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Presentación clase 8

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El Estado Terrorista
Teoría General del Estado 
UNDAV
Algunas consideraciones previas…
Medidas de Excepción y Estado de Excepción
La limitación del poder hace a la esencia del Estado democrático. Esta sujeción a la ley, como pilar del ordenamiento jurídico prevé situaciones excepcionales en que, precisamente, el aseguramiento de la vigencia del Estado de Derecho, torna necesaria la aplicación de MEDIDAS EXCEPCIONALES que la propia ley fundamental contempla (Ej. Declaración de estado de sitio, en caso de conmoción interior o ataque exterior).
Esta situación de excepción dentro del Estado de Derecho está prevista por la propia normatividad y no representa una ruptura abierta y contradictoria con dicha estructura jurídico-política.
Por ello, es necesario distinguir dichos casos de aquellos otros en que, alegando también situaciones excepcionales, se ha alterado el desenvolvimiento de la vida política e institucional del país.
Resulta imprescindible la distinción doctrinal entre las MEDIDAS DE EXCEPCIÓN -esto es, los remedios excepcionales previstos por el Estado de Derecho democrático-, y las tomas de ESTADO DE EXCEPCIÓN, resultantes de la especial estructuración del Estado en situaciones de grave crisis de una formación social determinada, como el fascismo.
 
El caso argentino
Según señala Eduardo Luis Duhalde, en el caso argentino, los quebrantamientos del orden institucional mediante sustitución abrupta de un gobierno elegido electoralmente por otro emanado de la fuerza –militar- trascienden el marco de estas medidas excepcionales para convertirse en REGÍMENES DE FACTO: así sucede con los golpes de 1930, 1943, 1955 y 1966.
Esos regímenes de facto, antecedentes del golpe del ‘76, se correspondieron con un modelo clásico de gobierno militar en Argentina, de carácter transitorio, cuyo absolutismo consistió fundamentalmente en la concentración de las facultades decisorias del Estado, sin pretender cambiar la naturaleza del Estado mismo y donde la supresión de las libertades y garantías constitucionales, se asumió como una necesidad momentánea, sin negar la justeza del estado democrático, como forma legítima y perdurable de organización social de un país.
Si bien respecto de ellos puede hablarse de formas de Estado de Excepción, NO son un modelo arquetípico del Estado de Excepción, como las dictaduras militares latinoamericanas tradicionales impuestas en el tiempo como formas estructurales permanentes (Somoza, Trujillo, Stroessner, etc).
Estado de Excepción y Estado Militar
El ESTADO DE EXCEPCIÓN es aquel que debido a circunstancias límites, casi siempre motivadas por una crisis política grave, abandona la normatividad del Estado de Derecho para adquirir formas excepcionales al margen de la legalidad institucional representada por el modelo tradicional de Estado democrático-parlamentario.
Las dictaduras militares que se dan en la década del ‘70 en el Cono Sur constituyen un modelo arquetípico de Estado de Excepción, con la misma especificidad diferenciadora del fascismo. 
 Principales Características:
Están fundadas en la Doctrina de la Seguridad Nacional, con clara dependencia respecto de los Estados Unidos, tanto en lo político militar como en los modelos económicos que establecen.
Son engendradas en el seno de una estrategia puesta en práctica desde el exterior-
Tienen como signo distintivo la militarización de todo el aparato del Estado.
Esto significa que el ESTADO MILITAR –caracterizado por el hecho que el aparato represivo fundamental del Estado, las Fuerzas Armadas, suprime, subordina y asume las funciones del resto de los propios de aquel Estado (Poder Judicial, Poder Legislativo), es un arquetipo del “Estado de Excepción”.
Estado de Excepción y Estado Militar
El ESTADO MILITAR –que, como dijimos, es un modelo arquetípico de un ESTADO DE EXCEPCIÓN- se caracteriza por:
Militarización de los aparatos del Estado
Militarización y subordinación de la sociedad civil
Alto contenido represivo
Sustentación, como base social exclusiva, en el capitalismo
Concepción tecnocrática al servicio de proyectos económicos acordes con los intereses de aquel sector hegemónico.
Con otros Estados de Excepción –como el fascismo y el bonapartismo- el “Estado Militar” comparte algunas características, y se diferencia en otros aspectos.
Tienen en común la acentuación del carácter represivo del Estado, aunque tal vez en el Estado Militar es donde el recrudecimiento de la represión aparece más descarnada por la ausencia de otro factor mediatizador. 
Otro papel central lo tiene la “ideología” y los aparatos ideológicos del Estado. Dentro de esa actividad ideológica está la elaboración del nuevo derecho, de base esencialmente discrecional en cuanto a las facultades de los poderes públicos sin sujeción a criterios de razonabilidad y autolimitación.
EL ESTADO TERRORISTA
El propio desarrollo del modelo y su proceso de legitimación han ido generando la estructuración de un nuevo tipo de ESTADO DE EXCEPCIÓN cuyas especificidades le otorgan autonomía con relación al modelo de ESTADO MILITAR.
 Se trata del ESTADO TERRORISTA, expresión última del denominado “Estado contrainsurgente”, fundado en la Doctrina de la Seguridad Nacional.
EL ESTADO TERRORISTA 
En el ESTADO TERRORISTA se asume expresamente una nueva filosofía: el Estado tradicional en América Latina, ya sea el democrático parlamentario o las dictaduras militares sujetas a una normatividad pública autoimpuesta, es incapaz de defender el orden social capitalista y contrarrestar con la eficacia necesaria la contestación y la insurgencia social.
Por ende, debe incorporarse una actividad permanente y paralela del Estado mediante una doble faz de actuación de sus aparatos coercitivos: una pública y sometida a las leyes, y otra clandestina, al margen de toda legalidad formal, con el crimen masivo y el terror como método fundamental, bajo el eufemismo de “formas no convencionales de lucha”. 
El ESTADO TERRORISTA aparece como consecuencia de la imposibilidad que encuentra el ESTADO MILITAR de llevar adelante sus fines mediante el solo control discrecional de la coerción y de la subordinación de la sociedad civil. 
Se parte de la idea de que la represión pública, por más intensa que sea, no alcanza para el logro de los objetivos propuestos. Faltan 2 componentes centrales, que van a caracterizar al ESTADO TERRORISTA:
El accionar clandestino global del Estado Militar
El crimen y el terror como método fundamental.
 
El ESTADO TERRORISTA es la culminación degenerativa del ESTADO MILITAR “eficiente”
EL ESTADO TERRORISTA
Proceso de Reorganización Nacional
El régimen militar instaurado a partir del 24 de marzo de 1976, con su prolija y sistemática preparación, y el creciente accionar represivo ilegal, se basó en una elaborada teoría que configuró el ESTADO TERRORISTA y su faz clandestina permanente. 
Producido en el transcurso de una crisis política catastrófica y de la necesidad de ajustes permanentes en el modo de acumulación del capital para el mantenimiento del injusto orden social, implicó en sí un cambio sustancial de las formas: se configuró el Estado Terrorista con las características reseñadas, partiendo de supuestos que se esgrimieron como permanentes y que contradecían las bases fundamentales del Estado democrático. 
Se afirmaba en que el principio de sujeción a la ley, la publicidad de los actos y el control judicial de estos incapacitaban definitivamente al Estado para la defensa de los intereses de la sociedad. 
En consecuencia, apareció como sustrato de dicha concepción la necesidad de estructuración –casi con tanta fuerza como el Estado público– del Estado clandestino y, como instrumento de éste, el terror como método. 
Este modelo de Estado basado en el terror y el crimen sistemático como forma de disciplinamiento del conjunto social requería una compleja arquitectura. Debía aparecer públicamente y ante el mundo como respetuoso de los derechos fundamentales. Sin embargo, al interior de las fronteras nacionalesestructuraba su faz clandestina con la desaparición forzada como método y con los “grupos de tareas” operando a través de los centros clandestinos de detención y exterminio. 
EL ESTADO TERRORISTA
Proceso de Reorganización Nacional 
Política Económica
La política económica del Terrorismo de Estado implementada básicamente a través del Plan Martínez de Hoz implicó una reconversión del modelo y la necesidad de encontrar su sustento en el accionar represivo. 
A partir de 1976 los militares desmantelaron casi todos los resabios del Estado populista. Ello implicaba, en términos económicos:
Terminar con la industria extendida orientada al mercado interno, 
Concentrar la expansión manufacturera en los grandes núcleos industriales, 
Limitar el crecimiento de la clase obrera y provocar una baja histórica en los salarios para crear nuevas condiciones de acumulación. 
Internacionalizar el mercado financiero, lo que constituiría también un golpe demoledor contra la industria tradicional y las pequeñas y medianas empresas. 
 Transferencia de recursos desde los sectores productivos hacia el sector financiero, y el desarrollo de todo tipo de prácticas especulativas en el mercado financiero local.
Se abrió así el período de reconversión, ferozmente dirigista desde el Estado, en nombre del liberalismo y del libre juego del mercado.
Presupuestos del ESTADO TERRORISTA
Eduardo Luis Duhalde identifica, como centrales, los siguientes presupuestos del ESTADO TERRORISTA:
Control absoluto del gobierno y del aparato coercitivo del Estado: destitución del presidente, disolución del Congreso Nacional, abrogación de los poderes provinciales y municipales.
Sometimiento del Poder Judicial: En el artículo 5 del Acta para el Proceso de Reorganización Nacional, se dispuso remover a los miembros de la CSJN, al Procurador General de la Nación, y a los integrantes de los Tribunales Superiores provinciales. Se puso en comisión a todos los miembros, lo que significó que el poder militar se atribuyó la facultad de remover a todo juez sin necesidad de juicio previo ni invocación de causa alguna. Al asumir, los nuevos jueces juraron por las Actas y Objetivos del Proceso Institucional, y no por la Constitución Nacional.
La desarticulación de la sociedad civil y política: supresión de libertades públicas, disolución y suspensión de partidos, instituciones y organizaciones políticas, suspensión de la CGT, intervención de los sindicatos y control absoluto de las universidades
Control y manipulación integral de los medios de comunicación orales, visuales y escritos: este presupuesto resultó central no sólo para ocultar la sistemática violación de los derechos humanos, sino para crear marcos conceptuales tales como “Los argentinos somos derechos y humanos” durante la visita de la Comisión Interamericana de DDHH y el Mundial de Fútbol de 1978, y para el abordaje y tratamiento de la Guerra de Malvinas (1982).
NUNCA MÁS
El Estado Terrorista, a su vez, con su política de desapariciones, con la falta de explicación y respuesta , con la búsqueda desesperada de familiares y allegados de cada uno de los 30.000 secuestrados, con el carácter masivo y al mismo tiempo selectivo de las víctimas, fruto de un rastreo de todos los sectores sociales identificando los elementos contestatarios, produjo un profundo impacto social, convertido en un agujero negro en la conciencia colectiva, cuyos daños en la salud mental persisten hoy en día. 
Pero también generó un proceso civil de resistencia, que tuvo a su cabeza un surgente movimiento de Derechos Humanos que simbolizaron los factores éticos y políticos conculcados, y la voluntad de un pueblo oprimido pero no vencido.

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