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Evidencia de estudio “Salvaguardia del Patrimonio” La Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial establece las responsabilidades y procedimientos del Comité encargado de promover y proteger este patrimonio. El Comité tiene varias responsabilidades importantes. En primer lugar, es responsable de examinar las solicitudes de inscripción en las listas de patrimonio cultural inmaterial y las propuestas de asistencia internacional presentadas por los Estados partes. El Comité debe evaluar estas solicitudes y propuestas para determinar si cumplen con los criterios de selección establecidos, para hacer esto, evalúa si la solicitud cumple con los criterios de selección establecidos. Una vez que el Comité recibe una solicitud de inscripción, se lleva a cabo un proceso de evaluación exhaustivo, implica revisar la documentación proporcionada por el Estado Parte, realizar investigaciones adicionales si es necesario y considerar cualquier comentario o recomendación de expertos en la materia. La asistencia urgente puede ser otorgada cuando hay peligros como conflictos armados, desastres naturales, destrucción causada por acciones humanas o cualquier otra situación que pueda poner en riesgo la integridad del patrimonio cultural inmaterial. En estos casos, el Comité prioriza y acelera el proceso de evaluación de las solicitudes de asistencia para asegurar una respuesta oportuna. Es importante destacar que el otorgamiento de asistencia urgente está sujeto a la evaluación del Comité, quien determina si la situación cumple con los criterios establecidos para este tipo de ayuda. Además, el Comité puede solicitar información adicional o realizar consultas necesarias para evaluar la gravedad de la situación y determinar la mejor forma de brindar ayuda. Las fuentes de financiamiento del Fondo del Patrimonio Cultural Inmaterial están establecidas en el Artículo 25 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. Según este artículo, los recursos del Fondo están constituidos por: a) Las contribuciones de los Estados Partes; b) Los recursos generados que la Conferencia General destine a tal fin; c) Las aportaciones y donaciones; d) Los recursos provenientes de organismos y programas del sistema de las Naciones Unidas, en especial el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, u otras organizaciones internacionales. Esto significa que las principales fuentes de financiamiento provienen de los Estados Partes, que pueden contribuir económicamente al Fondo. Además, la Conferencia General de la UNESCO puede destinar recursos específicos para este fin. Otros Estados también pueden realizar aportaciones, donaciones o legados al Fondo, lo que amplía las posibilidades de financiamiento. Es importante destacar que el Fondo se establece como un fiduciario, lo que implica que existen normas y regulaciones específicas que rigen el uso y la Unesco. (2003). Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. París. Recuperado de: https://ich.unesco.org/doc/src/2003_Convention_Basic_Texts- _2018_version-SP.pdf administración de los recursos financieros del Fondo, asegurando su adecuada gestión y transparencia. Referencias
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