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Instrumentos del Mercado de Capitales - yesica Navarro

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INSTRUMENTOS DEL MERCADO DE CAPITALES 
ACCIONES 
Las SA son el principal referente de este tipo de instrumento, cuyo capital social se divide en unidades que da origen 
a este instrumento. 
Desde un punto de vista jurídico la inversión en acciones ofrece al inversor más garantías que una participación en 
una empresa constituida de otra forma. 
CLASIFICACIÓN 
1. Según su forma: 
→ Al portador 
→ Nominativas endosables 
→ Nominativas no endosables 
→ Escriturales 
2. Según los derechos que confiere 
→ Ordinarias 
→ Preferidas 
→ Privilegiadas 
DERECHO DE SUSCRIPCIÓN: En caso de aumentos de capital por suscripción de acciones la ley confiere un 
importante beneficio a los socios preexistentes quienes tienen prioridad por sobre terceros para suscribir en 
proporción a su tenencia. 
VALOR DE LA ACCIÓN 
→ Nominal 
→ De cotización 
→ Patrimonial Proporcional 
OBLIGACIONES NEGOCIABLES 
Son valores mobiliarios emitidos en masa que representan un empréstito. 
Entre el titular y la emisora hay una relación de crédito que puede ser negociada en el mercado, pasando de un 
inversor a otro. 
CLASIFICACIÓN 
1. Simples: Pueden ser emitidas por: 
→ S.A 
→ Sociedades Cooperativas 
→ Asociaciones Civiles 
→ Sucursales de sociedades 
→ Sociedades de economía mixta 
2. Convertibles (solo puede ser emitidas por S.A): 
GARANTÍAS 
∙ Común 
∙ Especial 
∙ Flotante 
∙ Prendaria Registral 
∙ Prendaria Común 
∙ Fianza 
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OBLIGACIONES NEGOCIABLES PARA EL SISTEMA FINANCIERO 
Las entidades menores podrán intervenir en ON con más facilidad al obtener la garantía de otros bancos mayores. 
Los bancos no tienen que encajar los recursos obtenidos por la colocación de las ON. Es decir que no tienen un costo 
de inmovilización de fondos como sucede con los depósitos. Esto permite, luego, bajar la tasa de interés de la 
colocación de los fondos. 
Los bancos pueden dar liquidez a sus papeles y también a los otros bancos, porque el régimen permite intermediar 
con obligaciones propias o de otras entidades, siempre que no supere un 20% del monto de cada emisión 
RÉGIMEN DE ON PARA PYMES 
Como respuesta a la urgente necesidad de crédito de las PYMES y de las economías regionales, la Comisión Nacional 
de Valores (CNV), creó una nueva herramienta financiera denominada Obligaciones Negociables para PYMES. 
Por lo tanto, para el caso de ON-PYMES se ha previsto: 
→ Autorización automática (con presentación de la información mínima indispensable) 
→ No necesitarán calificación de riesgo (reducción del costo de la emisión en alrededor de $ 40.000) 
→ Monto máximo de cada emisión: $ 5 millones 
→ Compra de esos papeles limitada a inversores institucionales y calificados (para no exponer al pequeño 
inversor). 
TÍTULOS PÚBLICOS 
Son certificados de deudas, que emiten el Estado, las Provincias y la Municipalidades, que periódicamente devengan 
intereses. La compra y venta de títulos públicos, se realiza en los Mercados de Capitales, también se puede realizar 
operaciones, a través del "Mercado Abierto Electrónico". 
Los títulos emitidos por el Estado Nacional y los gobiernos provinciales son «Títulos Públicos», mientras los emitidos 
por entidades privadas son "obligaciones negociables”. 
¿DÓNDE Y CÓMO COMPRAR TÍTULOS PÚBLICOS? 
La compra de títulos se puede realizar a través del Mercado Abierto Electrónico y las Sociedades de Bolsa. Teniendo 
en cuenta: 
 Tipo de organización que lo emite 
 El vencimiento o período de repago 
 Si son a corto, mediano o largo plazo 
 Riesgo 
GASTOS Y COMISIONES AL COMPRAR BONOS 
 Gastos de entrada(compra)y Salida(venta): Comisión que cobra el agente por realizar la transacción 
 Gastos de custodia y mantenimiento: Comisión de los agentes por mantener las cuentas de inversión. 
 Pago de interés y amortización: Porcentaje sobre el monto que corresponde cobrar. 
 Derecho de mercado y bolsa: Son impuestos que deben pagar para poder realizar transacciones. Estas 
operaciones están EXENTAS DE IVA. 
FUNCIÓN SECUNDARIA DE LOS TÍTULOS PÚBLICOS 
También son utilizados como instrumentos de política monetaria 
El Banco Central podrá comprar o vender los títulos 
→ Al comprar títulos, hay mayor liquidez en la plaza 
→ Al vender títulos, se le resta liquidez a la plaza 
CLASES DE TÍTULOS 
 Amortización: Títulos por los cuales el gobierno se compromete a pagar periódicamente servicios de renta y de 
capital. 
 Bullet: el gobierno se compromete a pagar periódicamente servicios de renta y amortización integralmente al 
vencimiento 
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 Bonos de cupón cero: el gobierno se compromete a pagar renta y capital íntegramente al vencimiento. Se utilizan 
para obligaciones a largo plazo. 
CALIDAD DE UN BONO 
son evaluados por compañías denominadas «Calificadoras de Riesgo» que les coloca un puntaje para determinar su 
solidez y su capacidad de pago. También observan el comportamiento a lo largo del tiempo. 
Las calificadoras difunden semestral o anualmente documentos, explicando a los inversores las causas de los 
cambios en las notas de los bonos. 
RIESGOS 
1. Riesgo país: Índice que intenta medir el grado de riesgo que entraña un país para las inversiones extranjeras. 
2. Riesgo default o Riesgo de Insolvencia: Se refiere a la incertidumbre de pago de los cupones de renta o 
amortización del bono. 
3. Riesgo de tasa de Interés: El precio de un bono depende de las tasas de interés que se negocian en el mercado. 
Si las tasas aumentan el precio del bono disminuye y aumenta su rendimiento. 
4. Riesgo de pérdida poder de compra: todos los bonos presentan este riesgo, la tasa de interés requerida esta 
muy correlacionada con la tasa de inflación esperada. 
5. Riesgo de devaluación: se considera que una devaluación de la moneda local tendría como resultado una 
traslación al precio de los bienes. Es necesario tomar dos bonos de características iguales que se diferencien 
únicamente en su moneda de denominación. 
Algunos Títulos Públicos en default: Bonos Brady, Letras Extranjeras en Pesos, Letras Extranjeras de la República 
Argentina, Bonos Globales, BONTE, LETES 
En vigencia: Notbac ( notas del BCRA), Lebac (letras del BCRA), CEDRO, BODEN (ejemplo boden 2015) 
INSTRUMENTOS A LARGO PLAZO 
ADR (AMERICAN DEPOSITARY RECEIPTS) 
Las empresas extranjeras no pueden cotizar en forma directa sus acciones en el mercado de los E.E.U.U., sino que 
deben hacerlo a través de los denominados American Depositary Receips o A.D.R. 
Los ADR son certificados que representan una cierta cantidad de acciones de la empresa cotizante. Normalmente, 
cada ADR representa un grupo de acciones de la empresa de que se trate, son los que se ofrecerán a los inversores y 
los que cotizaran diariamente en el mercado. 
Los ADR son certificados de depósitos de valores mobiliarios 
Sus Ventajas respecto de la inversión directa son sensibles, especialmente para los inversores menos sofisticados 
→ Adquirir y transferir sus ADR en su propio mercado, 
→ Realizar transacciones con sus ADR en su propia moneda, 
→ Recibir los dividendos en dólares, como parte del servicio que presta el banco depositario, que se hace cargo 
de convertir la moneda doméstica en que el dividendo paga 
CE.DE.AR( CERTIFICADOS DE DEPÓSITOS ARGENTINOS) 
Son certificados de depósito representativos de una clase de acciones u otros valores, sin autorización de oferta 
pública en la Argentina. 
 Pueden ser emitidos por la Caja de Valores, bancos comerciales o de inversión y las compañías financieras 
autorizadas por el BCRA, el emisor de CEDEAR debe justificar un patrimonio de $30millones o superior. 
 Pueden ser nominativos no endosables o escriturales y pueden representar unos o mas valores de la misma 
especie, clase y emisor. 
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 han sido creados con el objeto de favorecer la ampliación de las categorías de activos negociables en el mercado 
bursátil local y brindar mayores oportunidades a los inversores locales para la formación de carteras 
diversificadas, incorporando valoresde prestigio en otras plazas del exterior 
 MOTIVOS PARA INVERTIR EN CE.DE.AR 
La inversión en CEDEAR resulta atractiva por: 
 Son acciones de empresas desligadas de la evolución de la economía local. 
 Pueden ser transformados en acciones que cotizan en el exterior, en moneda sólida o “dura”, como lo es el 
dólar. 
 Permiten una diversificación internacional de la inversión, reduciendo el "riesgo argentino". 
 Fáciles de operar como las acciones de empresas argentinas. 
CHEQUES DE PAGO DIFERIDO 
Negociación de Cheques de Pago Diferido en la Bolsa: Desde diciembre de 2003 la CNV permite la negociación de los 
cheques de pago diferido en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. 
Esta iniciativa abre un nuevo mercado de crédito, sobre todo para las PyMEs, que son las que al no tener canales de 
financiamiento formales para descontar los cheques que reciben, deben recurrir al mercado negro, donde sufren 
fuertes quitas. 
MODALIDADES DE NEGOCIACIÓN: 
Se prevén dos modalidades: 
1. CHEQUE DE PAGO DIFERIDO PATROCINADO 
La empresa interesada en que los cheques de pago diferido que ella misma libra se negocien, debe presentarse ante 
la Bolsa de Comercio para que ésta la autorice a cotizar. Una vez que la Bolsa de Comercio autoriza la negociación, 
deben entregarse los cheques a la Caja de Valores S.A.(encargada de la custodia de los mismos) a través de un 
Agente o Sociedad de Bolsa. De esta manera, los beneficiarios tendrán la opción de retirarlos, o de negociarlos 
estableciendo la tasa de descuento tope. 
Esta modalidad prevé la firma de un convenio previo entre la compañía libradora de los cheques de pago diferido y 
la Bolsa, por medio del cual la empresa se hace responsable de los defectos formales que pudiera tener el cheque, 
de modo tal que el receptor no deba pasar por el banco para obtener el visto bueno. 
2. CHEQUE DE PAGO DIFERIDO AVALADO 
Se caracteriza por ser una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) quien presenta la solicitud ante la Bolsa de 
Comercio para ser autorizada a tal fin. Es decir, la SGR previa autorización de la Bolsa de Comercio negociará los 
cheques pertenecientes a sus socios partícipes, avalados a su vez por ella misma. 
Quien compra un cheque por este medio, lo hace a la SGR, sin tomar conocimiento del nombre del librador ni del 
beneficiario. En caso de incumplimiento por parte del librador, la SGR se hará cargo del pago de la deuda, por lo que 
el riesgo de incobrabilidad del mismo es prácticamente nulo

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