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FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

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FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
¿Qué es la fuente de las obligaciones?
Está constituido por todos aquellos hechos, acontecimientos, situaciones, que le ley admite como generador de obligaciones. Entiéndase bien, hechos que la ley admite como generador de obligaciones, eso nos lleva a considerar el carácter taxativo de las fuentes, si son hechos que la ley admite como generadores de obligaciones, quiere decir que si hay un hecho que no encaja dentro de lo que la ley dice no hay obligaciones.
IMPORTANCIA
El carácter taxativo es lo que da la importancia del estudio de las fuentes de las obligaciones, es importante estudiarla, conocerla. En nuestra legislación a diferencia de otras, no hay una norma que nos diga cuales son las fuentes de las obligaciones.
Una persona solo puede obligarse cuando ocurren los supuestos de hecho previstos en el Ordenamiento Jurídico. Es la Ley la que fija cuáles son las fuentes de las obligaciones. Para saber si se está obligado efectivamente a cumplir determinada prestación, se tiene que acudir a cada una de las fuentes de las obligaciones y estudiar si los hechos encajan dentro de cualquiera de ellas, si no encuadran en ninguna, no existe obligación, pero si encuadran dentro de alguna de ellas efectivamente se estará obligado.
ENUMERACIÓN DE LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES EN EL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO DE 1942.
Las fuentes de las obligaciones están distribuidas en el Código Civil a partir de un Libro III, Capitulo I por sección:
Sección I de los Contratos: es el más común, el más importante, el más relevante. Artículo 1133
Sección II, artículo 1173 Gestión de Negocios
Sección III, Pago de lo indebido
Sección IV, Enriquecimiento sin causa
Sección V, De los Hechos Ilícitos
Y hay obligaciones que no están en ninguna de estas 5 fuentes pero que la ley impone sin pedirle permiso a nadie, la ley la impone por razones social, de utilidad pública, de interés social, y si la ley es la que la impone, la fuente será la propia Ley; Ejemplo: La obligación que tienen los padres de darle educación y alimento a sus hijos, estas obligaciones no provienen de contratos, ni de enriquecimiento sin causa, ni de gestión de negocios, ni de hecho ilícito, ni pago de lo indebido pero la obligación existe y la obligación proviene de la Ley.
Si usted está dentro del supuesto de hecho que gana más de tantas unidades tributarias al año, está en la obligación de hacer su declaración de impuesto sobre la renta, otra obligación que no pide permiso a nadie, pero que razones de utilidad publica y de interés social la ley se la impone, esa es una obligación cuya fuente es la Ley.
ORIGEN DE LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
 Contrato
 Gestión de negocios = Cuasicontrato
 
 Pago de lo Indebido = Cuasicontrato
Derecho Ex varis Causarum Figuris 
Romano Cuasi delito
 
 Obligaciones legales 
 Delito
 -Contrato
 Gestión de Negocios
 - Cuasi contrato
 Pago de lo Indebido
Código Napoleónico
 - Delito
- Cuasi delito
 
 - Ley
Antes de entrar al estudio de estas fuentes es necesario que determinemos de donde salen estos hechos y tenemos que es partir del Derecho Romano. El Derecho Romano consideraba que existían dos figuras, dos hechos que generaban obligaciones.
En la época de Gayo sólo el delito y el contrato. 
EL CONTRATO 
No es más que la autonomía de la voluntad, las partes se obligan y había que cumplir las formalidades porque era netamente formalista, el contrato generaba obligaciones por la voluntad de las partes y por el cumplimiento de las formalidades.
EL DELITO
La obligación en el delito consistía en la reparación del daño causado con intención, el que causa un daño con intención está en la obligación de repararlo.
Otros decían que en Roma el delito era la obligación de reparar el daño que se causa por un hecho propio, cuando por mi misma culpa yo causo un daño estoy en la obligación de repararlo.
Los romanos comenzaron a observar figuras, situaciones que generaban obligaciones, y no encajaban ni en contrato ni en delito, pero hay obligación, y crearon como una fuente comodín, y la llamaron Ex Varis Causarum Figuris (obligaciones de varias causas), Generan obligaciones, pero no encajan en contrato ni en delito.
 y observaron en primer lugar:
 LA GESTIÓN DE NEGOCIOS: un Ej. de gestión de negocios, es cuando la casa del vecino está por derrumbarse y ante el peligro, y como no está el dueño de la casa, asume el problema como suyo, se pone al frente de la gestión adquiriendo la obligación en ese momento, de estar al frente de ella, hasta que la termine o hasta que aparezca el dueño del negocio gestionado. La gestión de negocios debe tener una justificación, y no es otra que el peligro inminente de daño, es la única manera. La gestión de negocios no media autorización para hacerla, y se está en la obligación de devolver los gastos útiles y necesarios.
Un ejemplo que reúne todas las características de la gestión de negocios: En todo edificio hay un vecino entrometido, que le sabe la vida a todo el mundo, entonces, una señora compra x kilos de carne para hacer hallacas, y como su nevera no tiene la capacidad para guardar la carne, la guarda en la nevera del vecino de al lado, a todas estas al vecino se le presenta una emergencia y tiene que salir de viaje para Europa, muy bien todo, pero se oye un movimiento en el pasillo y el vecino entrometido se asoma para ver quien era, lo cierto es que era un señor con braga azul, con alicates, el vecino entrometido abre la puerta y le pregunta que le pasa? El señor le contesta: Vengo a cobrar la luz y traigo ordenes de suspensión del servicio. Inmediatamente piensa, si le corta la luz al vecino, se estropea la carne. Ahí está el daño. El vecino entrometido le pregunta: cuánto es el recibo? Son Bs. 80.000. Aquí están los Bs. 80.000. aquí el vecino entrometido se está poniendo frente a la gestión, porque sin la autorización, caracteriza a la gestión de negocios que no media autorización para hacerlo. Porque si el vecino le dice que si viene la luz me la pagas, ya no es gestión de negocios sino un simple mandato. El vecino entrometido además de pagarle los Bs. 80.000 le da Bs. 10.000 para tomarse una cerveza. Y solucionó, eso es gestión de negocios. Vean ustedes que la obligación al principio es la del gestor de no abandonar la gestión, pero a su vez si el gestor para ejecutar la gestión saca dinero de su bolsillo los patrimonios se desnivelan, pierden el equilibrio, le nace entonces en ese momento la obligación al dueño del negocio gestionado, o sea, al dueño de la nevera, al vecino de al lado de rembolsar solo los gastos útiles y necesarios, tiene la obligación para que se reestablezca el equilibrio patrimonial, entonces cuando venga el vecino tiene que ratificar la gestión, porque no podemos admitir que la gestión hecha para un tercero repercuta en nuestro patrimonio, y la ratificación es que está en la obligación de rembolsar lo que se pagó. Cuánto trae el vecino a rembolsar? Bs. 80.000, el vecino entrometidole dice: No, no son Bs. 90.000, porque yo le di Bs. 10.000 para tomarse una cerveza; está equivocado, porque los Bs. 10.000 no son gastos útiles ni necesarios, solo está obligado a devolver los gastos útiles y necesarios los Bs. 80.000. si le quiere dar los Bs. 90.000 está bien, pero la obligación es devolver los Bs. 80.000 que son gastos útiles y necesarios.
 
Vamos a ilustrar una gestión de negocios donde la actividad del gestor sea mas larga: Otro Ejemplo: cuando una persona compra un apartamento para los hijos o para engordarlo, y lo deja ahí, lo abandona un poco; luego, la vecina del apartamento de abajo se da cuenta que tiene una filtración, y trata de buscar por todos los medios al dueño del apartamento, pero no lo consigue, y para que no le produzca un daño en el piso, se pone al frente del negocio gestionado, y manda arreglar todo con el plomero, albañil, pintor, y la vecina está en nombre de una persona que no la ha autorizado resolviendo un problema, ella es gestor, con la obligación de terminar todo el trabajo o hasta que el dueño del negocio gestionado aparezca, la vecina tiene que pagar los materiales, pagar a los trabajadores, y, los patrimonios se van desnivelando más y más, en esa misma medida la obligación del dueño del negocio gestionado es la de rembolsar todo lo gastado.
La gestión de negocios no encaja dentro del contrato, la fuente no es contrato porque el contrato se caracteriza por tener dos voluntades y aquí solamente hay una sola (la persona que se pone al frente del negocio gestionado); y no encaja en delito, porque no hay la reparación de ningún daño pero hay obligación.
La Gestión de Negocios es una figura que se parece al contrato de Mandato, solo le falta para ser el contrato de mandato la voluntad del dueño del negocio gestionado; la gestión de negocios es un cuasi contrato, porque para que sea contrato le falta el acuerdo de voluntades.

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