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T Estado clase 8

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TEORÍA DEL ESTADO
Facultad de Derecho - UBA
(2do.cuatr.2021/ Comisión 6263: MA y VI 11,30 a 13,00/ Profesora: Silvina G. Florio)
Clase 8
Unidad 8 del programa: SOBERANÍA
Introducción:
Pocos conceptos han provocado tanta diversidad de criterios en la ciencia política como el de soberanía. Por ello, hasta hubo autores que sugirieron sacar esta palabra de la literatura política, por equívoca.
El concepto de soberanía comienza a ser tratado teóricamente por el francés Bodin en el siglo XVI, en su obra "Los seis libros de la República". 
Años antes, Maquiavelo había usado por primera vez el término Estado con el significado actual. Años depués, Bodin trata sobre la soberanía. Los dos conceptos están estrechamente relacionados.
Recuerden que en esa época, Edad Moderna, Renacimiento, siglo XVI, todavía no estaba claro quién tenía el poder "superior", "supremo", "que está por encima", "que está sobre" o "soberano". Había lucha de poderes (Ver clase 4 cuando se trata sobre el origen del Estado).
Definiciones:
La soberanía puede ser considerada una cualidad "del Estado" o una cualidad "del poder" del Estado, es decir de uno de sus elementos.
Las definiciones pueden ser:
-Cualidad del Estado que lo distingue de otras organizaciones sociales.
-Cualidad del Estado por la que no depende de ningún otro Estado.
-Supremacía del poder del Estado con relación a su población y territorio.
-Cualidad del poder del Estado, así el Estado como legislador es irreprensible, como ejecutor es irresistible y como juzgador es inapelable.
-Supremacía necesaria al Estado para concretar su finalidad de bien común
-Cualidad del orden jurídico cuando no se deriva de ningún otro orden superior.
Así, en el plano interno, soberanía se asocia a que el poder del Estado es "superior" a otros poderes que pueda haber en esa sociedad. En el plano externo, soberanía se asocia a "independencia". 
Representados con símbolos matemáticos sería: plano interno "+" y plano externo "=".
Evolución:
Al comienzo se concebía de modo "subjetivo" a la soberanía, o sea quién tiene el poder supermo. Se decía que estaba encarnado en una sola persona (rey), luego en varias (aristocracia) y finalmente en todos (pueblo, ejemplo: Rousseau). En estos caso se trataría de soberanía "en el Estado".
(Ver artículos 33 y 37 CN, donde hay una concepción subjetiva de la soberanía)
Luego se pasó a tener una concepción "objetiva" de la soberanía. Es una cualidad del Estado o del poder del Estado (ver definiciones arriba). Aquí se trataría de la sobernía "del Estado".
Alcances de la soberanía territorial:
El poder del Estado alcanza a todas las personas que se encuentran en su territorio, ya sea en forma permanente o transitoria, alcanza a las cosas en el territorio con excepción de embajadas, buques de guerra. Y también alcanza a las consecuencias de los hechos y actos jurídicos que se producen en su territorio.
Doctrinas pluralistas:
Este tema tiene que ver con la soberanía en un Estado "federal":
¿Qué poder es soberano? ¿el del Estado federal o el de los Estados miembros (Ej. provincias)?
Hay varias posturas al respecto:
-La soberanía es una cualidad del poder de los Estados miembros, el Estado federal no es soberano.
-Tanto el Estado federal como los Estados miembros tienen soberanía, esta es concurrente. Ejemplo, cuando el Estado federal cobra impuestos nacionales o los Estados provinciales cobran impuestos provinciales. Lo mismo cuando ejercen otras facultades propias de cada uno.
-La "soberanía" es una cualidad del poder del Estado federal. El poder de los Estados miembros solamente tiene "autonomía" (por ejemplo, pueden darse sus propias normas, pero respetando las normas superiores, ver artículos 5 y 31 CN) Esta posición es la más seguida en la actualidad.
Doctrinas negatorias:
Hay dos autores franceses que se destacan: Duguit y Maritain.
Duguit sostiene que la soberanía es un atributo de la voluntad de las personas físicas, voluntad que no tiene una persona jurídica como el Estado. No reconoce el concepto de soberanía porque lo estima incompatible con la subordinación del Estado al Derecho.
Maritain piensa que debe rechazarse porque el concepto de soberanía y absolutismo nacieron juntos.
Globalización:
Consiste en un proceso histórico en el que hay una "internacionalización, integración e interdependencia" entre los Estados.
Se afianzó definitivamente por varias causas:
-Las nuevas tecnologías, las comunicaciones
-La caída del comunismo
-El auge del neoliberalismo, la expansión de las finanzas y el comercio mundial
El concepto de globalización parece incompatible con el de soberanía.
La globalización ha impuesto un solo modelo a alcanzar. Desde el punto de vista político la democracia, desde el punto de vista económico el capitalismo y desde el punto de vista social la cultura occidental. 
La globalización hizo más evidentes las diferencias entre los Estados.
Para contrarrestar los efectos nocivos de la globalización se recurre a la "Regionalización" o bloques regionales, que consiste en la unión voluntaria de varios Estados de una misma zona geográfica, sobre todo con fines económicos, ejemplo Mercosur, Nafta, Unión Europea, entre otros.
CUESTIONARIO:
1)¿Qué es la soberanía?
2)¿Cómo es su evolución histórica?
3)¿En qué consisten la soberanía en el Estado y la soberanía del Estado?
4)¿Cuáles son los alcances de la soberanía territorial?
5)¿Qué sostienen las doctrinas pluralistas acerca de la soberanía?
6)¿Qué sostienen las doctrinas negatorias de la soberanía?
7)¿En qué consiste la globalización?
RECREO:
Las primeras mujeres abogadas en la Argentina:
La primera abogada se recibió en la Universidad de La Plata en 1909 y fue María Angélica Barreda.
En lo que respecta a la Facultad de Derecho de la UBA la primera egresada fue en 1910, Celia Tapias , y la segunda en 1918, María Laura López Saavedra.
 Ver interesante artículo en: https://www.uba.ar/historia/contenidos.php?id=2&s=55
Ver Biografías en : https://es.wikipedia.org/wiki/Celia_Tapias
 https://es.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_Ang%C3%A9lica_Barreda
 Celia Tapias
 Primera abogada de la UBA

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