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carreras de la funcion judicial - DERECHO

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UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS
CARRERA DE DERECHO
TEMA:
CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL 
NOMBRE DEL DOCENTE:
DR. ROBERT FLORES
GRUPO:
DOS
GUARANDA - ECUADOR
2021
CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
Las carreras de la Función Judicial constituyen un sistema mediante el cual se regula el ingreso, formación y capacitación, promoción, estabilidad, evaluación, régimen disciplinario y permanencia en el servicio dentro de la Función Judicial. (LEXIS, 2021).
CARRERAS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL JUEZAS Y JUECES FISCALES DEFENSORES PÚBLICOS.
Nuestra Constitución (2008) en su art. 177 dice claramente:
 “La Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos auxiliares y órganos autónomos. 
La ley determinará su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo lo necesario para la adecuada administración de justicia” (pág. 99) 
CONFORMACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL.
Las Juezas y Jueces; las conjuezas y conjueces, y demás servidores de la Funcion Judicial que laboren en: CORTE NACIONAL DE JUSTICIA, CORTES PROVINCIALES, TRIBUNALES Y JUZGADOS DE PRIMER NIVEL
Las Juezas y jueces temporales
Las/os vocales que laboren en el CONSEJO DE LA JUDICATURA.
La/el FISCAL GENERAL DEL ESTADO, DEFENSOR/A GENERAL PUBLICO, y demás servidores/as de la Funcion Judicial que laboren en estas dependencias.
Las/os NOTARIOS, y demás funcionarios que laboren en los distintos órganos auxiliares de la Funcion Judicial.
Quienes sean designaados servidores/as provisionales para laborar en la Funcion Judicial.
PRINCIPIOS RECTORES 
Art. 36 DE COFJ
IGUALDAD
NO DISCRIMINACIÓN
OPOSICIÓN
En los concursos para ingreso y promoción se observa los principios de : 
PROBIDAD
PUBLICIDAD
Y MERITOS
CLASIFICACION DE LOS/AS SERVIDORES JUDICIALES
Art. 40 del COFJ
Se clasifican en:
TITULARES
Han sido nombrados y posesionados
TEMPORALES
Prestan servicios provisionales en una vacante
¿DE QUE MANERA SE ENCUENTRA ORGANIZADA LA CARRERA JUDICIAL?
La carrera judicial, se encuentra integrada de la siguiente manera, la carrera judicial jurisdiccional, la carrera judicial administrativa, la carrera fiscal, la carrera fiscal administrativa, la carrera de la defensoría, la carrera defensorial administrativa.
La carrera judicial jurisdiccional. - la conforman quienes prestan sus servicios como juezas y jueces.
la carrera judicial administrativa.­­- pertenecen las demás servidoras y servidores judiciales
la carrera fiscal. - pertenecen quienes prestan sus servicios como fiscales.
la carrera fiscal administrativa.- pertenecen las demás servidoras y servidores de la fiscalía.
la carrera de la defensoría.- esta conformada por quienes prestan sus servicios como defensores públicos.
la carrera defensorial administrativa.- esta conformada por las demás servidoras y servidores de la defensoría pública.
RÉGIMEN LEGAL DE LAS DIVERSAS CARRERAS.
Quienes pertenecen a las carreras judicial, fiscal o de la defensoría pública se rigen por las normas que establecen este Código.
La Carrera Administrativa que comprende a todas las servidoras y servidores que colaboran con los diversos órganos de la Función Judicial y que no desempeñan funciones como jueces, fiscales o defensores públicos, están sujetos a este Código y a la Ley Orgánica de Servicio Civil.
¿QUIENES NO PERTENCEN A LA CARRERA JUDICIAL?
Las vocales y los vocales del consejo de la judicatura y sus suplentes.
 Las juezas y los jueces de la corte nacional de justicia y las con juezas y conjueces
 La fiscal o el fiscal general del estado
 La defensora pública o el defensor público general
 Las notarías y notarios y quienes prestan sus servicios en las notarías
¿DE QUE MANERA SE EFECTUA EL INGRESO A LA FUNCIÓN JUDICIAL?
Ingreso a la función judicial.- todo ingreso de personal a la función judicial se realizará mediante concurso público de oposición y méritos, sujeto a procesos de impugnación, control social 
Además de su ingreso se estarán sometidos a categorías, estas categorías se encontraran reguladas en un orden ascendente del 1 al 10.
REQUISITOS PARA SER JUEZA O JUEZ 
Para ser jueza o juez se requiere ser ecuatoriano, estar en goce de los derechos de participación política, ostentar el título de abogado, y reunir las demás calidades exigidas por la constitución y las leyes (lexis, 2021).
Para ser jueza o juez de las cortes provinciales se requerirá:
Ser ecuatoriana o ecuatoriano en goce de los derechos 
2. Tener título de abogado legalmente reconocido en el país;
3. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado
4. Cumplir con los demás requisitos necesarios para ser juez.
Para ser jueza o juez de paz no se requiere ser abogado sino acreditar que cuenta con el respeto, consideración y apoyo de la comunidad y haber aprobado los cursos de preparación que impartirá el consejo de la judicatura. 
Ser ecuatoriano/a, estar en goce de los derechos de participación.
Certificado de calificaciones otorgado por la universidad. 
Declaración juramentada de no haber sido condenado por: cohecho, extorsión, peculado. ESTADO
CONVOCATORIA: Publica a nivel nacional, publicada en el R. O. y socializada por los medios de comunicación.
PERFILES DE LAS/OS POSTULANTES
CATEGORIA E INGRESO A LA CARRERA FISCAL
art. 46.- las categorías se gradúan en orden ascendente, desde el número uno hasta el diez. el ingreso a la carrera fiscal se hará a la categoría uno, de agente fiscal o fiscal de adolescentes infractores. 
CATEGORIA E INGRESO A LA CARRERA DE DEFENSORÍA PÚBLICA
Art. 48.- El ingreso a la Carrera de Defensor Público se hará a la categoría uno, de defensor cantonal. La designación de representante de la Defensoría se realizará previo concurso en el cual tendrán derecho a intervenir los defensores que se hallen por lo menos en la categoría tres de la carrera (LEXIS, 2021)
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA INGRESAR A LAS CARRERAS JUDICIAL JURISDICCIONAL, FISCAL Y DE DEFENSORÍA PÚBLICA.
Art. 57.- Deberá ser abogada o abogado con título de tercer nivel legalmente reconocido, y presentará:
1. certificado de calificaciones generales de carrera otorgado por la universidad en la que obtuvo el título;
2. certificado de evaluación del periodo de práctica previa a la obtención del título de abogado este requisito es válido para quienes hubieren obtenido su título con posterioridad.
3. relación escrita de las motivaciones por las cuales el postulante aspira a ingresar al servicio judicial. 4. declaración juramentada de no haber sido condenado por delitos de concusión, cohecho, extorsión, peculado, defraudación al estado.
Contenido de la Convocatoria
Los lugares de recepción de documentos
La fecha máxima y horario de presentación de las postulaciones
Página Web de la Función Judicial.
Contendrá los requisitos legales y formales que deberán llenar los aspirantes
PERFIL DE LA SERVIDORA O SERVIDOR DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
Art. 37 del COFJ.-
Deberá ser profesional del DERECHO, con solida formación académica
Capaz de razonar y argumentar jurídicamente sus actuaciones
Con trayectoria personal éticamente irreprochable.
Dedicado al servicio de la justicia.
Creativo, innovados, y compromiso de cambio
DERECHOS DE SERVIDORAS Y SERVIDORES DE LA FUNCION JUDICIAL
ESTABILIDAD
VACACIONES JUDICIALES
Constitución de la Republica del Ecuador articulo 187
Código Orgánico de la Función Judicial articulo 90
Concordancia
Concordancia
Código de Trabajo artículo 72 ,73
Código Orgánico de la Función Judicial articulo 96
 
Art 229 CRE
REMUNERACIONES
Concordancia
Constitución de la Republica del Ecuador articulo 229
LICENCIA CON REMUNERACION
Por enfermedad
Por calamidad doméstica 
Por el nacimiento de su hija o hijo
Por paternidad 
Por fallecimiento de la madre durante el parto 
la hija o hijo haya nacido prematuro 
casos de hija o hijo hospitalizados 
La madre y el padre adoptivos 
lactancia
Para rendir grados 
programas de formación profesional o capacitación
estudios en el exteriorLICENCIAS SIN REMUNERACION
Por enfermedad 
Para realizar estudios en el exterior 
Por asuntos particulares 
Para ser candidatos de elección popular
DEBERES DE SERVIDORAS Y SERVIDORES DE LA FUNCION JUDICIAL
Cumplir, hacer cumplir y aplicar, dentro del ámbito de sus funciones, la Constitución
Ejecutar personalmente las funciones de su puesto 
Cumplir la semana de trabajo 
Participar en los programas de formación profesional y de capacitación
Responder y rendir cuentas 
Residir en el lugar en donde ejerce el cargo

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