo establecido por la ley, entonces carecería de legalidad de "ejercicio".
La legitimidad es un concepto más ambiguo. Tiene que ver con el consenso, el apoyo que recibe por parte del pueblo quien accede o ejerce el poder. 
Este apoyo o consenso puede deberse a que el pueblo considera que el gobernante representa los valores, intereses, creencias y opiniones mayoritarias de esa sociedad. .
También puede distinguirse entre legitimidad de origen y de ejercicio. Un gobernante puede tener mucho apoyo popular al "acceder" al cargo (legitimidad de origen), pero luego perderlo en el "ejercicio" del mismo (pierde la legitimidad de ejercicio). O lo contrario, alguien comienza con poco consenso popular (poca legitimidad de origen) y con el tiempo muchos lo avalan (adquiere legitimidad de ejercicio). 
Por supuesto, lo ideal es que se tengan la legalidad y la legitimidad, tanto de origen como de ejercicio. Esto otorga estabilidad, solidez a quien ejerce el poder.
Por este motivo, la Constitución Nacional establece determinados porcentajes de votos para acceder a la presidencia en primera vuelta (más del 45 % sin importar la diferencia con el segundo o 40% como mínimo y más de 10% de diferencia con el segundo, (Ver CN artículos 96, 97, 98), de lo contrario los dos más votados deben participar en una segunda elección. Esto se estableció para que el que accede a la presidencia tenga legitimidad de origen, además de legalidad.
(Pensar ejemplos con presidentes argentinos o extranjeros que tuvieron o no legalidad y legitimidad o que la perdieron o adquirieron con el tiempo).
Se dice que la legalidad está más asociada al concepto de mando y la legitimidad al de obediencia.
Max Weber ha distinguido tres formas de legitimidad: la tradicional, la carismática y la racional-legal 
Legitimación del poder tradicional: se basa en la tradición. Por ejemplo, las antiguas monarquías hereditarias fundamentaban su poder en la antigüedad de su linaje. Ejemplo, porque "siempre había sido así”.
Legitimación del poder carismática: proviene de la apreciación de los atributos individuales de un líder particular, del carisma de éste, su heroísmo.
Legitimación del poder racional-legal: deriva de argumentos racionales. Por ejemplo:“el gobernante manda porque lo dice la ley”.
PODER CONSTITUYENTE Y PODER CONSTITUIDO:
El poder constituyente es la energía o fuerza que impulsa la actividad para crear una Constitución o para reformarla. El primero es el poder constituyente originario y el segundo el poder constituyente derivado.
¿Qué límites tienen ambos?
Con respecto al poder constituyente "originario", es decir cuando se crea una Constitución, hay quienes sostienen que no habría límites o sólo estarían impuestos por el valor justicia o por la realidad social o por el Derecho Natural, según la postura filosófica.
En cambio el poder constituyente "derivado", cuando se reforma una Constitución, tiene límites establecidos en la misma Constitución (Ver artículo 30)
El poder constituido aparece una vez que el poder constituyente organizó esa sociedad, estaría representado por los tres poderes.
CUESTIONARIO:
1)¿Qué formas de poder existen?
2)¿Qué es el poder político? ¿Qué es el poder del Estado?
3)¿Qué características tiene el poder del Estado?
4)¿Qué diferencias hay entre legalidad y legitimidad en el poder?
5)¿Qué es el poder constituyente? ¿Qué es el poder constituido?
RECREO:
Ver en correo el archivo PDF adjunto (Pasado y presente de la Facultad de Derecho)

Continuar navegando